¿OTRO CHOCOBAR? | La Justicia condenó a un policía que le disparó a un delincuente que estaba drogado y amenazando con un arma de juguete

La "Justicia" condenó a un policía de la Federal por perseguir a un delincuente y dispararle. El prófugo lo apuntó con una pistola que resultó ser falsa.
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Otro fallo engrosa los anales jurídicos de la sección “zaffaronista” de los Tribunales. El caso, “similar” al sufrido por Luis Chocobar, inquieta a la Policía Federal: con estos argumentos planteados sobre la mesa, los uniformados dudan sobre su accionar, ya que tratar de intervenir en una situación peligrosa, podrían ser desprotegidos por la Justicia.

El Cabo Primero de la Policía Federal (Seccional Sexta), Juan Pablo Robles, durante la madrugada del día 13 de marzo del 2016, se encontraba patrullando las calles del barrio porteño de Monserrat, sin saber que su vida cambiaría para siempre, por el simple hecho de cumplir su deber.

Robles observó que un individuo se alejó nerviosamente del grupo de personas con la que charlaba cuando se percató de la presencia del patrullero de mencionada fuerza policial. Los individuos habían sido denunciados por disturbios. En este marco, decidió seguir al sujeto, luego, le pidió que se detenga. Sin embargo, el masculino empezó a correr para después darse vuelta, sacando desde sus ropas, un arma de fuego con la que apuntó a Robles. Para repeler la acción, el Cabo efectuó un disparo con su arma reglamentaria desde el vehículo. El proyectil rozó la cabeza del sujeto en cuestión, por lo que afortunadamente, no perdió la vida.

La condena de Robles, emitida por el TOC 18

Durante el proceso judicial, quien recibió el disparo mintió sobre sus antecedentes. Dijo que no había tenido problemas con la Justicia, más adelante se comprobó que sí había incurrido en delitos y, durante los allanamientos, descubrieron más copias de armas falsas. Lo lógico es concluir que el efectivo policial jamás hubiese podido diferenciar a la réplica de un arma original durante la madrugado y en ese contexto.

Pistola Beretta falsa (imagen ilustrativa). En los allanamientos se secuestró también una Glock 9 x 19, también falsa

Por lo sucedido, el Tribunal Oral en lo Criminal 18 de CABA condenó al policía en octubre de 2018, aunque actualmente se encuentra preventivamente sobreseído, cumpliendo funciones en la Policía Federal.

Fuentes judiciales de la causa explicaron a Data24.com.ar que uno de los grandes problemas que atravesó Robles es la pésima defensa que tomó el caso: “Fue pésimo el accionar del primer abogado con el que trató. Por ejemplo, ese letrado explicó en un momento que si esto hubiese pasado en una finca abandonada o en una casa privada, lo hubiesen absuelto. Y no tenía nada que ver, ocurrió en la vía pública. Es una indefensión. Robles termina condenado más que nada por una mala defensa. Básicamente pasó otro caso, y se rechazó lo que mandó por cuestiones formales”.

La defensa actual de Robles le consultó cuánto le había pagado a ése abogado por su trabajo. “Nos dijo algo así como $20 mil, una cifra irrisoria. Es como si yo te digo que, no sé, que compres un auto con ese mismo monto. No existe”.

Segmento del fallo judicial

Sobre el caso en cuestión, argumentaron que no existe una defensa legítima de Robles, sino un estado de necesidad. “La Justicia critica que Robles haya seguido al individuo sospechoso. Y la realidad es que él lo sigue desde el patrullero porque cuando lo vio empezó a correr”. Los magistrados argumentan además que rompió el protocolo con razones, como mínimo, polémicas.

Básicamente, el argumento es que nada hubiese pasado si Robles hubiese cumplido el protocolo. ¿Es parte del protocolo dejarse disparar y no perseguir a un delincuente?

Los jueces que condenaron al policía: Domingo Luis Altieri y Lucas Augusto Cassina

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Mar del Plata | La Justicia ordenó el desalojo de El Marquesado que fue tomado por militantes del MTE de Grabois

El juez Ariel Lijo, subrogante en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal 12, ordenó el desalojo del campo en El Marquesado, ubicado al sur de Mar del Plata, que el Estado le había cedido a la Asociación Civil “Tercer Tiempo”, una ONG ligada al Movimiento de Trabajadores Excluidos que lidera Juan Grabois.

El magistrado encomendó a las autoridades de la Prefectura Naval Argentina la tarea de designar personal para “la inmediata custodia del predio y que se impida el ingreso de personas al lugar”. La resolución de Lijo ocurrió horas después de un nuevo episodio de tensión y enfrentamiento en esas tierras entre vecinos de la zona e integrantes de Tercer Tiempo que intentaban ingresar a la zona con un tractor.

https://twitter.com/KingkongRa/status/1639694078668357633

Cabe recordar que este campo de 140 hectáreas localizados en el kilómetro 553 de la Ruta 11 fueron cedido a la ONG tras un trámite gestionado ante la Agencia de Administración de Bienes del Estado, con el fin de utilizarlo para desarrollar una huerta agroecológica.

En ese contexto, esta mañana los lugareños se organizaron y llegaron al lugar con sus autos, para manifestarse e impedir el acceso de las maquinarias. “Se ve que entraron por la parte de atrás. Salieron a agredir a los vecinos, salieron a decir que la tierra es de ellos, que el Estado se las dio. No vamos a dejar que entre maquinaria. Por lo visto están esperando que haya conflicto, son como 50 personas. Esperamos que venga la policía”, contó una vecina a Radio Brisas.

Imagen de El Marquesado, en Mar del Plata.
Imagen de El Marquesado, en Mar del Plata.

En tanto, desde la agrupación afirmaron que cuentan “con el respaldo legal para poder llevar adelante las acciones en el marco de la concreción del proyecto definitivo y con una posesión que torna ilegal el bloqueo del ingreso al campo por vecinos de El Marquesado”. A su vez, señalaron que el traslado de las máquinas forma parte “del avance del proyecto de investigación, evaluación y puesta en funcionamiento de las primeras acciones destinadas a la producción de forma saludable”.

El conflicto en El Marquesado cobró notoriedad a fines de marzo pasado, cuando vecinos manifestaron su preocupación al observar que unas 40 personas ingresaban al predio. Tras enterarse del proyecto que intentaba comenzar la ONG, se opusieron. Entre sus argumentos, sostienen que el “impacto ambiental” puede ser “desastroso” y que la infraestructura en la zona no daría abasto. Así, advirtieron a la intendencia, que llegó hasta el lugar y cuestionó la cesión.

Albert on Twitter: “NO SE OLVIDEN de esta cara , EDUARDO ALBANESE , Titular de la Agencia de ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO. Este señor cedió terrenos a GRABOIS en el MARQUESADO continuación de CHAPADMALALpara EMPRENDIMIENTOS AGRICOLAS. QUIEREN COLOCAR UN ASENTAMIENTO a cambio de VOTOS pic.twitter.com/Ay7hoFrc31 / Twitter”

NO SE OLVIDEN de esta cara , EDUARDO ALBANESE , Titular de la Agencia de ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO. Este señor cedió terrenos a GRABOIS en el MARQUESADO continuación de CHAPADMALALpara EMPRENDIMIENTOS AGRICOLAS. QUIEREN COLOCAR UN ASENTAMIENTO a cambio de VOTOS pic.twitter.com/Ay7hoFrc31

Luego de que el hecho tomara estado público, Grabois eligió sus redes sociales para responder a las denuncias de los vecinos. “El objetivo es producir sin agroquímicos para que toda la zona de General Pueyrredón tenga alimentos sanos y baratos”, sostuvo.

Por su parte, el intendente de General Pueryrredón, Guillermo Montenegro, impulsó una acción penal por “usurpación, abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público” contra el presidente de la AABE, Eduardo Alfonso Albanese, y 2 integrantes de Tercer Tiempo.

Mavica on Twitter: “Un grupo de alrededor de 40 personas de Juan Grabois, irrumpieron en terrenos ubicados a la vera de la ruta 11.De acuerdo a lo que señalaron, pretenden construir viviendas sociales y crear huertas comunitarias. Entre el Marquesado y San Eduardo. Vecinos repelen la toma pic.twitter.com/9O8WTkJnZx / Twitter”

Un grupo de alrededor de 40 personas de Juan Grabois, irrumpieron en terrenos ubicados a la vera de la ruta 11.De acuerdo a lo que señalaron, pretenden construir viviendas sociales y crear huertas comunitarias. Entre el Marquesado y San Eduardo. Vecinos repelen la toma pic.twitter.com/9O8WTkJnZx

Para el jefe comunal, la cesión de las tierras se produjo con “argumentos falaces y arbitrarios”. En el escrito presentado ante la justicia federal denunció a Albanese por ceder “en custodia” el predio a los dirigentes del MTE Marcos Santucho y Eliseo Núñez, y también apuntó contra la abogada Gabriela Carpineti, funcionaria del Ministerio de Justicia, bajo un argumento que calificó como falaz: el supuesto peligro de que las tierras sean intrusadas.

Luego de los incidentes, Montenegro amplió su denuncia. “La Asociación Civil Tercer Tiempo insiste en ingresar al terreno cuya ocupación generara la denuncia, bajo el pretexto de concretar un supuesto proyecto agroecológico. Ingresaron al predio alrededor de 60 personas de la agrupación, lo que significa una nueva usurpación y el consecuente peligro de serias disputas entre ellos y los vecinos de la zona”.

https://twitter.com/romivn30/status/1639648489486295041

En ese marco, el intendente solicitó a la Justicia que arbitre los medios necesarios para “que se mantengan las condiciones de ocupación del predio previas al día de hoy“, con el objetivo de que se puedan llevar adelante las medidas que se dispongan en lo sucesivo.

La abogada feminista Hermida Leyenda pasa su peor momento tras ser despedida por Galarza y demandada por Montiel

La ya conocida abogada feminista Raquel Hermida Leyenda ha sido puesta en jaque una vez más en las redes sociales, tras haber sido apartada por Nahir Galarza de su caso debido a que “le interesan las cámaras y no la verdad” y sumado una demanda en su contra por parte de la estrella argentina Gonzalo Montiel. Internautas de Twitter no paran de convertirla en tendencia para burlarse de ella.

Vale recordar que la joven condenada a prisión perpetua solicitó la revocatoria de su codefensora dado que no estaba conforme con su nivel de exposición mediático y con su decisión de darle un “tinte feminista” a la causa. “Me ha colocado como rehén de un feminismo fanático al que no pertenezco”, señaló Galarza ante los medios de comunicación.

Sin ir más lejos, este miércoles sumo un nuevo papelón al escribir un tweet en donde ignoraría su despido del caso de Nahir Galarza y, además, sigue cargando de progresismo a la causa. Fuentes oficiales que se comunicaron con Data24 afirmaron que “calumnia a los abogados que se encuentran trabajando en el caso, sin ningún argumento justificativo”, lo cual se encuadraría en delitos contra el honor de manera simple.

Algunos usuarios recordaron su batalla legal contra la figura de la Selección Argentina, la cual justamente se consagró campeón de la Europa League con el Sevilla (también desde los 12 pasos). “Para Hermida Leyenda que lo mira por TV”, escribió un internauta en Twitter arrobándola. La abogada no la está pasando para nada bien.

DANANN on Twitter: “Gonzalo Montiel demandará por $20.000.000 a la abogada @Hermidaleyenda, defensora de femicidas que, en busca de luces y cámaras, se autopercibe feminista y – fiel a su nueva doctrina – revolea acusaciones hacia cualquier hombre normal. https://t.co/z2znvwYmXk / Twitter”

Gonzalo Montiel demandará por $20.000.000 a la abogada @Hermidaleyenda, defensora de femicidas que, en busca de luces y cámaras, se autopercibe feminista y – fiel a su nueva doctrina – revolea acusaciones hacia cualquier hombre normal. https://t.co/z2znvwYmXk

Gonzalo Montiel demandó por calumnias e injurias a Raquel Hermida Leyenda. La abogada encabezó la defensa de la mujer que denunció al futbolista de la Selección por un supuesto abuso sexual con acceso carnal en marzo pasado.

En el documento presentado a la Justicia por los abogados defensores, Nicolás Parayola Hernayes y Matías Emanuel Aquino, se indica que la letrada había denunciado en el programa “De Vuelta”, conducido por el ultrakirchnerista Pablo Duggan, que el futbolista estaba siendo acusado por el delito de abuso sexual con acceso carnal, el cual sería agravado por ser cometido por varias personas.

La abogada Raquel Hermida Leyenda calumniando e injuriando al equipo de abogados de Nahir Galarza, sin justificativos.

Allí también señaló que Hermida Leyenda habló al día siguiente en el programa de Jorge Rial, “Argenzuela”, y sostuvo que asegura haber sido contactada por la Fiscalía y refiere que ratificaría la denuncia. Asimismo, destaca que la abogada se presentó en varios medios durante esa semana y continuó haciendo hincapié en la denuncia “contra el jugador de la Selección Argentina”.

Hay que subrayar también que la abogada feminista Hermida Leyenda se encargó también de señalar con la vara del progresismo a los influencers Emanuel Danann, Agustín Laje y Eduardo Prestofelippo, a quiénes calificó de “machistas y hacer apología al abuso”. Claramente, se encargaron estos de ella.

Hermida
La abogada feminista Raquel Hermida Leyenda que despidió Nahir Galarza y fue demandada por Gonzalo Montiel.

Los influencers lograron exponerla como defensora de Daniel Bellini, quién fue condenado a 16 años de prisión por el asesinato de la bailarina Morena Pearson, su esposa y madre de su hija. Ya que, ella se jactaba de “no defender femicidas”, y resultó ser todo lo contrario en un caso fresco del 2022.

Ante todo lo referido, es propicio dejar en claro que recibe un golpe tras otro, amén de que ahora es la burla fija de muchos internautas en las redes sociales. A tal punto de, en este último caso de Nahir Galarza, ser apartada y, al instante, afirmar que hubo una conspiración entre la Fiscalía y la defensa, sin prueba alguna. ¡Una total locura!

Los delincuentes con penas firmes de más de 3 años de prisión no podrán votar

El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que las personas con condenas firmes a penas de 3 o más años no pueden votar. Así lo sostuvo en una presentación que hizo ante la Corte Suprema de Justicia en una causa en la que un condenado a 6 años de prisión por venta de drogas reclamó su derecho al sufragio.

Fuentes judiciales informaron a la prensa que Casal mantuvo la inhabilitación para votar que establece el Código Penal y el Código Nacional Electoral para las personas con prisión o reclusión de 3 o más años. Este caso será el primero en el que el máximo tribunal intervenga para resolver sobre los derechos políticos de las personas detenidas y condenadas.

Eduardo Casal
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal.

La causa la inició Víctor Manuel Zelaya, condenado a 6 años de prisión por tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización. La misma quedó firme e inició una causa penal para poder votar. Planteó la inconstitucionalidad de las normas que lo prohíben.

El artículo 12 del Código Penal establece que “la reclusión y prisión por más de 3 años llevan como inherente la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena” y al inciso 2 del artículo 19 establece como inhabilitación absoluta “la privación del derecho electoral”. En esa línea, el inciso 3 del artículo 3 del Código Electoral excluye del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena”.

Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia.

Así, en Argentina los presos con condenas firmes a más de 3 años no puede votar. Si mantienen ese derecho quiénes están procesado o no tengan una condena firme. Los delincuentes en el país votan desde el 2007. Antes ningún detenido podía hacerlo. En las cárceles emiten el sufragio con boleta única de papel.

El reclamo de Zelaya fue rechazado por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, pero aceptado por la Cámara Federal de Casación Penal que declaró la inconstitucionalidad de las normas. El fallo fue apelado y llegó hasta la Corte Suprema.

Tribunal Oral Federal de Mar del Plata
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata.

“En definitiva, opino que no es correcto examinar la constitucionalidad de la inhabilitación para votar cual si aquello que estuviese en discusión fuese qué derechos pueden ser legítimamente restringidos como consecuencia de la ejecución de una pena privativa de la libertad. Se trata, antes bien, de una pena que tiene sustento legal en los artículos 5, 12 y 19, inciso 2, del Código Penal, que además de participar del fundamento que asiste a las penas en general, reconoce también uno específico recogido desde antaño por la doctrina y la jurisprudencia, incluso la que promueve la inconstitucionalidad”, sostuvo Casal.

Y concluyó: “La regulación que ha hecho el legislador de esa inhabilitación, con base en esos fundamentos y en la gravedad del delito y de la pena impuesta, se mantiene dentro del marco de lo razonable“.

La Corte Suprema falló a favor de los vecinos de Villa Mascardi en medio del conflicto mapuche

La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor de Diego Frutos, presidente de la Junta Vecinal de Villa Mascardi, quien fue agredido por dos integrantes de la comunidad mapuche Lof Lafquen Winkul Mapu, hace más de dos años. El pedido de los dos acusados demandaba que la causa la investigara la Justicia Federal, y no la provincial, pero la Corte lo desestimó.

Luego del incidente acontecido el 25 de noviembre de 2020, los mapuches Cristian Germán y Pablo Colhuan había argumentado que lo sucedido con Frutos era parte del delito por toma de tierras en Villa Mascardi, y que como este estaba siendo tramitado por un juzgado federal, lo mismo debería ocurrir con el delito por lesiones cometidas contra Frutos.

El martes anterior, los jueces de la Corte Suprema de Justicia, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti rechazaron unánimemente la petición, por lo que el caso permanecerá en la Justicia local.

Resulta que a fines del año 2020 tuvo lugar uno más de los tantos episodios conflictivos entre los mapuches y los civiles barilochenses respecto de la pertenencia de las tierras en el sur del país. Aquella vez, la comunidad Lof Lafquen Wiki Mapu había cortado la Ruta 40, en el kilómetro 2005, en medio de una usurpación de terrenos.

Cuando Diego Frutos, representante de los vecinos de Villa Mascardi, se acercó a filmarlos en plena manifestación, dos integrantes de la comunidad comenzaron a perseguirlo en dirección a El Bolsón para golpearlo. Mientras lo corrían, le gritaban: “¿Vos qué andas diciendo de nosotros?”.

En su escapada, Frutos trató de refugiarse en un camión, pero este no le dio asilo, por lo que acabó por subirse a la parte trasera de un auto que sí le ofreció protección, unos metros más adelante. Mientras tanto, los agresores Germán y Colhuan amenazaban “con armas blancas” a los civiles para que no ayudaran a quien huía.

Finalmente, los dos miembros de la comunidad mapuche lograron ingresar al auto, golpearon a Frutos, y lo arrojaron a la ruta, con ayuda de otras personas cuya identidad se desconoce. Con él en el piso, lo siguieron golpeando hasta provocarle numerosas heridas.

El pedido de los inculpados de elevar la causa a la Justicia Federal había sido desestimado en julio de 2021 por la Circunscripción Judicial de Río Negro y, luego, por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. Ahora, fue la Corte Suprema quien rechazó por tercera vez el reclamo, en otro capítulo del incesante conflicto entre los mapuches y los habitantes de Villa Mascardi.

Neme avanzó con la impugnación a la candidatura de Insfrán: “No puede quedarse como un monarca hasta que muera”

Tras haberse conocido que Gildo Insfrán iría por la reelección en la provincia de Formosa, donde lleva gobernando más de 25 años, Gabriela Neme decidió impugnar su candidatura para evitar otro nuevo periodo de cuatro años más, con el que acumularía su octavo mandato consecutivo.

Cabe destacar que, la semana pasada el precandidato a gobernador de JxC Fernando Carbajal realizó un pedido con el mismo objetivo al que se sumó Neme. En ese contexto, la precandidata a intendente expresó que hay un “claro abuso de poder” por parte del Gobernador quen somete “a la mayoría del pueblo formoseño”. “Requerimos que la Justicia se pronuncie en defensa de nuestra ley Suprema, que es la Constitución”, sumó.

Gaby Neme on Twitter: “Luego de la presentación de la candidatura de Insfran, presentamos la impugnación a su candidatura en el tribunal electoral, para luego realizar el accionar jurídico en la Corte Suprema. La República y la Democracia se defienden con la vida. ¡Basta de dictadura! pic.twitter.com/prwN0O7jhr / Twitter”

Luego de la presentación de la candidatura de Insfran, presentamos la impugnación a su candidatura en el tribunal electoral, para luego realizar el accionar jurídico en la Corte Suprema. La República y la Democracia se defienden con la vida. ¡Basta de dictadura! pic.twitter.com/prwN0O7jhr

En diálogo con radio Delta 90.3, la diputada provincial dio tristes detalles de cómo el ciudadano formoseño es sometido con dádivas a vender su voto: “El formoseño vota pensando en qué va a comer mañana porque ya no tiene proyectos, hasta eso nos robó Insfrán. No hay un solo formoseño que no tenga un pariente que viva del Estado”.

Ante la posibilidad de que Insfrán adopte un discurso similar al de la vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner, condenada por malversación de fondos públicos, Neme analizó: “Insfrán para nada va a ser proscripto porque estuvo 36 años en el gobierno, no puede quedarse como una monarquía hasta que se muera”.

Por último, aseguró que desde su espacio están trabajando arduamente para lograr un verdadero cambio en la tan azotada provincia. “Estamos comprometidos a garantizar nuestro sistema republicano y que Formosa deje de manejarse como la isla de Insfrán y pase a regirse por la Constitución Nacional de la República Argentina”, concluyó.

Mar del Plata | Abogados denunciaron a ANSeS por “falta de decoro y maltrato”

El Colegio de Abogados de Mar del Plata, en acción conjunta con sus pares bonaerenses, se ha manifestado en rechazo a “la falta de decoro y el maltrato” de la Administración Nacional de Seguridad Social a los colegas.

Según estimaron en un comunicado: “Cuando el titular de un futuro beneficio previsional ha optado por ser representado y no lo permiten, o no dan acceso a solicitar turno como apoderado en el Plan de Pago de Deuda Previsional, ni agregar poder al expediente, mucho menos ingresar en algunas jurisdicciones de ANSeS para ejercer su mandato de asistencia y asesoramiento in situ a sus clientes“.

Administración Nacional de Seguridad Social
Una de las sedes de la Administración Nacional de Seguridad Social en Mar del Plata.

Asimismo, denuncian como “engañosa y falsa la publicidad de ANSeS” cuando refiere “todos los tramites son gratuitos, recordá que no necesitás gestores ni intermediarios para realizar tus trámites. Solo tenés que contar con tu DNI”, dada la complejidad de ciertos expedientes que requieren de un estudio y preparación previa para lograr buenos resultados y que el titular goce de una jubilación teniendo en cuenta y habiendo tomado todos los recaudos necesarios.

Dicha conducta infringe de manera “directa e inmediata” el derecho de peticionar ante las autoridades con asistencia letrada, el de ser oído que implica una importancia humana fundamental y el de elegir quién represente al futuro jubilado, siendo un acto voluntario.

Colegio de Abogados de Mar del Plata
El Colegio de Abogados de Mar del Plata.

Ello constituye una actitud incomprensible por las autoridades de ANSeS que viola garantías del debido proceso adjetivo del proceso administrativo, la Constitución Nacional y Tratados Internacionales con jerarquía constitucional Ley 27770.

Con el dictado de la Circular 22/23 de la Administración Nacional de la Seguridad de Social, se veda la posibilidad a los ciudadanos de iniciar el Plan de Pago de Deuda Previsional contando con el apoderamiento de un abogado de la matrícula y coartando de manera arbitraria e injustificada a los letrados el inicio y tramitación del plan dispuesto por la Ley 27.705 en tal carácter.

Fernanda Raverta
Fernanda Raverta, directora ejecutiva de la Administración Nacional de Seguridad Social.

Por todo ello el Colegio de Abogados Mar del Plata, en ejercicio de las facultades que la Ley 5177 confiere a los Colegios de Abogados, intimó a las autoridades de ANSeS por carta documento para que se disponga el cese de acción restrictiva al ejercicio profesional y se deje sin efecto la normativa antes señalada.

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