16 septiembre, 2025

Ni por mujer, ni por negra, ni por coya… ¡POR CHORRA! | Confirmaron 13 años de prisión a Milagro Sala

Los jueces del máximo tribunal rechazaron un recurso extraordinario presentado por la defensa de la dirigente social jujeña.
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa de la dirigente kirchnerista jujeña Milagro Sala y, de esa manera, dejó firme la condena a 13 años de prisión que le dictó en 2019 el Tribunal Oral Criminal 3 de la provincia norteña en el caso conocido como “Pibes Villeros”.

“Es un criterio sostenido por esta Corte que la autonomía que la Constitución Nacional reconoce a las provincias. Requiere que se reserven a sus jueces las causas que en lo sustancial del litigio versen sobre aspectos propios de esa jurisdicción, en virtud del respeto debido a sus facultades de darse sus propias instituciones y regirse por ellas”, sentenció el tribunal.

La dirigente social kirchnerista jujeña Milagro Sala.
La dirigente social kirchnerista jujeña Milagro Sala

A lo que siguió: “En consonancia con esa premisa fundamental es que se ha resuelto, reiteradamente, que los pronunciamientos por los cuales los más altos tribunales provinciales deciden acerca de los recursos locales que son llevados a su conocimiento no son susceptibles de revisión por la vía del recurso extraordinario, salvo que se demuestre una lesión a un derecho de raigambre federal o que la sentencia, por sus graves defectos de fundamentación o razonamiento, no constituya una derivación razonada del derecho vigente, aplicado a las circunstancias de la causa”.

“En ese marco, el recurso extraordinario federal intentado es inadmisible y, por ello, ha sido bien denegado por el a quo”, argumentó el tribunal en la sentencia. Sala tiene varios procesos penales. El más grave es el de los llamados “Pibes Villeros”, donde fue condenada a 13 años de prisión por asociación ilícita.

Los 4 integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Los 4 integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

El Tribunal Oral concluyó que Sala conformó y lideró una asociación ilícita entre los años 2013 y 2015. Los delitos atribuidos a dicha organización fueron las extorsiones a varias personas y defraudaciones en relación con fondos provenientes de un acuerdo suscripto entre el Instituto de Vivienda y Urbanismo de la provincia de Jujuy (IVUJ) y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación, respecto de los pagos en ejecución de catorce convenios firmados entre el IVUJ y diferentes cooperativas de trabajo y, finalmente, en relación con un convenio de la misma naturaleza suscripto entre una cooperativa y el municipio de la ciudad de Palpalá.

El tribunal resaltó que esta organización criminal logró un altísimo acatamiento de las directivas de Sala en razón de que sus “miembros conformaron las ficticias cooperativas” y también porque ella y los demás integrantes de ésta “cimentaron la obediencia de otros cooperativistas con la ilustración de los males que se les infligiría a los insubordinados”.

El presidente Alberto Fernández visitó y dio apoyo a la dirigente kirchnerista Milagro Sala.
El presidente Alberto Fernández visitó y dio apoyo a la dirigente kirchnerista Milagro Sala

Ya que “se impuso así una suerte de temor y obediencia a raja tablas de las órdenes que recibían, cooperativista y miembros de distintas organizaciones sociales, pues quienes se resistían o confrontaban con alguno de los miembros de la asociación ilícita habían sido lesionados, extorsionados, amenazados y privados de la obtención de obras, bolsones de comidas, capacitaciones”.

También se tuvo por probada la responsabilidad de Sala como coautora por el delito de fraude en perjuicio de la administración pública. Entre otras circunstancias, se determinó que la asociación ilícita logró la entrega de altas sumas de dinero por parte de dependencias a través de un conjunto de cooperativas que respondían a su voluntad, para luego desviar esos fondos de la finalidad para la que estaban destinados: la construcción de viviendas y mejoras habitacionales.

El inicio del juicio contra la dirigente Milagro Sala.
El inicio del juicio contra la dirigente Milagro Sala

Se comprobó además la utilización de una sola cuenta bancaria correspondiente a la cooperativa “Pibes Villeros” para reunir los fondos ilícitamente recaudados. Ese ente, que nunca ejecutó una obra, tenía igual domicilio legal que la sede de la Tupac Amaru y su acta constitutiva fue secuestrada de la casa de Sala.

El caso llegó a la Corte después que en 2020 el Tribunal Superior de Justicia de Jujuy rechazara un pedido de Milagro Sala y ratificó el fallo que había sido dictado por el TOC 3. Antes, el caso había sido revisado por la Cámara de Casación de Jujuy y también confirmado.

Extracto de los clientes de la cooperativa "Pibes Villeros".
Extracto de los clientes de la cooperativa “Pibes Villeros”

El Superior Tribunal de Justicia de la provincia remitió a fines de diciembre del 2020 las actuaciones a la Corte Suprema. Es que la defensa de Sala asegura que fue sometida a varios procesos de criminalización como consecuencia de su activismo político, que se violaron sus garantías constitucionales y que la condena en su contra había sido arbitraria.

En febrero de este año, Eduardo Casal, a cargo interinamente de la Procuración General de la Nación y en carácter de fiscal ante el máximo tribunal, se había pronunciado por la desestimación de la queja presentada por Sala ante el Alto Tribunal. Ahora, la Corte rechazó el recurso por una razón central: los pronunciamientos de los tribunales provinciales que deciden acerca de los recursos locales no son susceptibles de revisión, a menos que se demuestre una lesión a un derecho de raigambre federal o que la sentencia sea manifiestamente arbitraria.

La organización Tupac Amaru.
La organización Tupac Amaru

La Corte consideró que la defensa de Sala no logró mostrar eso último en modo alguno porque, en esencia, su recurso carece de una mínima fundamentación. En particular, respecto del agravio por el que se aduce la vulneración del principio de publicidad del juicio, la misma señaló que antes del inicio del debate el tribunal de juicio había fijado determinadas pautas relativas a la concurrencia del público y de la prensa, a la reproducción audiovisual de las audiencias por parte de los medios de comunicación y al modo de asegurar su registro.

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CHACO | La Justicia indaga a Capitanich por la entrega irregular de 3.600 hectáreas

La investigación judicial que involucra al exgobernador Jorge Capitanich y a la exministra Marta Soneira representa una de las causas de corrupción más significativas en la provincia del Chaco. Este martes, ambos funcionarios prestaron declaración indagatoria ante la Justicia Federal por una compleja trama de irregularidades en la adjudicación de tierras fiscales y beneficios industriales.

Capitanich, exgobernador del Chaco durante el período de 2019 y 2023, se lo acusa de defraudación contra el Estado, malversación de fondos públicos, abuso de autoridad y negociaciones incompatibles con la función pública. La acusación sostiene que habría actuado como “socio” de su ministra en un esquema sistemático de fraude mediante la firma de decretos que facilitaron operaciones irregulares.

– Jorge Capitanich y Marta Soneira

Soneira, quien ocupó simultáneamente los cargos de presidenta del Instituto de Colonización y ministra de Ambiente y Desarrollo Territorial, es señalada como la figura central de la causa. Se le imputan los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, enriquecimiento ilícito, abuso de autoridad, incumplimiento de deberes de funcionario público, negociaciones incompatibles con la función y lavado agravado de activos.

La investigación se centra en la adjudicación irregular de aproximadamente 3.600 hectáreas de tierras fiscales a personas del círculo íntimo de Soneira, entre las que se encuentran Mauricio Ariel Cian (pareja de Soneira), sus hermanos Diego y Federico Soneira, y empresarios vinculados al grupo como Leandro Nicolás Bessone, Nelson Ariel Pochón y Federico Storti. Las pesquisas revelan operaciones sospechosas en las que personas sin aparente capacidad económica llegaron a manejar sumas millonarias derivadas de esas adjudicaciones.

A su vez, otros exfuncionarios que también están implicados son Sheina Waicman, expresidenta del Instituto de Colonización y exsubsecretaria de Asuntos Registrales, imputada por fraude, lavado de activos y abuso de autoridad; y Darío Giménez, exdelegado de Colonización en Pampa del Infierno, acusado de fraude a la administración pública como partícipe necesario y de abuso de autoridad, cuyo rol fue determinante en las inspecciones que avalaron las adjudicaciones irregulares, al confeccionar informes con un evidente “copia y pegue” para distintos solicitantes con la misma fecha.

La causa se inició el 10 de marzo de 2025 cuando el fiscal federal, Carlos Amad, solicitó la instrucción al Juzgado Federal de Sáenz Peña. El proceso tuvo su origen en una denuncia presentada por Ana María Canata, actual presidenta del Instituto de Tierras Fiscales del gobierno de Leandro Zdero, quien detectó irregularidades al revisar la documentación heredada de la gestión anterior.

“Pudimos constatar que la cesión de tierras y otros actos se realizaban sin los correspondientes procedimientos administrativos previos”, afirmó Amad.

Canata explicó que “cuando nosotros entramos a este instituto, iniciamos todo el proceso de mirar documentación y corroborando datos catastrales nos dimos cuenta que esas tierras estaban adjudicadas a una persona y terminaron para otros empresarios”. La funcionaria identificó cuáles serían “los lazos que tenían algunas personas principalmente con quien estaba al frente del instituto de tierras fiscales en ese momento que era la señora Marta Soneira”.

Capitanich también está acusado de otorgar beneficios irregulares a empresas vinculadas a los imputados, incluyendo exenciones fiscales y bonificaciones en tarifas de energía eléctrica y agua potable en el marco de la promoción industrial. Estas empresas, como Grupo Pampa Agro SRL y Grupo Pampa Semillas SRL, habrían sido conformadas por los empresarios imputados.

Un elemento fundamental de la maniobra fue la modificación del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos mediante el Decreto 2157/22. Esta normativa habría facilitado la entrega de tierras en zonas ambientales protegidas. La actualización del ordenamiento territorial fue criticada por organizaciones ambientales por vulnerar el principio de no regresión ambiental.

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