Los delincuentes con penas firmes de más de 3 años de prisión no podrán votar

Será la primera vez que la Corte Suprema intervenga en una caso de "derechos políticos" de detenidos.
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El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que las personas con condenas firmes a penas de 3 o más años no pueden votar. Así lo sostuvo en una presentación que hizo ante la Corte Suprema de Justicia en una causa en la que un condenado a 6 años de prisión por venta de drogas reclamó su derecho al sufragio.

Fuentes judiciales informaron a la prensa que Casal mantuvo la inhabilitación para votar que establece el Código Penal y el Código Nacional Electoral para las personas con prisión o reclusión de 3 o más años. Este caso será el primero en el que el máximo tribunal intervenga para resolver sobre los derechos políticos de las personas detenidas y condenadas.

Eduardo Casal
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal.

La causa la inició Víctor Manuel Zelaya, condenado a 6 años de prisión por tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización. La misma quedó firme e inició una causa penal para poder votar. Planteó la inconstitucionalidad de las normas que lo prohíben.

El artículo 12 del Código Penal establece que “la reclusión y prisión por más de 3 años llevan como inherente la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena” y al inciso 2 del artículo 19 establece como inhabilitación absoluta “la privación del derecho electoral”. En esa línea, el inciso 3 del artículo 3 del Código Electoral excluye del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena”.

Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia.

Así, en Argentina los presos con condenas firmes a más de 3 años no puede votar. Si mantienen ese derecho quiénes están procesado o no tengan una condena firme. Los delincuentes en el país votan desde el 2007. Antes ningún detenido podía hacerlo. En las cárceles emiten el sufragio con boleta única de papel.

El reclamo de Zelaya fue rechazado por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, pero aceptado por la Cámara Federal de Casación Penal que declaró la inconstitucionalidad de las normas. El fallo fue apelado y llegó hasta la Corte Suprema.

Tribunal Oral Federal de Mar del Plata
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata.

“En definitiva, opino que no es correcto examinar la constitucionalidad de la inhabilitación para votar cual si aquello que estuviese en discusión fuese qué derechos pueden ser legítimamente restringidos como consecuencia de la ejecución de una pena privativa de la libertad. Se trata, antes bien, de una pena que tiene sustento legal en los artículos 5, 12 y 19, inciso 2, del Código Penal, que además de participar del fundamento que asiste a las penas en general, reconoce también uno específico recogido desde antaño por la doctrina y la jurisprudencia, incluso la que promueve la inconstitucionalidad”, sostuvo Casal.

Y concluyó: “La regulación que ha hecho el legislador de esa inhabilitación, con base en esos fundamentos y en la gravedad del delito y de la pena impuesta, se mantiene dentro del marco de lo razonable“.

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“LEY PETRI” | La CSJ ratificó la ley que prohíbe la salida transitoria de presos condenados por delitos sexuales y homicidios

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la libertad condicional otorgada a Rodrigo Martínez, condenado por el delito de comercialización de estupefacientes.

El organismo respaldó el recurso extraordinario presentado por el Procurador General, Eduardo Casal, anulando así la sentencia previa de la Cámara Federal de Casación Penal.

Procurador General, Eduardo Casal

Martínez había sido condenado a cinco años de prisión por el delito en cuestión, pero una declaración de inconstitucionalidad de ciertos artículos legales en febrero de 2022 permitió su inclusión en el régimen de libertad condicional. La Cámara Federal de Casación Penal había revertido esta decisión, declarando la constitucionalidad de los artículos relevantes y dejando al juez de ejecución la responsabilidad de decidir sobre la prisión domiciliaria de Martínez.

A pesar de los informes favorables sobre el progreso de Martínez durante su libertad condicional, la Corte Suprema ratificó la validez constitucional de las limitaciones impuestas por la ley 27.375, revocando así la libertad condicional concedida anteriormente.

¿Qué es la “ley Petri”?

La ley 27.375 sancionada en el 2017 en el Congreso de la Nación —impulsada por el Diputado Nacional, Luis Petri—, amplió la limitación del otorgamiento de los beneficios comprendidos en el periodo de prueba, la prisión discontinua o semidetención, la libertad asistida y condicional a los condenados por una amplia gama de delitos.

Así explicó Luis Petri el proyecto antes de que sea sancionado en el año 2017

Entre ellos, se destaca la ampliación de la limitación a todo homicidio agravado, delitos contra la integridad sexual (exceptuando el abuso simple, difusión de pornografía, sustracción de mayores para menoscabar su integridad sexual y grooming), secuestro coactivo si se causa intencionalmente la muerte, robo agravado, homicidio en ocasión de robo, secuestro extorsivo si se causa intencionalmente la muerte, infracciones a la ley de drogas, trata de personas, delitos económicos, condenas por ley antiterrorista, contrabando agravado, tortura seguida de muerte, corrupción y fraude contra la administración pública y delitos cometidos por asociaciones ilícitas.

Caso “Chocolate” Rigau: Piden la detención del concejal massista Facundo Albini y de su padre

Este martes, la ONG Poder Ciudadano, que está como querellante en la causa que está investigando el uso de más de 45 tarjetas de débito de la Legislatura provincial y por la que está detenido Julio “Chocolate” Rigau, pidió la detención del concejal massista Facundo Albini y de su padre Claudio Albini, subdirector del personal de la Cámara de Diputados bonaerensebajo la acusación de integrar una asociación ilícita. 

Este pedido de Poder Ciudadano se suma al de la fiscal Betina Lacki quien solicitó detener a los dos funcionarios y a los dueños de las 48 tarjetas de débitos utilizadas para sustraer fondos por Rigau. Ahora, ambas solicitudes aguardan la respuesta del juez Federico Atencio quien, a su vez, está a la espera de la resolución de la Cámara de La Plata que que confirme la validez de la causa o si la anula.

El escrito de Poder Ciudadano fue presentado hoy luego de que se conocieran los chats del teléfono de Rigau con Albini (h), donde especifican incluso los montos que se queda cada uno: “Te llevas 200 (mil) por mes hace tres años y cuanto te necesito no estás. Siento que me estás faltando el respeto a mí y a mi amistad. No quiero terminar mal con vos, pero tampoco quiero que me tomes de idiota”, dice uno de los mensajes que dio a conocer la Justicia. 

Los chats revelan que había empleados de la Legislatura provincial que no sabían lo que estaban percibiendo ni el trabajo que presuntamente prestaban. “Decime de qué mierda trabajo yo”. En algunos casos, reclamaban que le den de baja en la Cámara de Diputados porque el estar en blanco dificultaba percibir, por ejemplo, planes sociales.

Por lo revelado, Poder Ciudadano exigió “que se ordene la inmediata detención de los imputados Facundo Mario Albini y Claudio Gustavo Albini”. “Ambos funcionarios continúan ejerciendo elevadas actividades dentro del Estado, pudiendo en ese rol destruir documentos, modificarlos o incluso amedrentar a posibles testigos. Con lo cual su detención deviene absolutamente necesaria y no puede pender de tiempos políticos que exceden el objeto de este proceso”, agrega en otro párrafo.

Por último señala que corresponde pedir la detención para impedir que perjudiquen o entorpezcan la investigación. 

*Fuente: Periodismo y Punto

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