“LEY PETRI” | La CSJ ratificó la ley que prohíbe la salida transitoria de presos condenados por delitos sexuales y homicidios

La ley, sancionada en 2017 e impulsada por el diputado Luis Petri, prohíbe el otorgamiento de salidas transitorias, semilibertad, libertad condicional y libertad asistida a personas condenadas por delitos de comercialización de estupefacientes, contra la integridad sexual y homicidios agravados, entre otros.
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la libertad condicional otorgada a Rodrigo Martínez, condenado por el delito de comercialización de estupefacientes.

El organismo respaldó el recurso extraordinario presentado por el Procurador General, Eduardo Casal, anulando así la sentencia previa de la Cámara Federal de Casación Penal.

Procurador General, Eduardo Casal

Martínez había sido condenado a cinco años de prisión por el delito en cuestión, pero una declaración de inconstitucionalidad de ciertos artículos legales en febrero de 2022 permitió su inclusión en el régimen de libertad condicional. La Cámara Federal de Casación Penal había revertido esta decisión, declarando la constitucionalidad de los artículos relevantes y dejando al juez de ejecución la responsabilidad de decidir sobre la prisión domiciliaria de Martínez.

A pesar de los informes favorables sobre el progreso de Martínez durante su libertad condicional, la Corte Suprema ratificó la validez constitucional de las limitaciones impuestas por la ley 27.375, revocando así la libertad condicional concedida anteriormente.

¿Qué es la “ley Petri”?

La ley 27.375 sancionada en el 2017 en el Congreso de la Nación —impulsada por el Diputado Nacional, Luis Petri—, amplió la limitación del otorgamiento de los beneficios comprendidos en el periodo de prueba, la prisión discontinua o semidetención, la libertad asistida y condicional a los condenados por una amplia gama de delitos.

Así explicó Luis Petri el proyecto antes de que sea sancionado en el año 2017

Entre ellos, se destaca la ampliación de la limitación a todo homicidio agravado, delitos contra la integridad sexual (exceptuando el abuso simple, difusión de pornografía, sustracción de mayores para menoscabar su integridad sexual y grooming), secuestro coactivo si se causa intencionalmente la muerte, robo agravado, homicidio en ocasión de robo, secuestro extorsivo si se causa intencionalmente la muerte, infracciones a la ley de drogas, trata de personas, delitos económicos, condenas por ley antiterrorista, contrabando agravado, tortura seguida de muerte, corrupción y fraude contra la administración pública y delitos cometidos por asociaciones ilícitas.

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Villaverde volvió a ser demandada y enfrenta un embargo de $31 millones por vender lotes ilegales

La diputada nacional por Río Negro de La Libertad Avanza, Lorena Villaverde, volvió a quedar en el centro de un conflicto judicial por la venta de terrenos sin escrituración ni servicios básicos en la zona de San Antonio Oeste – Las Grutas. En las últimas horas ingresó una nueva demanda civil por daños y perjuicios en el marco de la ley de Defensa del Consumidor, con un embargo preventivo que supera los 31 millones de pesos y que podría extenderse si avanza la causa a unos 100 millones de pesos.

La presentación fue radicada en el juzgado Civil y Comercial Nro. 9 de San Antonio Oeste a cargo de la jueza titular, Vanessa Kozaczuk, que actualmente se encuentra de licencia, causa fue derivada a la Unidad Jurisdiccional Subrogante Nro. 1, actualmente a cargo de la doctora Julieta Noel Díaz, quien deberá definir los primeros pasos del expediente, entre ellos el tratamiento de las medidas solicitadas.

La demanda está vinculada al loteo denominado “Tajamar”, un emprendimiento inmobiliario que desde hace tiempo acumula denuncias de compradores por presuntos incumplimientos contractuales. La acción fue impulsada por el estudio jurídico Santos & Arizcuren, de Viedma, en representación de un adquirente que firmó un contrato de compraventa el 23 de septiembre de 2020 por un lote de 465,80 metros cuadrados.

Según consta en la presentación judicial, el precio pactado fue de 1.650.000 pesos, abonado mediante un anticipo y un plan de financiación en 120 cuotas mensuales. La demanda sostiene que el comprador cumplió de manera regular y sostenida con sus obligaciones, llegando a pagar un total de 3.269.800 pesos, tal como surge de los comprobantes acompañados al expediente.

Del otro lado, la parte vendedora no habría cumplido con ninguno de los compromisos asumidos. En particular, se remarca el incumplimiento de las obras de infraestructura básicas prometidas en el contrato: apertura y enripiado de calles, provisión de agua potable, energía eléctrica y alumbrado público. Dichas obras debían ejecutarse en un plazo máximo de diez meses, con una prórroga excepcional de seis meses, plazos que se encuentran largamente vencidos.

De acuerdo al escrito, el lote permanece hasta hoy sin servicios, sin condiciones urbanísticas mínimas y sin ningún avance en el proceso de escrituración, lo que lo convierte en un bien inutilizable desde el punto de vista legal y material. Ante esta situación, el comprador llamado Alejandro Kanjer, notificó formalmente el ejercicio del derecho de retención de pago y comunicó la rescisión del contrato por culpa exclusiva de la vendedora, conforme al Código Civil y Comercial de la Nación.

Uno de los puntos más sensibles del planteo judicial es la situación administrativa del emprendimiento. Los abogados sostienen que el loteo “Tajamar” carece de aprobación formal por parte de la municipalidad de San Antonio Oeste: no existiría ordenanza habilitante, inscripción catastral, trazado urbano aprobado ni apertura formal de calles. Estas omisiones impedirían la obtención de permisos de edificación, la factibilidad de servicios y la posterior escrituración de los lotes vendidos.

Según la demanda, estas irregularidades eran conocidas por la vendedora Lorena Villaverde que ya tiene reiteradas demandas y que fueron deliberadamente omitidas al momento de la firma del contrato, lo que agrava el incumplimiento y fundamenta el pedido de rescisión, restitución del dinero actualizado y la aplicación de daños punitivos previstos en la legislación de defensa del consumidor.

La nueva causa se suma a un cúmulo de demandas y medidas judiciales previas vinculadas al mismo emprendimiento inmobiliario. En los últimos meses, Villaverde ya fue alcanzada por embargos preventivos millonarios y por acciones colectivas iniciadas por otros compradores que denunciaron un esquema reiterado de venta de lotes sin habilitación municipal, sin servicios y sin posibilidades reales de escrituración.

*Fuente: REALPOLITIK (Luciano Barroso)

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