La pesadilla de la mujer que denunció por violación a Fernando Espinoza: “Tienen gente acá asustándome”

Melody Rakauskas trabajó durante menos de un año como asesora del intendente K de La Matanza. Poco tiempo después, lo denunció por haberla maniatado y romperle la camisa, mientras le exigía silencio. Desde entonces, sufre llamados e intimidaciones.
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La ex Miss Argentina, Melody Rakauskas, comenzó a trabajar para el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, en abril del año 2021. Por entonces, se encontraba en pareja con Oscar Cilia, un influyente empresario de Bariloche cercano al jefe comunal bonaerense. Cilia fue imputado y luego sobreseído en la causa del plan Qunita, por irregularidades en la selección y adquisición de materiales.

Fue el propio Cilia quien “movió los hilos” y logró que, en tiempo récord y en una maniobra bastante llamativa, el propio Espinoza le tomara la entrevista laboral. Según lo recuerda Melody, “directamente me preguntó cuándo quería empezar y cuánto quería cobrar. Eso me llamó la atención y me hizo preguntarme quién era realmente mi pareja”.

Fernando Espinoza fue denunciado por v1ol4cion hace más de un año Casu… | TikTok

1.4K Likes, 65 Comments. TikTok video from REALPOLITIK (@realpolitikok): “Fernando Espinoza fue denunciado por v1ol4cion hace más de un año Casualmente se comenzaron a difundir imágenes hot de la ex Miss Argentina. Mientras la denunciante permanece fuera del país por temor a que la “desaparezcan o la maten”.

Pocos días después, comenzó a recibir mensualmente 150 mil pesos en negro como asesora de Fernando Espinoza. Con el correr de las semanas, el intendente decidió registrarla, pero con otro nombre, con la excusa de que no quería que nadie sepa que había contratado a una ex Miss Argentina.

Fue entonces cuando Espinoza le prepuso reunirse a solas, fuera del ámbito laboral. “Se autoinvitó a mi domicilio a cenar”, aseguró Melody. Fueron, en total, tres reuniones. En la última, el intendente de La Matanza le rompió la camisa, la maniató, la tiró sobre la cama, mientras le repetía: “Quedate tranquila, quedate tranquila”.

Tras algunos días de retraso atravesados por el miedo y la duda, Melody hizo la denuncia policial. Le otorgaron un botón antipánico y los agentes de Justicia le comunicaron oficialmente a Espinoza que tenía una restricción para no poder acercarse a ella. Hoy por hoy, el intendente no habla del tema, pero admite que “la causa existe”.

AMENAZAS E INTENTOS DE HACKEO

Durante las últimas jornadas, Melody denunció ante REALPOLITIK que situaciones extrañas comenzaron a sucederse unas a otras en un espiral de pesadillas, incluso refugiada en el exterior.

“Tienen gente que está acá asustándome. Hoy empezaron, me robaron la placa del auto. Me mandaron mensajes con números de acá, hostigándome. Están buscando el auto que yo manejaba, un auto que me habían prestado”, detalló a es temedio. Y añadió: “Me están tratando de pinchar mi celular con un montón de spam y de correos de diferentes números y un enlace. Es muy obvio todo”.

La denunciante de Fernando Espinoza, Melody Rakauskas
La denunciante de Fernando Espinoza, Melody Rakauskas

En ese marco, la denunciante explicó: “Recién me contó el dueño del auto que mientras que manejaba el vehículo que me prestó, lo siguió una camioneta a todo lo que da y cuando este amigo mío bajó la ventana la camioneta se fue, porque me buscan a mí, no a él”.

Según entiende Melody Rakauskas, “es raro que en un año y medio hayan intentado archivar mi denuncia tantas veces y más extraño es que otro fiscal haya descubierto que mi denuncia y las pruebas que presenté eran más que evidentes para no archivar el caso”.

Fernando Espinoza y la ministra de las Mujeres bonaerense, Estela Díaz
Fernando Espinoza y la ministra de las Mujeres bonaerense, Estela Díaz

“Mi ex pareja Gustavo Cilia me había advertido que si yo no aceptaba su propuesta, el dinero, un auto, lo que sea con tal de que retire la denuncia, incluida una licitación de 1.500.000 de dólares, a Fernando Espinoza lo iban a mexicanear mal de la Fiscalía”, agregó.

El desamparo de los gobiernos de Alberto Fernández y Axel Kicillof es total. Es que las ministras de las Mujeres Ayelén Mazzina (nación) y Estela Díaz (bonaerense) se han llamado a un extraño silencio, dando a entender que al poder de turno no le preocupa la integridad de una mujer que se animó a enfrentar a uno de los funcionarios más importantes del país.

*Fuente: REALPOLITIK

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Formosa: La oposición pidió impugnar la reelección indefinida de Gildo Insfrán

Este lunes, el diputado nacional y principal referente de la oposición en Formosa, Fernando Carbajal, realizó una presentación formal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación solicitando que se suspendan las elecciones del 25 de junio próximo, fecha en la que el jerarca Gildo Insfrán competirá con la intención de hacerse de su octavo mandato consecutivo.

El gobernador formoseño busca asegurarse 32 años ininterrumpidos frente a la provincia, no obstante, la oposición intentará ofuscar tal pretensión recurriendo a la justicia. El denunciante exige que se revea o que se declare la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución provincial bajo el fundamento de que es “ambiguo” y poco específico.

Tweet de la diputada provincial y precandidata a intendente, Gabriela Neme

Representado por el abogado Carlos Roberto Lee, la denuncia radicada por el legislador de Alianza Juntos por Formosa Libre, Fernando Carbajal, hace mención al “vacío legal” y la “ambigüedad” del artículo 132 que podría garantizarle otro mandato a Insfrán.

En ese sentido, el magistrado solicitó que se “inhabilite e impugne a todo aquel que pretenda perpetuarse en el poder, a expensas y en perjuicio del pueblo formoseño”. Así como también exigió una “medida cautelar” para que se suspendan las elecciones para el cargo de gobernador hasta dar con la respuesta a su presentación.

Fernando Carbajal, diputado nacional de Juntos por el Cambio.
Fernando Carbajal, diputado nacional de Juntos por el Cambio

““La situación no es desde el punto de vista jurídico igual, pero presenta similitudes. La diferencia está en que acá la Constitución dice que puede ser reelecto. Hay una cuestión de interpretación, porque no especifica en que puede serlo de manera indefinida“, había expresado Carbajal hace unos días en diálogo con TN.

“Cuando hay una norma que no es clara o precisa, siempre debe ser interpretada de acuerdo a los preceptos constitucionales. Si la reelección indefinida es contrariada los principios republicanos, debería ser interpretada como que puede ser reelecto solo una vez, por más que no lo diga expresamente”, concluyó en ese momento. De llegar a avanzar, el oficialismo formoseño deberá buscar un nuevo candidato.

Vacunatorio VIP: Se reabrió la causa y solicitaron la indagatoria de Ginés González García y otros funcionarios

El fiscal federal Eduardo Taiano y el titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, Sergio Rodríguez, a través de un escrito de 100 páginas, requirieron que se presente a declaración indagatoria el ex ministro de Salud, Ginés González García, por el hecho que se denominó “Vacunatorio VIP”, que habría dado prioridad a algunas personas para aplicarse la inoculación contra el Covid-19.

De esta irregularidad de las aplicaciones de las vacunas se habrían beneficiado funcionarios, diputados y periodistas afines al kirchnerismo, además de otras personas del Ministerio de Salud, durante el inicio de la gestión de Alberto Fernández.

El ex ministro de Salud de la Nación e imputado en la causa del Vacunatorio VIP, Ginés González García
El ex ministro de Salud de la Nación e imputado en la causa del Vacunatorio VIP, Ginés González García

Por tales motivos, tanto Taiano como Rodríguez le piden a la jueza María Eugenia Capuchetti que proceda a indagar a González García, y que también haga lo mismo con Alberto Alejandro Maceira, María Elena Borda, Marcelo Ariel Guille y Alejandro Salvador Costa. Por el momento, los delitos que se les imputan son el de abuso de autoridad y peculado. Cabe recordar que en el momento en que se dio el “Vacunatorio VIP” escaseaban las inoculaciones en nuestro país.

A través del escrito, los fiscales piden que los imputados sean indagados por 3 episodios en particular. El primero de ellos responde a lo sucedido el 18 de febrero de 2021. Ese día, el Ministerio de Salud dio la orden de retirar 10 vacunas que estaban asignadas para el Hospital Posadas, “para la inoculación de 10 personas, que no se encontraban habilitadas para recibir su dosis”.

Eduardo Duhalde
El ex presidente Eduardo Duhalde fue beneficiado con el “Vacunatorio VIP”.

Los beneficiarios de este hecho fueron, entre otros, el periodista Horacio Verbitsky, el ex canciller Jorge Taiana y el diputado nacional Eduardo Valdés. Familiares del empresario Florencio Aldrey Iglesias, y además, Seza Manukian, Lourdes Noya Aldrey, Matilde Noya Aldrey, Dolores Noya Aldrey, Felix Eulogio Guille, Florencio Aldrey, Salomón Schachter y muchos más.

Por el segundo hecho se refieren al retiro de 5 vacunas que estaban asignadas al Ministerio de Salud, para “su traslado al domicilio particular de Eduardo Duhalde con fecha 1 de febrero de 2021 para su inoculación, la de su familia y la de Carlos Alberto Mao, quiénes no se encontraban habilitados para recibir su dosis”.

Horacio Verbitsky
El periodista Horacio Verbitsky fue el que desató el escándalo tras declarar al aire que había sido beneficiado.

Finalmente, la tercera situación fue “la orden de aplicar de forma irregular al menos 35 vacunas”, con el fin de vacunar a 23 personas, entre el 29 de diciembre de 2020 y el 23 de febrero de 2021, en el Hospital Posadas.

Abogado de la familia de Lázaro Báez fue nombrado apoderado de La Libertad Avanza

Santiago Viola, el ex abogado de Leandro Báez, hijo del humilde bancario que se hizo millonario durante la “década ganada”, fue nombrado como apoderado de La Libertad Avanza (LLA), el espacio que comanda el diputado nacional y precandidato a presidente Javier Milei.

Según el quinto ítem del acta constitutiva de LLA donde se firmaron -entre otras cosas- cómo se distribuirán los fondos en las provincias, actuarán como apoderados del Grupo A: Karina Milei (hermana de “El León”) y Andrea Valeria Juárez. Del Grupo B: Carlos Kikuchi (armador de campaña de Milei), Jorge PauliGustavo CuervoJavier Zoulemian Facundo Correa. Y en el Grupo C aparece el personaje mencionado en último lugar: Mariano GervanMauro FiaschiSantiago Oria (camarógrafo de Milei) y Santiago Viola.

Javier Gerardo Milei, diputado nacional y precandidato a presidente.
Javier Gerardo Milei, diputado nacional y precandidato a presidente

Los apoderados son las autoridades electorales a las que se les otorga “amplias facultades para efectuar objeciones a todas las actuaciones de otras fuerzas políticas en las distintas etapas del tracto electoral, percibir los fondos y espacios de publicidad que correspondan referidos en las leyes 26.215, 26.571 y/o aquellas que las reemplacen y sus respectivos decretos reglamentarios, como así también a realizar cuantos actos, gestiones, diligencias fueren necesarias para el cumplimiento de su cometido pudiendo también interponer recursos y desistirlos”, de acuerdo a lo expresado en las mismas líneas.

Pero, ¿por qué en el espacio libertario se encendieron las alarmas? Como si no hubiera generado suficiente ruido el nombramiento de la hermana de Milei como la encargada de distribuir los fondos de campaña, ahora también se le suma la designación del polémico abogado.

Leandro Báez, ex defendido de Santiago Viola

Viola fue acusado de “montar una operación” contra el juez Sebastián Casanello, incluso presentando testigos falsos. En el año 2015, el letrado sostuvo que el magistrado había visitado la Quinta de Olivos y se había reunido con la entonces presidente Cristina Fernández de Kirchner, con el claro objetivo de desplazarlo de la causa conocida como “la ruta del dinero K”.

Finalmente, las versiones que ubicaban a Casanello en la Casa de Gobierno fueron desmentidas por la Justicia. Dos años después, luego de probarse la falta de mérito, Viola fue indagado y procesado bajo el fundamento de querer desplazar al juez con una operación para que deje de investigar la causa que finalmente encarceló al padre de su defendido, Lázaro Báez. En síntesis, se probó que el abogado plantó testigos.

Javier Milei y su equipo de campaña.
Javier Milei y su equipo de campaña

En el curso del expediente se estableció que los dos testigos (Gabriel Corizzo y Carlos Scozzino) que avistaron a Casanello en Olivos intercambiaron un total de 238 llamados entre el celular del fiscal Eduardo Miragaya y el teléfono del estudio que tenía Viola en aquel entonces.

SE APARTÓ DEL CASO BAÉZ POR “MOTIVOS PERSONALES”

Tras el intento de apartar a Casanello, la abogada Claudia Balbín y Viola, quienes trabajaban en conjunto defendiendo a MartínLeandro y Luciana Báez, renunciaron repentinamente. En una entrevista al medio TN, Viola fundamentó que la renuncia se debió a “motivos personales”, aunque no precisó cuáles.

Abogado de la familia de Lázaro Báez fue nombrado apoderado de La Libertar Avanza

Santiago Viola, ex abogado de Leandro Báez, hijo del bancario que se volvió millonario durante la era K, procesado en Cámara y sobreseído en Casación por presentar testigos falsos, fue nombrado como apoderado del espacio de Javier Milei.

Además, admitió que “existió una diferencia entre la estrategia judicial a llevar a cabo y por eso decidimos apartarnos de la defensa, porque entendimos que era mejor para ellos que sean asesorados por otros profesionales”, se limitó a responder en aquel entonces el licenciado.

DETENIDO POR HOMICIDIO CULPOSO AGRAVADO

Por otra parte, en el año 2018 Viola estuvo detenido por “homicidio culposo agravado”, tras ser protagonista de un terrible incidente vial que dejó sin vida a Leopoldo Martín Fexesta Maidana, de 65 años.

En aquel entonces, los informantes judiciales explicaron que el desenlace tuvo lugar debido a que Viola conducía “con un nivel de alcohol en sangre mayor al permitido y por un posible exceso de la velocidad máxima”. Finalmente, dos días después del hecho, el abogado fue excarcelado.

*Fuente: RealPolitik

JxC presenta recurso ante la Corte Suprema para impugnar la candidatura de Gildo Insfrán: ¿Qué dice el documento?

Fernando Carbajal presentó ante la Corte Suprema una denuncia de 20 páginas que exige impugnar la candidatura de Gildo Insfrán como gobernador de Formosa, en el que sería su octavo mandato consecutivo.

El actual diputado de Juntos por el Cambio expone la ambigüedad del artículo 132 de la Constitución provincial, que establece que “el gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”, pero no especifica cuántas veces pueden serlo. Además, pide como “medida cautelar” suspender las elecciones provinciales del 25 de junio, y solicita usar días inhábiles (fines de semana y feriados) para analizar el caso.

Carbajal plantea que este “vacío” en la Carta Magna provincial debe ser analizado a la luz de los Principios Republicanos y la Constitución Nacional, que en sus artículos 1, 5 y 123 prohíbe la perpetuación de una persona en el poder. Hace unos días había declarado en medios: “Si la reelección indefinida es contraria a los principios republicanos, debería ser interpretada como que puede ser reelecto solo una vez, por más que no lo diga expresamente”.

La presentación demanda a la Corte Suprema un accionar similar al ejercido días atrás sobre Juan Manzur y Sergio Uñac, que buscaban la reelección en Tucumán y San Juan, respectivamente. De todas formas, el precandidato de Juntos por el Cambio reconoció que ambas situaciones no eran idénticas. “La diferencia está en que acá la Constitución dice que puede ser reelecto. Hay una cuestión de interpretación, porque no especifica si puede serlo de manera indefinida”, aclaró en medios.

El propio Insfrán reformó la Constitución provincial en el año 2003, “reemplazando” el artículo 129 por el 132, lo que le permitió ejercer su gobernación durante 28 años hasta el día de hoy. En el escrito, Carbajal se refiere a un hecho ocurrido en 1999: la detención de Carlos Gerardo González, entonces presidente del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, quien el día anterior había fallado en contra de permitirle a Insfrán postularse nuevamente como Gobernador de Formosa.

La Corte Suprema deberá remitir su respuesta, en un plazo de cinco días, a la Procuración General de la Nación, quien a su vez emitirá su opinión. Luego, la Corte recibirá nuevamente el expediente y se acercará a la resolución del caso.

El partido de Milei no existió en Misiones: Con el 0,4% la candidata de La Libertad Avanza quedó en sexto lugar

Este domingo los ciudadanos de Misiones votaron a su nuevo gobernador así como también a legisladores y autoridades locales. El Frente Renovador de la Concordia Social volvió a hacerse del mandato de la provincia con Hugo Passalacqua, quien ya gobernó Misiones en 2015 hasta el 2019.

Con 206.418 votos Passalacqua logró cerrar la jornada electoral con 69,3%, llevándose el gran triunfo. En segundo lugar se ubicó Martín Alfredo Arjol de Juntos por el Cambio que cosechó 67.854 votos que, a pesar de ser un gran número, quedó muy lejos del oficialismo provincial con 22,8%.

El tercer lugar se posicionó Pablo Isaac Lenguaza del Frente La Fuerza de Todos con 11.217 votos lo que se traduce en 3,8%. En cuarto lugar la candidata del Frente Amplio, Julia Argentina Perie, juntó 5.355 votos, un 1,8%. En quinto lugar Lorenza Villanueva del Partido Obrero se hizo de 3.235 votos (1,1%).

En sexto lugar, la candidata de Javier Milei, Ninfa Zunilda Alvarenga, se hizo de 1.317 votos lo que se traduce en un 0,4%. Lejos de los índices estimados por varias encuestas instauradas por séquitos de “El León”. Con los mismos valores porcentuales que esta última, Débora Solange Mangone de Por la Vida y Los Valores y Jorge Ramón Pelinski del Partido Demócrata sacaron 1.286 y 1.282 votos.

Los delincuentes con penas firmes de más de 3 años de prisión no podrán votar

El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que las personas con condenas firmes a penas de 3 o más años no pueden votar. Así lo sostuvo en una presentación que hizo ante la Corte Suprema de Justicia en una causa en la que un condenado a 6 años de prisión por venta de drogas reclamó su derecho al sufragio.

Fuentes judiciales informaron a la prensa que Casal mantuvo la inhabilitación para votar que establece el Código Penal y el Código Nacional Electoral para las personas con prisión o reclusión de 3 o más años. Este caso será el primero en el que el máximo tribunal intervenga para resolver sobre los derechos políticos de las personas detenidas y condenadas.

Eduardo Casal
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal.

La causa la inició Víctor Manuel Zelaya, condenado a 6 años de prisión por tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización. La misma quedó firme e inició una causa penal para poder votar. Planteó la inconstitucionalidad de las normas que lo prohíben.

El artículo 12 del Código Penal establece que “la reclusión y prisión por más de 3 años llevan como inherente la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena” y al inciso 2 del artículo 19 establece como inhabilitación absoluta “la privación del derecho electoral”. En esa línea, el inciso 3 del artículo 3 del Código Electoral excluye del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena”.

Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia.

Así, en Argentina los presos con condenas firmes a más de 3 años no puede votar. Si mantienen ese derecho quiénes están procesado o no tengan una condena firme. Los delincuentes en el país votan desde el 2007. Antes ningún detenido podía hacerlo. En las cárceles emiten el sufragio con boleta única de papel.

El reclamo de Zelaya fue rechazado por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, pero aceptado por la Cámara Federal de Casación Penal que declaró la inconstitucionalidad de las normas. El fallo fue apelado y llegó hasta la Corte Suprema.

Tribunal Oral Federal de Mar del Plata
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata.

“En definitiva, opino que no es correcto examinar la constitucionalidad de la inhabilitación para votar cual si aquello que estuviese en discusión fuese qué derechos pueden ser legítimamente restringidos como consecuencia de la ejecución de una pena privativa de la libertad. Se trata, antes bien, de una pena que tiene sustento legal en los artículos 5, 12 y 19, inciso 2, del Código Penal, que además de participar del fundamento que asiste a las penas en general, reconoce también uno específico recogido desde antaño por la doctrina y la jurisprudencia, incluso la que promueve la inconstitucionalidad”, sostuvo Casal.

Y concluyó: “La regulación que ha hecho el legislador de esa inhabilitación, con base en esos fundamentos y en la gravedad del delito y de la pena impuesta, se mantiene dentro del marco de lo razonable“.

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