La Justicia SALVÓ a la jueza responsable del asesinato de Lucio Dupuy

El STJ de La Pampa rechazó la posibilidad de que la jueza responsable del asesinato de Lucio Dupuy reciba un sumario administrativo.
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La casta judicial pampeana salvó del sumario administrativo a la jueza de familia de General Pico, ANA CLARA PÉREZ BALLESTER, quien autorizó a la madre del pequeño Lucio a llevarlo a vivir con ella, luego de estar dos años ausente. Semanas más tarde, Magdalena Espósito Valenti y Abigail Pérez lo asesinaron y cometieron sobre la criatura las peores atrocidades.

El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa emitió ayer un fallo dividido. Ahora, bloquea la posibilidad de que PÉREZ BALLESTER sea investigada por su accionar al concluir y convalidar el acuerdo de partes por el cual la tía de Lucio le devolvió la tenencia a la madre. Quien recomendó hacer un sumario fue el instructor de la investigación interna para determinar si había existido una denuncia previa por hechos de violencia intrafamiliar.

“Mientras que en el expediente sobre la tutela se ordenó la realización de prueba de testigos y de un informe socio ambiental, hechos razonables que permitieron conocer el hogar en el que viviría el niño Lucio, a la hora de resolver dejar sin efecto la designación de la tutela no dispuso las mismas medidas probatorias a pesar que estaba homologando un convenio privado no celebrado ni ratificado en presencia de ningún órgano judicial. Así se homologó el acuerdo sobre el cuidado personal del niño sin que previamente hubiera existido un informe socio ambiental u otra diligencia de prueba tendiente a garantizar el bienestar del niño, desatendiendo, en opinión de esta Instrucción, la perspectiva de infancia. Es por ello por lo que resultaría viable la formación de un sumario disciplinario para comprobar la existencia o inexistencia de faltas u omisiones en el desempeño del cargo”, sentenció el instructor.

Pérez Ballester gozó del apoyo de gran parte del arco judicial de la provincia. En diciembre de 2021, el Colegio de Magistrados la defendió alegando que “En ambos expedientes (el que otorga la tutela de la madre y el que homologa el acuerdo de partes) se siguió el procedimiento de ley, se dio intervención a la Asesoría y se resolvió de conformidad a lo solicitado por las partes y al derecho aplicable”. Incluso, desde la institución se arriesgaron a decir que “en la causa no existían, no fueron denunciados ni se presentaron indicios que alertaran situaciones de violencia que ameritaran adoptar otra decisión”.

UNO POR UNO, LOS MIEMBROS DEL STJ QUE VOTARON A FAVOR DE LA JUEZA

FABRICIO LOSI
ELENA VICTORIA FRESCO
EDUARDO FERNÁDEZ MENDÍA

LA JUEZA PÉREZ BALLESTER LE SENTENCIÓ LA MUERTE A MI NIETO”

En diálogo con los medios, el abuelo de Lucio, Ramón Dupuy, fue tajante con la decisión del Superior Tribunal de Justicia. Para él, el fallo es “una verdadera vergüenza. Pero bueno, la sociedad ya sabe que entre ellos (por la casta judicial) se iban a cubrir”.

“Para mi es responsable el que lo defiende como el que actuó. Ana Clara Pérez Ballester le sentenció la muerte a mi nieto”, agregó. La Justicia “tiene que ponerse, una vez en la vida, del lado de la sociedad y dejar de ser un círculo tan cerrado. En el caso de Lucio no trabajaron como debieron trabajar. Están defendiendo algo indefendible”.

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Villaverde volvió a ser demandada y enfrenta un embargo de $31 millones por vender lotes ilegales

La diputada nacional por Río Negro de La Libertad Avanza, Lorena Villaverde, volvió a quedar en el centro de un conflicto judicial por la venta de terrenos sin escrituración ni servicios básicos en la zona de San Antonio Oeste – Las Grutas. En las últimas horas ingresó una nueva demanda civil por daños y perjuicios en el marco de la ley de Defensa del Consumidor, con un embargo preventivo que supera los 31 millones de pesos y que podría extenderse si avanza la causa a unos 100 millones de pesos.

La presentación fue radicada en el juzgado Civil y Comercial Nro. 9 de San Antonio Oeste a cargo de la jueza titular, Vanessa Kozaczuk, que actualmente se encuentra de licencia, causa fue derivada a la Unidad Jurisdiccional Subrogante Nro. 1, actualmente a cargo de la doctora Julieta Noel Díaz, quien deberá definir los primeros pasos del expediente, entre ellos el tratamiento de las medidas solicitadas.

La demanda está vinculada al loteo denominado “Tajamar”, un emprendimiento inmobiliario que desde hace tiempo acumula denuncias de compradores por presuntos incumplimientos contractuales. La acción fue impulsada por el estudio jurídico Santos & Arizcuren, de Viedma, en representación de un adquirente que firmó un contrato de compraventa el 23 de septiembre de 2020 por un lote de 465,80 metros cuadrados.

Según consta en la presentación judicial, el precio pactado fue de 1.650.000 pesos, abonado mediante un anticipo y un plan de financiación en 120 cuotas mensuales. La demanda sostiene que el comprador cumplió de manera regular y sostenida con sus obligaciones, llegando a pagar un total de 3.269.800 pesos, tal como surge de los comprobantes acompañados al expediente.

Del otro lado, la parte vendedora no habría cumplido con ninguno de los compromisos asumidos. En particular, se remarca el incumplimiento de las obras de infraestructura básicas prometidas en el contrato: apertura y enripiado de calles, provisión de agua potable, energía eléctrica y alumbrado público. Dichas obras debían ejecutarse en un plazo máximo de diez meses, con una prórroga excepcional de seis meses, plazos que se encuentran largamente vencidos.

De acuerdo al escrito, el lote permanece hasta hoy sin servicios, sin condiciones urbanísticas mínimas y sin ningún avance en el proceso de escrituración, lo que lo convierte en un bien inutilizable desde el punto de vista legal y material. Ante esta situación, el comprador llamado Alejandro Kanjer, notificó formalmente el ejercicio del derecho de retención de pago y comunicó la rescisión del contrato por culpa exclusiva de la vendedora, conforme al Código Civil y Comercial de la Nación.

Uno de los puntos más sensibles del planteo judicial es la situación administrativa del emprendimiento. Los abogados sostienen que el loteo “Tajamar” carece de aprobación formal por parte de la municipalidad de San Antonio Oeste: no existiría ordenanza habilitante, inscripción catastral, trazado urbano aprobado ni apertura formal de calles. Estas omisiones impedirían la obtención de permisos de edificación, la factibilidad de servicios y la posterior escrituración de los lotes vendidos.

Según la demanda, estas irregularidades eran conocidas por la vendedora Lorena Villaverde que ya tiene reiteradas demandas y que fueron deliberadamente omitidas al momento de la firma del contrato, lo que agrava el incumplimiento y fundamenta el pedido de rescisión, restitución del dinero actualizado y la aplicación de daños punitivos previstos en la legislación de defensa del consumidor.

La nueva causa se suma a un cúmulo de demandas y medidas judiciales previas vinculadas al mismo emprendimiento inmobiliario. En los últimos meses, Villaverde ya fue alcanzada por embargos preventivos millonarios y por acciones colectivas iniciadas por otros compradores que denunciaron un esquema reiterado de venta de lotes sin habilitación municipal, sin servicios y sin posibilidades reales de escrituración.

*Fuente: REALPOLITIK (Luciano Barroso)

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