La Justicia declaró INCONSTITUCIONAL el pase sanitario libre COVID-19

Lo sancionó el juzgado Federal de Mar del Plata Nro. 4 mediante un fallo en favor de dos ciudadanos marplatenses que se negaron a vacunarse y luego acudieron a los tribunales para no utilizar el permiso establecido por el gobierno.
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La implementación del pase sanitario obligatorio decretado por el gobierno nacional a principios de año, esencialmente por motivos turísticos, causó polémica en un sector de la sociedad que se negó a vacunarse contra el COVID-19. Lo consideraban ilegal y violatorio de los propios derechos individuales, además del perjuicio que les generaba que quienes lo exigen se reserven el derecho de admisión en caso de no cumplir con la disposición nacional.

Ante este panorama, Mario Marcelo Bassano y Mario Ignacio Bassano (hijo), dos ciudadanos marplatenses, acudieron al juzgado Federal de Mar del Plata Nro. 4 por considerar “inconstitucional” la normativa del ejecutivo al no ser obligatoria la vacunación frente a la enfermedad pandémica. Ambos, que obviamente no se habían inoculado ninguna de las dosis, apuntaron contra los gobiernos nacional y provincial más el ministerio de Salud de la Nación conducido por Carla Vizzotti.

Lo hicieron mediante un amparo “con el objeto de que se exima a los amparistas de portar y/o exhibir respecto a sus personas el denominado pase sanitario libre COVID-19; que se impuso por la decisión administrativa”. Para ello, hicieron hincapié en casos que fueron controvertidos durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio, entre los cuales se destaca el del joven formoseño que, ante las restricciones, murió ahogado al intentar cruzar el río Bermejo para ver a su hija.

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De este modo, Bassano (hijo), el abogado de esta causa, planteó en el expediente judicial: “No se puede dejar de lado la subsistencia irrestricta de la constitución nacional, en el supuesto de ser violentada por una normativa que ante su aplicación, pueda cercenar ‘Los principios, garantías y derechos’ reconocidos por la carta magna”. Y aclaró que el artículo 28 de la carta magna sostiene que “no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio” de conformidad con lo ya establecido al momento de tratar la medida cautelar.

En diálogo con REALPOLITIK, su padre remarcó en qué momentos se defendieron con el amparo solicitado: “Había lugares donde no nos dejaban entrar por el pase sanitario, pero como presentamos una medida judicial sí pudimos hacerlo”. En tanto, declaró que “todos” los letrados con quienes se informó sobre el tema en cuestión afirmaron que la disposición obligatoria del gobierno es una “cachivachada” en términos jurídicos.

Finalmente, vale resaltar que hasta el momento no había fallos en primera instancia contra el pase sanitario, más allá de medidas cautelares, por lo que los marplatenses obtuvieron el primero en toda América Latina en otro claro revés para el presidente Alberto Fernández y el gobernador bonaerense Axel Kicillof.

*Fuente: REALPOLITIK

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Caso “Chocolate” Rigau: Piden la detención del concejal massista Facundo Albini y de su padre

Este martes, la ONG Poder Ciudadano, que está como querellante en la causa que está investigando el uso de más de 45 tarjetas de débito de la Legislatura provincial y por la que está detenido Julio “Chocolate” Rigau, pidió la detención del concejal massista Facundo Albini y de su padre Claudio Albini, subdirector del personal de la Cámara de Diputados bonaerensebajo la acusación de integrar una asociación ilícita. 

Este pedido de Poder Ciudadano se suma al de la fiscal Betina Lacki quien solicitó detener a los dos funcionarios y a los dueños de las 48 tarjetas de débitos utilizadas para sustraer fondos por Rigau. Ahora, ambas solicitudes aguardan la respuesta del juez Federico Atencio quien, a su vez, está a la espera de la resolución de la Cámara de La Plata que que confirme la validez de la causa o si la anula.

El escrito de Poder Ciudadano fue presentado hoy luego de que se conocieran los chats del teléfono de Rigau con Albini (h), donde especifican incluso los montos que se queda cada uno: “Te llevas 200 (mil) por mes hace tres años y cuanto te necesito no estás. Siento que me estás faltando el respeto a mí y a mi amistad. No quiero terminar mal con vos, pero tampoco quiero que me tomes de idiota”, dice uno de los mensajes que dio a conocer la Justicia. 

Los chats revelan que había empleados de la Legislatura provincial que no sabían lo que estaban percibiendo ni el trabajo que presuntamente prestaban. “Decime de qué mierda trabajo yo”. En algunos casos, reclamaban que le den de baja en la Cámara de Diputados porque el estar en blanco dificultaba percibir, por ejemplo, planes sociales.

Por lo revelado, Poder Ciudadano exigió “que se ordene la inmediata detención de los imputados Facundo Mario Albini y Claudio Gustavo Albini”. “Ambos funcionarios continúan ejerciendo elevadas actividades dentro del Estado, pudiendo en ese rol destruir documentos, modificarlos o incluso amedrentar a posibles testigos. Con lo cual su detención deviene absolutamente necesaria y no puede pender de tiempos políticos que exceden el objeto de este proceso”, agrega en otro párrafo.

Por último señala que corresponde pedir la detención para impedir que perjudiquen o entorpezcan la investigación. 

*Fuente: Periodismo y Punto

“LEY PETRI” | La CSJ ratificó la ley que prohíbe la salida transitoria de presos condenados por delitos sexuales y homicidios

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la libertad condicional otorgada a Rodrigo Martínez, condenado por el delito de comercialización de estupefacientes.

El organismo respaldó el recurso extraordinario presentado por el Procurador General, Eduardo Casal, anulando así la sentencia previa de la Cámara Federal de Casación Penal.

Procurador General, Eduardo Casal

Martínez había sido condenado a cinco años de prisión por el delito en cuestión, pero una declaración de inconstitucionalidad de ciertos artículos legales en febrero de 2022 permitió su inclusión en el régimen de libertad condicional. La Cámara Federal de Casación Penal había revertido esta decisión, declarando la constitucionalidad de los artículos relevantes y dejando al juez de ejecución la responsabilidad de decidir sobre la prisión domiciliaria de Martínez.

A pesar de los informes favorables sobre el progreso de Martínez durante su libertad condicional, la Corte Suprema ratificó la validez constitucional de las limitaciones impuestas por la ley 27.375, revocando así la libertad condicional concedida anteriormente.

¿Qué es la “ley Petri”?

La ley 27.375 sancionada en el 2017 en el Congreso de la Nación —impulsada por el Diputado Nacional, Luis Petri—, amplió la limitación del otorgamiento de los beneficios comprendidos en el periodo de prueba, la prisión discontinua o semidetención, la libertad asistida y condicional a los condenados por una amplia gama de delitos.

Así explicó Luis Petri el proyecto antes de que sea sancionado en el año 2017

Entre ellos, se destaca la ampliación de la limitación a todo homicidio agravado, delitos contra la integridad sexual (exceptuando el abuso simple, difusión de pornografía, sustracción de mayores para menoscabar su integridad sexual y grooming), secuestro coactivo si se causa intencionalmente la muerte, robo agravado, homicidio en ocasión de robo, secuestro extorsivo si se causa intencionalmente la muerte, infracciones a la ley de drogas, trata de personas, delitos económicos, condenas por ley antiterrorista, contrabando agravado, tortura seguida de muerte, corrupción y fraude contra la administración pública y delitos cometidos por asociaciones ilícitas.

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