La Corte Suprema falló a favor de los vecinos de Villa Mascardi en medio del conflicto mapuche

La Corte rechazó la petición de dos miembros mapuches de elevar a la Justicia Federal la causa que los acusa de infringir lesiones en el presidente de la Junta Vecinal de Villa Mascardi, Diego Frutos.
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor de Diego Frutos, presidente de la Junta Vecinal de Villa Mascardi, quien fue agredido por dos integrantes de la comunidad mapuche Lof Lafquen Winkul Mapu, hace más de dos años. El pedido de los dos acusados demandaba que la causa la investigara la Justicia Federal, y no la provincial, pero la Corte lo desestimó.

Luego del incidente acontecido el 25 de noviembre de 2020, los mapuches Cristian Germán y Pablo Colhuan había argumentado que lo sucedido con Frutos era parte del delito por toma de tierras en Villa Mascardi, y que como este estaba siendo tramitado por un juzgado federal, lo mismo debería ocurrir con el delito por lesiones cometidas contra Frutos.

El martes anterior, los jueces de la Corte Suprema de Justicia, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti rechazaron unánimemente la petición, por lo que el caso permanecerá en la Justicia local.

Resulta que a fines del año 2020 tuvo lugar uno más de los tantos episodios conflictivos entre los mapuches y los civiles barilochenses respecto de la pertenencia de las tierras en el sur del país. Aquella vez, la comunidad Lof Lafquen Wiki Mapu había cortado la Ruta 40, en el kilómetro 2005, en medio de una usurpación de terrenos.

Cuando Diego Frutos, representante de los vecinos de Villa Mascardi, se acercó a filmarlos en plena manifestación, dos integrantes de la comunidad comenzaron a perseguirlo en dirección a El Bolsón para golpearlo. Mientras lo corrían, le gritaban: “¿Vos qué andas diciendo de nosotros?”.

En su escapada, Frutos trató de refugiarse en un camión, pero este no le dio asilo, por lo que acabó por subirse a la parte trasera de un auto que sí le ofreció protección, unos metros más adelante. Mientras tanto, los agresores Germán y Colhuan amenazaban “con armas blancas” a los civiles para que no ayudaran a quien huía.

Finalmente, los dos miembros de la comunidad mapuche lograron ingresar al auto, golpearon a Frutos, y lo arrojaron a la ruta, con ayuda de otras personas cuya identidad se desconoce. Con él en el piso, lo siguieron golpeando hasta provocarle numerosas heridas.

El pedido de los inculpados de elevar la causa a la Justicia Federal había sido desestimado en julio de 2021 por la Circunscripción Judicial de Río Negro y, luego, por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. Ahora, fue la Corte Suprema quien rechazó por tercera vez el reclamo, en otro capítulo del incesante conflicto entre los mapuches y los habitantes de Villa Mascardi.

Redacción

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Denuncian a funcionarios de Alicia Kirchner: “Siguieron robando después de dejar el gobierno”

En el marco de los allanamientos realizados en Río Gallegos, Julio Gutiérrez señaló al la anterior gestión de la cartera de Trabajo por estafa y robo al Estado provincial. Según explicaron fuentes oficiales, los exfuncionarios habrían logrado seguir actuando con los ilícitos a pesar del cambio de gobierno.

Los funcionarios de Alicia Kirchner no entregaron a las nuevas autoridades claves, datos de plataformas de compra y cuentas, de un convenio del Ministerio de Trabajo para comprar artículos necesarios para el área en el rubro de mantenimiento y servicios. El desfalco, según estiman los miembros de la actual gestión es de $27 millones.

Con ese modus operandi, siguieron comprando repuestos, cubiertas y otros servicios a nombre del Ministerio de Trabajo, que fueron almacenando en galpones de su propiedad que se encuentran en la zona industrial, y que forman parte de la empresa “Cielos Patagónicos, viviendas industrializadas”.

Las compras se habrían realizado en comercios como Toyota, Pirelli y Austral Gomas, y habrían sido retirados por un empleado de la empresa de Romina Silva que fue “pescado infraganti” cuando realizaba una de estas maniobras.

Gutiérrez precisó que “la principal autora de todo esto es la anterior secretaria del Ministro de Trabajo”. Romina Silva fue o es la mano derecha de Teodoro “Lalo” Caminos, exministro de Trabajo de Santa Cruz. “En la época cuando se hizo la transición (de gobierno) no nos entregaron claves, ni plataformas, ni cuentas que tenían que ver con cuestiones de mantenimiento y servicios”, explicó el actual ministro.

Indignado, Julio Gutiérrez afirmó: “No les bastó con robar cuando estaban en el gobierno, sino que siguieron robando después de dejarlo, lo que demuestra la impunidad de esta gente, la falta de respeto y la absoluta desconsideración y burla hacia toda la sociedad santacruceña que está viviendo momentos difíciles. Pero como dijo el gobernador Vidal desde que asumió, se ha terminado el robo en Santa Cruz y los responsables irán a prisión por sus acciones delictivas”.

Redacción

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“LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN LE GANÓ AL PODER” | La justicia falló a favor de El Presto en la causa de Fabiola Yáñez

En febrero de 2022, la entonces concubina presidencial, Fabiola Yánez, llevó a la Justicia al periodista e influencer Eduardo Miguel Prestofelippo, más conocido como El Presto. La pareja del expresidente, Alberto Fernández, lo había denunciado por el supuesto delito de hostigamiento digital.

El periodista dedicó un informe en el que habló sobre los gastos millonarios de Yánez, acusándola por su ostentosa vida en Puerto Madero, pese a tener ingresos registrados por $5 mil.

Ahora, un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dejó sin efecto la condena a El Presto, lo absolvió e hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa del periodista, Marcelo Peña, en las acusaciones de hostigamiento digital y difusión no autorizada de imágenes íntimas (Prestofelippo utilizó fotografías de la primera dama que extrajo de entrevistas, pero que a ella le molestaron).

“Hice en su momento la denuncia oral —cuenta Marcelo Peña— sobre el abuso que se ejerció. El entonces Presidente maniobraba, de forma directa, con el juez de la causa a efectos de que, sí o sí, Prestofelippo tenía que terminar detenido”.

A Peña le llamó “poderosamente la atención” cómo el juzgado modificaba la situación procesal del periodista de manera permanente: “Se proyectaba todo a una contravención, y hasta ultísimo momento se iba maniobrando con cambios drásticos (en la causa). Incluso, se habría ordenado en que deje de trabajar, que abandone su actividad de periodista… un disparate”.

Además, detalla el abogado, el fallo sentó precedente al dar “preponderancia a la libertad de expresión por sobre el abuso de poder: Una persona, que manifiesta ser primera dama, buscaba inmunidad, buscaba una protección por encima de la Constitución. Parte de lo que considera el fallo es que, por más que vos me digas que tengas esta figura, la de primera dama, eso no puede tener más revestimiento que la libertad de expresión, que es una garantía constitucional“.

De tal manera, el documento emitido por el TSJ resuelve “hacer lugar a ese recurso de inconstitucionalidad en cuanto a las dos restantes infracciones, identificadas como difusión no autorizada de imágenes íntimas y hostigamiento digital, revocar la condena impuesta respecto de esas dos calificaciones y reenviar las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento a la luz del impacto que esta decisión supone en la medición de la sanción aplicada”.

“Ella pretendía que, por ser quien es, se le haga un borrón y cuenta nueva”, resumió Marcelo Peña.

Redacción

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