La carta que envió César Sena desde la cárcel tras la renuncia de su abogado: “Tengo miedo”

El principal sospechoso del asesinato de Cecilia Strzyzowski escribió un breve texto dirigido al fiscal que investiga el caso donde asegura temer por su vida.
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El miércoles de la semana anterior, el abogado de la familia Sena, Juan Díaz, fue convocado para representar al principal sospechoso por la desaparición forzada de Cecilia Strzyzowski (aunque actualmente se investiga como homicidio). El sospechoso de 19 años, César Sena, quien supo ser la pareja de la víctima, permanece detenido acusado de “femicida”. Tras este desenlace, el letrado decidió renunciar y afirmó a los medios que se debía a “diferencias irreconciables”, además de que se trata de “un hecho criminal” en el que prefiere no involucrarse.

Estas tajantes declaraciones llegaron a oídos de César Sena y por ello, desde la cárcel, armó un breve comunicado dirigido al fiscal frente a la causa.

La carta del principal sospechoso

“Soy César Sena. Estoy acusado en esta causa y me enteré que Díaz, quien era mi abogado defensor y el de toda mi familia, está saliendo en todos los medios de comunicación y está hablando cosas horribles de mí. Temiendo por mí hago responsable a esta persona si me pasa algo“, firma y cierra.

En la misma línea aunque en la vereda del frente, Díaz aseguró que decidió apartarse del caso porque teme “represalias”. “Estoy en el movimiento (la organización que el dirigente social conduce junto a su esposa Marcela Acuña) hace 12 años, Emerenciano ya no es el mismo que fue en su momento, nunca me imaginé que podría llegar a estar involucrado en semejante delito“, sumó a medios locales.

La carta del imputado salió a la luz luego de que él mismo insistiera con declarar frente a los fiscales, aunque finalmente se arrepintió.

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Santa Fe | Jueces garantistas aflojaron controles en cárceles y un condenado a 37 años estuvo ocho meses prófugo sin que nadie lo buscara

La provincia de Santa Fe quedó atravesada por dos decisiones judiciales vinculadas al sistema penitenciario. Un fallo hizo lugar parcialmente a un habeas corpus y determinó que no se podrá obligar a los abogados a utilizar teléfonos en las entrevistas con presos alojados en cárceles de alto perfil. En Rosario, la jueza de Ejecución Penal Luciana Prunotto defendió las salidas transitorias otorgadas a Ricardo Albertengo, condenado a 37 años de prisión en 2010, y afirmó que “nada se hizo por fuera de la ley”, pese a que el hombre quedó prófugo desde 2015.

En el primero de los casos, el planteo lo impulsó el abogado José Nanni, quien cuestionó las nuevas condiciones para entrevistar a sus defendidos. Según explicó, el problema surgió cuando acudió a una entrevista y se encontró con un sistema que obligaba a comunicarse mediante un teléfono detrás de un blindex. “Lo que nosotros planteamos es que la comunicación entre el abogado y su defendido debe ser privada y no debe tener injerencias del Estado”, sostuvo.

Nanni rechazó la obligatoriedad del dispositivo y afirmó: “No nos pueden obligar a utilizar un teléfono que se haya puesto en los locutorios porque no teníamos la garantía de que esos teléfonos estén escuchados”. También precisó que la pretensión original buscó que “se destine un habitáculo para uso exclusivo de los abogados”, aunque ese punto no prosperó. De todos modos, destacó el aspecto central de la resolución: “Lo que resolvió la jueza es que no sea obligatorio el uso de los teléfonos”.

A partir del fallo, explicó, la decisión quedó en manos del profesional. “Si el abogado quiere utilizar el teléfono, lo puede utilizar, si no lo quiere utilizar, no lo utiliza”, señaló. Nanni también aclaró que no se opuso al endurecimiento de medidas dentro de las cárceles. “Uno entiende las cuestiones de inteligencia criminal y penitenciaria que se vienen realizando”, dijo. Sin embargo, marcó un límite: “Cuando las medidas empiezan a pasar otros límites, ahí es donde uno interpone este tipo de acciones constitucionales”. Sobre el alcance de la resolución, agregó: “Creo que va a tener una extensión para el resto de los presos que están en ese pabellón”.

El testimonio de Nanni

La segunda situación se conoció después de que Albertengo se presentó en la cárcel de Rosario y trascendió que era el hombre que la policía buscaba por el crimen del policía Mauro Martín Mansilla. A partir de ese dato, surgió en la ciudad la pregunta sobre cómo un condenado a 37 años de prisión podía estar en la calle. La respuesta llegó cuando Prunotto, a cargo de controlar el cumplimiento de las condenas, explicó su actuación y sostuvo que “nada se hizo por fuera de la ley”.

La jueza detalló que al principio se le concedió a Albertengo una salida transitoria “con una modalidad más acotada”, con un régimen de tres horas por cada salida y acompañado por personal de custodia. También indicó que a los cinco meses se revisaron esos egresos y que se pidieron numerosos informes para controlar cómo había cumplido el beneficio y la veracidad de esos reportes. Según dijo, “se tomaron más recaudos de los que la ley prevé”.

Prunotto explicó que en julio de 2015 se flexibilizó ese régimen, se le agregaron horas y se habilitó a Albertengo a salir con un tercero responsable. “Fue en aquel momento cuando no regresó a prisión. Desde entonces había un pedido de captura vigente”, afirmó. Luego agregó un dato central sobre el tiempo en que el condenado estuvo fuera de la cárcel: “ninguna fuerza me requirió una orden de allanamiento para detener a Albertengo”.

Sobre las críticas al sistema, la magistrada sostuvo: “Si la ley tiene fallas o no, yo no soy quién para decirlo. Esas son cuestiones que tendrían que analizar los legisladores. Lo que nosotros hicimos fue, dentro del marco de la ley, tomar muchos más recaudos de los que marcaba la norma. Nosotros fuimos muy rigurosos en la forma de dejarlo salir y después hay un margen que tiene que ver con el albedrío de cada persona, que por supuesto llevó a una detención en una situación muy nefasta, eso uno lo entiende, pero se hizo bajo los regímenes que la ley habilita”.

La jueza también precisó que Albertengo “se encontraba prófugo desde julio de 2015”, cuando ella había ordenado su detención por no regresar de una salida transitoria. Sobre la condición de reincidente del condenado, explicó: “La ley no establece ninguna diferencia para las salidas transitorias para un reincidente. No hay una diferenciación entre primario o reincidente. No es una traba ser reincidente como para otras medidas que se pueden solicitar y están regladas por la misma ley”. También recordó que Albertengo cumplió los requisitos legales en agosto de 2012, aunque rechazó en ese momento el pedido por entender que debía esperar más tiempo para volver a evaluar esas salidas.

Prunotto añadió que “la función del juez de Ejecución Penal es evaluar conforme la ley nacional y los requisitos que ésta pide” y remarcó que la ley habilitó ese egreso “mucho antes de lo que fue acordado”. Según reconstruyó, Albertengo obtuvo el beneficio el 1º de octubre de 2013

El 28 de mayo de 2014 lo incumplió y recibió una sanción. En noviembre de ese año obtuvo un visto favorable para nuevas salidas, acompañado primero por efectivos del Servicio Penitenciario. El 11 de mayo de 2015 volvió a acceder al beneficio y el 29 de junio de ese año el régimen se amplió para que saliera 12 horas cada 15 días acompañado por un tercero responsable, en ese caso su pareja. “Era en la faz de afianzar los lazos familiares”, explicó la jueza. Desde entonces, Albertengo no volvió a prisión hasta el día en que se entregó al verse cercado por el crimen del oficial Mauro Martín Mansilla.

Pidieron procesar a Capitanich por entregar tierras fiscales a empresarios vinculados al marido de una exministra

El fiscal general Carlos Martín Amad solicitó al juez federal subrogante Fernando Carbajal el procesamiento sin prisión preventiva del exgobernador de Chaco Jorge Milton Capitanich, de la exfuncionaria Marta Elena Soneira y de un grupo de empresarios vinculados a las firmas Grupo Pampa Agro SRL y Pampa Semillas SRL. 

La causa se originó en una denuncia de Ana María Canata, presidenta del Instituto de Colonización, quien al asumir el cargo detectó irregularidades en expedientes administrativos vinculados a la entrega de tierras fiscales. El análisis de esa denuncia demandó casi dos años de trabajo a la fiscalía.

Los delitos imputados al exgobernador K

A Capitanich se le imputaron los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, lavado de activos de origen delictivo agravado por haber sido cometido con habitualidad como parte de una banda y por ser funcionario público, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público, enriquecimiento ilícito y malversación de fondos públicos, todos en calidad de autor y en concurso real.

A Soneira se le imputaron, en forma separada, fraude en perjuicio de la administración pública, enriquecimiento ilícito, lavado de activos de origen delictivo con las mismas agravantes, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, todos en calidad de autora. La fiscalía caracterizó el conjunto de esos hechos como una defraudación al erario provincial mediante sucesivos actos de corrupción realizados por un grupo de personas con injerencia en el poder, organizadas para insertar al mercado legal un gran patrimonio que hoy no pueden justificar.

LA TRAMA | Tierras para los socios del esposo de la ministra

Según el escrito fiscal, Soneira y Capitanich actuaron “en forma organizada y sostenida en el tiempo, valiéndose del ejercicio del poder que en aquel momento ostentaban”, y dispusieron de tierras fiscales de la provincia. Las adjudicaciones se canalizaron a través de trámites administrativos que, según la fiscalía, tenían apariencia legal pero ocultaban intereses económicos ilegítimos, y sus beneficiarios fueron personas que integraban empresas en las que el esposo de Soneira, Mauricio Cian, era socio gerente.

A través del Instituto de Colonización y con las firmas de Soneira como ministra y de Capitanich como gobernador, se adjudicaron cuatro inmuebles rurales del Departamento Almirante Brown a Federico Storti, Leandro Nicolás Bessone y Nelson Ariel Pochón, los tres socios de Cian en Grupo Pampa Agro SRL y en Pampa Semillas SRL. Storti recibió la fracción norte de la parcela 95, Circunscripción V, Zona D, con una superficie aproximada de 1.250 hectáreas; Bessone recibió la fracción sur de esa misma parcela, también de 1.250 hectáreas. Pochón fue adjudicatario de dos predios adicionales en el mismo departamento.

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El fiscal señaló que las notas de solicitud presentadas por Storti y Bessone eran “prácticamente calcadas” y tenían hasta los mismos errores de ortografía. Ambos afirmaron no poseer tierras propias y contar con diez empleados, pero la fiscalía verificó que Storti tuvo una sola empleada hasta marzo de 2021 y ningún personal en relación de dependencia durante 2022 y 2023. En el caso de Bessone, tampoco registró personal en relación de dependencia en los años 2021, 2022 y 2023. Además, Bessone declaró en sus propias declaraciones juradas ser titular de inmuebles, lo que lo inhabilitaba como adjudicatario de tierras fiscales, ya que para acceder a ellas no se debe ser propietario de bien alguno, requisito que la fiscalía calificó de “sine qua non”.

Los cargos simultáneos e incompatibles de Soneira

Amad destacó que Soneira ocupó al mismo tiempo los cargos de presidenta del Instituto de Colonización y de secretaria de Desarrollo Territorial y Ambiente, puestos incompatibles dada la exclusividad laboral que se exige en el desempeño de cada función. La Fiscalía de Asuntos Administrativos de la provincia estableció esa incompatibilidad mediante resolución. En 2022, Soneira asumió además el cargo de ministra de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible.

En su descargo, Soneira sostuvo que ejerció la presidencia del Instituto de Colonización de manera temporal y ad honorem. El fiscal rechazó ese argumento: “El hecho de que lo haya hecho ad honorem o en forma provisoria no la exime de la responsabilidad que su ejercicio le atribuía”. Amad subrayó que mientras estuvo a cargo en forma temporal, Soneira suscribió adjudicaciones de tierras fiscales, entre ellas las de Storti y Bessone, a la postre socios gerenciales en las empresas de su cónyuge.

La fiscalía también señaló que Soneira no pudo invocar desconocimiento sobre la identidad de los beneficiarios, “en tanto que eran los mismísimos socios de su esposo”. Como muestra de ese conocimiento, Amad recordó que el 23 de diciembre de 2021 la propia Soneira firmó un permiso de ocupación a favor de Bessone —socio de su esposo— mientras se desempeñaba como máxima autoridad del Instituto de Colonización.

Desmontes, OTBN y beneficios en servicios públicos

La fiscalía imputó también a Soneira haber puesto al sector rural de Pampa del Infierno, en el Departamento Almirante Brown, en categoría verde dentro del Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (OTBN), lo que habilitaría la posibilidad de explotación rural, desmontes y ejecución de proyectos con fondos nacionales en la zona donde precisamente operan las empresas del esposo de la exministra y sus socios empresariales.

A finales de 2022, Capitanich aprobó por decreto la actualización del OTBN en un proceso que la Fundación Vida Silvestre Argentina cuestionó por no respetar las normas establecidas para ese tipo de procedimiento. Según el escrito fiscal, esas decisiones ignoraron los consensos técnicos sobre los criterios de sustentabilidad exigidos por la ley, elaborados durante el proceso coordinado hasta mediados de 2022. La ONG había demandado previamente a la provincia por omitir esa actualización, lo que había derivado en una prohibición judicial de aprobar planes de cambio de uso del suelo y permisos de desmonte.

– El fiscal general Carlos Martín Amad

Además, mediante decretos y convenios del Poder Ejecutivo provincial, las firmas vinculadas a Cian obtuvieron beneficios económicos que incluyeron reintegros de subsidios, quita en el pago de impuestos y ventajas en servicios públicos como SAMEEP y SECHEEP, entre otros.

El rol de Capitanich: “no podía desconocer”

En su descargo, Capitanich sostuvo que la firma de los decretos de adjudicación era una obligación legal y que “no es responsabilidad del gobernador controlar cada intervención de cada área”.

También argumentó que no es el gobernador quien decide discrecionalmente a quién entregar tierras, sino que existe un procedimiento administrativo con múltiples oficinas que intervienen en cada etapa verificando el cumplimiento de la normativa vigente. El fiscal rechazó ambos planteos.

“Discrepo humildemente con el ex gobernador, en tanto y en cuanto resulta cuanto menos inocente pensar que quien es el encargado de gestionar el gobierno de la provincia no se tome los mínimos recaudos de verificar a quiénes se entregan tierras públicas”, escribió Amad, y agregó: “Estas tierras se entregaron de manera discrecional, a los socios del esposo de su ministro Soneira, lo cual nunca fue explicado acabadamente”.

Respecto de la firma de los decretos, el fiscal fue categórico: “Ni el gobernador Capitanich ni la ministro Soneira podían desconocer que dichas empresas pertenecían a las personas a quienes les estaban adjudicando las tierras en cuestión, y por si esto fuera poco, el imputado Capitanich admitió haber firmado los decretos”.

Amad sostuvo que la intervención del gobernador era determinante para que la maniobra se concretara, “pues es quien en definitiva emite el decreto adjudicatorio final de dichas tierras, con el alcance y valor jurídico que posee la suscripción de ese decreto”. Y sentenció: “La ministro Soneira, esposa de Cian, les entrega a los socios de su marido tierras en manifiesta ilegalidad y arbitrariedad, y el gobernador a sabiendas firma el decreto de adjudicación y pretende que ese acto ilegal sea bajo un mandato constitucional”.

Para ilustrar la persistencia histórica de ese tipo de maniobras, el fiscal citó al jurista Carlos Nino, quien describió la desvirtuación de la Ley de Enfiteusis de 1826 como un caso paradigmático del favoritismo en la distribución de tierras públicas. “La situación descripta por el Maestro Nino hace ya varias décadas se subsume perfectamente ‘mutatis mutandi’ en lo que ha pasado en esta causa, después de doscientos años”, indicó Amad. La causa también presenta similitudes, según el fiscal, con el expediente caratulado “López, Ramón Alberto y otros s/Inf. art. 303 inc. 2 a, Asociación Ilícita y Defraudación contra la administración pública”, actualmente en juicio oral y público ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia.

Los otros imputados y las resoluciones solicitadas

Junto a Capitanich y Soneira, el fiscal solicitó el procesamiento de Mauricio Cian, Federico Storti, Nelson Ariel Pochón y Leandro Nicolás Bessone por fraude en perjuicio de la administración pública y lavado de activos agravado.

Respecto de Sheina M. Waicman y Darío Osvaldo Giménez, Amad solicitó que se dicte la falta de mérito, una figura procesal que no define su situación de manera definitiva sino que indica que, por el momento, no existen elementos suficientes para procesarlos ni para sobreseerlos. En el extremo opuesto, el fiscal pidió el sobreseimiento total y definitivo de Diego Soneira y Federico Gabriel Soneira, con la declaración de que la formación de la causa en nada afecta al buen nombre y honor del que hubieren gozado.

Será el juez federal subrogante Fernando Carbajal quien deberá resolver si dicta los procesamientos solicitados en un expediente que continúa en etapa de instrucción.

FORMOSA | Comunidades originarias echaron a piedrazos a un diputado del gildismo por repartir mercadería en plena crisis por las inundaciones

En la comunidad originaria de Bartolomé de las Casas, en el interior de la provincia de Formosa, pueblos originarios cortaron la Ruta Nacional 81 reclamando asistencia estatal tras las inundaciones del fin de semana anterior.

El diputado provincial Pablo Sosa —militante del “gildismo”, el movimiento político del gobernador Gildo Insfránllegó al lugar con bolsas de mercadería para intentar que los manifestantes levantaran el corte.

La respuesta de la comunidad fue contundente. Lo echaron a cascotazos junto a su hermano, el director de la etnia Toba, Catalino Sosa.

“Nos mandaron mercadería, pensaron que iban a tapar el agua”, declaró una referente comunitaria de la zona.

En el fin de semana previo al hecho, Formosa fue golpeada por un temporal extraordinario. Bartolomé de las Casas fue una de las localidades más afectadas, con 206 milímetros de lluvia registrados en pocas horas, uno de los diez acumulados más altos de toda la provincia.

La zona quedó anegada, con familias sin acceso a servicios básicos, y el Estado provincial tardó en llegar con asistencia concreta a las comunidades originarias del interior.

Según la Gendarmería Nacional, el operativo federal asistió a 20 familias en El Espinillo, pero los reclamos en Bartolomé de las Casas no fueron atendidos de forma satisfactoria.

Pablo Sosa es diputado provincial del Partido Justicialista formoseño y también se desempeñó como administrador de la comunidad indígena Toba en el Instituto de Comunidades Aborígenes (ICA). Es uno de los cuadros más visibles del oficialismo en el vínculo con los pueblos originarios, y participa activamente en la distribución de módulos alimentarios del gobierno provincial en comunidades como Namqom, Clorinda y el propio Bartolomé de las Casas.

Los cortes de ruta en la Ruta 81 a la altura de Bartolomé de las Casas son una práctica recurrente. Las comunidades han reclamado en reiteradas ocasiones por electricidad, agua potable, salud, pensiones por discapacidad y asistencia alimentaria, con resoluciones que muchas veces no se cumplen.

“Para una parte de la comunidad, su presencia representa al Estado que los abandonó, no lo ven como un aliado”, destacó un manifestante refiriéndose la imagen publica de Sosa.

Asimismo, la situación sigue siendo delicada en las zonas bajas, donde históricamente se asentaron viviendas por la cercanía con antiguos sectores de aguadas vinculados al desarrollo ferroviario. En esos sectores, el ingreso de agua a las casas no pudo evitarse por completo.

Durante la mañana del 20 de abril, las lluvias continuaron de manera intermitente, aunque con menor intensidad, acompañadas por un marcado descenso de la temperatura. Sin embargo, cerca del mediodía, las precipitaciones volvieron a intensificarse.

Desde las primeras horas del día, autoridades locales, fuerzas policiales y personal de salud permanecieron en alerta para responder ante posibles emergencias.

En la localidad de El Espinillo, cinco familias fueron evacuadas con la asistencia del Municipio, la Policía y otros organismos debido a las filtraciones de caudales de agua en sus viviendas. Algunas fueron reubicadas de manera provisoria en una escuela, donde se activó un operativo de asistencia. En Comandante Fontana también hubo personas refugiadas en establecimientos educativos, donde recibieron colchones y ayuda alimentaria.

¿Qué es el “gildismo”?

El término “gildismo” hace referencia al movimiento político encabezado por Insfrán, el mandatario de Formosa ininterrumpidamente desde 1995 —más de 30 años en el poder—. Su modelo de gobierno se basa en un férreo control del Estado, alto nivel de empleo público (se estima que el 70% de los empleos en Formosa son estatales), distribución discrecional de recursos y un vínculo clientelar con los sectores más vulnerables, incluidas las comunidades aborígenes.

Este método tiene antecedentes documentados en la misma región. En abril de 2025, en Campo de Cielo (Las Lomitas), cuando comunidades pilagás fueron reprimidas por exigir la apertura de compuertas durante una inundación, el gobierno provincial intentó “solapar la represión” entregando mercadería traída desde la sede del Partido Justicialista en camionetas policiales.

El 7,8% de sus habitantes pertenecen a los pueblos Wichi, Toba y Pilagá. Aunque la provincia tiene una ley indígena pionera desde 1984, organizaciones de derechos humanos advierten que los pueblos originarios viven “una alarmante etapa de negación y exclusión” y que el gildismo solo los contempla “desde un enfoque de pobreza”, sin reconocer su autonomía territorial ni cultural. El desmonte es una problemática que avanza sistemáticamente sobre territorios indígenas, generando desplazamientos forzados y destruyendo las bases de su economía y cultura.

— Mujeres de la Comunidad Nivecle de Tisjucat/Quebrachal.

Igualmente, Formosa se ubica entre las provincias con mayor pobreza del país. De acuerdo con datos de 2021, el 47,4% de su población era pobre y el 15% indigente. Hubo mejoras recientes, cuando el INDEC reportó que Formosa cerró 2025 con un 27.9% de pobreza y 4,6% de indigencia, registrando una caída de 18,3 puntos porcentuales respecto a 2024.

No obstante, estas cifras todavía la catalogan dentro de las más vulnerables del NEA —la región donde se encuentra— promedió un 32.7% de pobreza, por encima del promedio nacional del 28,2%.

A su vez, es una de las cuales depende de gran manera de los fondos nacionales. Entre enero de 2024 y febrero de 2026, la provincia dejó de percibir $1.776.000 por habitante en transferencias de Nación, debido tanto a la caída de la coparticipación federal como a la reducción de fondos discrecionales.

Solo en el primer trimestre de 2026, los recursos coparticipables que recibió Formosa cayeron un 16.6% en términos reales respecto al mismo período de 2025. Esto golpea directamente a los servicios públicos, la obra pública y los salarios estatales, que son la columna vertebral de la economía local.

La mayor parte de la población trabaja en el sector público, ya que el sector privado es débil y las oportunidades laborales son escasas. Esto crea una economía artificial que depende de las transferencias del Estado Nacional para sostenerse, sin generar riqueza productiva propia.

Chubut prohibió los celulares en las cárceles: "Se terminaron los call centers del delito"

Chubut prohibió los celulares en las cárceles: “Se terminaron los call centers del delito”

La Legislatura de Chubut sancionó la semana pasada la ley que prohíbe el uso de teléfonos celulares y dispositivos con acceso a internet por parte de personas presas en cárceles, alcaidías y comisarías de la provincia. El Proyecto de Ley General N° 017/2026, que recibió dictamen previo de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia, y de Legislación General, Cultura y Educación, obtuvo un respaldo amplio y sin diferencias partidarias.

Nacho Torres on X (formerly Twitter): “SE TERMINARON LOS “CALL CENTERS” DEL DELITOAprobamos la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías de toda la provincia.Se terminó la época de las estafas, las extorsiones y las “oficinas remotas” del delito manejadas desde una cárcel.Hoy Chubut… https://t.co/ugWokRHCEo / X”

SE TERMINARON LOS “CALL CENTERS” DEL DELITOAprobamos la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías de toda la provincia.Se terminó la época de las estafas, las extorsiones y las “oficinas remotas” del delito manejadas desde una cárcel.Hoy Chubut… https://t.co/ugWokRHCEo

El gobernador Ignacio Torres celebró la sanción con una publicación en su cuenta oficial de X: “Se terminaron los call centers del delito. Aprobamos la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías de toda la provincia. Se terminó la época de las estafas, las extorsiones y las ‘oficinas remotas’ del delito manejadas desde una cárcel”. Torres también destacó que “este es un proyecto que se trató sin banderas partidarias, con una premisa común: garantizar la seguridad de los chubutenses”.

Extorsiones por más de $80 millones y víctimas que se suicidaron

La diputada Andrea Aguilera, una de las principales defensoras de la norma, explicó que la ley alcanza a celulares, tablets, laptops, notebooks, consolas de juego y a cualquier equipo que permita acceder a redes sociales, mensajería o internet. La legisladora fundamentó el amplio respaldo con datos concretos: en Chubut se registraron extorsiones que superaron los 80 millones de pesos y hubo casos de personas hostigadas que terminaron suicidándose por la presión sufrida.

La nueva directiva no implica una interrupción absoluta del contacto de los detenidos con el exterior. Aguilera fue enfática al respecto: “No es una ley de prohibición. Es una ley que ordena y es una ley que establece cómo y de qué manera debe regularse la comunicación”. El texto garantiza el derecho a comunicarse con familiares, defensores, y para tratamientos de salud o trayectorias educativas, pero bajo un esquema controlado y sin acceso a dispositivos que permitan navegar por internet.

Chubut prohibió los celulares en las cárceles: "Se terminaron los call centers del delito"

Las terminales institucionales habilitadas deberán configurarse exclusivamente para llamadas de voz. Quedaron expresamente prohibidos el acceso a internet, las redes sociales, las aplicaciones de mensajería, el correo electrónico, las videollamadas y el intercambio de archivos. Además, las comunicaciones se realizarán únicamente hacia números previamente autorizados e incorporados a un registro de destinatarios habilitados, y se llevará un registro de cada comunicación con datos de fecha, hora, duración, interno solicitante, terminal utilizada y número de destino.

Qué establece la ley

El texto prohíbe el “ingreso, tenencia, facilitación y uso de equipos o terminales móviles por parte de personas privadas de libertad en los lugares de detención de jurisdicción provincial”. La norma tendrá vigencia en establecimientos penitenciarios, unidades, institutos, alcaidías, comisarías, centros de detención transitoria y cualquier lugar de alojamiento de personas privadas de libertad dentro de la provincia. También alcanzará a quienes estén alojados en unidades del Servicio Penitenciario Federal cuando su detención haya sido dispuesta por sentencia o resolución judicial de jueces o tribunales provinciales.

La ley también faculta a la autoridad de aplicación a instalar sistemas de inhibición o gestión controlada de señal para impedir el cursado clandestino de comunicaciones móviles dentro de los establecimientos, y establece como obligación permanente de las autoridades el control para evitar el ingreso de dispositivos.

Daniel Hollmann on X (formerly Twitter): “UN PASO FIRME CONTRA EL DELITO ORGANIZADOEn Chubut dejamos atrás una práctica que durante años permitió que el delito se siga gestionando desde adentro de los lugares de detención.Con la aprobación de la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías,… pic.twitter.com/KgJOEQbY6v / X”

UN PASO FIRME CONTRA EL DELITO ORGANIZADOEn Chubut dejamos atrás una práctica que durante años permitió que el delito se siga gestionando desde adentro de los lugares de detención.Con la aprobación de la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías,… pic.twitter.com/KgJOEQbY6v

El Ministerio de Seguridad de la provincia contará con 180 días para reglamentar la ley y adaptar cada unidad de detención, tarea que incluye la definición de protocolos, el equipamiento permitido y las modalidades de comunicación legal.

Aguilera reconoció, sin embargo, que la norma tiene un límite: alcanza a cárceles y lugares de detención bajo órbita provincial, pero no modifica la situación en unidades federales, donde también operan casos resonantes de criminalidad organizada. Por eso, el oficialismo apuesta a que la sanción provincial funcione como antecedente político y normativo para otras jurisdicciones. Torres, en ese sentido, instó a extender la iniciativa al resto del país.

Se disparan los contagios de VIH y sífilis: denuncian que el gobierno no distribuye preservativos

La Argentina atraviesa una crisis sanitaria que el poder político prefiere no mirar. Durante 2024, los diagnósticos de sífilis marcaron un récord histórico con más de 36.000 casos reportados, y las proyecciones para 2025 consolidaron un aumento de la tasa de incidencia de hasta el 26% respecto al año anterior. El epicentro de esta explosión es el segmento joven de entre 15 y 29 años, que hoy representa la gran mayoría de los nuevos diagnósticos.

Este fenómeno no es aislado. El 98% de las nuevas infecciones de VIH registradas tienen como causa exclusiva el sexo sin protección, una tendencia que se replica en el incremento de los casos de gonorrea.

El mapa de la urgencia muestra indicadores críticos en provincias como Córdoba, San Luis, Chaco, Jujuy, Mendoza y Neuquén, donde los servicios de infectología ya se ven superados por la demanda de tratamientos. La falta de una barrera física se volvió la norma, y el sistema sanitario hoy se limita a contabilizar infectados en lugar de prevenir nuevos contagios.

El factor aborto y la banalización del riesgo

Desde la legalización del aborto en diciembre de 2020, se ha consolidado un fenómeno de relajación en los cuidados preventivos. Para vastos sectores de la juventud, especialmente en contextos de baja instrucción, la legalidad de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) ha pasado a funcionar como una red de contención que desplazó el histórico temor al embarazo no deseado, eliminando el que solía ser el principal incentivo para el uso del preservativo. El riesgo de una paternidad no planificada se percibe hoy como un problema con “solución gratuita” garantizada por el Estado, lo que deja a las ETS fuera del radar de preocupaciones inmediatas.

Esta banalización se apoya en el mito del aborto como un trámite exprés y meramente químico. Se ha instalado la idea de que la intervención se reduce a la ingesta de una pastilla, ignorando deliberadamente que el proceso conlleva dolores físicos intensos, riesgos médicos de diversa consideración y la necesidad crítica de controles ecográficos post-intervención. A esto se suma el impacto psicológico que el procedimiento suele acarrear, una dimensión frecuentemente omitida en la comunicación pública. Al final de esta cadena, la joven se encuentra desprotegida frente a infecciones crónicas bajo la falsa premisa de que, si algo falla, el sistema lo resolverá con un procedimiento que creen exento de consecuencias.

El ajuste estúpido: gasto ciego y transferencia de deuda

La parálisis en la distribución de insumos preventivos configura un escenario de ineficiencia fiscal difícil de justificar. Mientras en 2018 el Estado nacional distribuía 55,4 millones de preservativos, la cifra se desplomó a menos de 5 millones en 2024, alcanzando una parálisis total en 2025 con registros de apenas 832 unidades para todo el país y presupuesto cero para nuevas compras.

Este ahorro de corto plazo es, en realidad, un gasto futuro exponencial: el sistema público, que hoy “ahorra” en látex, deberá financiar de por vida los tratamientos para el VIH y las complicaciones derivadas de la sífilis, además de absorber los costos de los procedimientos de aborto legal que la falta de prevención dispara.

Esta política golpea directamente a los sectores más vulnerables, que enfrentan una doble barrera: la económica, al no contar con dinero para adquirir protección de forma privada, y la cultural, ante el retiro de las campañas de concientización. Al caer la distribución gratuita, estas poblaciones se ven empujadas a tener relaciones sin protección, recargando automáticamente la demanda sobre los hospitales públicos que ya operan sin insumos básicos. El resultado es un círculo vicioso donde el Estado renuncia a la prevención, subsidia indirectamente la enfermedad y termina pagando una factura mucho más alta por la atención de patologías que eran evitables con una inversión mínima.

Mario Lugones, ministro de Saludos de la Nación desde 2024.

Cultura del riesgo y desidia oficial

El escenario se agrava por una transformación en las conductas sociales que el Estado ha decidido ignorar. La masificación de las aplicaciones de citas y la aparición de tendencias como el “barebacking (sexo sin protección, por elección) han reconfigurado el mapa del riesgo en un contexto de nula comunicación gubernamental. Sin campañas oficiales que contrarresten la desinformación en redes sociales, el uso del preservativo ha pasado de ser un hábito de salud básica a una opción secundaria, percibida por muchos como una barrera innecesaria frente a infecciones que, gracias a los avances médicos, hoy se consideran erróneamente como simples contratiempos menores.

Esta combinación de factores culturales y negligencia administrativa representa un fracaso sistémico en la gestión de la salud pública. Al retirar los insumos básicos y abandonar la educación sanitaria, el Gobierno no sólo desprotege a una generación, sino que hipoteca el futuro del sistema hospitalario nacional. El ahorro ficticio en prevención hoy se traduce en una condena de gastos crónicos y colapso asistencial mañana, demostrando que la ausencia de política sanitaria es, en última instancia, la forma más costosa de administrar la enfermedad.

*Por Augusto Grinner

Dente fulminó al diputado K que nombró a la psicóloga feminista que avaló la revinculación de Ángel con su madre biológica

El conductor Tomás Dente lanzó una andanada al aire contra Juan Pablo Luque, diputado nacional por Unión por la Patria, al que señaló como responsable político de la muerte del pequeño Ángel, el niño de cuatro años asesinado en Comodoro Rivadavia. El detonante fue la viralización de una publicación en la plataforma X, donde la usuaria Nancy Aleuy difundió recortes del Boletín Oficial municipal de noviembre de 2022 con la Resolución 4.330-22, mediante la cual se oficializó el ingreso de la psicóloga Jennifer Leyva al equipo técnico del Servicio de Protección de Derechos local durante la gestión de Luque al frente de la intendencia.

En tal sentido, el conductor incluyó a Luque dentro de la cadena de responsabilidades que derivó en la muerte del niño: “A ese tipo le pagás un sueldo vos, como actual diputado, pero en su momento la designó a esta mina, que es también la responsable dentro de la cadena de responsabilidades de la muerte de Ángel, y está como si nada, va a apoyar el culo ahí al recinto tres, cuatro veces por semana, cobran millones, regurgitan cuatro o cinco pelotudeces y se vuelven a su casa”.

Dente también apuntó contra la madre biológica del menor y describió lo que consideró un patrón de conducta: “Lo había denunciado falsamente al papá de su otra hija en Misiones, es su modus operandi. Sinvergüenza, esta mujer. Tiene otra hija que era la hermana de este angelito, que ahora está, gracias a Dios, tiene la tenencia de su papá biológico allá en Misiones, pero lo había denunciado falsamente también, el mismo modus operandi, el mismo”. El conductor cuestionó además a la Justicia por haber forzado la revinculación.

Luque, por su parte, rechazó las acusaciones y las calificó de “campaña sucia”. Sostuvo que en la Municipalidad de Comodoro Rivadavia los nombramientos se realizan por concurso y que el servicio de protección “depende del gobierno provincial y la Defensoría forma parte del Poder Judicial”.

En el plano judicial, la causa avanzó de forma contundente. Tras conocerse el informe forense que confirmó que Ángel murió como consecuencia de múltiples traumatismos dirigidos, detuvieron a la madre biológica y a su pareja. Ambos permanecen privados de su libertad a la espera del proceso judicial, mientras la investigación continúa para reconstruir el derrotero de inacciones que derivó en el trágico final.

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