Juicio Oral | Fabiola Yáñez se enfrenta al periodista Mario Casalongue
Ambos se verán las caras en el Juicio Oral y Público, ordenado por el juez Gonzalo Segundo Rua, a cargo del Juzgado Contravencional y de Faltas N° 6 de CABA.
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La rionegrina Fabiola Yáñez acusa al imputado, Mario Casalongue, de actuar con “violencia de género mediática” en dos notas publicadas en su portal, que hablaban del pasado de la vida privada de la primera dama.
El periodista, ya tenía como antecedente una agresión física recibida por parte del precandidato a gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Francisco De Narváez, que lo puso en el centro de la escena mediática por una publicación que hablaba de los gustos sexuales de su esposa, Agustina Allyón. Según el propio Casalongue, dicha agresión física recibida significaría luego el final de la carrera política del empresario.
Fabiola Yáñez será querellante, junto al letrado Juan Pablo Fioribello, abogado de la actriz Andrea Del Boca y Fabián Gianola, a quien Casalongue también le subió una nota a su portal Agencia Nova, informando sobre el procesamiento y la detención durante quince días del letrado por una causa en su contra por el delito de “extorsión”, que enardeció aún más a la pareja presidencial.
Por su parte, el periodista será patrocinado porMarcelo Peña, abogado de Ignacio Uzali, marido de Carolina Píparo, y del influencer “El Presto”. La querella aspira a lograr una condena ejemplificadora contra el periodista aduciendo no solamente “violencia de género mediática” sobre la doctrina de la “real malicia”, sino también sumando rebeldías, reincidencias y el delito de “desobediencia” a fallos judiciales, que habría ejercido Casalongue.
Por su parte, Mario Casalongue y su defensa técnica, si bien saben que cualquier condena sería solo de efectos suspensivos con multa económica y no con prisión efectiva, informan que, de ser necesario, llegarán a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y presentan como postura de debate que, por la posición de poder de Fabiola Yáñez, pareja del presidente Alberto Fernández, y la velocidad con que se realizó la indagatoria y su procesamiento, aun en tiempos judiciales de pandemia, actuó el “abuso de poder”, llegando en tiempo récord a un “juicio express”, por lo que intentarán probar que se trató de una clara muestra de arbitrariedad y persecución de las “libertades de prensa”.
El juicio oral y público será llevado adelante los días 13, 14 y 17 de mayo, donde Mario Casalongue se verá las caras con Fabiola Yáñez. Todos ellos en el horario de las 10 horas, en la sede del Juzgado Penal Contravencional y de Faltas N° 6 sito en la calle Berutti 3345, 4° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
*Fuente: REALPOLITIK
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Fernando Carbajalpresentó ante la Corte Suprema una denuncia de 20 páginas que exige impugnar la candidatura de Gildo Insfrán como gobernador de Formosa, en el que sería su octavo mandato consecutivo.
El actual diputado de Juntos por el Cambio expone la ambigüedad del artículo 132 de la Constitución provincial, que establece que “el gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”, pero no especifica cuántas veces pueden serlo. Además, pide como “medida cautelar” suspender las elecciones provinciales del 25 de junio, y solicita usar días inhábiles (fines de semana y feriados) para analizar el caso.
Carbajal plantea que este “vacío” en la Carta Magna provincial debe ser analizado a la luz de los Principios Republicanos y la Constitución Nacional, que en sus artículos 1, 5 y 123 prohíbe la perpetuación de una persona en el poder. Hace unos días había declarado en medios: “Si la reelección indefinida es contraria a los principios republicanos, debería ser interpretada como que puede ser reelecto solo una vez, por más que no lo diga expresamente”.
La presentación demanda a la Corte Suprema un accionar similar al ejercido días atrás sobre Juan Manzur y Sergio Uñac, que buscaban la reelección en Tucumán y San Juan, respectivamente. De todas formas, el precandidato de Juntos por el Cambio reconoció que ambas situaciones no eran idénticas. “La diferencia está en que acá la Constitución dice que puede ser reelecto. Hay una cuestión de interpretación, porque no especifica si puede serlo de manera indefinida”, aclaró en medios.
El propio Insfrán reformó la Constitución provincial en el año 2003, “reemplazando” el artículo 129 por el 132, lo que le permitió ejercer su gobernación durante 28 años hasta el día de hoy. En el escrito, Carbajal se refiere a un hecho ocurrido en 1999: la detención de Carlos Gerardo González, entonces presidente del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, quien el día anterior había fallado en contra de permitirle a Insfrán postularse nuevamente como Gobernador de Formosa.
La Corte Suprema deberá remitir su respuesta, en un plazo de cinco días, a la Procuración General de la Nación, quien a su vez emitirá su opinión. Luego, la Corte recibirá nuevamente el expediente y se acercará a la resolución del caso.
El fiscal federal Guillermo Marijuan pidió sobreseer a Cristina Fernández Kirchner en la causa conocida como “La ruta del dinero K”, la misma en la que Lázaro Báez fue condenado a 10 años de prisión, acusado de lavar 65 millones de dólares de la corrupción. Ahora es el juez federal Sebastián Casanello quien debe decidir el futuro de la Vicepresidente en ese expediente.
Marijuan había imputado a Cristina Kirchner y durante la instrucción del caso se había mantenido la sospecha al punto que la Cámara Federal insistió en varias ocasiones para que el juez indagara a la vicepresidente ante la suposición de que la fortuna de Báez, valuada en casi 200 millones de dólares, pertenecía en realidad Cristina Kirchner. Pero este extremo nunca se probó como para procesar a Vicepresidente en este caso.
La vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner.
Marijuan entendió que la relación entre Báez y Kirchner está probada pero no encontró evidencia de que el dinero le perteneciera. “Entiendo y no tengo duda alguna, de la estrecha y directa relación personal entre Cristina Elisabet Fernández y Lázaro Antonio Báez”, expresó el fiscal en su dictamen de 46 carillas.
El fiscal enumeró los negocios entre ambos: “Cristina Elisabet Fernández, representada por su hijo Máximo Kirchner entregó un inmueble en permuta a Austral Construcciones SA, mientras que otro bien lo entregó en concepto de dación en pago de la obra ejecutada en la Quinta 10 A, de la ciudad de El Calafate. Además, el matrimonio Kirchner ha vendido a Austral Construcciones SA, firma insignia de Lázaro Báez, diez propiedades, lo cual corrobora ese vínculo directo”, dijo,
El fiscal Marijuan, tras un operativo en una de las estancias de Lázaro Báez.
El fiscal fue un paso más allá y señaló que, además de los vínculos comerciales, existieron al menos 372 llamadas entre los entornos de Cristina y Báez y entre ellos mismos. “Si lo expuesto no alcanzara para entenderlo o quisiera verse volcado en este legajo judicial, tenemos que la reciente prueba incorporada a esta causa a instancia del suscripto, en punto al estudio del entrecruzamiento de llamadas entre teléfonos de Lázaro Báez y Cristina Elisabet Fernández y/o sus secretarios y colaboradores, demuestran que el primero tuvo al menos 372 contactos telefónicos en un periodo de poco más de 2 años”. Agregó a eso las visitas del empresario a la Quinta de Olivos.
Sin embargo, Marijuan admite en el dictamen su fracaso para ir más allá: “Habiendo transcurrido más de diez años desde el inicio de este proceso penal y casi cinco años desde la declaración indagatoria de la nombrada en el marco de este expediente (Cristina Kirchner), no he logrado reunir elementos probatorios que me lleven a avanzar más allá del estado de sospecha que permitió ordenar la comparecencia” en su declaración indagatoria.
El abogado y juez Sebastián Casanello deberá decidir qué hacer con el expediente.
El fiscal dijo que la “debilidad” de las pruebas se conjuga con un fallo de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal en el que se confirmó la condena de Lázaro Báez por lavado de dinero, pero se señaló allí que el dinero no provenía de los contratos de obra pública que recibió el empresario, sino de la evasión fiscal.
“Se suman los desacertados y erróneos fundamentos del reciente fallo de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, en punto al delito precedente del lavado de dinero al que vengo aludiendo”, expresó Marijuan y dijo que esto “no hace más que centrar la escena en la actividad ilícita en cabeza de Lázaro Báez y la evasión fiscal de su ‘patrimonio’, que yo llamaría botín, dejando a un lado el vínculo del lavado de activos con la obra pública vial y con ello al poder político de turno en ese momento“.
Jorge Lanata volvió con Periodismo Para Todos y el primer programa tuvo como informe principal una investigación sobre la red de lavado de dinero K. Leonardo Fariña -marido de la modelo Karina Jelinek- fue protagonista por ser uno de los testaferros en este negociado. Mirá el informe completo.
La imputación de Marijuan se basaba, entre otras cuestiones, en la declaración del financista arrepentido Leonardo Fariña, que mencionó una conversación con Báez en la que el empresario le dijo que la vicepresidente le había advertido que la Embajada de Estados Unidos estaba preocupada por sus maniobras de lavado de dinero. Esta también había mencionado que supuestamente parte del efectivo del empresario K era de Néstor Kirchner.
El fiscal mencionó en su dictamen la condena contra CFK a 6 años de prisión por favorecer a Báez con la obra pública y dijo que el dinero del empresario provenía de esa fuente. Pero Marijuan dijo que cuando la Cámara de Casación confirmó la condena al empresario K por lavado de dinero y le rebajó la pena de 14 a 10 años de prisión señaló que la fuente del dinero no era la obra pública, sino la evasión fiscal, en alusión al voto mayoritario de los camaristas Borinsky y Ledesma. Y que esa decisión debilita su acusación.
Periodismo Para Todos viajó a Panamá para investigar las diversas conexiones que hay en ese país con la ruta del lavado de dinero K. Mirá este informe que realizó en exclusiva el programa conducido por Jorge Lanata.
Para Marijuan, ese fallo desvincula a Cristina Kirchner del empresario y desliga ambas causas. El fiscal criticó el fallo de Ledesma y Borinsky y señaló que si bien Fariña dio elementos para indagar a la vicepresidente, la sentencia de la Cámara de Casación desvincula las maniobras de lavado del eje del poder político.
Dijo que la condena de Báez y Kirchner en la misma causa no le bastan para un procesamiento ni para elevar el caso a juicio oral con la vicepresidente como coautora, partícipe o instigadora del lavado de dinero.
En este informe de Periodismo Para Todos vas a poder conocer las transacciones que se realizaron para la compra de dos campos para Lázaro Báez, uno en Mendoza y el otro en Punta del Este. Mirá
El fiscal afirmó que, a pesar de las 300 comunicaciones y visitas, que se desconocían hasta el momento, no alcanza para avanzar mas allá de la sospecha y por eso pidió sobreseer a la vicepresidente. “El innegable vínculo con Lázaro Báez junto con quien se encuentra condenada ante este fuero federal, por sí sólo no permite avanzar en su procesamiento y menos aún en un juicio oral”, señaló.
“Este escenario deja al descubierto una falencia insalvable, esto es, la ausencia de elementos que permitan sostener la imputación que se dirigiera contra Cristina Elisabet Fernández y por dicha razón, corresponde dictar el sobreseimiento de la nombrada”, señaló el funcionario.
La Cámara Civil y Comercial de Córdoba anuló la asamblea presidida por Daniel Sabsay que en septiembre de 2021 había elegido a Martha Altabe como presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional.
Inspección de Justicia de Córdoba había invalidado la actuación del comité bajo la presidencia de Sabsay por presunta “violación del estatuto social e inflar el padrón de afiliados para la elección de autoridades” y por haber impedido, en esa asamblea, la participación de los asociados en la reunión.
Martha Altabe, ex presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional.
Con eso se puso fin a un año y medio de planteos administrativos y judiciales del comité presidido por Martha Altabe dirigidos a impedir o dilatar la celebración de una nueva asamblea para normalizar la situación irregular de la institución que reúne los profesores de derecho constitucional.
Luego de un fallido intento de celebrar el año pasado una reunión en Corrientes, la Inspección obligó a que esa asamblea se haga en Córdoba. A principios de abril fue electa como presidente Marcela Basterra, una joven profesora de la UBA, en lugar de Marta Altabe quien resultó eyectada junto a algunos otros que habían sido apoyados por Mario Midón, un político radical de Corrientes.
El doctor Daniel Sabsay.
Se votó una lista única originada en un acuerdo entre la UBA, un grupo del PRO (con la curiosa presencia de Elisa “Lilita” Carrió) y un sector vinculado al presidente de la Corte Suprema, el peronista Horacio Rosatti. Esto significa el retorno de la UBA, desplazada en aquella asamblea anulada, y un duro revés para Sabsay cuando fue presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional.
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que las personas con condenas firmes a penas de 3 o más años no pueden votar. Así lo sostuvo en una presentación que hizo ante la Corte Suprema de Justicia en una causa en la que un condenado a 6 años de prisión por venta de drogas reclamó su derecho al sufragio.
Fuentes judiciales informaron a la prensa que Casal mantuvo la inhabilitación para votar que establece el Código Penal y el Código Nacional Electoral para las personas con prisión o reclusión de 3 o más años. Este caso será el primero en el que el máximo tribunal intervenga para resolver sobre los derechos políticos de las personas detenidas y condenadas.
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal.
La causa la inició Víctor Manuel Zelaya, condenado a 6 años de prisión por tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización. La misma quedó firme e inició una causa penal para poder votar. Planteó la inconstitucionalidad de las normas que lo prohíben.
El artículo 12 del Código Penal establece que “la reclusión y prisión por más de 3 años llevan como inherente la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena” y al inciso 2 del artículo 19 establece como inhabilitación absoluta “la privación del derecho electoral”. En esa línea, el inciso 3 del artículo 3 del Código Electoral excluye del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena”.
La Corte Suprema de Justicia.
Así, en Argentina los presos con condenas firmes a más de 3 años no puede votar. Si mantienen ese derecho quiénes están procesado o no tengan una condena firme. Los delincuentes en el país votan desde el 2007. Antes ningún detenido podía hacerlo. En las cárceles emiten el sufragio con boleta única de papel.
El reclamo de Zelaya fue rechazado por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, pero aceptado por la Cámara Federal de Casación Penal que declaró la inconstitucionalidad de las normas. El fallo fue apelado y llegó hasta la Corte Suprema.
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata.
“En definitiva, opino que no es correcto examinar la constitucionalidad de la inhabilitación para votar cual si aquello que estuviese en discusión fuese qué derechos pueden ser legítimamente restringidos como consecuencia de la ejecución de una pena privativa de la libertad. Se trata, antes bien, de una pena que tiene sustento legal en los artículos 5, 12 y 19, inciso 2, del Código Penal, que además de participar del fundamento que asiste a las penas en general, reconoce también uno específico recogido desde antaño por la doctrina y la jurisprudencia, incluso la que promueve la inconstitucionalidad”, sostuvo Casal.
Y concluyó: “La regulación que ha hecho el legislador de esa inhabilitación, con base en esos fundamentos y en la gravedad del delito y de la pena impuesta, se mantiene dentro del marco de lo razonable“.
Tras haberse conocido que Gildo Insfrán iría por la reelección en la provincia de Formosa, donde lleva gobernando más de 25 años,Gabriela Neme decidió impugnar su candidatura para evitar otro nuevo periodo de cuatro años más, con el que acumularía su octavo mandato consecutivo.
Cabe destacar que, la semana pasada el precandidato a gobernador de JxC Fernando Carbajal realizó un pedido con el mismo objetivo al que se sumó Neme. En ese contexto, la precandidata a intendente expresó que hay un “claro abuso de poder” por parte del Gobernador quen somete “a la mayoría del pueblo formoseño”. “Requerimos que la Justicia se pronuncie en defensa de nuestra ley Suprema, que es la Constitución”, sumó.
Luego de la presentación de la candidatura de Insfran, presentamos la impugnación a su candidatura en el tribunal electoral, para luego realizar el accionar jurídico en la Corte Suprema. La República y la Democracia se defienden con la vida. ¡Basta de dictadura! pic.twitter.com/prwN0O7jhr
En diálogo con radio Delta 90.3, la diputada provincial dio tristes detalles de cómo el ciudadano formoseño es sometido con dádivas a vender su voto: “El formoseño vota pensando en qué va a comer mañana porque ya no tiene proyectos, hasta eso nos robó Insfrán. No hay un solo formoseño que no tenga un pariente que viva del Estado”.
Ante la posibilidad de que Insfrán adopte un discurso similar al de la vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner, condenada por malversación de fondos públicos, Neme analizó: “Insfrán para nada va a ser proscripto porque estuvo 36 años en el gobierno, no puede quedarse como una monarquía hasta que se muera”.
Por último, aseguró que desde su espacio están trabajando arduamente para lograr un verdadero cambio en la tan azotada provincia. “Estamos comprometidos a garantizar nuestro sistema republicano y que Formosa deje de manejarse como la isla de Insfrán y pase a regirse por la Constitución Nacional de la República Argentina”, concluyó.
El Colegio de Abogados de Mar del Plata, en acción conjunta con sus pares bonaerenses, se ha manifestado en rechazo a “la falta de decoro y el maltrato” de la Administración Nacional de Seguridad Social a los colegas.
Según estimaron en un comunicado: “Cuando el titular de un futuro beneficio previsional ha optado por ser representado y no lo permiten, o no dan acceso a solicitar turno como apoderado en el Plan de Pago de Deuda Previsional, ni agregar poder al expediente, mucho menos ingresar en algunas jurisdicciones de ANSeS para ejercer su mandato de asistencia y asesoramiento in situ a sus clientes“.
Una de las sedes de la Administración Nacional de Seguridad Social en Mar del Plata.
Asimismo, denuncian como “engañosa y falsa la publicidad de ANSeS” cuando refiere “todos los tramites son gratuitos, recordá que no necesitás gestores ni intermediarios para realizar tus trámites. Solo tenés que contar con tu DNI”, dada la complejidad de ciertos expedientes que requieren de un estudio y preparación previa para lograr buenos resultados y que el titular goce de una jubilación teniendo en cuenta y habiendo tomado todos los recaudos necesarios.
Dicha conducta infringe de manera “directa e inmediata” el derecho de peticionar ante las autoridades con asistencia letrada, el de ser oído que implica una importancia humana fundamental y el de elegir quién represente al futuro jubilado, siendo un acto voluntario.
El Colegio de Abogados de Mar del Plata.
Ello constituye una actitud incomprensible por las autoridades de ANSeS que viola garantías del debido proceso adjetivo del proceso administrativo, la Constitución Nacional y Tratados Internacionales con jerarquía constitucional Ley 27770.
Con el dictado de la Circular 22/23 de la Administración Nacional de la Seguridad de Social, se veda la posibilidad a los ciudadanos de iniciar el Plan de Pago de Deuda Previsional contando con el apoderamiento de un abogado de la matrícula y coartando de manera arbitraria e injustificada a los letrados el inicio y tramitación del plan dispuesto por la Ley 27.705 en tal carácter.
Fernanda Raverta, directora ejecutiva de la Administración Nacional de Seguridad Social.
Por todo ello el Colegio de Abogados Mar del Plata, en ejercicio de las facultades que la Ley 5177 confiere a los Colegios de Abogados, intimó a las autoridades de ANSeS por carta documento para que se disponga el cese de acción restrictiva al ejercicio profesional y se deje sin efecto la normativa antes señalada.
Santiago Viola, ex abogado de Leandro Báez, hijo del bancario que se volvió millonario durante la era K, procesado en Cámara y sobreseído en Casación por presentar testigos falsos, fue nombrado como apoderado del espacio de Javier Milei.
La Patria es de cada uno de los 46 millones de argentinos. No dejemos que nadie se apropie de esta fecha que es de todos. Hoy #25deMayo celebremos unidos un nuevo aniversario de la Revolución que hicieron los padres fundadores de nuestra nación. ¡Viva la Patria! pic.twitter.com/0IntRikJOK