08 agosto, 2025

Gregorio Dalbón fue condenado por injuriar a dos juezas y deberá indemnizarlas

El abogado civil de Cristina Fernández de Kirchner y Alberto Fernández, fue condenado por injuriar y acusar de corruptas a dos juezas en el programa de Mirtha Legrand.
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El letrado sigue sumando polémicas declaraciones y este miércoles se lo condenó por una de ellas: Gregorio Dalbón ha sabido hacerse un espacio político utilizando su titulo de abogado, representando civilmente a figuras tan centrales como el presidente, Alberto Fernández; la vicepresidente, Cristina Kirchner; y también al ministro de Economía, Sergio Massa.

En los últimos días volvió a ser noticia por las amenazas contra el historietista Cristian Dzwonik, más conocido como “Nik” y también por sus aprietes a los fiscales de la causa Vialidad, Sergio Mola y Diego Luciani. “Estos no van a terminar bien”, comentó Dalbón en referencia a los fiscales, aunque luego aclaró que sus dichos no buscan ser una amenaza sino que serán una “consecuencia” del mal desempeño que Mola y Luciani tienen como fiscales.

Tras el pedido de condena el abogado aclaró que nunca le adjudicó ningún delito a las magistradas y que únicamente, había deslizado sus sospechas como ciudadano

Ahora, unas viejas declaraciones volvieron a salir a la luz y deberá indemnizar a las acusadas por ellas: Las primeras declaraciones ruidosas del magistrado en medios televisivos estuvieron vinculadas a su actuación como litigante en causas de accidentes de tránsito. Por su representación en una de esas causas terminó condenado a indemnizar a las juezas Beatriz Verón y Zulema Delia Wilde, a quienes acusó de corruptas en el programa de Mirtha Legrand en el año 2009.

Según transcendió, la condena quedó firme esta semana en la Corte Suprema, luego de que se rechazara los planteos de la defensa de Dalbón

Gregorio les había imputado a las magistradas en el icónico programa televisivo “la comisión de distintos delitos cuya veracidad no se ha acreditado en modo alguno, por lo que el letrado actuó de manera imprudente o con intención de dañar”. Por estos mismos deslices el abogado ya había sido obligado a pagar una multa por violación a las normas de ética profesional.

La Cámara Civil que dejó firma la sentencia, explicó: “No existe ninguna prueba que dé cuenta de que las duras acusaciones que el Dr. Dalbón expuso respecto de la demandante y sus colegas tengan algún mínimo grado de verosimilitud”

Este caso se retrotrae al 2009, cuando el abogado de CFK había concurrido a la Sala J de la Cámara en lo Civil y vertido diversas manifestaciones injuriantes -sin prueba alguna-. Días después se replicaron públicamente en el programa de Legrand, tras ser invitado para hablar de incidentes de tránsito. Allí acusó a las juezas: “Sospecho que puede haber corrupción” comentó en aquel entonces y agregó, “hay tres pícaras dando vueltas”, insinuando que habría favorecimientos de compañías de seguros.

Si bien Dalbón llevó sus sospechas a la Justicia, denunciando a las juezas, la causa no avanzó por falta de pruebas. Tras la denuncia y la acusación pública en “Almorzando con Mirtha Legrand” dos de las juezas calumniadas (Beatriz Verón y Zulema Delia Wilde) denunciaron civilmente a Dalbón. También habían demandado a la producción, pero, finalmente, ese planteo fue rechazado.

Mirtha Legrand con Gregorio Dalbon Maria Fernanda Callejon Christian Sancho Silvina Luna 2009 DiFilm

Vanina Escudero Jorge Fainstein Fecha: 16/9/09 16 de septiembre de 2009 Código: DV-19619 Archivo DiFilm – Consultas por material de archivo archivodeportivo@yahoo.com.ar – http://www.difilm-argentina.com Más videos e información en: https://www.facebook.com/difilm o Seguinos en: https://twitter.com/archivodifilm

En su defensa, el abogado había querido ampararse en la doctrina llamada Campillay, que sostiene la falta de responsabilidad de los medios de prensa si han tomado determinados recaudos al momento de difundir la noticia. También aseguró que no afirmó ni acusó a las juezas de nada, sino que plasmó sus sospechas como lo haría cualquier ciudadano.

En ese sentido, Dalbón se aferró al derecho de la libertad de expresión y comentó que, “se vinculaban con el desempeño de funcionarios públicos”. No obstante, la Cámara Civil que dejó firme la sentencia sostuvo que el letrado “no cumplió con ninguna de las pautas mencionadas en la doctrina “Campillay”, pues usó en todo momento el modo asertivo, no dejó en reserva la identidad de los involucrados, ni mencionó una fuente concreta y determinada de la que hubiese provenido la información”.

“No existe ninguna prueba que dé cuenta de que las duras acusaciones que el Dr. Dalbón expuso respecto de la demandante y sus colegas tengan algún mínimo grado de verosimilitud”, afirmaron.

Redacción

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CUARENTENA | Juzgarán a los funcionarios que impidieron el último adiós entre Pablo y Solange Musse

La Cámara Criminal y Correccional de Río Cuarto fijó para el 5 de septiembre, a las 8:30, el inicio del juicio por jurados contra dos exintegrantes del extinto Centro de Operaciones de Emergencia (COE) de Córdoba en el caso de Solange Musse. Los acusados son Eduardo Javier Andrada, identificado como exresponsable del COE y también exdirector del Hospital de Huinca Renancó, y Analía Elizabeth Morales, trabajadora social ex-COE. Están imputados como coautores de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

El caso remonta a agosto de 2020, durante las restricciones por la pandemia de Covid-19. Solange Musse, de 35 años, padecía cáncer de mama en estadio cuatro con metástasis en huesos, hígado y pulmones. Se había trasladado desde Neuquén a Alta Gracia en febrero de ese año para seguir un tratamiento. Con su salud deteriorada, su padre, Pablo Musse, emprendió un viaje de 1.100 kilómetros —40 horas de manejo sin descanso— desde Pottier, Neuquén, junto a su cuñada, Paola Oviedo, para verla por última vez.

Presentaron la documentación exigida: permisos nacionales de circulación, certificado de regreso a su localidad y los hisopados solicitados por el COE. Al llegar al control sanitario de Huinca Renancó, un test de Pablo dio resultado “dudoso” —no positivo— para Covid-19. Según el Protocolo 48, se permitía el ingreso por “fuerza mayor”, incluyendo la asistencia a familiares en estado crítico o el fallecimiento de un familiar directo, y los casos sospechosos debían ser evaluados en un hospital. Sin embargo, las autoridades les negaron el acceso y los escoltaron de regreso a Neuquén.

En una carta escrita desde su cama, Solange expresó: “Siento tanta impotencia de que sean arrebatados los derechos de mi padre para verme y a mí para verlo. ¿Quién decide eso si queremos vernos? Acuérdense, hasta mi último suspiro tengo mis derechos”. Murió el 20 de agosto de 2020 sin ver a su padre.

De regreso en Neuquén, un nuevo hisopado a Pablo dio negativo. Con autorización del juez Bustos Fierro, pudo viajar a Alta Gracia para despedir los restos de su hija. La denuncia, presentada por el abogado Carlos Nayi, sostiene que los acusados incumplieron los protocolos y abusaron de su autoridad.

En 2021 fueron imputados Andrada, Morales, el médico Sergio José Alí y el suboficial policial Darío Javier Mansilla. En 2023, estos últimos fueron sobreseídos, quedando solo Andrada y Morales para enfrentar el juicio.

La familia Musse denunció además al Estado argentino ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En mayo de 2024, Pablo Musse y Paola Oviedo expusieron el caso ante la Comisión de Derechos Humanos del Congreso. El juez Claudio Mazuqui afirmó que el proceso busca “darle a la familia Musse la tranquilidad de que, desde lo jurídico y lo humano, el Poder Judicial está a la altura de resolver las peticiones”.

“Lamentablemente no es lo que uno esperaba, después de cinco años, pero es lo que hay en la Justicia argentina”, dijo Pablo Musse al medio cordobés Cadena 3. “Todos saben que esta causa pasó por la Justicia Federal, la Justicia Ordinaria, y realmente avasallaron los derechos de Solange”, agregó.

Redacción

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ENTRE RÍOS | Un exfuncionario de Urribarri admitió que cobró coimas

Guillermo Smaldone, ex director de Trabajo y ex titular del Tribunal de Cuentas provincial, confesó ante el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná que recibió dinero de Cardona Herreros a cambio de favorecerlo en licitaciones de software durante la gestión de Urribarri. 

La audiencia, realizada el pasado martes, se resolvió por juicio abreviado. El acuerdo prevé una condena condicional y evita la cárcel, siempre que el juez lo convalide. Si la rechaza, Smaldone, que actuó como su propio abogado, será juzgado en debate oral; en ese escenario, el Ministerio Público Fiscal planeó pedir cinco años de prisión efectiva, inhabilitación especial perpetua y la misma multa económica.

Los fiscales Gonzalo Badano y Patricia Yedro describieron un mecanismo de sobornos probado —según lo calificaron, “contundente”— mediante correos electrónicos y facturación de consultorías falsas. Cardona Herreros recibía datos de los pliegos antes de cada llamado y aseguraba las adjudicaciones para su firma, Relevamientos Catastrales S.A.

El juez de Garantías Julián Vergara elevó la causa a juicio el 5 de junio. Quedaron imputados el ex gobernador Urribarri; el empresario Cardona Herreros; Smaldone; Carlos Haidar, ex director de Informática; Miguel Ulrich, ex director General de Ajustes y Liquidaciones; Luis Alfonso Erbes, ex subsecretario de Presupuesto y Finanzas; José Humberto Flores, ex secretario de Hacienda; y José Laporte, ex secretario Legal y Técnico. Para la etapa oral, la Fiscalía anunció que reclamará diez años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua y multa de 540 000 pesos para Urribarri; nueve años e iguales accesorias y multa para Cardona Herreros; seis años para Haidar; cinco para Erbes; cuatro años y medio para Ulrich; y tres años condicionales para Flores. La pena de Smaldone dependerá de la homologación del abreviado; la de Laporte será definida al comienzo del debate.

– Sergio Urribarri

El camino procesal de Smaldone fue cambiante: primero pidió el sobreseimiento, luego apeló el rechazo y finalmente desistió de esa audiencia, prevista para el 2 de julio, para sellar el acuerdo que ahora intenta validar. Su confesión lo convirtió en el primer condenado dentro de la causa “Coimas”, mientras los demás acusados esperan la fecha de inicio del juicio.

Redacción

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La Justicia rechazó una indemnización de $20 millones por falta de pruebas en un caso vinculado a la dictadura

Integrada por los jueces Roberto Lemos Arias y César Álvarez, la Sala I de la Cámara Federal de La Plata rechazó la acción de daños y perjuicios que una víctima de la última dictadura promovió contra el Estado Nacional. 

La demanda pretendía $20 millones por lesiones físicas, secuelas psíquicas y daño moral derivados de la detención sufrida en 1976. El tribunal subrayó que la reclamante no acreditó el nexo causal entre ese episodio y las secuelas alegadas ni probó que la pensión graciable que cobra desde 2016 en virtud de la Ley 14.042  —norma bonaerense que otorga una pensión vitalicia a personas detenidas por motivos políticos entre 1974 y 1983— resulte insuficiente.

Los magistrados recordaron que, aun cuando los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles —conforme la Ley 27.586—, en sede civil rige la carga probatoria clásica: corresponde demostrar un hecho dañoso, un perjuicio cierto y un vínculo causal directo. 

Citando doctrina interamericana, el fallo afirmó que “las reparaciones deben tener nexo causal con los hechos del caso, las violaciones declaradas, los daños acreditados, así como las medidas solicitadas” y advirtió que “no es suficiente la formulación de alegatos abstractos o genéricos”.

En el análisis de la prueba, la Cámara calificó de “orfandad probatoria” la ausencia de pericias médicas concluyentes y destacó que el expediente psiquiátrico acompañado “no alcanza para formar una convicción clara” sobre la relación entre la patología y la detención. Entre los elementos valorados figuró la declaración testimonial de un familiar de la actora, quien dijo haber estado detenida con sus padres junto a la reclamante en la caballería de La Plata. 

El tribunal consideró que ese testimonio, pese a su vinculación familiar, resultó limitado y careció de datos objetivos sobre la extensión del cautiverio.

La sentencia reconoció el derecho de las víctimas a la reparación, remarcando que “los hechos ocurridos durante la dictadura militar constituyen un período oscuro de nuestra historia, cuyas víctimas tienen el derecho al reconocimiento y a medidas reparatorias por los perjuicios sufridos”. Sin embargo, enfatizó que la percepción previa de una pensión indemnizatoria no exime a la demandante de probar daños adicionales ni su eventual falta de suficiencia.

Por otro lado, la alzada ordenó dictar una nueva regulación de honorarios, ya que el juzgado de primera instancia había calculado los emolumentos sobre una base errónea de $38 millones en lugar de los $20 millones efectivamente reclamados.

La decisión reafirmó que quienes ya accedieron a beneficios administrativos deben presentar evidencia robusta si pretenden una compensación complementaria. Cada rubro reclamado, concluyeron los jueces, debe superar el examen de prueba objetiva y verificable para prosperar en sede judicial.

Redacción

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Denunciaron a un diputado de LLA por falsificar la firma de su abuela para apropiarse de una herencia

Lisandro Almirón, diputado nacional por La Libertad Avanza y candidato a gobernador de Corrientes respaldado por Karina Milei, enfrenta denuncia penal y civil que lo acusa de falsificar la firma de su abuela fallecida para apropiarse de su única propiedad.

La denuncia penal fue radicada ante la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas (UFIC) Nº 5 por los delitos de Falsificación de Instrumento Público (artículo 292 del Código Penal) y Estafa (artículo 172 del Código Penal). Paralelamente, la causa civil se tramita ante el Juzgado Civil y Comercial N.º 12, Secretaría N.º 25, bajo el expediente 219675/21.

El escándalo involucra la propiedad de Priscila Brizuela, abuela tanto de Almirón como del denunciante Eduardo Gómez, quien asegura tener en su poder la escritura original de la casa y que la firma usada para la venta no coincide con la real. Según su relato, se trató de una maniobra para “apoderarse del único bien familiar y dejar afuera al resto de los herederos legítimos.”

“Se aprovecharon de la situación de vulnerabilidad de mi abuela. Cuando uno confía en la familia y en los profesionales, nunca espera una traición de este tipo”, declaró Gómez.

– La supuesta firma trucha de Pricila Brizuela

La anciana falleció el 16 de marzo de 2013, pero antes de su muerte, mientras se encontraba internada en terapia intensiva en la Clínica Sagrado Corazón, supuestamente otorgó un “poder especial irrevocable” para transferir su única propiedad.

La polémica gira en torno a la Escritura Nº 4 del 28 de febrero de 2013, fechada apenas “un día antes” del fallecimiento de Priscila Brizuela. Según la denuncia presentada por Gómez, primo hermano del diputado, la casa ubicada en el barrio Bañado Norte de la capital correntina, fue transferida directamente a nombre de Lisandro Almirón y sus hermanos Carlos Hernán y Cinthia Elizabeth Almirón.

La transferencia se realizó mediante un poder que habría sido otorgado mientras la abuela estaba internada en terapia intensiva. Un perito caligráfico determinó que la firma sería una “imitación burda” que no coincide con la rúbrica real de la mujer.

La operación fue ejecutada con la participación de varios profesionales del entorno familiar, entre ellos Marta Susana Marcoré, abogada y suegra de Lisandro Almirón, quien actuó como apoderada mediante el presunto poder falsificado para concretar la transferencia. María Alicia Gamba Landi, también estuvo presente y actuó como la escribana que legalizó la escritura de compraventa, ya contando entonces con antecedentes disciplinarios. Fue suspendida un año por el Colegio de Escribanos por su participación en la causa “Boston”, una conocida estafa inmobiliaria de gran escala en Corrientes.

– Documento de la abuela con la respectiva firma

La defensa de los denunciados presentó un certificado psiquiátrico firmado el mismo día en que supuestamente se habría otorgado el poder. Sin embargo, este documento presenta serias inconsistencias, al ser emitido por el Hospital San Francisco de Asís, establecimiento donde la anciana nunca estuvo internada ni fue atendida, y el profesional firmante no trabajaba ese día en el hospital, según confirmó oficialmente el nosocomio.

El caso de la herencia fraudulenta no es el único señalamiento que enfrenta Lisandro Almirón. También ha sido cuestionado por contratos municipales en Gobernador Virasoro que beneficiaron a su esposa Laura Romina Peralta Marcoré y a su suegra para servicios de “alquiler de maquinarias viales” y “servicios profesionales”. Además, donaciones de bienes incautados de la Dirección General de Aduanas a una fundación vinculada a su entorno familiar, la Fundación GEA – Madre Tierra Mitología Griega.

Redacción

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UTHGRA denunció a una concejal marplatense por malversar fondos sindicales en la compra de un departamento

La seccional Mar del Plata de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos (UTHGRA) llevó a los tribunales a la concejal y ex secretaria general Mercedes Morro y a su entonces tesorero, Horacio Darío Ocampo, por el supuesto desvío de fondos gremiales para adquirir un inmueble propio.

La denuncia, registrada como IPP N° 20440‑25 y radicada en la Unidad Fiscal de Instrucción N° 10 del Departamento Judicial marplatense, imputa a ambos el delito de malversación de fondos en provecho propio. El expediente se sostiene sobre una auditoría interna iniciada en diciembre de 2021, cuando la nueva conducción encabezada por Pablo Santín tomó posesión del sindicato.

– Segmento de la denuncia

Esa auditoría reveló –según consta en la presentación– un sistema contable “pésimamente organizado” y una serie de documentos comprometedores: correos electrónicos, facturas de servicios, comprobantes de transferencias bancarias y comunicaciones con la constructora Cuarzur Edificios S.A., responsable del edificio donde se ubica el departamento investigado.

Uno de los hallazgos centrales son catorce comprobantes de transferencias desde cuentas de UTHGRA a la empresa Cuarzur para pagar cuotas del departamento situado en Salta 3844, entre Matheu y Formosa. La unidad –al igual que una cochera en el mismo edificio– figura a nombre de Morro, no del sindicato.

El correo electrónico institucional también almacenaba gestiones realizadas por el área de Finanzas para diferir pagos y regularizar la cochera. En uno de esos mensajes, firmado por Ocampo, se lee: “Hablando con la Sra. Mercedes, surgió la idea de posponer la compra de la cochera para marzo, ya que actualmente no podemos afrontar los gastos que demandaría la firma del boleto. Máxime teniendo en cuenta que el día 10 de enero de 2017 debemos transferir el refuerzo por el departamento.”

La trazabilidad del beneficio personal se completa con facturas de EDEA y avisos del consorcio Cuarzur I que llegaban a casillas del gremio, todas a nombre de la concejal. “Los correos revelan que se usó la estructura administrativa del sindicato para pagar servicios y gestionar temas estrictamente privados”, sostiene la denuncia.

Desde la conducción actual, UTHGRA calificó la maniobra como “una operatoria sistemática de uso indebido de fondos” y repudió “un hecho grosero y explícito de corrupción, en el que se malversaron recursos que pertenecen a los trabajadores de la actividad hotelera y gastronómica de la ciudad, a quienes han perjudicado gravemente”.

El escrito judicial subraya que “existen elementos suficientes para creer que Morro utilizaba indebidamente los fondos de UTHGRA seccional Mar del Plata, y al personal de la misma, para la compra de un inmueble a título personal, aprovechándose de su condición de secretaria general y con la complicidad del Sr. Ocampo, quien autorizaba las transferencias e intercambiaba correos con la empresa Cuarzur”.

Para reconstruir el flujo del dinero, la querella solicitó al Banco Nación el detalle de todas las transferencias efectuadas a Cuarzur, EDEA y Camuzzi, además de un allanamiento a la constructora para secuestrar documentación relacionada.

“Este accionar inescrupuloso que daña la honorabilidad de la UTHGRA y de las familias hoteleras y gastronómicas, debe tener consecuencias. UTHGRA Mar del Plata no tolerará ningún tipo de abuso de poder ni uso indebido de los recursos que pertenecen a sus afiliadas y afiliados. Confiamos en que la verdad prevalecerá y se hará justicia”, concluyeron desde la conducción local.

Redacción

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Edgardo Kueider irá a juicio oral en Paraguay acusado de tentativa de contrabando


Edgardo Kueider y su pareja, Iara Guinsel Costa, enfrentarán un juicio oral en Paraguay por intento de contrabando. Así lo dispuso el juez Humberto Otazú tras una audiencia preliminar que finalizó con la elevación del caso a juicio público.

Ambos rechazaron el pedido voluntario de extradición solicitado por la jueza federal argentina Sandra Arroyo Salgado. Permanecerán en prisión domiciliaria con tobillera electrónica mientras continúa el proceso en Asunción.

La acusación fiscal sostiene que, en diciembre de 2024, Kueider y Guinsel ingresaron al país vecino con más de 211.000 dólares, 3,9 millones de pesos argentinos y 640.000 guaraníes sin declarar. Sólo una fracción menor fue devuelta por la Aduana paraguaya.

Los fiscales involucrados describieron el caso como contrabando en grado de tentativa. Para la legislación guaraní, el dinero no declarado equivale a mercadería prohibida y las penas previstas alcanzan hasta cinco años de prisión efectiva si se supera el umbral de dos años.

El fiscal Ysrael Villalba Ramírez presentó la acusación formal en junio de 2025, tras un semestre de investigación. Varios intentos de nulidad que presentó la defensa fueron rechazados por Otazú, quien además determinó que la excepción de inconstitucionalidad no suspende el proceso.

La Policía Nacional de Paraguay, Aduanas y la unidad de delitos económicos intervinieron en el operativo. Interceptaron el vehículo en el Puente de la Amistad y secuestraron una mochila con las divisas en el asiento trasero de la camioneta que pertenecía a terceros.

La audiencia preliminar se realizó en el Juzgado Penal de Delitos Económicos y finalizó a media mañana, tras analizar pruebas como videos de circuito cerrado y registros de la Aduana. La defensa ya se había opuesto a esas pruebas, pero el juez avaló su validez.

Mientras tanto, la Justicia argentina insiste en avanzar contra Kueider por lavado de activos y enriquecimiento ilícito. La jueza Arroyo Salgado solicitó su extradición tras considerarlo parte del entramado investigado en la causa Securitas‑Enersa.

La decisión guaraní deja a la justicia argentina en suspenso. Si Kueider es condenado en Paraguay, podría cumplir esa pena primero en territorio vecino y recién luego ser extraditado, dependiendo de decisiones diplomáticas y judiciales.

Redacción

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