Escandalosa declaración de Brancatelli sobre la denuncia a Jey Mammón: “No podemos analizar desde 2023 algo que pasó en 2009”
"No podemos, hoy en 2023, analizar una realidad de 2009. Es muchísima diferencia en todo sentido", dijo Brancatelli en la pantalla de C5N, mientras se trataba el caso de Jey Mammón.
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Juan Rago, más conocido como Jey Mammón, eligió hacer su primera descarga en el programa de Jorge Rial en el medio oficialista, C5N. “Te elegí a vos porque no sos mi amigo”, comenzó diciendo.
En esa edición del espacio televisivo, llamó la atención en redes sociales un segmento de disertación del reconocido militante, DiegoBrancatelli, quien desde “la razón y el sentido común” declaró que “no podemos, hoy en 2023, analizar una realidad de 2009… es muchísima diferencia en todo sentido”.
Según el comunicador K, la fecha y la edad son “factores clave” porque “no es lo mismo 14 años que 16, casi 17 -agregó, para insistir en que- no es lo mismo”. “Si Jey violó a un chico y esta la prueba (…) con 14 años, es una cosa. Ahora, un chico de 17, hace 15 años, en una relación consentida, y creo que ambos han advertido esto”.
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La Cámara Civil y Comercial de Córdoba anuló la asamblea presidida por Daniel Sabsay que en septiembre de 2021 había elegido a Martha Altabe como presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional.
Inspección de Justicia de Córdoba había invalidado la actuación del comité bajo la presidencia de Sabsay por presunta “violación del estatuto social e inflar el padrón de afiliados para la elección de autoridades” y por haber impedido, en esa asamblea, la participación de los asociados en la reunión.
Martha Altabe, ex presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional.
Con eso se puso fin a un año y medio de planteos administrativos y judiciales del comité presidido por Martha Altabe dirigidos a impedir o dilatar la celebración de una nueva asamblea para normalizar la situación irregular de la institución que reúne los profesores de derecho constitucional.
Luego de un fallido intento de celebrar el año pasado una reunión en Corrientes, la Inspección obligó a que esa asamblea se haga en Córdoba. A principios de abril fue electa como presidente Marcela Basterra, una joven profesora de la UBA, en lugar de Marta Altabe quien resultó eyectada junto a algunos otros que habían sido apoyados por Mario Midón, un político radical de Corrientes.
El doctor Daniel Sabsay.
Se votó una lista única originada en un acuerdo entre la UBA, un grupo del PRO (con la curiosa presencia de Elisa “Lilita” Carrió) y un sector vinculado al presidente de la Corte Suprema, el peronista Horacio Rosatti. Esto significa el retorno de la UBA, desplazada en aquella asamblea anulada, y un duro revés para Sabsay cuando fue presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional.
El fiscal federal Eduardo Taiano y el titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, Sergio Rodríguez, a través de un escrito de 100 páginas, requirieron que se presente a declaración indagatoria el ex ministro de Salud, Ginés González García, por el hecho que se denominó “Vacunatorio VIP”, que habría dado prioridad a algunas personas para aplicarse la inoculación contra el Covid-19.
De esta irregularidad de las aplicaciones de las vacunas se habrían beneficiado funcionarios, diputados y periodistas afines al kirchnerismo, además de otras personas del Ministerio de Salud, durante el inicio de la gestión de Alberto Fernández.
El ex ministro de Salud de la Nación e imputado en la causa del Vacunatorio VIP, Ginés González García
Por tales motivos, tanto Taiano como Rodríguez le piden a la jueza María Eugenia Capuchetti que proceda a indagar a González García, y que también haga lo mismo con Alberto Alejandro Maceira, María Elena Borda, Marcelo Ariel Guille y Alejandro Salvador Costa. Por el momento, los delitos que se les imputan son el de abuso de autoridad y peculado. Cabe recordar que en el momento en que se dio el “Vacunatorio VIP” escaseaban las inoculaciones en nuestro país.
A través del escrito, los fiscales piden que los imputados sean indagados por 3 episodios en particular. El primero de ellos responde a lo sucedido el 18 de febrero de 2021. Ese día, el Ministerio de Salud dio la orden de retirar 10 vacunas que estaban asignadas para el Hospital Posadas, “para la inoculación de 10 personas, que no se encontraban habilitadas para recibir su dosis”.
El ex presidente Eduardo Duhalde fue beneficiado con el “Vacunatorio VIP”.
Los beneficiarios de este hecho fueron, entre otros, el periodista Horacio Verbitsky, el ex canciller Jorge Taiana y el diputado nacional Eduardo Valdés. Familiares del empresario Florencio Aldrey Iglesias, y además, Seza Manukian, Lourdes Noya Aldrey, Matilde Noya Aldrey, Dolores Noya Aldrey, Felix Eulogio Guille, Florencio Aldrey, Salomón Schachter y muchos más.
Por el segundo hecho se refieren al retiro de 5 vacunas que estaban asignadas al Ministerio de Salud, para “su traslado al domicilio particular de Eduardo Duhalde con fecha 1 de febrero de 2021 para su inoculación, la de su familia y la de Carlos Alberto Mao, quiénes no se encontraban habilitados para recibir su dosis”.
El periodista Horacio Verbitsky fue el que desató el escándalo tras declarar al aire que había sido beneficiado.
Finalmente, la tercera situación fue “la orden de aplicar de forma irregular al menos 35 vacunas”, con el fin de vacunar a 23 personas, entre el 29 de diciembre de 2020 y el 23 de febrero de 2021, en el Hospital Posadas.
El juez Ariel Lijo, subrogante en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal 12, ordenó el desalojo del campo en El Marquesado, ubicado al sur de Mar del Plata, que el Estado le había cedido a la Asociación Civil “Tercer Tiempo”, una ONG ligada al Movimiento de Trabajadores Excluidos que lidera Juan Grabois.
El magistrado encomendó a las autoridades de la Prefectura Naval Argentina la tarea de designar personal para “la inmediata custodia del predio y que se impida el ingreso de personas al lugar”. La resolución de Lijo ocurrió horas después de un nuevo episodio de tensión y enfrentamiento en esas tierras entre vecinos de la zona e integrantes de Tercer Tiempo que intentaban ingresar a la zona con un tractor.
Cabe recordar que este campo de 140 hectáreas localizados en el kilómetro 553 de la Ruta 11 fueron cedido a la ONG tras un trámite gestionado ante la Agencia de Administración de Bienes del Estado, con el fin de utilizarlo para desarrollar una huerta agroecológica.
En ese contexto, esta mañana los lugareños se organizaron y llegaron al lugar con sus autos, para manifestarse e impedir el acceso de las maquinarias. “Se ve que entraron por la parte de atrás. Salieron a agredir a los vecinos, salieron a decir que la tierra es de ellos, que el Estado se las dio. No vamos a dejar que entre maquinaria. Por lo visto están esperando que haya conflicto, son como 50 personas. Esperamos que venga la policía”, contó una vecina a Radio Brisas.
Imagen de El Marquesado, en Mar del Plata.
En tanto, desde la agrupación afirmaron que cuentan “con el respaldo legal para poder llevar adelante las acciones en el marco de la concreción del proyecto definitivo y con una posesión que torna ilegal el bloqueo del ingreso al campo por vecinos de El Marquesado”. A su vez, señalaron que el traslado de las máquinas forma parte “del avance del proyecto de investigación, evaluación y puesta en funcionamiento de las primeras acciones destinadas a la producción de forma saludable”.
El conflicto en El Marquesado cobró notoriedad a fines de marzo pasado, cuando vecinos manifestaron su preocupación al observar que unas 40 personas ingresaban al predio. Tras enterarse del proyecto que intentaba comenzar la ONG, se opusieron. Entre sus argumentos, sostienen que el “impacto ambiental” puede ser “desastroso” y que la infraestructura en la zona no daría abasto. Así, advirtieron a la intendencia, que llegó hasta el lugar y cuestionó la cesión.
NO SE OLVIDEN de esta cara , EDUARDO ALBANESE , Titular de la Agencia de ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO. Este señor cedió terrenos a GRABOIS en el MARQUESADO continuación de CHAPADMALALpara EMPRENDIMIENTOS AGRICOLAS. QUIEREN COLOCAR UN ASENTAMIENTO a cambio de VOTOS pic.twitter.com/Ay7hoFrc31
Luego de que el hecho tomara estado público, Grabois eligió sus redes sociales para responder a las denuncias de los vecinos. “El objetivo es producir sin agroquímicos para que toda la zona de General Pueyrredón tenga alimentos sanos y baratos”, sostuvo.
Por su parte, el intendente de General Pueryrredón, Guillermo Montenegro, impulsó una acción penal por “usurpación, abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público” contra el presidente de la AABE, Eduardo Alfonso Albanese, y 2 integrantes de Tercer Tiempo.
Un grupo de alrededor de 40 personas de Juan Grabois, irrumpieron en terrenos ubicados a la vera de la ruta 11.De acuerdo a lo que señalaron, pretenden construir viviendas sociales y crear huertas comunitarias. Entre el Marquesado y San Eduardo. Vecinos repelen la toma pic.twitter.com/9O8WTkJnZx
Para el jefe comunal, la cesión de las tierras se produjo con “argumentos falaces y arbitrarios”. En el escrito presentado ante la justicia federal denunció a Albanese por ceder “en custodia” el predio a los dirigentes del MTE Marcos Santucho y Eliseo Núñez, y también apuntó contra la abogada Gabriela Carpineti, funcionaria del Ministerio de Justicia, bajo un argumento que calificó como falaz: el supuesto peligro de que las tierras sean intrusadas.
Luego de los incidentes, Montenegro amplió su denuncia. “La Asociación Civil Tercer Tiempo insiste en ingresar al terreno cuya ocupación generara la denuncia, bajo el pretexto de concretar un supuesto proyecto agroecológico. Ingresaron al predio alrededor de 60 personas de la agrupación, lo que significa una nueva usurpación y el consecuente peligro de serias disputas entre ellos y los vecinos de la zona”.
En ese marco, el intendente solicitó a la Justicia que arbitre los medios necesarios para “que se mantengan las condiciones de ocupación del predio previas al día de hoy“, con el objetivo de que se puedan llevar adelante las medidas que se dispongan en lo sucesivo.
El Colegio de Abogados de Mar del Plata, en acción conjunta con sus pares bonaerenses, se ha manifestado en rechazo a “la falta de decoro y el maltrato” de la Administración Nacional de Seguridad Social a los colegas.
Según estimaron en un comunicado: “Cuando el titular de un futuro beneficio previsional ha optado por ser representado y no lo permiten, o no dan acceso a solicitar turno como apoderado en el Plan de Pago de Deuda Previsional, ni agregar poder al expediente, mucho menos ingresar en algunas jurisdicciones de ANSeS para ejercer su mandato de asistencia y asesoramiento in situ a sus clientes“.
Una de las sedes de la Administración Nacional de Seguridad Social en Mar del Plata.
Asimismo, denuncian como “engañosa y falsa la publicidad de ANSeS” cuando refiere “todos los tramites son gratuitos, recordá que no necesitás gestores ni intermediarios para realizar tus trámites. Solo tenés que contar con tu DNI”, dada la complejidad de ciertos expedientes que requieren de un estudio y preparación previa para lograr buenos resultados y que el titular goce de una jubilación teniendo en cuenta y habiendo tomado todos los recaudos necesarios.
Dicha conducta infringe de manera “directa e inmediata” el derecho de peticionar ante las autoridades con asistencia letrada, el de ser oído que implica una importancia humana fundamental y el de elegir quién represente al futuro jubilado, siendo un acto voluntario.
El Colegio de Abogados de Mar del Plata.
Ello constituye una actitud incomprensible por las autoridades de ANSeS que viola garantías del debido proceso adjetivo del proceso administrativo, la Constitución Nacional y Tratados Internacionales con jerarquía constitucional Ley 27770.
Con el dictado de la Circular 22/23 de la Administración Nacional de la Seguridad de Social, se veda la posibilidad a los ciudadanos de iniciar el Plan de Pago de Deuda Previsional contando con el apoderamiento de un abogado de la matrícula y coartando de manera arbitraria e injustificada a los letrados el inicio y tramitación del plan dispuesto por la Ley 27.705 en tal carácter.
Fernanda Raverta, directora ejecutiva de la Administración Nacional de Seguridad Social.
Por todo ello el Colegio de Abogados Mar del Plata, en ejercicio de las facultades que la Ley 5177 confiere a los Colegios de Abogados, intimó a las autoridades de ANSeS por carta documento para que se disponga el cese de acción restrictiva al ejercicio profesional y se deje sin efecto la normativa antes señalada.
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que las personas con condenas firmes a penas de 3 o más años no pueden votar. Así lo sostuvo en una presentación que hizo ante la Corte Suprema de Justicia en una causa en la que un condenado a 6 años de prisión por venta de drogas reclamó su derecho al sufragio.
Fuentes judiciales informaron a la prensa que Casal mantuvo la inhabilitación para votar que establece el Código Penal y el Código Nacional Electoral para las personas con prisión o reclusión de 3 o más años. Este caso será el primero en el que el máximo tribunal intervenga para resolver sobre los derechos políticos de las personas detenidas y condenadas.
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal.
La causa la inició Víctor Manuel Zelaya, condenado a 6 años de prisión por tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización. La misma quedó firme e inició una causa penal para poder votar. Planteó la inconstitucionalidad de las normas que lo prohíben.
El artículo 12 del Código Penal establece que “la reclusión y prisión por más de 3 años llevan como inherente la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena” y al inciso 2 del artículo 19 establece como inhabilitación absoluta “la privación del derecho electoral”. En esa línea, el inciso 3 del artículo 3 del Código Electoral excluye del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena”.
La Corte Suprema de Justicia.
Así, en Argentina los presos con condenas firmes a más de 3 años no puede votar. Si mantienen ese derecho quiénes están procesado o no tengan una condena firme. Los delincuentes en el país votan desde el 2007. Antes ningún detenido podía hacerlo. En las cárceles emiten el sufragio con boleta única de papel.
El reclamo de Zelaya fue rechazado por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, pero aceptado por la Cámara Federal de Casación Penal que declaró la inconstitucionalidad de las normas. El fallo fue apelado y llegó hasta la Corte Suprema.
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata.
“En definitiva, opino que no es correcto examinar la constitucionalidad de la inhabilitación para votar cual si aquello que estuviese en discusión fuese qué derechos pueden ser legítimamente restringidos como consecuencia de la ejecución de una pena privativa de la libertad. Se trata, antes bien, de una pena que tiene sustento legal en los artículos 5, 12 y 19, inciso 2, del Código Penal, que además de participar del fundamento que asiste a las penas en general, reconoce también uno específico recogido desde antaño por la doctrina y la jurisprudencia, incluso la que promueve la inconstitucionalidad”, sostuvo Casal.
Y concluyó: “La regulación que ha hecho el legislador de esa inhabilitación, con base en esos fundamentos y en la gravedad del delito y de la pena impuesta, se mantiene dentro del marco de lo razonable“.
En un nuevo capítulo de “Decisiones polémicas de la Justicia”: La Sala I de la Cámara de Garantías de Morónle otorgó la domiciliaria, de manera inmediata, a un hombre acusado de intento de asesinato, pese a que la medida no estaba firme y que no se le había colocado la pulsera electrónica, dos de los requisitos que exige el Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires, dejando la puerta abierta para que miles de presos salgan de la cárcel.
El caso del polémico fallo tiene como protagonista a Santiago Martínez, quien está acusado de haber atacado a Nicolás García, de 20 años, porque estaba charlando con su ex novia. El hecho tuvo lugar el 12 de noviembre del año pasado en un boliche de Hurlingham. Martínez lo agredió con una copa rota y lo dejó al borde de la muerte.
Nicolás García fue agredido por Santiago Martínez quedando al borde de la muerte. Martínez fue beneficiado con prisión domiciliaria.
En un inicio, Martínez había sido acusado de intento de homicidio y quedó detenido en una comisaría. Pero en marzo la Cámara cambió la calificación a “lesiones graves”, apartándose de su propia jurisprudencia.
Por esto, la defensa del acusado pidió la libertad morigerada, rechazada en primera instancia. Finalmente, la Sala I lo dejó en libertad de manera automática, aunque la resolución no estaba firme y sin pulsera electrónica, ya que no había ninguna disponible en ese momento.
Un juez presentó un habeas corpus para que todos los detenidos que se encuentren en la misma situación puedan acceder a la prisión domiciliaria.
Tras este hecho, el abogado Fernando Sicilia presentó un habeas corpus y reclamó que “con los mismos argumentos que han dado los jueces de dicha Sala I en esta causa, resuelvan todos los juzgados de Garantías que se ejecuten de forma inmediata todas aquellas morigeraciones concedidas por algún órgano y apeladas, como así también todas aquellas que estén firmes, pero que no se hicieron efectivas por falta de pulseras de Monitoreo”.
Es decir, Sicilia pretende que todos los detenidos que se encuentren en las mismas condiciones que Martínez puedan acceder a la prisión domiciliaria. En este sentido, sostuvo que se debe aplicar el principio de igualdad previsto en el artículo 16 de la Constitución Nacional.
La decisión de la prisión domiciliaria para Martínez fue tomada por la Sala I de la Cámara de Garantías de Morón.
Luego de la presentación del habeas corpus, el juez Ricardo Fraga le pidió a todos los magistrados de Morón que informen si tienen casos de “morigerados con espera de la efectivización de la medida por parte de la Dirección General de Monitoreo electrónico perteneciente al Servicio Penitenciario Bonaerense”. Con esto se determinó que en esa jurisdicción solo aplicaba el caso de Gregorio Diaz, detenido por tenencia de droga.
Por ese motivo, el juez hizo lugar este martes al habeas corpus y dispuso que se efectivice su arresto domiciliario aunque no esté disponible la tobillera. El fallo destaca que hace un mes venía esperando ese beneficio.
Fernando Bellido (izq.) y Fabián Cardoso (der.).
Esta polémica arrancó con el fallo de la Sala I de Morón, integrada por los jueces Fernando Bellido, Diego Grau y Fabián Cardoso. “Con este fallo, solo con la concesión por parte de algún órgano judicial, debería hacerse efectiva en forma inmediata la domiciliaria. Por otro lado, en un gran porcentaje se impone como medida que los detenidos beneficiados con prisión domiciliaria posean pulsera electrónica para su control, siendo que muchas veces se demora su traslado al domicilio por falta de estas”, se quejaron los abogados que representan a la víctima, Nicolás García.
Furia en el PRO de Paraná por la polémica causa de narcotráfico que ensucia a Emanuel Gainza: Tras las declaraciones de la exmunicipal, Griselda Bordeira, quien trabajó con Gainza, el PRO se aparta oficialmente del candidato imputado en la causa narco de “Tavi” Celis, bajo el fundamento de “está sucio”.
🚨| ÚLTIMA HORA: Nayib Bukele ha iniciado una nueva ofensiva contra las pandillas. El Presidente de El Salvador ha ordenado a las fuerzas de seguridad, buscar, encontrar y capturar hasta el último pandillero del país para acabar la delincuencia. ¿Apoyas estas medidas de Bukele? pic.twitter.com/ZGdRlRtc6h