26 julio, 2024

El insólito fallo con perspectiva de género con el que absolvieron a las hijas de Lázaro Báez

Según los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Ángela Ledesma, las hijas del empresario no tenían grandes tareas dentro de la asociación ilícita por "ser mujeres". También le redujeron la condena a Lázaro Báez.
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10 Years Experiences

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La Cámara Federal de Casación Penal resolvió, este martes, confirmar la condena a Lázaro Báez y a otros 17 imputados en la causa de la Ruta del dinero K. Al ex dueño de la constructora se le redujo la condena de 12 a 10 años y sus hijas quedaron absueltas bajo un argumento de género.

“Quedó acreditado que el dueño del capital no declarado, que fue depositado a nombre de otras personas y, luego de la circulación propia de esta modalidad delictiva, ingresado en la cuenta de Austral Construcciones, siempre fue Lázaro Antonio Báez”, sostuvo el máximo tribunal de Comodoro Py.

Lázaro Báez junto a su hija, Luciana.
Lázaro Báez junto a su hija, Luciana

En una dividida decisión, el fallo incluyó que el tribunal consideró que la obra pública que recibió el dueño de Austral Construcción no fue el delito precedente para que el empresario llevara adelante las maniobra millonarias de lavado de dinero: 55 millones de dólares. Lo que parece contradecir la reciente condena de la vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner, señalada por desviar obras públicas a precios inflados a la constructora de Lázaro Báez. En ese debate, tanto Báez como Kirchner fueron condenados a 6 años de prisión.

Las sorpresas llegaron cuando los camaristas Ángela Ledesma, Mariano Borinsky y Javier Carbajo revisaron dicha sentencia y desvincularon de la corrupción en la vía pública como delito precedente del lavado, lo que daña directamente el origen del dinero que terminó en cuentas de los hijos de Báez en paraísos fiscales.

Melina Báez, hija de Lázaro
Melina Báez, hija de Lázaro

Puntualmente, sobre las absoluciones de Melina Soledad Báez y Luciana Sabrina Báez, Casación consideró -por voto mayoritario- que debían ser desligadas de la causa porque “sus respectivos pronunciamientos condenatorios se dictaron sin perspectiva de género, en particular, al momento de efectuar la valoración probatoria de los elementos recabados en su contra y de evaluar el contexto familiar al momento de los hechos”.

En ese marco, se remarcó que su padre Lázaro Báez, les adjudicó un rol menor por su “condición de mujer”. Un rol marginal que tenía como fin cuidar el espacio doméstico dentro de la familia, pero sin injerencia en la actividad empresarial, según el análisis de los camaristas que intentaron plantear una situación de género y señalar a Báez como machista.

A Lázaro Báez, finalmente, se le redujo la condena de 12 a 10 años.
A Lázaro Báez, finalmente, se le redujo la condena de 12 a 10 años

Por ello, Casación concluyó que las nombradas no tuvieron ninguna intervención real con la maniobra ilícita y dictaminaron las condenas: Lázaro Antonio Báez 10 años; Martín Antonio Báez 6 años y 6 meses; Jorge Oscar Chueco y Rodolfo Daniel Pérez Gadín 6 años; Julio Enrique Mendoza 5 años; Jorge Leonardo Fariña 3 años y 6 meses, quien obtuvo una reducción de pena por sus aportes como arrepentido; Juan Alberto De Rasis; Gustavo Fernández; Fabián Virgilio Rossi; Eduardo Guillermo Castro 4 años y 6 meses.

En tanto Federico Elaskar; Claudio Fernando Bustos; Alejandro Ons Costa; Martín Andrés Eraso y Leandro Antonio Báez serán 3 años de ejecución en suspenso y a Walter Feliciano Zanzot le aguardan 2 años y seis meses de pena.

Además de las condenas, a todos los mencionados y a las empresas Austral Construcciones S.A. (ACSA) y Top Air S.A., se los multó por montos que oscilan entre seis y dos veces el valor de las operaciones que realizaban, de U$D 109.600.000 a U$D 328.800.000. También se confirmó un decomiso de activos por el equivalente a 65 millones de dólares.

Redacción

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Capitanich y Aníbal en el banquillo de acusados | Arranca el juicio por corrupción en Fútbol Para Todos

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comenzó el juicio contra 14 personas, incluidos exfuncionarios y dirigentes del fútbol, por irregularidades y desvío de fondos en el programa “Fútbol Para Todos”. Este programa, impulsado por la Jefatura de Gabinete de Ministros y la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), buscaba televisar de manera pública y gratuita los partidos de fútbol entre 2009 y 2015. La próxima audiencia está fijada para el primero de julio.

En el banquillo de los acusados se encuentran figuras prominentes del kirchnerismo como los exjefes de Gabinete Aníbal Fernández y Jorge Capitanich, y el excoordinador del programa, Gabriel Mariotto. Junto a ellos, también están acusados varios exdirectivos de la AFA, como Luis Segura y Miguel Ángel Silva, así como directivos de Futbolistas Argentinos Agremiados y representantes de entidades crediticias involucradas en el escándalo financiero.

El Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Miguel Ángel Osorio y la fiscal de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Andrea Garmendia Orueta, acusa a los imputados de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública. En particular, se señala a Fernández y Segura como autores de estos delitos, mientras que Capitanich está imputado por violación de los deberes de funcionario público.

Durante la primera audiencia, el tribunal integrado por Ricardo Basílico, José Michilini y Adrián Grünberg, escuchó la acusación fiscal que detalla cómo los fondos públicos destinados al programa fueron desviados a cuevas financieras mediante maniobras fraudulentas. Según la fiscalía, estos desvíos resultaron en un significativo daño al patrimonio público, con fondos que debían fortalecer a los clubes de fútbol terminando en entidades crediticias.

El programa “Fútbol Para Todos” nació con la promesa de ofrecer acceso “libre y gratuito” a los partidos de fútbol y mejorar la situación económica de los clubes. Sin embargo, según la acusación, los objetivos no se cumplieron y los pasivos de los clubes aumentaron. Además, se cuestiona la legalidad de contratos de sponsoreo y la falta de auditorías en los clubes, lo que permitió maniobras de desvío de fondos a través del cobro de cheques en financieras.

Redacción

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Vivía amenazado: reveló la existencia de la mafia de Manzur en Mendoza y apareció muerto en Luján de Cuyo

*Por Christian Sanz, director periodístico de Diario Mendoza Today

“Hola Christian! Soy Osvaldo Rofrano presidente de Gases Aconcagua SA”. El mensaje me llegó por mensaje directo de Twitter el pasado 23 de mayo de 2024.

Acto seguido, el hombre me explicó: “Hoy está entrando a Mendoza una empresa Cascia S.A. que son testaferros de Juan Manzur, senador Nacional, líder narco del norte”.

A su vez, me reveló que se tuvo que ir del país “por amenazas que llegaron de Tucumán (…) Estoy a más de 10 mil km de Argentina”.

Le respondí al día siguiente, el 24 de mayo, y acordamos que me pasaría una serie de documentos y datos sobre aquella corrupción que juraba conocer.

En realidad, ya lo habíamos entrevistado en octubre del año pasado, lo cual derivó en un par de notas que fueron publicadas por Diario Mendoza Today. Esta fue una de ellas.

Pero ahora la cosa era diferente, más densa: Rofrano me aseguró que lo venían amenazando de muerte luego de tener una fuerte discusión con una tal Suárez, quien estaba instalando una empresa de gases medicinales en el parque industrial de Luján de Cuyo. En la trama aparecía el tópico del narcotráfico.

Le recomendé hacer una denuncia en el Ministerio Público Fiscal, incluso le expliqué que podía hacerla desde internet. Sin necesidad de concurrir a la Justicia de manera presencial. No al menos en un principio.

En esos días advirtió en sus redes sociales: “Ante las amenazas recibidas por tucumanos, aclaro: NO ME VOY A SUICIDAR. Cualquier daño que se produzca a nuestra familia y/o empresa, responsabilizo a los mafiosos líderes narco y trata que pretenden amedrentar a los que ponemos la vida para seguir generando trabajo y dignidad”.

Ello concluyó en el terrible hallazgo de este jueves: Rofrano apareció ahogado en la pileta de su vivienda, en Luján de Cuyo. Presuntamente con manos y pies atados con precintos.

Los investigadores persisten en decir que pudo haberse suicidado, ya que los mismos no estaban ajustados. Pero todo es muy extraño en estas horas. Demasiado.

Redacción

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Juez federal ordena el cierre de tabacalera en Rosario, deja a 261 familias sin sustento y es denunciado por prevaricato

La comunidad de Rosario se encuentra en estado de conmoción tras la resolución del juez federal, Gastón Salmain, que ordenó el cierre de la fábrica de tabacos Bronway Technology SA, dejando a 261 trabajadores sin empleo directo y afectando a más de 1.200 familias de manera indirecta. La PYME —que produce los cigarrillos Dolchester y Pier— había sido objeto de una denuncia en 2021 por la multinacional Massalin Particulares, conocida por marcas como Marlboro y Philip Morris.

Salmain, quien asumió su cargo en Rosario en junio, revivió la denuncia de Massalin y emitió un fallo que no solo favorece a la multinacional, sino que además instruye a la AFIP a no otorgar a Bronway las estampillas necesarias para la comercialización de sus cigarrillos, una medida que forzó el cierre de la planta sin esperar el pronunciamiento de la Cámara Federal de Rosario.

Darío Ippolito, presidente del directorio de Bronway Technology SA, denunció penalmente a Salmain por el delito de prevaricato ante el juzgado penal federal N° 4. “Este juez llegó a Rosario con la instrucción de cerrar nuestra fábrica. Creemos en la Justicia, quiero a este país y por eso voy a seguir. Voy a ir a declarar a cuanto juzgado me convoquen para que se llegue a la verdad, ya que tengo todas las reuniones documentadas”, declaró Ippolito.

La situación de Bronway se agrava al considerar que la planta, ubicada en el barrio Nuevo Alberdi de Rosario, había suspendido a 172 trabajadores en meses anteriores debido a la imposibilidad de comercializar sus productos por la falta de estampillas. La Cámara de Empresas Tabacaleras apuntó a la AFIP y a la Justicia Federal, sugiriendo que la decisión fue influenciada por intereses de la competencia, particularmente la empresa Sarandí.

Rodrigo Piaggio, del departamento de Ventas de Bronway, expresó la desesperación de los empleados: “Nos juntaron a todos y nos explicaron que la situación no da para más. Estamos muy preocupados. Son muchas familias, es terrible quedarse sin trabajo en esta época. No entendemos por qué en todas las provincias las tabacaleras funcionan con medidas cautelares para poder trabajar. Sólo en Rosario no nos dejan. Por favor pedimos una respuesta de la Justicia y de la AFIP para poder seguir trabajando”.

El nombre de Salmain no es nuevo en el ámbito judicial. Anteriormente, su candidatura a un puesto similar en Concordia fue objetada por irregularidades en sus exámenes y actividades vinculadas a reajustes jubilatorios. Además, Salmain trabajó en el estudio jurídico Servini y Asociados, vinculado a la jueza de Comodoro Py, Maria Servini de Cubría, lo que genera suspicacias sobre posibles influencias en sus decisiones.

Mientras tanto, diversas organizaciones gremiales han comenzado a realizar acciones para visibilizar la crisis laboral y en apoyo a los empleados de Bronway. Desde la Cámara Argentina Nacional de Empresas Tabacaleras (CANET), se denunció que los abogados de la AFIP acusaron falsamente a Bronway de abuso de medidas cautelares, argumento utilizado para revocar la inscripción de la empresa en el registro de tabacaleras.

Las próximas semanas serán cruciales para determinar el futuro de Bronway y sus empleados. Mientras tanto, Ippolito y otros afectados por la decisión de Salmain continúan buscando vías legales y de protesta para revertir el fallo. “Este jueves ingresamos a la Cámara Federal de Apelaciones un escrito donde le recordamos a los magistrados que lo sucedido ya había sido avisado. Rogamos que los jueces de un tribunal superior, que sabemos honrados, salven las fuentes de trabajo y coloquen las cosas en su lugar“, concluyó Ippolito.

Redacción

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CERCA DEL JUICIO FINAL | Confirmaron el procesamiento de Espinoza por abuso sexual

Mientras se muestra en actos oficiales acompañado por el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, quedó más cerca del juicio oral en su contra por abuso sexual contra una ex empleada suya.

Este miércoles, la Justicia confirmó el procesamiento del funcionario público bonaerense, en la causa por abuso sexual, tras la denuncia de su ex secretaria privada, quien lo acusó de “tocamientos impúdicos” e intento de violación.

La resolución fue tomada por la Sala VII de la Cámara del Crimen, que rechazó la apelación del referente del peronismo provincial y lo dejó al borde del juicio. Con las firmas de los jueces Rodolfo Pociello Argerich, Juan Cicciero y Ricardo Pinto, se complica la situación procesal de Espinoza.

El fallo, también convalidó la acusación por “desobediencia”, que se había hecho en primera instancia, luego de que el mandatario matancero desoyera “la orden de no tomar contacto ni directa ni indirecta con la víctima”, ya que le ofreció dinero a cambio de que levante la acusación en su contra.

Por ello, la Justicia le trabó un embargo por 1.500.000 de pesos a Espinoza, mientras avanza la causa que intenta desentrañar lo ocurrido el 10 de mayo de 2021, cuando la mujer que tenía 32 años y recientemente había empezado a trabajar para el intendente de manera informal, se sintió intimidada y abusada por el ex presidente del PJ bonaerense.

En ese momento, la jueza de primera instancia Fabiana Galletti, entendió que “la damnificada padeció inesperadamente los tocamientos impúdicos sobre su cuerpo sin su consentimiento por parte de quien se trataba su jefe en ese entonces y de una persona pública, y de la manera que pudo denunció lo ocurrido, con angustia y perturbada producto del accionar sorpresivo y deliberado del imputado de avasallar su libertad sexual aprovechando su autoridad, que la coloca naturalmente por su rol en una situación de desventaja”.


Redacción

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Río Negro: la Corte Suprema anuló la transferencia de tierras del Ejército a la comunidad mapuche

La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló la controversial cesión de 180 hectáreas de tierras de un cuartel del Ejército a una comunidad mapuche en Bariloche, impulsada por el kirchnerismo.

El fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, concluyó que la controversia legal no fue válida porque la provincia de Río Negro no fue consultada.

El conflicto judicial se originó cuando la jueza federal subrogante de Bariloche, Silvina Domínguez, jubilada desde entonces, dictaminó el 2 de febrero de 2022 a favor de un amparo presentado por la comunidad Millalonco Ranquehue. Este amparo solicitaba la entrega de 180 hectáreas del Batallón de Montaña del Ejército al Instituto de Asuntos Indígenas (INAI), para que sean transferidas a nombre de la comunidad mapuche.

El terreno en cuestión, ubicado en la ladera oeste del cerro Otto, está registrado a nombre del Ejército Argentino. La Corte Suprema determinó la anulación del caso debido a la omisión de citar a la provincia de Río Negro, la cual era necesaria para su participación en defensa en el juicio.

La comunidad mapuche había demandado al Estado Nacional para obtener el título de propiedad comunitaria sobre las tierras que afirmaba ocupar de manera “actual, tradicional y pública”, reconocidas por una resolución del INAI en 2012, basada en un relevamiento técnico, jurídico y catastral.

En primera instancia, se había ordenado al Poder Ejecutivo Nacional que, en 60 días desde la firmeza de la resolución, transfiriera gratuitamente el dominio de las tierras al INAI. El Ejército Argentino apeló la decisión fuera de plazo, y la Cámara Federal de General Roca rechazó el recurso por presentarse fuera de los términos procesales establecidos.

En 2023, tanto el Ejército Argentino como la fiscal general María Claudia Frezzini presentaron recursos extraordinarios contra la decisión judicial, los cuales fueron denegados, resultando en la presentación de quejas ante la Corte Suprema de Justicia. Este proceso también derivó en una causa penal contra los abogados estatales por presunto incumplimiento de sus deberes como funcionarios públicos, proceso en el cual la Cámara Federal de Casación Penal anuló los procesamientos. Esta decisión está actualmente recurrida ante la Corte Suprema.

Recientemente, la Corte Suprema declaró la nulidad del trámite judicial relacionado con la transferencia de las tierras, ordenando que la Provincia de Río Negro sea incluida en el proceso judicial.

El fallo se fundamentó en el artículo 75, inciso 17, de la Constitución Nacional, el cual establece competencias concurrentes entre la Nación y las provincias en materia de adjudicación de tierras a comunidades indígenas.

La Corte destacó que las normativas reglamentarias específicamente prevén la participación de las provincias en los procedimientos de adjudicación de tierras y criticó que, en este caso particular, el INAI había excluido inicialmente a la Provincia de Río Negro a petición de la comunidad mapuche, sin luego darle intervención en el proceso judicial para que pudiera ejercer sus derechos.

El caso ha tenido varias idas y vueltas, incluyendo decisiones previas de la Corte que suspendieron la entrega de las tierras con la intervención del procurador Eduardo Casal. Además, el fiscal Carlos Stornelli fue uno de los que impulsó las acciones legales contra los abogados que apelaron fuera de plazo, lo que impidió temporalmente la transferencia de parte del predio militar.


*FUENTE: Agencias

Redacción

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La Bancaria llevará a la Justicia la restitución del Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría

Este lunes, el gobierno reglamentó mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia DNU 652 que los trabajadores de la cuarta categoría volverán a pagar el Impuesto a las Ganancias. La medida generó una rápida reacción del gremio bancario, liderado por Sergio Palazzo, quien presentó una demanda judicial.

Palazzo, diputado nacional de Unión por la Patria y titular de La Bancaria, afirmó en una entrevista radial que el impuesto es “confiscatorio” y representa una “rebaja salarial encubierta”. Según sus cálculos, la medida afectará al 95% de los empleados bancarios, quienes verán cómo hasta el 16% de sus salarios es absorbido por el tributo, superando el 20% permitido para retenciones legales y no legales.

Sergio Palazzo, diputado nacional de Unión por la Patria y titular de La Bancaria

En su intervención, Palazzo ejemplificó la situación diciendo: “Imagínese una persona que, como tantas otras en Argentina, se separa y tiene que pagar una cuota alimentaria. Si su salario neto es de 1.200.000 pesos y debe pagar una cuota de 300.000 o 400.000 pesos, pagará impuestos sobre 800.000 pesos, lo que es menos de la canasta básica para no ser pobre. Es una cosa absolutamente ilógica, es alimentario el salario”.

El decreto establece que los trabajadores comenzarán a pagar el impuesto a partir de los $1.800.000 de ingreso bruto mensual para los solteros y desde $2.200.000 para los casados con dos hijos, con alícuotas que irán del 5 al 35 por ciento. Además, las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto se ajustarán semestralmente a partir de 2025, en los meses de enero y julio, por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.

El líder de La Bancaria recordó que la denuncia estaba preparada desde la semana pasada, a la espera de la ratificación de los números sobre el piso para no pagar. “Estamos pidiendo la legitimación, es decir, que sea La Bancaria la que pueda litigar y no los trabajadores, porque es abarcativo casi el 95% de los trabajadores”, subrayó.

Palazzo concluyó resaltando la disposición del gremio para defender los derechos de sus afiliados ante lo que consideran una medida injusta y perjudicial para los trabajadores bancarios.

Redacción

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