La Cámara Federal de Casación Penal resolvió, este martes, confirmar la condena a Lázaro Báez y a otros 17 imputados en la causa de la Ruta del dinero K. Al ex dueño de la constructora se le redujo la condena de 12 a 10 años y sus hijas quedaron absueltas bajo un argumento de género.
“Quedó acreditado que el dueño del capital no declarado, que fue depositado a nombre de otras personas y, luego de la circulación propia de esta modalidad delictiva, ingresado en la cuenta de Austral Construcciones, siempre fue Lázaro Antonio Báez”, sostuvo el máximo tribunal de Comodoro Py.
En una dividida decisión, el fallo incluyó que el tribunal consideró que la obra pública que recibió el dueño de Austral Construcción no fue el delito precedente para que el empresario llevara adelante las maniobra millonarias de lavado de dinero: 55 millones de dólares. Lo que parece contradecir la reciente condena de la vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner, señalada por desviar obras públicas a precios inflados a la constructora de Lázaro Báez. En ese debate, tanto Báez como Kirchner fueron condenados a 6 años de prisión.
Las sorpresas llegaron cuando los camaristas Ángela Ledesma, Mariano Borinsky y Javier Carbajo revisaron dicha sentencia y desvincularon de la corrupción en la vía pública como delito precedente del lavado, lo que daña directamente el origen del dinero que terminó en cuentas de los hijos de Báez en paraísos fiscales.
Puntualmente, sobre las absoluciones de Melina Soledad Báez y Luciana Sabrina Báez, Casación consideró -por voto mayoritario- que debían ser desligadas de la causa porque “sus respectivos pronunciamientos condenatorios se dictaron sin perspectiva de género, en particular, al momento de efectuar la valoración probatoria de los elementos recabados en su contra y de evaluar el contexto familiar al momento de los hechos”.
En ese marco, se remarcó que su padre Lázaro Báez, les adjudicó un rol menor por su “condición de mujer”. Un rol marginal que tenía como fin cuidar el espacio doméstico dentro de la familia, pero sin injerencia en la actividad empresarial, según el análisis de los camaristas que intentaron plantear una situación de género y señalar a Báez como machista.
Por ello, Casación concluyó que las nombradas no tuvieron ninguna intervención real con la maniobra ilícita y dictaminaron las condenas: Lázaro Antonio Báez 10 años; Martín Antonio Báez 6 años y 6 meses; Jorge Oscar Chueco y Rodolfo Daniel Pérez Gadín 6 años; Julio Enrique Mendoza 5 años; Jorge Leonardo Fariña 3 años y 6 meses, quien obtuvo una reducción de pena por sus aportes como arrepentido; Juan Alberto De Rasis; Gustavo Fernández; Fabián Virgilio Rossi; Eduardo Guillermo Castro 4 años y 6 meses.
En tanto Federico Elaskar; Claudio Fernando Bustos; Alejandro Ons Costa; Martín Andrés Eraso y Leandro Antonio Báez serán 3 años de ejecución en suspenso y a Walter Feliciano Zanzot le aguardan 2 años y seis meses de pena.
Además de las condenas, a todos los mencionados y a las empresas Austral Construcciones S.A. (ACSA) y Top Air S.A., se los multó por montos que oscilan entre seis y dos veces el valor de las operaciones que realizaban, de U$D 109.600.000 a U$D 328.800.000. También se confirmó un decomiso de activos por el equivalente a 65 millones de dólares.