31 julio, 2025

El insólito fallo con perspectiva de género con el que absolvieron a las hijas de Lázaro Báez

Según los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Ángela Ledesma, las hijas del empresario no tenían grandes tareas dentro de la asociación ilícita por "ser mujeres". También le redujeron la condena a Lázaro Báez.
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10 Years Experiences

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La Cámara Federal de Casación Penal resolvió, este martes, confirmar la condena a Lázaro Báez y a otros 17 imputados en la causa de la Ruta del dinero K. Al ex dueño de la constructora se le redujo la condena de 12 a 10 años y sus hijas quedaron absueltas bajo un argumento de género.

“Quedó acreditado que el dueño del capital no declarado, que fue depositado a nombre de otras personas y, luego de la circulación propia de esta modalidad delictiva, ingresado en la cuenta de Austral Construcciones, siempre fue Lázaro Antonio Báez”, sostuvo el máximo tribunal de Comodoro Py.

Lázaro Báez junto a su hija, Luciana.
Lázaro Báez junto a su hija, Luciana

En una dividida decisión, el fallo incluyó que el tribunal consideró que la obra pública que recibió el dueño de Austral Construcción no fue el delito precedente para que el empresario llevara adelante las maniobra millonarias de lavado de dinero: 55 millones de dólares. Lo que parece contradecir la reciente condena de la vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner, señalada por desviar obras públicas a precios inflados a la constructora de Lázaro Báez. En ese debate, tanto Báez como Kirchner fueron condenados a 6 años de prisión.

Las sorpresas llegaron cuando los camaristas Ángela Ledesma, Mariano Borinsky y Javier Carbajo revisaron dicha sentencia y desvincularon de la corrupción en la vía pública como delito precedente del lavado, lo que daña directamente el origen del dinero que terminó en cuentas de los hijos de Báez en paraísos fiscales.

Melina Báez, hija de Lázaro
Melina Báez, hija de Lázaro

Puntualmente, sobre las absoluciones de Melina Soledad Báez y Luciana Sabrina Báez, Casación consideró -por voto mayoritario- que debían ser desligadas de la causa porque “sus respectivos pronunciamientos condenatorios se dictaron sin perspectiva de género, en particular, al momento de efectuar la valoración probatoria de los elementos recabados en su contra y de evaluar el contexto familiar al momento de los hechos”.

En ese marco, se remarcó que su padre Lázaro Báez, les adjudicó un rol menor por su “condición de mujer”. Un rol marginal que tenía como fin cuidar el espacio doméstico dentro de la familia, pero sin injerencia en la actividad empresarial, según el análisis de los camaristas que intentaron plantear una situación de género y señalar a Báez como machista.

A Lázaro Báez, finalmente, se le redujo la condena de 12 a 10 años.
A Lázaro Báez, finalmente, se le redujo la condena de 12 a 10 años

Por ello, Casación concluyó que las nombradas no tuvieron ninguna intervención real con la maniobra ilícita y dictaminaron las condenas: Lázaro Antonio Báez 10 años; Martín Antonio Báez 6 años y 6 meses; Jorge Oscar Chueco y Rodolfo Daniel Pérez Gadín 6 años; Julio Enrique Mendoza 5 años; Jorge Leonardo Fariña 3 años y 6 meses, quien obtuvo una reducción de pena por sus aportes como arrepentido; Juan Alberto De Rasis; Gustavo Fernández; Fabián Virgilio Rossi; Eduardo Guillermo Castro 4 años y 6 meses.

En tanto Federico Elaskar; Claudio Fernando Bustos; Alejandro Ons Costa; Martín Andrés Eraso y Leandro Antonio Báez serán 3 años de ejecución en suspenso y a Walter Feliciano Zanzot le aguardan 2 años y seis meses de pena.

Además de las condenas, a todos los mencionados y a las empresas Austral Construcciones S.A. (ACSA) y Top Air S.A., se los multó por montos que oscilan entre seis y dos veces el valor de las operaciones que realizaban, de U$D 109.600.000 a U$D 328.800.000. También se confirmó un decomiso de activos por el equivalente a 65 millones de dólares.

Redacción

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ENTRE RÍOS | Un exfuncionario de Urribarri admitió que cobró coimas

Guillermo Smaldone, ex director de Trabajo y ex titular del Tribunal de Cuentas provincial, confesó ante el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná que recibió dinero de Cardona Herreros a cambio de favorecerlo en licitaciones de software durante la gestión de Urribarri. 

La audiencia, realizada el pasado martes, se resolvió por juicio abreviado. El acuerdo prevé una condena condicional y evita la cárcel, siempre que el juez lo convalide. Si la rechaza, Smaldone, que actuó como su propio abogado, será juzgado en debate oral; en ese escenario, el Ministerio Público Fiscal planeó pedir cinco años de prisión efectiva, inhabilitación especial perpetua y la misma multa económica.

Los fiscales Gonzalo Badano y Patricia Yedro describieron un mecanismo de sobornos probado —según lo calificaron, “contundente”— mediante correos electrónicos y facturación de consultorías falsas. Cardona Herreros recibía datos de los pliegos antes de cada llamado y aseguraba las adjudicaciones para su firma, Relevamientos Catastrales S.A.

El juez de Garantías Julián Vergara elevó la causa a juicio el 5 de junio. Quedaron imputados el ex gobernador Urribarri; el empresario Cardona Herreros; Smaldone; Carlos Haidar, ex director de Informática; Miguel Ulrich, ex director General de Ajustes y Liquidaciones; Luis Alfonso Erbes, ex subsecretario de Presupuesto y Finanzas; José Humberto Flores, ex secretario de Hacienda; y José Laporte, ex secretario Legal y Técnico. Para la etapa oral, la Fiscalía anunció que reclamará diez años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua y multa de 540 000 pesos para Urribarri; nueve años e iguales accesorias y multa para Cardona Herreros; seis años para Haidar; cinco para Erbes; cuatro años y medio para Ulrich; y tres años condicionales para Flores. La pena de Smaldone dependerá de la homologación del abreviado; la de Laporte será definida al comienzo del debate.

– Sergio Urribarri

El camino procesal de Smaldone fue cambiante: primero pidió el sobreseimiento, luego apeló el rechazo y finalmente desistió de esa audiencia, prevista para el 2 de julio, para sellar el acuerdo que ahora intenta validar. Su confesión lo convirtió en el primer condenado dentro de la causa “Coimas”, mientras los demás acusados esperan la fecha de inicio del juicio.

Redacción

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UTHGRA denunció a una concejal marplatense por malversar fondos sindicales en la compra de un departamento

La seccional Mar del Plata de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos (UTHGRA) llevó a los tribunales a la concejal y ex secretaria general Mercedes Morro y a su entonces tesorero, Horacio Darío Ocampo, por el supuesto desvío de fondos gremiales para adquirir un inmueble propio.

La denuncia, registrada como IPP N° 20440‑25 y radicada en la Unidad Fiscal de Instrucción N° 10 del Departamento Judicial marplatense, imputa a ambos el delito de malversación de fondos en provecho propio. El expediente se sostiene sobre una auditoría interna iniciada en diciembre de 2021, cuando la nueva conducción encabezada por Pablo Santín tomó posesión del sindicato.

– Segmento de la denuncia

Esa auditoría reveló –según consta en la presentación– un sistema contable “pésimamente organizado” y una serie de documentos comprometedores: correos electrónicos, facturas de servicios, comprobantes de transferencias bancarias y comunicaciones con la constructora Cuarzur Edificios S.A., responsable del edificio donde se ubica el departamento investigado.

Uno de los hallazgos centrales son catorce comprobantes de transferencias desde cuentas de UTHGRA a la empresa Cuarzur para pagar cuotas del departamento situado en Salta 3844, entre Matheu y Formosa. La unidad –al igual que una cochera en el mismo edificio– figura a nombre de Morro, no del sindicato.

El correo electrónico institucional también almacenaba gestiones realizadas por el área de Finanzas para diferir pagos y regularizar la cochera. En uno de esos mensajes, firmado por Ocampo, se lee: “Hablando con la Sra. Mercedes, surgió la idea de posponer la compra de la cochera para marzo, ya que actualmente no podemos afrontar los gastos que demandaría la firma del boleto. Máxime teniendo en cuenta que el día 10 de enero de 2017 debemos transferir el refuerzo por el departamento.”

La trazabilidad del beneficio personal se completa con facturas de EDEA y avisos del consorcio Cuarzur I que llegaban a casillas del gremio, todas a nombre de la concejal. “Los correos revelan que se usó la estructura administrativa del sindicato para pagar servicios y gestionar temas estrictamente privados”, sostiene la denuncia.

Desde la conducción actual, UTHGRA calificó la maniobra como “una operatoria sistemática de uso indebido de fondos” y repudió “un hecho grosero y explícito de corrupción, en el que se malversaron recursos que pertenecen a los trabajadores de la actividad hotelera y gastronómica de la ciudad, a quienes han perjudicado gravemente”.

El escrito judicial subraya que “existen elementos suficientes para creer que Morro utilizaba indebidamente los fondos de UTHGRA seccional Mar del Plata, y al personal de la misma, para la compra de un inmueble a título personal, aprovechándose de su condición de secretaria general y con la complicidad del Sr. Ocampo, quien autorizaba las transferencias e intercambiaba correos con la empresa Cuarzur”.

Para reconstruir el flujo del dinero, la querella solicitó al Banco Nación el detalle de todas las transferencias efectuadas a Cuarzur, EDEA y Camuzzi, además de un allanamiento a la constructora para secuestrar documentación relacionada.

“Este accionar inescrupuloso que daña la honorabilidad de la UTHGRA y de las familias hoteleras y gastronómicas, debe tener consecuencias. UTHGRA Mar del Plata no tolerará ningún tipo de abuso de poder ni uso indebido de los recursos que pertenecen a sus afiliadas y afiliados. Confiamos en que la verdad prevalecerá y se hará justicia”, concluyeron desde la conducción local.

Redacción

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CHACO | La Justicia investiga al presidente de LLA y Director de ANSES por afiliaciones truchas y extorsión

La Fiscalía Federal de Resistencia, dirigida por el Dr. Patricio Sabadini, se prepara para solicitar la detención de Alfredo “Capi” Rodríguez, director regional de ANSES y presidente de La Libertad Avanza en Chaco, tras la feria judicial de agosto. La investigación llevada a cabo revela un esquema de afiliaciones fraudulentas al partido político que habría afectado a personas vulnerables, incluyendo adultos mayores y personas con discapacidades.

Los datos son contundentes, con más de 17 personas citadas aleatoriamente del padrón partidario, 15 negaron haberse afiliado voluntariamente al partido. La gravedad del caso se incrementa por el perfil de las víctimas: personas de edad avanzada, algunos analfabetos o con enfermedades como Parkinson.

La jueza federal, Zunilda Niremperger, delegó la causa al fiscal Sabadini, quien ha confirmado irregularidades en al menos 13 casos donde las personas no reconocieron sus firmas en las fichas de afiliación. Según trascendió, Rodríguez habría utilizado su acceso a las bases de datos de ANSES para obtener información personal de ciudadanos y afiliarlos al partido sin su consentimiento.

El escándalo ha generado tensiones internas de LLA en Chaco. Un grupo de 300 militantes envió una carta a Karina Milei, Secretaria General de la Presidencia, solicitando la pericia del partido debido al manejo “autoritario” de Rodríguez, quien está alineado con los primos Menem, Martín y Eduardo, dentro de la estructura libertaria. Para sostener las afiliaciones, el partido que dio los avales a LLA de Chaco fue el de La Rioja, confirmando esta vinculación.

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En la carta, los militantes sostienen que “las personas que no responden al actual presidente provincial, que no simpatizan con él, no acatan ni avalan su autocracia, se les obstaculiza, ignora o rechaza la aceptación de su afiliación”.

Se lo acusa a Rodríguez principalmente por extorsión, delito tipificado en el artículo 168 del Código Penal , que establece una pena de reclusión o prisión de cinco a diez años, por “impedir la libre decisión de las personas”. La misma, consiste en obligar con violencia o intimidación a otra persona a realizar u omitir un acto en perjuicio de su patrimonio. En este caso, se investiga si Rodríguez exigía porcentajes de sueldos a empleados de ANSES como condición para mantener sus empleos.

La segunda imputación se refiere a falsedad documental agravada por su carácter de funcionario público. Este delito se configura cuando un funcionario público inserta declaraciones falsas en documentos públicos relativos a hechos que tales documentos deben probar. Se caracteriza por aprovechar el carácter auténtico de un documento para insertar declaraciones erróneas. El agravante por ser funcionario aumenta significativamente la pena, dado que vulnera la fe pública que el Estado deposita en sus funcionarios.

Fuentes judiciales indicaron que la medida cautelar realizada se basaría en la gravedad de los hechos conocidos y el riesgo de entorpecimiento en la indagación. Las afiliaciones fraudulentas habrían sido realizadas durante 2023 para cumplir con los requisitos de personería jurídica del partido en la provincia.

La calidad de afiliado se adquiere a partir de la resolución de los organismos partidarios competentes que aprueben la solicitud, o automáticamente si no se considera dentro de los 15 días hábiles. Crucialmente, la ley establece que no puede haber doble afiliación y que el registro de afiliados debe ser público.

Paralelamente, a comienzos del mes de julio, ANSES presentó una denuncia ante la Justicia Federal por una red de jubilaciones falsas que operaba a través de un estudio contable en Resistencia. La revisión, dirigida por el juez Ricardo Mianovich, reveló que se utilizaban declaraciones juradas rectificativas falsas para simular relaciones laborales inexistentes.

El mismo Rodríguez confirmó que se detectaron “unas treintena de jubilaciones truchas” y que el estudio involucrado cobraba 3 millones de pesos por los trámites fraudulentos. El análisis contó con el apoyo del Ministerio de Capital Humano dirigido por Sandra Pettovello.

Redacción

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ESCÁNDALO EN BOCA | Denunciaron al hermano de Riquelme por violencia de género: “Me dijo ‘putita’ y me puso una mano encima”

La situación de Boca Juniors es por demás complicada. La derrota ante Atlético Tucumán, que derivó en su eliminación de la Copa Argentina, volvió a exponer la crisis que subyace a los tropiezos deportivos: la cuestión institucional.

Una denuncia por violencia de género y amenazas hacia Cristian ‘Chanchi’ Riquelme, hermano de Juan Román y su mano derecha como presidente del club de la ribera, golpeó de lleno a la cúpula directiva.  

El caso tiene su complejidad y abunda en particularidades. La presunta víctima es Paula Inés Seminara, contadora de profesión que actualmente integra la Asamblea de Representantes del Boca. La mujer asegura tener todas las pruebas necesarias, irá “hasta las últimas consecuencias” y, por si fuera poco, radicó su denuncia penal en Estados Unidos, ya que los hechos habrían sucedido durante el enfrentamiento del Xeneize contra el equipo semiprofesional de Nueva Zelanda, Auckland City Football Club, en el marco del Mundial de Clubes. También hizo el correspondiente proceso de servir el caso ante la Justicia civil de Argentina.

También anunció que presentará una demanda ante el Departamento de Inclusión y de Igualdad de Boca Juniors “ya que cuenta con un protocolo ante este tipo de acciones”.

Su relato, filmado en formato vertical desde la cámara frontal de un celular, cobró una viralidad furiosa en las redes, y sin embargo, no tuvo su correspondiente peso editorial en las portadas de los medios deportivos más tradicionales.

Según el testimonio, ella se encontraba sola en el estadio Geodis Park de Nashville cuando Cristian Riquelme se acercó a la butaca y comenzó a amenazarla con insultarla: “Me dijo ‘putita’ y me puso una mano encima”. Todo habría ocurrido ante la mirada de dos dirigentes: Alejandro Veiga, prosecretario del club y militante K activo en redes, y Carlos Colombo, vocal titular y presidente del Departamento de Interior y Exterior, área que se ocupa tanto de la administración interna de Boca como de sus vínculos externos con otros clubes, federaciones y la proyección institucional xeneize.

– Veiga y Colombo

“Ante estos hechos me presenté en la justicia de los Estados Unidos. Hice una denuncia formal porque estoy convencida que no puedo ni podemos naturalizar este tipo de acciones. Esta persona (‘Chanchi’ Riquelme) está acostumbrada a manejarse con aprietes, con amenazas y, por sobre todas las cosas, con total impunidad”.

La mujer es simpatizante de Boca desde la cuna y socia desde hace más de tres décadas. Y no se trata de una hincha cualquiera: fue pareja y musa de Joaquín Sabina, quien la inmortalizó al nombrarla en su hit “Dieguitos y Mafaldas”. Ese antecedente artístico le otorga un peso simbólico propio dentro del universo cultural que rodea al club.

Seminara, candidata a integrar la comisión directiva en 2019 y 2023, critica la gestión de Riquelme aunque con un tono “moderado”. Por ejemplo, no ocultó su disgusto por el manejo que el club hizo de los casos de violencia de género que involucraron al hoy condenado Sebastián Villa y al exentrenador Jorge Martínez, denunciado por la jefa de prensa Florencia Marco.

Redacción

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La Justicia rechazó una indemnización de $20 millones por falta de pruebas en un caso vinculado a la dictadura

Integrada por los jueces Roberto Lemos Arias y César Álvarez, la Sala I de la Cámara Federal de La Plata rechazó la acción de daños y perjuicios que una víctima de la última dictadura promovió contra el Estado Nacional. 

La demanda pretendía $20 millones por lesiones físicas, secuelas psíquicas y daño moral derivados de la detención sufrida en 1976. El tribunal subrayó que la reclamante no acreditó el nexo causal entre ese episodio y las secuelas alegadas ni probó que la pensión graciable que cobra desde 2016 en virtud de la Ley 14.042  —norma bonaerense que otorga una pensión vitalicia a personas detenidas por motivos políticos entre 1974 y 1983— resulte insuficiente.

Los magistrados recordaron que, aun cuando los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles —conforme la Ley 27.586—, en sede civil rige la carga probatoria clásica: corresponde demostrar un hecho dañoso, un perjuicio cierto y un vínculo causal directo. 

Citando doctrina interamericana, el fallo afirmó que “las reparaciones deben tener nexo causal con los hechos del caso, las violaciones declaradas, los daños acreditados, así como las medidas solicitadas” y advirtió que “no es suficiente la formulación de alegatos abstractos o genéricos”.

En el análisis de la prueba, la Cámara calificó de “orfandad probatoria” la ausencia de pericias médicas concluyentes y destacó que el expediente psiquiátrico acompañado “no alcanza para formar una convicción clara” sobre la relación entre la patología y la detención. Entre los elementos valorados figuró la declaración testimonial de un familiar de la actora, quien dijo haber estado detenida con sus padres junto a la reclamante en la caballería de La Plata. 

El tribunal consideró que ese testimonio, pese a su vinculación familiar, resultó limitado y careció de datos objetivos sobre la extensión del cautiverio.

La sentencia reconoció el derecho de las víctimas a la reparación, remarcando que “los hechos ocurridos durante la dictadura militar constituyen un período oscuro de nuestra historia, cuyas víctimas tienen el derecho al reconocimiento y a medidas reparatorias por los perjuicios sufridos”. Sin embargo, enfatizó que la percepción previa de una pensión indemnizatoria no exime a la demandante de probar daños adicionales ni su eventual falta de suficiencia.

Por otro lado, la alzada ordenó dictar una nueva regulación de honorarios, ya que el juzgado de primera instancia había calculado los emolumentos sobre una base errónea de $38 millones en lugar de los $20 millones efectivamente reclamados.

La decisión reafirmó que quienes ya accedieron a beneficios administrativos deben presentar evidencia robusta si pretenden una compensación complementaria. Cada rubro reclamado, concluyeron los jueces, debe superar el examen de prueba objetiva y verificable para prosperar en sede judicial.

Redacción

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