01 agosto, 2025

Corte de Nueva York ordena reincorporar a los trabajadores despedidos por mandato de vacuna obligatoria

El juez Ralph Porzio señaló que la orden "arbitraria y caprichosa" había violado los derechos de los trabajadores de la ciudad "que se presentaron a trabajar, con gran riesgo para ellos mismos" durante la pandemia
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Un juez de la Corte Suprema del estado de Nueva York ordenó que los trabajadores de la ciudad que fueron despedidos por negarse a cumplir con el mandato de vacunación deben ser reincorporados y recibir salarios retroactivos.

El juez Ralph Porzio señaló en un fallo emitido el lunes que una orden en toda la ciudad que exigía que los trabajadores se vacunaran era “arbitraria y caprichosa” y había violado la doctrina de separación de poderes del estado. “Es hora de que la ciudad de Nueva York haga lo correcto y lo justo”, manifestó el magistrado.

Nueva York
La Corte Suprema de Nueva York.

La orden surgió de una demanda presentada por 16 empleados del Departamento de Saneamiento de la ciudad de Nueva York, quienes fueron despedidos en febrero por no cumplir con un mandato de vacunación. La orden también se aplicará a los más de 1400 trabajadores de la ciudad, incluidos cientos de policías, bomberos y empleados del Departamento de Educación, que perdieron sus trabajos.

“Acabamos de vencer el mandato de vacunación para todos los empleados de la ciudad”, celebró Chad Laveglia, un abogado que representa a los trabajadores de saneamiento, en un comunicado poco después de que se publicara el fallo judicial.

Chad Laveglia
Chad Laveglia, abogado que representa a los trabajadores de saneamiento.

El candidato republicano a gobernador, Lee Zeldin, observó que era un “fallo 100 por ciento correcto y justo” en una publicación de Twitter. “Nadie debería perder su trabajo por la decisión personal de vacunarse o no contra el Covid-19” subrayó,.

El fallo de 12 páginas del juez Porzio criticó duramente la orden del ex alcalde Bill de Blasio de exigir que los trabajadores de la ciudad recibieran dos dosis de la vacuna Pfizer o Moderna, que luego se extendió a los empleadores privados.

Lee Zeldin
El candidato republicano a gobernador, Lee Zeldin.

No hay nada en el expediente que respalde la racionalidad de mantener un mandato de vacunación para los empleados públicos, mientras se suspende el mandato para los empleados del sector privado o se crea una exclusión para ciertas profesiones, como atletas, artistas e intérpretes”, escribió el juez.

Esta es claramente una acción arbitraria y caprichosa porque estamos tratando con personas no vacunadas iguales que reciben un trato diferente por parte de la misma agencia administrativa”, resaltó el magistrado.

Bill de Blasio
El ex alcalde de Nueva York, Bill de Blasio.

El juez Porzio escribió que las tasas de vacunación en Nueva York habían alcanzado casi el 80 por ciento y que “no deberíamos castigar a las personas que se presentaron a trabajar, con gran riesgo para ellos y sus familias, mientras estábamos encerrados”.

En marzo, el alcalde de la ciudad de Nueva York, Eric Adams, enfrentó críticas por permitir que los atletas no vacunados jugaran partidos en casa, mientras la prohibición para los trabajadores de la ciudad no vacunados seguía vigente.

Redacción

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CHACO | La Justicia investiga al presidente de LLA y Director de ANSES por afiliaciones truchas y extorsión

La Fiscalía Federal de Resistencia, dirigida por el Dr. Patricio Sabadini, se prepara para solicitar la detención de Alfredo “Capi” Rodríguez, director regional de ANSES y presidente de La Libertad Avanza en Chaco, tras la feria judicial de agosto. La investigación llevada a cabo revela un esquema de afiliaciones fraudulentas al partido político que habría afectado a personas vulnerables, incluyendo adultos mayores y personas con discapacidades.

Los datos son contundentes, con más de 17 personas citadas aleatoriamente del padrón partidario, 15 negaron haberse afiliado voluntariamente al partido. La gravedad del caso se incrementa por el perfil de las víctimas: personas de edad avanzada, algunos analfabetos o con enfermedades como Parkinson.

La jueza federal, Zunilda Niremperger, delegó la causa al fiscal Sabadini, quien ha confirmado irregularidades en al menos 13 casos donde las personas no reconocieron sus firmas en las fichas de afiliación. Según trascendió, Rodríguez habría utilizado su acceso a las bases de datos de ANSES para obtener información personal de ciudadanos y afiliarlos al partido sin su consentimiento.

El escándalo ha generado tensiones internas de LLA en Chaco. Un grupo de 300 militantes envió una carta a Karina Milei, Secretaria General de la Presidencia, solicitando la pericia del partido debido al manejo “autoritario” de Rodríguez, quien está alineado con los primos Menem, Martín y Eduardo, dentro de la estructura libertaria. Para sostener las afiliaciones, el partido que dio los avales a LLA de Chaco fue el de La Rioja, confirmando esta vinculación.

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En la carta, los militantes sostienen que “las personas que no responden al actual presidente provincial, que no simpatizan con él, no acatan ni avalan su autocracia, se les obstaculiza, ignora o rechaza la aceptación de su afiliación”.

Se lo acusa a Rodríguez principalmente por extorsión, delito tipificado en el artículo 168 del Código Penal , que establece una pena de reclusión o prisión de cinco a diez años, por “impedir la libre decisión de las personas”. La misma, consiste en obligar con violencia o intimidación a otra persona a realizar u omitir un acto en perjuicio de su patrimonio. En este caso, se investiga si Rodríguez exigía porcentajes de sueldos a empleados de ANSES como condición para mantener sus empleos.

La segunda imputación se refiere a falsedad documental agravada por su carácter de funcionario público. Este delito se configura cuando un funcionario público inserta declaraciones falsas en documentos públicos relativos a hechos que tales documentos deben probar. Se caracteriza por aprovechar el carácter auténtico de un documento para insertar declaraciones erróneas. El agravante por ser funcionario aumenta significativamente la pena, dado que vulnera la fe pública que el Estado deposita en sus funcionarios.

Fuentes judiciales indicaron que la medida cautelar realizada se basaría en la gravedad de los hechos conocidos y el riesgo de entorpecimiento en la indagación. Las afiliaciones fraudulentas habrían sido realizadas durante 2023 para cumplir con los requisitos de personería jurídica del partido en la provincia.

La calidad de afiliado se adquiere a partir de la resolución de los organismos partidarios competentes que aprueben la solicitud, o automáticamente si no se considera dentro de los 15 días hábiles. Crucialmente, la ley establece que no puede haber doble afiliación y que el registro de afiliados debe ser público.

Paralelamente, a comienzos del mes de julio, ANSES presentó una denuncia ante la Justicia Federal por una red de jubilaciones falsas que operaba a través de un estudio contable en Resistencia. La revisión, dirigida por el juez Ricardo Mianovich, reveló que se utilizaban declaraciones juradas rectificativas falsas para simular relaciones laborales inexistentes.

El mismo Rodríguez confirmó que se detectaron “unas treintena de jubilaciones truchas” y que el estudio involucrado cobraba 3 millones de pesos por los trámites fraudulentos. El análisis contó con el apoyo del Ministerio de Capital Humano dirigido por Sandra Pettovello.

Redacción

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Edgardo Kueider irá a juicio oral en Paraguay acusado de tentativa de contrabando


Edgardo Kueider y su pareja, Iara Guinsel Costa, enfrentarán un juicio oral en Paraguay por intento de contrabando. Así lo dispuso el juez Humberto Otazú tras una audiencia preliminar que finalizó con la elevación del caso a juicio público.

Ambos rechazaron el pedido voluntario de extradición solicitado por la jueza federal argentina Sandra Arroyo Salgado. Permanecerán en prisión domiciliaria con tobillera electrónica mientras continúa el proceso en Asunción.

La acusación fiscal sostiene que, en diciembre de 2024, Kueider y Guinsel ingresaron al país vecino con más de 211.000 dólares, 3,9 millones de pesos argentinos y 640.000 guaraníes sin declarar. Sólo una fracción menor fue devuelta por la Aduana paraguaya.

Los fiscales involucrados describieron el caso como contrabando en grado de tentativa. Para la legislación guaraní, el dinero no declarado equivale a mercadería prohibida y las penas previstas alcanzan hasta cinco años de prisión efectiva si se supera el umbral de dos años.

El fiscal Ysrael Villalba Ramírez presentó la acusación formal en junio de 2025, tras un semestre de investigación. Varios intentos de nulidad que presentó la defensa fueron rechazados por Otazú, quien además determinó que la excepción de inconstitucionalidad no suspende el proceso.

La Policía Nacional de Paraguay, Aduanas y la unidad de delitos económicos intervinieron en el operativo. Interceptaron el vehículo en el Puente de la Amistad y secuestraron una mochila con las divisas en el asiento trasero de la camioneta que pertenecía a terceros.

La audiencia preliminar se realizó en el Juzgado Penal de Delitos Económicos y finalizó a media mañana, tras analizar pruebas como videos de circuito cerrado y registros de la Aduana. La defensa ya se había opuesto a esas pruebas, pero el juez avaló su validez.

Mientras tanto, la Justicia argentina insiste en avanzar contra Kueider por lavado de activos y enriquecimiento ilícito. La jueza Arroyo Salgado solicitó su extradición tras considerarlo parte del entramado investigado en la causa Securitas‑Enersa.

La decisión guaraní deja a la justicia argentina en suspenso. Si Kueider es condenado en Paraguay, podría cumplir esa pena primero en territorio vecino y recién luego ser extraditado, dependiendo de decisiones diplomáticas y judiciales.

Redacción

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ENTRE RÍOS | Un exfuncionario de Urribarri admitió que cobró coimas

Guillermo Smaldone, ex director de Trabajo y ex titular del Tribunal de Cuentas provincial, confesó ante el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná que recibió dinero de Cardona Herreros a cambio de favorecerlo en licitaciones de software durante la gestión de Urribarri. 

La audiencia, realizada el pasado martes, se resolvió por juicio abreviado. El acuerdo prevé una condena condicional y evita la cárcel, siempre que el juez lo convalide. Si la rechaza, Smaldone, que actuó como su propio abogado, será juzgado en debate oral; en ese escenario, el Ministerio Público Fiscal planeó pedir cinco años de prisión efectiva, inhabilitación especial perpetua y la misma multa económica.

Los fiscales Gonzalo Badano y Patricia Yedro describieron un mecanismo de sobornos probado —según lo calificaron, “contundente”— mediante correos electrónicos y facturación de consultorías falsas. Cardona Herreros recibía datos de los pliegos antes de cada llamado y aseguraba las adjudicaciones para su firma, Relevamientos Catastrales S.A.

El juez de Garantías Julián Vergara elevó la causa a juicio el 5 de junio. Quedaron imputados el ex gobernador Urribarri; el empresario Cardona Herreros; Smaldone; Carlos Haidar, ex director de Informática; Miguel Ulrich, ex director General de Ajustes y Liquidaciones; Luis Alfonso Erbes, ex subsecretario de Presupuesto y Finanzas; José Humberto Flores, ex secretario de Hacienda; y José Laporte, ex secretario Legal y Técnico. Para la etapa oral, la Fiscalía anunció que reclamará diez años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua y multa de 540 000 pesos para Urribarri; nueve años e iguales accesorias y multa para Cardona Herreros; seis años para Haidar; cinco para Erbes; cuatro años y medio para Ulrich; y tres años condicionales para Flores. La pena de Smaldone dependerá de la homologación del abreviado; la de Laporte será definida al comienzo del debate.

– Sergio Urribarri

El camino procesal de Smaldone fue cambiante: primero pidió el sobreseimiento, luego apeló el rechazo y finalmente desistió de esa audiencia, prevista para el 2 de julio, para sellar el acuerdo que ahora intenta validar. Su confesión lo convirtió en el primer condenado dentro de la causa “Coimas”, mientras los demás acusados esperan la fecha de inicio del juicio.

Redacción

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Renunció un candidato de LLA tras ser procesado por golpear a su ex pareja ante sus hijos

Maximiliano Ezequiel Cobas, de 47 años y ubicado en el quinto puesto de la lista de La Libertad Avanza al Concejo Deliberante de Lobos (Buenos Aires), renunció a su candidatura después de que la Justicia lo imputó por violencia de género. El jueves por la noche se difundió un video de 20 segundos que lo mostró irrumpir por la fuerza en la casa de su ex pareja, golpearla en el pómulo derecho y forcejear ante la mirada aterrada de sus dos hijos: una niña parada a su lado y un niño, de unos cuatro años, que intentó interponerse entre ambos.

Personal de la Policía de Seguridad Comunal arribó minutos después. La mujer, de 37 años, recibió asistencia del SAME por una crisis nerviosa y la lesión facial, mientras Cobas fue trasladado a la comisaría local. La Unidad Funcional de Instrucción N1 de Saladillo, a cargo de la fiscal Patricia Hortel, lo acusó por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y violación de domicilio en concurso real. El Juzgado de Garantías no ordenó su detención por la pena en expectativa y porque no registró antecedentes penales.

Un juzgado de paz dictó una cautelar hasta marzo de 2026: cese de todo hostigamiento, prohibición de contacto o acercamiento a menos de 200 metros, entrega de un botón antipánico y custodia policial por tres días; además, obligó a Cobas a someterse a tratamiento psicológico. Fuentes de la causa señalaron que no constan denuncias previas de violencia de género contra el ahora ex candidato.

Tras ser notificado de la causa, Cobas recuperó la libertad y quedó ligado al expediente en calidad de imputado. La fiscal Hortel informó que aguardaba el sumario policial para profundizar la investigación y ordenar nuevas medidas de prueba.

El episodio tomó estado público cuando el video se viralizó y generó repudio en redes sociales. Esa misma noche, LLA Lobos informó que, tras ser obligado a dejar la candidatura, Cobas presentó su “renuncia voluntaria e indeclinable”. “La Libertad Avanza sostiene los principios de la vida, la libertad y la propiedad privada, y exigimos a nuestros integrantes un compromiso ético con las normas de convivencia republicana, el respeto a las instituciones y el principio de no agresión, pilares esenciales de una sociedad libre y ordenada”, subrayó el comunicado.

Con la vacante que dejó Cobas, la nómina incorporó al primer concejal suplente, Sergio Estrada.

Los comicios municipales se celebrarán el 7 de septiembre; en esa jornada electoral, cuatro fuerzas políticas disputarán las ocho bancas en el Concejo Deliberante y las tres del Consejo Escolar. Cobas, dedicado al negocio de las fotocopias según registros de ARCA, había sido promovido por el espacio libertario como parte de su estrategia para ampliar representación en distritos bonaerenses; su reemplazo mantuvo el orden original de la boleta.

Fuentes judiciales remarcaron que, aunque la pena en expectativa es excarcelable, las medidas de protección podrán extenderse o modificarse según la evolución de la causa. Mientras tanto, la víctima y sus hijos permanecieron bajo seguimiento de los equipos interdisciplinarios del municipio.

Redacción

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La Justicia rechazó una indemnización de $20 millones por falta de pruebas en un caso vinculado a la dictadura

Integrada por los jueces Roberto Lemos Arias y César Álvarez, la Sala I de la Cámara Federal de La Plata rechazó la acción de daños y perjuicios que una víctima de la última dictadura promovió contra el Estado Nacional. 

La demanda pretendía $20 millones por lesiones físicas, secuelas psíquicas y daño moral derivados de la detención sufrida en 1976. El tribunal subrayó que la reclamante no acreditó el nexo causal entre ese episodio y las secuelas alegadas ni probó que la pensión graciable que cobra desde 2016 en virtud de la Ley 14.042  —norma bonaerense que otorga una pensión vitalicia a personas detenidas por motivos políticos entre 1974 y 1983— resulte insuficiente.

Los magistrados recordaron que, aun cuando los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles —conforme la Ley 27.586—, en sede civil rige la carga probatoria clásica: corresponde demostrar un hecho dañoso, un perjuicio cierto y un vínculo causal directo. 

Citando doctrina interamericana, el fallo afirmó que “las reparaciones deben tener nexo causal con los hechos del caso, las violaciones declaradas, los daños acreditados, así como las medidas solicitadas” y advirtió que “no es suficiente la formulación de alegatos abstractos o genéricos”.

En el análisis de la prueba, la Cámara calificó de “orfandad probatoria” la ausencia de pericias médicas concluyentes y destacó que el expediente psiquiátrico acompañado “no alcanza para formar una convicción clara” sobre la relación entre la patología y la detención. Entre los elementos valorados figuró la declaración testimonial de un familiar de la actora, quien dijo haber estado detenida con sus padres junto a la reclamante en la caballería de La Plata. 

El tribunal consideró que ese testimonio, pese a su vinculación familiar, resultó limitado y careció de datos objetivos sobre la extensión del cautiverio.

La sentencia reconoció el derecho de las víctimas a la reparación, remarcando que “los hechos ocurridos durante la dictadura militar constituyen un período oscuro de nuestra historia, cuyas víctimas tienen el derecho al reconocimiento y a medidas reparatorias por los perjuicios sufridos”. Sin embargo, enfatizó que la percepción previa de una pensión indemnizatoria no exime a la demandante de probar daños adicionales ni su eventual falta de suficiencia.

Por otro lado, la alzada ordenó dictar una nueva regulación de honorarios, ya que el juzgado de primera instancia había calculado los emolumentos sobre una base errónea de $38 millones en lugar de los $20 millones efectivamente reclamados.

La decisión reafirmó que quienes ya accedieron a beneficios administrativos deben presentar evidencia robusta si pretenden una compensación complementaria. Cada rubro reclamado, concluyeron los jueces, debe superar el examen de prueba objetiva y verificable para prosperar en sede judicial.

Redacción

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ESCÁNDALO EN BOCA | Denunciaron al hermano de Riquelme por violencia de género: “Me dijo ‘putita’ y me puso una mano encima”

La situación de Boca Juniors es por demás complicada. La derrota ante Atlético Tucumán, que derivó en su eliminación de la Copa Argentina, volvió a exponer la crisis que subyace a los tropiezos deportivos: la cuestión institucional.

Una denuncia por violencia de género y amenazas hacia Cristian ‘Chanchi’ Riquelme, hermano de Juan Román y su mano derecha como presidente del club de la ribera, golpeó de lleno a la cúpula directiva.  

El caso tiene su complejidad y abunda en particularidades. La presunta víctima es Paula Inés Seminara, contadora de profesión que actualmente integra la Asamblea de Representantes del Boca. La mujer asegura tener todas las pruebas necesarias, irá “hasta las últimas consecuencias” y, por si fuera poco, radicó su denuncia penal en Estados Unidos, ya que los hechos habrían sucedido durante el enfrentamiento del Xeneize contra el equipo semiprofesional de Nueva Zelanda, Auckland City Football Club, en el marco del Mundial de Clubes. También hizo el correspondiente proceso de servir el caso ante la Justicia civil de Argentina.

También anunció que presentará una demanda ante el Departamento de Inclusión y de Igualdad de Boca Juniors “ya que cuenta con un protocolo ante este tipo de acciones”.

Su relato, filmado en formato vertical desde la cámara frontal de un celular, cobró una viralidad furiosa en las redes, y sin embargo, no tuvo su correspondiente peso editorial en las portadas de los medios deportivos más tradicionales.

Según el testimonio, ella se encontraba sola en el estadio Geodis Park de Nashville cuando Cristian Riquelme se acercó a la butaca y comenzó a amenazarla con insultarla: “Me dijo ‘putita’ y me puso una mano encima”. Todo habría ocurrido ante la mirada de dos dirigentes: Alejandro Veiga, prosecretario del club y militante K activo en redes, y Carlos Colombo, vocal titular y presidente del Departamento de Interior y Exterior, área que se ocupa tanto de la administración interna de Boca como de sus vínculos externos con otros clubes, federaciones y la proyección institucional xeneize.

– Veiga y Colombo

“Ante estos hechos me presenté en la justicia de los Estados Unidos. Hice una denuncia formal porque estoy convencida que no puedo ni podemos naturalizar este tipo de acciones. Esta persona (‘Chanchi’ Riquelme) está acostumbrada a manejarse con aprietes, con amenazas y, por sobre todas las cosas, con total impunidad”.

La mujer es simpatizante de Boca desde la cuna y socia desde hace más de tres décadas. Y no se trata de una hincha cualquiera: fue pareja y musa de Joaquín Sabina, quien la inmortalizó al nombrarla en su hit “Dieguitos y Mafaldas”. Ese antecedente artístico le otorga un peso simbólico propio dentro del universo cultural que rodea al club.

Seminara, candidata a integrar la comisión directiva en 2019 y 2023, critica la gestión de Riquelme aunque con un tono “moderado”. Por ejemplo, no ocultó su disgusto por el manejo que el club hizo de los casos de violencia de género que involucraron al hoy condenado Sebastián Villa y al exentrenador Jorge Martínez, denunciado por la jefa de prensa Florencia Marco.

Redacción

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