Chaco | Destituyen a jueza que amenazó de muerte a un albañil: “TE ENCAJO UN TIRO”
Un Jurado de Enjuiciamiento destituyó a una magistrada que se desempeñaba en el Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia 1 de la ciudad de Villa Ángela, por amenazar a su albañil.
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Este martes un Jurado de Enjuiciamiento decidió destituir a una individua argentina que se desempeñaba en el juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia 1 de la ciudad de Villa Ángela, ubicada en la provincia de Chaco en Argentina. Se trata de Laura Verónica Buyatti, mujer de 51 años que amenazó de muerte a un albañil llamado Marcelo Acosta que le cobró una deuda de unos servicios que realizó en la casa de la expareja de la fémina.
La ex jueza amenazó a Marcelo en una llamada que sostuvieron a través de la plataforma de WhatsApp, donde el trabajador le dijo a Laura que iba a “encadenarse” si no le pagaba la deuda de 300 mil pesos argentinos (alrededor de 28 mil lempiras) por el trabajo que le realizó, lo cual negaba Buyatti, según se detalló en la sentencia del jurado.
Según Infobae, el caso data del 21 de diciembre de 2022, donde los audios de las amenazas se viralizaron en internet, por lo que la Fiscalía de Argentina comenzó con las investigaciones correspondientes. Entre las amenazas que hizo, Laura Buyatti le indicó a Marcelo Acosta que le podía “encajar” un disparo en la cabeza, además, le recordó que ella era jueza y que “con ella se atuviera a las consecuencias” y hasta le expresó que podía mandarlo a la cárcel.
Sobre ello, la mujer de 51 años alegó que “estaba fuera de sí” y que se sentía hostigada y en peligro por el albañil, sin embargo, los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento decidieron removerla de su cargo por los delitos de amenazas agravadas y abuso de poder de autoridad. En el audio Marcelo habla con un tono de voz tranquilo, mientras que Laura se exalta contra él. Se puede apreciar que, desde el inicio, Buyatti indicaba que era una jueza, a lo que Acosta le expresaba que “no le había hecho nada”.
” En el Chaco, te pueden triturar y tirar a los chanchos o te encajan un tiro en el medio de la frente “.Esto último, parece ser lo que dice la jueza Laura Verónica Buyatti.Gobierno de @jmcapitanich pic.twitter.com/kZotEpLqVF
Posteriormente, la ex jueza le indicó que “se atuviera a las consecuencias” y que si llegaba (refiriéndose a que si iba a su casa) ella le iba a “encajar un tiro en el medio de la frente”, por lo que el hombre le comentó que él no le faltaba el respeto. Al final, Marcelo Acosta le indicó que “solo quería su plata”.
Todo ello se lo dijo en uno de los audios de la conversación, sin embargo, según Infobae, hay más audios de la plática entre los sujetos.
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Una encuesta nacional de la consultora Zuban Córdoba, realizada sobre 1.400 casos (margen con 95% de confianza), preguntó a los argentinos si había que limitar la compra de tierras por parte de extranjeros.
El resultado fue contundente, con un 77% respondiendo que sí hay que limitarla, un 16.7% dijo estar en desacuerdo con esas restricciones, y un 6.3% no tenía una posición definida sobre el tema. Es decir, prácticamente ocho de cada diez argentinos rechazan la idea de “extranjerizar” la tierra, más allá de las diferencias ideológicas que suelen dividir a la opinión pública en otros temas.
Este dato es relevante porque se conoció justo antes de la votación clave en el Senado, y funciona como una señal política que la oposición y las organizaciones sociales usan para presionar a los legisladores indecisos.
La encuesta se enmarca en el debate por la “Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada”, un proyecto que el Gobierno del presidente Javier Milei envió al Congreso en marzo de 2026, como parte del paquete de reformas anunciado en la Asamblea Legislativa del 1° de marzo.
No se trata de una ley exclusivamente sobre tierras, sino de una iniciativa que reúne varios capítulos. En materia de expropiaciones, establece criterios más estrictos para definir la “utilidad pública” y garantiza una indemnización plena al expropiado, calculada sobre la base de la valuación previa al anuncio de la medida.
En cuanto a los desalojos, incorpora un mecanismo sumarísimo para expulsar usurpadores, aunque, tras la negociación con la oposición dialoguista, se resolvió ampliar a diez días los plazos para los inquilinos en mora, dejando la entrega inmediata solo para los casos de usurpación. Además, modifica la Ley de Manejo del Fuego y deroga artículos de la norma sancionada en 2020, durante el impulso de Máximo Kirchner, que prohibía por 60 años la venta de bosques nativos, humedales y áreas protegidas afectadas por incendios. El capítulo más polémico, sin embargo, es el referido a la Ley de Tierras Rurales, que introduce cambios sobre la ley 26.737, vigente desde 2011.
La Ley de Tierras Rurales, sancionada en 2011 durante el segundo mandato de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, fijó una serie de restricciones a la propiedad extranjera sobre tierras rurales que hoy están en el centro del debate. La norma estableció un límite del 15% de tierras rurales en manos de extranjeros a nivel nacional, provincial y municipal, dispuso que una misma nacionalidad no pudiera concentrar más del 30% de ese porcentaje, impidió que un mismo titular extranjero adquiriera más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo —o su equivalente en otras regiones— y prohibió la compra de inmuebles que contengan o sean lindantes con cuerpos de agua permanentes, una disposición que cobró notoriedad por el caso de Lago Escondido, propiedad del empresario británico Joseph Lewis.
El proyecto de Milei, redactado por el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger, buscaba eliminar directamente esos topes porcentuales para las adquisiciones privadas y reemplazarlos por un sistema de autorizaciones administrativas y avales provinciales. Según cálculos oficiales, esto podría triplicar la superficie en manos extranjeras, que hoy asciende a 13.2 millones de hectáreas, concentradas principalmente en ciudadanos de Estados Unidos, Italia y España.
Entre los puntos más sensibles que señalan especialistas y organizaciones ambientales está la posible derogación del artículo que prohíbe comprar tierras ribereñas de lagos y ríos permanentes, lo que habilitaría, por ejemplo, la venta de lagos patagónicos de agua dulce, bosques nativos, zonas de cordillera con minerales críticos y acuíferos que abastecen a millones de personas. También se modificaría el régimen de tierras en zonas de frontera, algo que genera preocupación por posibles efectos sobre el contrabando y el narcotráfico si se habilita la extranjerización de áreas limítrofes.
Quién gana y quién se opone
Entre los interesados en la eliminación del límite del 15%, se encuentran el Grupo Benetton —ya uno de los mayores productores de lana de oveja del país— y fondos soberanos de países árabes. Del otro lado, el rechazo social es amplio: se movilizan la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) bajo la consigna "por la tierra y el agua", la Confederación General del Trabajo de la República Argentina (CGT, con el lema "nuestro suelo es soberanía, no mercancía"), organizaciones campesinas e indígenas, sectores eclesiásticos y ambientalistas, y referentes de la oposición como la diputada peronista Cecilia Moreau, quien llamó a "salir a las calles" el 6 de agosto.
Curiosamente, incluso la Sociedad Rural —tradicionalmente alineada con el Gobierno— apoya mantener ciertas restricciones, lo que muestra que el rechazo no es solo de sectores kirchneristas o progresistas, sino que atraviesa a actores del propio universo agropecuario.
— Cecilia Moreau
El proyecto tuvo un trámite accidentado desde el comienzo. En mayo de 2026 obtuvo dictamen en comisiones tras varias modificaciones, donde se eliminó por completo el capítulo que afectaba el programa de regularización de tierras en villas (RENABAP), a pedido de la Iglesia Católica, y se moderó el mecanismo de desalojo sumarísimo.
Pese a esos cambios, el oficialismo intentó llevarlo al recinto en julio y fracasó cuatro veces consecutivas por falta de quórum o de votos suficientes, lo que llevó a Milei a calificar a los opositores como "enemigos del progreso”.
Tras ese cuarto fracaso, la senadora nacional y jefa del bloque oficialista Patricia Bullrich, junto a Sturzenegger negociaron una nueva versión (el dictamen número 15) que introduce cambios para intentar destrabar la votación. La medida deja a cada provincia la jurisdicción plena sobre su territorio, prohíbe la compra de tierras rurales por parte de Estados extranjeros o empresas con participación estatal extranjera —salvo autorización provincial y del Poder Ejecutivo— y elimina el artículo de "silencio administrativo" que daba por autorizada una venta si el Estado no se pronunciaba en seis meses.
— Patricia Bullrich y Federico Sturzenegger
El Senado tiene previsto retomar el debate y votar el proyecto el jueves 6 de agosto de 2026. Bullrich aseguró que el bloque oficialista ya cuenta con los votos necesarios gracias al respaldo de gobernadores dialoguistas, pero la incertidumbre persiste, especialmente por la postura de los senadores misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, presionados en su provincia para votar en contra del capítulo de tierras.
Para ese mismo día, organizaciones sociales, ambientales, eclesiásticas, sindicales y de la oposición —agrupadas bajo consignas como "por la tierra y el agua" y "Argentina no se vende"— convocaron a una movilización frente al Congreso, con el hashtag #lasoberanianosenegocia. La semana previa ya se realizaron talleres, radios abiertas y banderazos preparatorios. La apuesta de estos sectores es que la presión, sumada al fuerte rechazo social que muestra la encuesta de Zuban Córdoba, termine de inclinar a los senadores todavía indecisos.
La tragedia del ARA San Juan, ocurrida en 2017, marcó el inicio de un extenso proceso judicialque busca esclarecer las responsabilidades por el naufragio y las 44 víctimas fatales. Tras casi nueve años, el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz dictó sentencia: condenó al excomandante de la Fuerza de Submarinos, Claudio Villamide, a tres años de prisión en suspenso (sin prisión efectiva por tratarse de una condena de menos de tres años) por estrago culposo agravado y absolvió a otros tres exjefes.
Este veredicto, lejos de cerrar el caso, encendió una fuerte tensión interna en la Marina y provocó el rechazo inmediato de los familiares de los tripulantes. El fallo ha abierto una nueva disputa sobre quiénes y cómo deben juzgar la conducta militar ante desastres de esta magnitud.
El ARA San Juan, submarino clase TR-1700, cuando atracaba en el puerto.
El fallo que sacudió a la Armada
La condena a Villamide causó un impacto profundo en la Marina. Voces de la Fuerza sostienen que la justicia civil evitó profundizar en la cadena de mando y utilizó al excomandante como fusible para evitar confrontar al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas.
Desde la visión naval, el criterio de los jueces fue puramente político. Argumentan que se dictó la pena mínima para evitar la cárcel efectiva, validando la responsabilidad sólo porque el ámbito militar ya lo había señalado. Esta interpretación genera incertidumbre sobre la autoridad de los comandantes superiores ante fallas técnicas de sus subordinados, dejando en duda el principio de mando sobre la operatividad de las unidades.
Claudio Villamide, excomandante de la Fuerza de Submarinos, quien fue condenado.
La embestida por el Código de Justicia Militar
Tras la sentencia, el reclamo puertas adentro de la Armada se intensificó. La postura predominante exigevolver a implementar el Código de Justicia Militar. El objetivo es que los eventos ocurridos en cumplimiento del servicio no sean juzgados bajo parámetros civiles.
Para la cúpula naval, este cambio es indispensable para el futuro. Sostienen que, de producirse un nuevo incidente, la evaluación debe realizarse exclusivamente dentro de los tribunales castrenses. Consideran que lo actuado por la justicia federal fue jurídicamente aceptable, pero militarmente es un caos que vulnera la estructura jerárquica.
El Juicio a las Juntas en 1985, el resultado del traslado de jurisdicción de la Justicia castrense a la Justicia civilen octubre de 1984.
La voz de las familias y la apelación
La querella, que representa a los familiares de los 44 tripulantes, expresó un profundo rechazo al veredicto. La abogada Valeria Carreras calificó la sentencia como ofensiva, al considerar que una pena de tres años en suspenso no guarda relación con la magnitud de la tragedia.
Ante este escenario, la querella confirmó que apelará la decisión del tribunal. El objetivo central es revertir las absoluciones y obtener condenas de cumplimiento efectivo para todos los responsables. Paralelamente, trabajan en un proyecto para modificar el Código Penal y aumentar las penas previstas para el delito de estrago culposo agravado, bajo el argumento de que la figura actual no contempla la escala del desastre según el número de víctimas.
Familiares de los tripulantes del ARA San Juan.
La encrucijada técnica y jurídica
La condena a Villamide se sostiene sobre la omisión de control del Comando de la Fuerza de Submarinos tras el informe de navegación de julio de 2017, especialmente vinculado a la válvula ECO-19. La acusación consideró que el excomandante no adoptó las medidas suficientes para determinar qué había sucedido con dicho componente, incrementando un riesgo que se materializó meses después.
A pesar de esto, el juicio no pudo demostrar con certeza qué ocurrió en el momento del colapso. La defensa de Villamide argumentó que no existía una avería persistente informada y que el submarino operó con normalidad tras los episodios de julio.
Con los fundamentos del fallo previstos para el 21 de agosto, el tribunal deberá aclarar cómo vinculó la omisión funcional con el estrago que provocó la pérdida de la nave, una incógnita que aún divide las interpretaciones técnicas y penales del caso.
Raúl Padró, legislador mandato cumplido, dialogó con RADIO REALPOLITIK FM sobre el proceso de enjuiciamiento al juez federal Alfredo López. Durante la entrevista, cuestionó a quienes impulsan la acusación, rechazó las denuncias por presuntas expresiones antisemitas y sostuvo que detrás del caso existe un intento de disciplinamiento político. A lo largo de la conversación, remarcó que su presencia en la audiencia fue en calidad de ciudadano y defendió la trayectoria del magistrado.
“Alfredo López es un hombre que tiene una trayectoria de 40 años en la justicia, todos lo sabemos, inmaculado, un hombre impoluto”, afirmó Padró al explicar por qué decidió acompañar al juez durante el proceso.
En ese sentido, cuestionó a los denunciantes y aseguró que carecen de autoridad moral para impulsar el juicio político. “Lo único que hizo fue coincidir con el Tribunal de la Corte Penal Internacional, lo mismo que hizo en su momento el Papa Jorge Bergoglio Francisco”, sostuvo al defender las declaraciones de López sobre el conflicto en Medio Oriente.
El exlegislador insistió en que su respaldo no responde a un vínculo personal con el magistrado, sino a una convicción sobre el caso. “Yo no soy amigo de López. Como decía Aristóteles, soy amigo de Platón, pero en mayor medida soy amigo de la verdad y he visto que la verdad está del lado de López y no de esta banda de delincuentes acusadores que carecen de todo sustento moral y jurídico para hacer imputaciones al doctor Alfredo López”, manifestó.
Asimismo, aseguró que las acusaciones difundidas en distintos medios distorsionaron lo ocurrido durante la audiencia. “Nosotros en ningún momento hicimos ningún tipo de manifestación racista ni nada porque estamos bien de la cabeza. Nuestra cruzada, nuestra lucha es por la verdad y la justicia contra el racismo y la discriminación”, expresó.
En esa línea, rechazó las acusaciones de antisemitismo y sostuvo que se trata de una estrategia para desacreditar a quienes cuestionan al estado de Israel. “Nosotros en ningún momento hablamos de ningún judío”, enfatizó, y agregó: “Si ellos se sienten parte de eso, bueno, es un problema de ellos, evidentemente”.
Críticas al gobierno y a la libertad de expresión
Consultado sobre si considera que el caso afecta la libertad de expresión, Padró respondió que ese es uno de los aspectos centrales del conflicto. “Es uno de los argumentos que está ahí. Suerte que alguien lo grabó, porque está documentado”, señaló.
Luego amplió sus críticas hacia el gobierno nacional y vinculó el proceso contra López con la política exterior de la administración de Javier Milei. “Este episodio de López es el paradigma de lo que significan toda esta casta de miserables sinvergüenzas y ladrones”, sostuvo.
Además, cuestionó el alineamiento internacional del Ejecutivo y afirmó: “Es hora de poner las cosas en su lugar, que el pueblo argentino tome conciencia y ubique estos individuos donde corresponde”.
Sobre el futuro del proceso disciplinario, Padró recordó que la decisión quedó en manos del tribunal y anticipó que, cualquiera sea el resultado, el conflicto continuará. “Terminó la sentencia. Ahora tiene que expedirse el tribunal. Vamos a ver qué dicen. Vamos a ver, porque esto no termina acá. La historia sigue”, concluyó.
El gobernador de Chubut, Ignacio Torres, cruzó al intendente de Comodoro Rivadavia, Othar Macharashvili, por la demora en definir quiénes accederán a las viviendas que el gobierno provincial construye para las familias afectadas por el derrumbe del cerro Hermitte, ocurrido en enero pasado. “Deje de jugar con la angustia de las familias y defina la lista de beneficiarios”, instó el mandatario al jefe comunal, a quien además acusó de encabezar una estafa contra los damnificados.
El planteo llegó a través de un mensaje que Torres difundió en sus redes sociales este sábado. Allí aclaró que ya le había transmitido personalmente el reclamo a Macharashvili, pero que decidió hacerlo público para insistir con un pedido de reunión. “Quiero compartir públicamente lo que hablé con las familias afectadas por el derrumbe del cerro Hermite, que además fueron estafadas por el municipio. Lo invito a que nos reunamos cuanto antes y le pido que deje de jugar con la angustia y el sufrimiento de tantas familias”, expresó el gobernador.
El eje del reclamo apunta a un cuello de botella administrativo. La provincia se hizo cargo de la construcción y del financiamiento de las casas, pero la nómina de personas beneficiarias depende del municipio. Y esa lista todavía no está. “En menos de un mes estarán terminadas las primeras viviendas, gracias al esfuerzo de todos los contribuyentes de Chubut. Ahora el municipio tiene la responsabilidad de definir, de una vez por todas, quiénes serán los primeros beneficiarios. Las familias no pueden seguir esperando”, manifestó Torres.
Fuentes del gobierno provincial ratificaron ese plazo y remarcaron que, una vez concluidas las obras, la entrega quedará supeditada a que Comodoro Rivadavia complete el relevamiento definitivo. En la misma línea, subrayaron que los damnificados atraviesan una situación crítica y no pueden quedar a la espera de una definición que no llega.
La acusación más fuerte del gobernador remite al origen mismo de la tragedia. Torres sostuvo que las familias “además fueron estafadas por el municipio”, en referencia a las autorizaciones que las gestiones comunales otorgaron años atrás para construir en un sector que después fue catalogado como de riesgo geológico. En un encuentro previo con los vecinos, el mandatario había sido todavía más categórico: “Lo que ocurrió con el cerro Hermitte fue, literalmente, una estafa”, afirmó, al recordar que existían informes técnicos que advertían sobre la inestabilidad del terreno. “A las familias les dijeron que podían construir y vivir en un lugar que no era apto. Eso no puede ni va a volver a ocurrir”, agregó.
El plan habitacional provincial contempla 52 viviendas destinadas a los damnificados, con las primeras unidades previstas para este mes, y una segunda etapa anunciada de otras 50 casas. Torres presentó esos números durante una reunión con las familias, acompañado por el secretario de Vinculación Ciudadana, Guillermo Almirón, y otras autoridades del Gabinete provincial. En esa oportunidad, el gobernador aseguró que las situaciones de mayor urgencia tendrán prioridad en las adjudicaciones y fijó una advertencia sobre el modo de encarar la respuesta: “Bajo ningún punto de vista vamos a hacer lo que durante muchos años ocurrió en Chubut, que fue entregar lotes sin servicios a los vecinos, porque eso es entregarles un problema y no una solución”, afirmó. También se comprometió a sostener un diálogo permanente con los afectados hasta que todos cuenten con una solución definitiva.
El derrumbe que originó todo se produjo a principios de enero, cuando un fuerte movimiento de suelo desplazó parte del cerro Hermitte y colapsó viviendas en la zona. El episodio obligó a la evacuación de urgencia de 90 familias —unas 300 personas— que debieron abandonar sus hogares de manera inmediata. Las fracturas estructurales no solo derrumbaron paredes: rompieron cañerías y provocaron fugas masivas de gas, dejaron a la zona sin servicios y volvieron intransitables las calles. Los barrios Sismográfica y Marquesado fueron los más golpeados. Estudios geológicos posteriores determinaron que el sector presentaba un alto riesgo para la permanencia de las familias, que debieron dejar sus casas de forma definitiva.
El cruce se inscribe en una etapa de fuerte tensión política entre la Provincia y el Municipio de Comodoro Rivadavia. En los últimos días, ambas administraciones protagonizaron un enfrentamiento por el acuerdo firmado entre Chubut e YPF para el traspaso de bienes y activos vinculados a la salida de la petrolera de las áreas maduras de la provincia. Mientras el Ejecutivo provincial defiende el convenio y sostiene que permitirá recuperar activos estratégicos, desde el Municipio y sectores de la oposición cuestionan el tratamiento del pasivo ambiental y afirman que el acuerdo libera a YPF de responsabilidades futuras.
Mientras el fervor popular se concentraba en la semifinal del Mundial contra Inglaterra, ese foco mediático fue aprovechado por el Gobierno nacional para concretar una medida estratégica de alto impacto. En la antesala del encuentro, Javier Milei oficializó la entrega de áreas clave del Mar Argentino para la explotación de hidrocarburos.
El instrumento elegido fue el Decreto 590/26, publicado en el Boletín Oficial del miércoles 15 de julio. La norma instruye a la Secretaría de Energía a convocar a un concurso público internacional para otorgar un permiso de exploración y explotación sobre el área CAN 200, una zona estratégica de costa afuera de aproximadamente 5.000 km2.
La decisión desnuda una paradoja política: mientras el oficialismo mantiene un discurso de supuesta confrontación con el Reino Unido en el marco de la disputa por la soberanía de las Islas Malvinas, por vía administrativa la letra de este decreto habilita a una empresa británica a instalarse en aguas nacionales.
El movimiento no parece casual. La publicación del decreto en un momento de distracción social masiva evita el escrutinio público sobre una medida que, de otra forma, habría despertado una reacción inmediata por su carga simbólica y geopolítica.
Parte del decreto firmado por Javier Milei, Luis “Toto” Caputo y Diego Santilli.
El beneficiario y la jurisdicción
La empresa protagonista de esta maniobra es Challenger Energy Group PLC. Se trata de una firma de origen británico, con sede operativa y legal en la Isla de Man, un territorio reconocido mundialmente como una plaza financiera de baja o nula tributación, lo que en la jerga se conoce como un “paraíso fiscal”.
La compañía presentó su manifestación de interés el 14 de febrero de 2025. Su objetivo es claro: el área CAN 200, situada a 350 kilómetros de la costa de Mar del Plata. Challenger Energy busca posicionarse en el margen atlántico mediante la adquisición de licencias de exploración de bajo costo y alto impacto.
Ubicación del área a explotar por los ingleses, diagrama elaborado por el Ejecutivo Nacional.
En su estrategia global, la firma se encuentra en una fase de reestructuración profunda. Desprendiéndose de sus activos terrestres, la petrolera británica ha concentrado su apuesta en la explotación offshore en el Cono Sur, con intereses operativos en Uruguay, Bahamas, Surinam y Trinidad y Tobago. Hoy, gracias a la rúbrica de Milei y sus ministros, Argentina se suma a esa lista de activos bajo la lupa de una corporación que cotiza en la Bolsa de Londres.
Ubicación geográfica de Isla de Man, de tan sólo 50 km de largo por 18 km de ancho.
El conflicto de intereses
La coincidencia geográfica entre los intereses de Challenger Energy Group PLC y la arquitectura financiera del ministro de Economía, Luis Caputo, no pasa desapercibida. La Isla de Man es, precisamente, la plaza elegida por Caputo para gestionar parte de su patrimonio declarado.
Esta superposición entre el beneficiario del decreto y el destino de los fondos del ministro responsable de la firma pone sobre la mesa un interrogante ineludible sobre posibles conflictos de interés. Mientras el Estado convoca a un concurso para una petrolera británica, los ojos del mundo financiero observan la trazabilidad de los activos que gestiona quien impulsa la medida.
El Gobierno, en su afán por atraer inversiones, parece ignorar la opacidad que rodea a estas plazas financieras. La pregunta que surge es si la licitación responde a una política de desarrollo nacional o a una conveniencia funcional entre quienes gestionan los hilos del Estado y la jurisdicción donde se resguarda su capital personal.
Javier Milei junto a Luis “Toto” Caputo, su Ministro de Economía.
La letra chica y la soberanía
El Decreto 590/26 no sólo abre la puerta a la exploración británica, sino que garantiza condiciones blindadas para el inversor. El texto oficial autoriza expresamente la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales internacionales, asegurando que cualquier conflicto futuro se dirima fuera de los juzgados argentinos.
Esta cláusula, que coloca a la justicia nacional en un segundo plano, se complementa con un listado detallado de bienes estatales que mantienen su inmunidad de ejecución. Sin embargo, este resguardo de activos parece ser una medida preventiva técnica, mientras que el control del recurso hidrocarburífero queda sujeto a marcos legales internacionales y arbitrajes extranjeros. En la práctica, esto implica que, ante cualquier desavenencia, la empresa británica tendrá la cancha inclinada a su favor en tribunales foráneos.
Esta entrega de soberanía jurídica se contrapone con el potencial que el país tiene para fortalecer su reclamo territorial. Al ceder la jurisdicción a entes externos, el Gobierno renuncia a una de las herramientas soberanas más valiosas para el desarrollo de su plataforma continental.
Contexto de tensiones
La licitación coincide con una fuerte tensión diplomática: mientras la Cancillería protestaba formalmente por la incursión ilegal del buque británico HMS Medway en nuestro mar, el Ejecutivo firmaba el decreto que abre la puerta a otra firma británica.
Mientras el oficialismo relativiza el valor simbólico de la disputa, la realidad administrativa del Boletín Oficial es contundente: el Ejecutivo prioriza la cesión de recursos y soberanía jurídica a actores británicos en pleno conflicto por la integridad territorial.
José Néstor Prado, exinspector de nivel secundario con jurisdicción en Ramallo, Provincia de Buenos Aires, continúa figurando como personal activo en la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) bonaerense pese tener una pena firme por abuso sexual agravado desde 2019.
Prado estuvo cumpliendo su condena en prisión, junto a la docente implicada Mariela Alejandra Elisa Gálvez, hasta que él recuperó la libertad en octubre de 2025, posiblemente por haber cumplido los dos tercios de la pena, que es el requisito habitual para acceder a la libertad condicional en Argentina. Desde ese momento, comenzó a reaparecer como personal activo en el sistema informático de la DGCyE.
– José Prado y María Gálvez
Prado se desempeñaba en su labor de inspector de educación secundaria en el norte bonaerense. Fue detenido e imputado por abuso sexual y, tras el proceso judicial, recibió una condena a diez años de prisión por abuso sexual agravado. La sentencia quedó firme en 2019, lo que significa que agotó todas las instancias de apelación posibles y adquirió carácter definitivo e inapelable. Ese fundamento de “firme” es crucial, porque implica que no existe ninguna duda jurídica sobre su culpabilidad.
Aquí aparece uno de los elementos más llamativos del caso. El procedimiento para exonerar a un agente público bonaerense requiere que, antes del acto final, intervenga la Asesoría General de Gobierno para emitir un dictamen jurídico. Según el artículo 80 de la Ley 10.430, cuando la falta puede dar lugar a una sanción expulsiva, “deberá darse intervención a la Asesoría General de Gobierno para que, dentro del plazo de diez días, emita dictamen al respecto”.
En el caso Prado, la Asesoría General de Gobierno dictaminó en abril de 2026 que correspondía exonerarlo. El dictamen, que es una opinión jurídica vinculante que le indica a la autoridad competente cuál es la medida que corresponde, fue claro en argumentar que la exoneración debía efectivizarse. Sin embargo, esa exoneración nunca se concretó.
El dictamen de la Asesoría General de Gobierno requiere primero que la autoridad competente (la DGCyE) dicte un acto administrativo formal —una resolución— que haga efectiva la exoneración. Eso implica que alguien en la cadena jerárquica dentro de la DGCyE debía firmar ese acto y no lo hizo, o lo hizo con una demora inexplicable.
Los plazos son reveladores, siendo que la condena quedó firme en 2019, la Asesoría tardó hasta abril de 2026 en dictaminar (casi 7 años después de la condena firme), y aun así, a julio de 2026, la exoneración no se había materializado. Prado recuperó la libertad en octubre de 2025 y desde entonces volvió a aparecer como activo en el sistema, lo que sugiere que nunca fue dado de baja formal.
Con una condena firme desde 2019, la DGCyE estaba obligada a avanzar con el procedimiento administrativo correspondiente. Eso implicaba iniciar o continuar el sumario disciplinario, incluso si todavía no se hubiera puesto en marcha, tomando la sentencia penal como un hecho ya acreditado. También debía disponer la suspensión preventiva del inspector mientras se desarrollaba el proceso, tal como prevé el propio régimen disciplinario. Una vez reunida toda la documentación, el expediente tenía que ser remitido a la Asesoría General de Gobierno para la emisión del dictamen y, luego de esa instancia, dictarse la resolución de exoneración.
Nada de esto ocurrió en tiempo y forma. El retraso abarca las gestiones de al menos dos directores anteriores del DGCyE, pero también —y esto es lo que genera la interpelación actual— la gestión de la propia directora general de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, Flavia Terigi quien asumió el cargo en diciembre de 2025 luego del acuerdo del Senado bonaerense, y bajo cuya conducción Prado siguió figurando como activo.
La responsabilidad institucional
Flavia Terigi es pedagoga, profesora de la Universidad de Buenos Aires (UBA), doctora en Psicología por la Universidad Autónoma de Madrid, y fue designada directora general de la DGCyE por el gobernador Axel Kicillof mediante el Decreto 2891/2025. Asumió en reemplazo de Alberto Sileoni.
Hasta el momento no brindó ninguna explicación al respecto. La DGCyE deberá dar explicaciones, al menos, por tres demoras clave en el caso Prado. La primera es por qué tardó años, desde la condena firme de 2019, en remitir el expediente a la Asesoría General de Gobierno. La segunda, por qué después del dictamen emitido en abril de 2026 la exoneración todavía no se concretó en los meses posteriores. Y la tercera, por qué el sistema informático sigue registrándolo.
El hecho no es excepcional en su mecánica, aunque sí en su gravedad. El sistema disciplinario docente bonaerense es históricamente lento y burocrático. Los sumarios pueden tardar hasta décadas en resolverse, los expedientes quedan estancados en distintos escritorios, y las autoridades jerárquicas muchas veces no impulsan de oficio los procedimientos cuando deberían hacerlo.
A diferencia de otras provincias, como Mendoza (que sancionó en 2025 una ley de “ficha limpia docente” con exoneración e inhabilitación permanente para condenados por delitos sexuales, y creó un registro único de sanciones), la provincia de Buenos Aires no tiene un sistema automático o expedito que vincule una condena penal firme con la baja inmediata del sistema. Todo depende de que los distintos actores de la cadena administrativa cumplan con sus pasos en tiempo y forma.
La DGCyE debe de ejecutar de inmediato el acto administrativo de exoneración, explicar la cadena de responsabilidades que llevó a esta situación y revisar cuántas situaciones similares pueden estar ocurriendo en el vasto sistema educativo bonaerense, que cuenta con más de 300.000 docentes y personal a cargo.
¿Cómo puede un condenado seguir en el sistema?
Para entender primero hay que conocer cómo funciona el sistema disciplinario docente y su lentitud. En Argentina, la responsabilidad penal (ser condenado por un delito) y la responsabilidad administrativa (ser sancionado laboralmente por el Estado empleador) son dos procesos independientes que se tramitan en paralelo. El Código Penal castiga al ciudadano, mientras que el régimen disciplinario del Estado sanciona al empleado público como tal.
Esto significa que una condena penal no produce automáticamente la baja laboral del agente. Para echar a un docente del sistema educativo bonaerense de manera definitiva, la administración debe llevar adelante un sumario administrativo propio con sus propias garantías procesales, y luego dictar un acto administrativo de exoneración firmado por la autoridad competente.
El personal docente bonaerense se rige por la Ley 10.579 (Estatuto del Docente). Este estatuto establece distintas sanciones disciplinarias, siendo la más grave la exoneración, que implica la separación definitiva del servicio y la inhabilitación para ingresar nuevamente al sistema educativo.
El artículo 140 del Estatuto del Docente establece que el sumario administrativo puede correr en paralelo con la causa penal, pero que la resolución final administrativa debe adecuarse a lo que se tenga por probado en la causa penal. Es decir que, si hay condena penal firme, la administración debe tener eso como un hecho probado y actuar en consecuencia.
Para el personal no docente, la Ley 10.430 (Estatuto del Empleado Público bonaerense) es aún más explícita. El artículo 73 establece taxativamente que es causal de exoneración “la sentencia condenatoria dictada en perjuicio del agente como autor, cómplice o encubridor de delito común de carácter doloso”. Un abuso sexual es, sin lugar a duda, un delito doloso. Bajo ese marco, la exoneración no es discrecional.
El proyecto del Gobierno reemplazaría el límite del 15% por un sistema de autorizaciones y podría triplicar los 13 millones de hectáreas que ya controlan extranjeros. El Senado lo vota el 6 de agosto.
La comisión creada para ordenar la liquidación de la anterior obra social fracasó y quedó sin salida técnica. El conflicto quedaría en definirse por medio del propio Javier Milei.
Así que hay extranjeros que viven en Argentina, estudian gratis en Argentina, se atienden gratis en hospitales Argentinos mientras odian a la Argentina? Perfecto. Acabo de presentar un proyecto para arancelar la salud y la educación a extranjeros en la provincia de Buenos Aires. pic.twitter.com/Pppyd23460