CERCA DEL JUICIO FINAL | Confirmaron el procesamiento de Espinoza por abuso sexual
El intendente de La Matanza fue denunciado por su ex secretaria privada por distintos intentos de abuso y acoso sexual. A pesar del avance de la Justicia sigue al frente del municipio bonaerense.
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Mientras se muestra en actos oficiales acompañado por el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, quedó más cerca del juicio oral en su contra por abuso sexual contra una ex empleada suya.
Este miércoles, la Justicia confirmó el procesamiento del funcionario público bonaerense, en la causa por abuso sexual, tras la denuncia de su ex secretaria privada, quien lo acusó de “tocamientos impúdicos” e intento de violación.
La resolución fue tomada por la Sala VII de la Cámara del Crimen, que rechazó la apelación del referente del peronismo provincial y lo dejó al borde del juicio. Con las firmas de los jueces Rodolfo PocielloArgerich, Juan Cicciero y Ricardo Pinto, se complica la situación procesal de Espinoza.
El fallo, también convalidó la acusación por “desobediencia”, que se había hecho en primera instancia, luego de que el mandatario matancero desoyera “la orden de no tomar contacto ni directa ni indirecta con la víctima”, ya que le ofreció dinero a cambio de que levante la acusación en su contra.
Por ello, la Justicia le trabó un embargo por 1.500.000 de pesos a Espinoza, mientras avanza la causa que intenta desentrañar lo ocurrido el 10 de mayo de 2021, cuando la mujer que tenía 32 años y recientemente había empezado a trabajar para el intendente de manera informal, se sintió intimidada y abusada por el ex presidente del PJ bonaerense.
En ese momento, la jueza de primera instancia Fabiana Galletti, entendió que “la damnificada padeció inesperadamente los tocamientos impúdicos sobre su cuerpo sin su consentimiento por parte de quien se trataba su jefe en ese entonces y de una persona pública, y de la manera que pudo denunció lo ocurrido, con angustia y perturbada producto del accionar sorpresivo y deliberado del imputado de avasallar su libertad sexual aprovechando su autoridad, que la coloca naturalmente por su rol en una situación de desventaja”.
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La Justicia otorgó este miércoles el arresto domiciliario a José Jorge Alperovich, exsenador nacional y tres veces gobernador de Tucumán, sentenciado el 18 de junio de 2024 a 16 años de prisión por nueve hechos de abuso sexual cometidos contra su sobrina segunda —seis con acceso carnal y tres simples en grado de tentativa— ocurridos entre diciembre de 2017 y marzo de 2018. La resolución de Juan María Ramos Padilla llegó después de poco más de un año de detención efectiva en el Complejo Penitenciario de Ezeiza.
El magistrado dispuso que el condenado de 70 años permanezca en uno de sus inmuebles del complejo Zencity de Puerto Madero, escenario de uno de los ataques acreditados en el debate oral. Para garantizar la medida impuso monitoreo electrónico permanente y fijó una caución real de 400 millones de pesos. Además, prohibió cualquier tipo de contacto, directo o indirecto, con la denunciante y su entorno, así como referencias públicas que pudieran afectarla.
El lugar fijado es uno de los departamentos del imputado en Puerto Madero, precisamente uno de los lugares donde se cometieron los primeros abusos por los que fue condenado.
– TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 86.765/2019/TO1
“Debe quedar claro que no voy a conceder el arresto domiciliario solicitado como un privilegio ni por compasión, sino como ejercicio legítimo de una atribución legal fundada en condiciones de estricto control, neutralizando los riesgos de entorpecimiento y fuga, y asegurando la protección” de la víctima, sostuvo Ramos Padilla.
El juez advirtió que “cualquier omisión o intento de evasión —por mínimo que sea— habilitará la revocación inmediata del beneficio y el reingreso al establecimiento penitenciario”.
Entre los fundamentos aparecieron la edad de Alperovich y un agudo dolor de columna que, según informes médicos del Servicio Penitenciario Federal, limitaba su movilidad, junto con hipertensión y un cuadro depresivo diagnosticado en marzo de 2025. Durante su estadía en Ezeiza recibió atención en el Hospital Penitenciario Central y fue trasladado en varias ocasiones al Hospital Italiano.
La familia ya había intentado morigerar la detención tres meses después de la condena. Gabriel, Mariana, Sara y Daniel Alperovich se ofrecieron entonces como “fiadores”, prometieron acompañar a su padre las 24 horas y entregaron sus pasaportes “para demostrar que no existiría riesgo de fuga”. La Justicia rechazó aquella petición en dos oportunidades, pero ahora el juez consideró que mantener al exmandatario en prisión preventiva sería “arbitrario” frente a las condiciones carcelarias y a su estado de salud, aunque la condena y la inhabilitación perpetua para cargos públicos siguen vigentes.
Durante el juicio oral iniciado en febrero de 2024 ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 29 declararon más de 80 testigos, incluido el exgobernador Juan Manzur. En su sentencia, Ramos Padilla subrayó: “Los indicios son graves, precisos, concordantes y basados en hechos comprobados que, relacionados entre sí, nos llevan a un único resultado”. El tribunal entendió que Alperovich aprovechó “un contexto de confianza, afecto familiar, dependencia laboral y asimetría de poder” para perpetrar los abusos.
Alperovich negó siempre las acusaciones y las atribuyó a motivaciones “políticas y económicas”. Su entonces pareja, la exganadora de Gran Hermano Marianela Mirra, difundió en mayo último una fotografía del exsenador internado que reavivó críticas a las condiciones de detención. El expediente continúa en trámite de apelación y revisión. Mientras se define la instancia superior, el exgobernador permanecerá bajo arresto domiciliario, controlado electrónicamente y sujeto a supervisión judicial periódica.
La Corte Suprema de Justicia confirmó este martes la condena contra la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner en la causa Vialidad, y con ello dejó firme una de las sanciones económicas más relevantes de la historia judicial argentina: la devolución de aproximadamente 84.000 millones de pesos al Estado Nacional, dinero que, según la sentencia, fue desviado en una maniobra de corrupción mediante contratos de obra pública adjudicados de manera irregular.
El máximo tribunal rechazó por unanimidad las apelaciones de la defensa de la ex mandataria y de otros ocho condenados, dejando sin efecto cualquier posibilidad de revisión de la sentencia dictada en 2022 por el Tribunal Oral Federal N°2 y ratificada en noviembre pasado por la Cámara de Casación Penal. La condena incluye seis años de prisión, inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y, como eje central, el decomiso millonario.
Este decomiso, que había sido homologado previamente por la Cámara de Casación, representa el monto que la Justicia determinó como perjuicio directo contra la administración pública tras años de maniobras fraudulentas en la adjudicación de obras viales en la provincia de Santa Cruz. La cifra multimillonaria deberá ser reintegrada a las arcas estatales, ya sea mediante bienes, activos o sumas de dinero embargadas y posteriormente liquidadas.
El fallo de la Corte Suprema, firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó los planteos de Cristina Kirchner y dejó firme la condena que la responsabiliza como coautora de administración fraudulenta agravada en perjuicio del Estado. Según la Justicia, durante su mandato se instrumentaron decisiones administrativas y decretos presidenciales que facilitaron el desvío de fondos públicos a empresas vinculadas a Lázaro Báez, principal beneficiario del esquema de corrupción.
Entre los puntos clave del fallo se destaca la intervención de Cristina Kirchner a través del Decreto PEN N° 54/2009, que modificó el manejo de fondos del fideicomiso vial y permitió la adjudicación directa y sin control de contratos millonarios. La Justicia determinó que estas modificaciones permitieron la maniobra defraudatoria y que la entonces presidente estaba al tanto del perjuicio que estas acciones causarían a las finanzas estatales.
El monto del decomiso se calculó en base a las obras públicas adjudicadas de manera irregular, las licitaciones direccionadas y los pagos anticipados a Austral Construcciones y otras empresas controladas por Báez, aún cuando estas presentaban notorias irregularidades y, en muchos casos, abandonaron las obras sin finalizarlas.
Cristina Kirchner no podrá participar de futuras elecciones por la inhabilitación perpetua y enfrenta además la posibilidad de cumplir su condena bajo arresto domiciliario por su edad. Pero más allá de lo político y lo penal, lo económico marca un precedente: la ex presidenta deberá afrontar la obligación de resarcir al Estado con una cifra histórica que busca recuperar parte del dinero perdido en la maniobra de corrupción.
La Corte, en su fallo, remarcó que la sentencia se apoyó en pruebas sólidas, que el debido proceso fue respetado y que los argumentos de la defensa no lograron desacreditar la evidencia. También quedó firme la responsabilidad de los demás condenados, incluido Lázaro Báez, y el decomiso millonario que los alcanza a todos como parte del perjuicio calculado.
Este fallo no sólo consolida la primera condena firme de cumplimiento efectivo contra Cristina Kirchner, sino que pone en marcha el proceso para la recuperación de los fondos públicos, en una decisión que impacta tanto en lo judicial como en las finanzas del Estado.
El extremista, Facundo Jones Huala, fue detenido el domingo 8 de junio de 2025 en El Bolsón, provincia de Río Negro, por orden de la Justicia. Los cargos que se le imputan son intimidación pública, incitación a la violencia, apología del crimen y asociación criminal terrorista.
La detención del líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), fue ejecutada por personal de la Policía Federal Argentina (PFA) en un domicilio de El Bolsón durante horas de la madrugada. El operativo fue comunicado públicamente por la ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, quien utilizó sus redes sociales para anunciar el arresto del líder mapuche.
“La RAM es una organización violenta y terrorista. Con nosotros no hay impunidad. Los argentinos del sur merecen vivir en paz y que esta vez no lo suelten”, afirmó el anuncio público por parte de la ministra Bullrich, en su cuenta oficial de X.
La Sede Fiscal Descentralizada de San Carlos de Bariloche, a cargo de la investigación, deberá demostrar que las declaraciones del activista configuran efectivamente los ilícitos. El delito de apología del crimen, específicamente tipificado en el artículo 213 del Código Penal argentino, establece que “será reprimido con prisión de un mes a un año, el que hiciere públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por delito”.
Según fuentes oficiales, las autoridades lograron ubicarlo mediante el seguimiento de las actividades de su madre, Isabel Huala, quien figuraba como oradora en una feria artesanal programada para ese domingo en Bariloche, así como a través del monitoreo de su expareja, Andrea Yanina Millañanco, residente en El Bolsón.
El gobierno nacional y las autoridades chilenas han clasificado a la RAM como una organización terrorista. Los cargos atribuidos se originaron en declaraciones públicas realizadas por su exmandatario a comienzos de 2025, durante la presentación de un libro de su autoría, donde reivindicó la lucha armada y hechos atribuidos a la RAM. Las denuncias fueron impulsadas por el Ministerio de Seguridad Nacional y el gobierno de Chubut, quienes sostienen que sus declaraciones podrían acarrear “delitos federales al alentar públicamente la violencia como método de acción política”.
– Isabel Huala, madre de Facundo Jones Huala
La organización en cuestión, se define como un movimiento político y organización paramilitar que busca la “reivindicación y ocupación de territorios que consideran pertenecientes al pueblo mapuche dentro de Argentina”, que opera principalmente en las provincias de Neuquén, Río Negro y Mendoza, utilizando métodos de ocupaciones territoriales, sabotajes y ataques incendiarios como formas de protesta.
La trayectoria judicial de Jones Huala incluye condenas tanto en Argentina como en Chile. En 2018, fue condenado por la justicia chilena a nueve años de prisión por su participación en un ataque incendiario ocurrido en 2013 en la localidad de Río Bueno, región de Los Ríos, además de cargos por portación de armas de fuego.
En 2022, Jones Huala obtuvo la libertad condicional en Chile, beneficio que posteriormente fue revocado por la Corte Suprema chilena, generando una orden de búsqueda internacional. Tras esta revocación, permaneció prófugo hasta enero de 2023, cuando fue detenido en El Bolsón por fuerzas argentinas. Durante su detención en Argentina, el activista realizó diversas manifestaciones, incluyendo una huelga de hambre, para evitar su extradición a Chile y poder cumplir la condena en territorio argentino. Sin embargo, en enero de 2024, fue efectivamente extraditado a Chile, donde completó el cumplimiento de su condena, siendo liberado en agosto de 2023 al computarse los años ya cumplidos.
La Fiscalía Federal de Resistencia, dirigida por el Dr. Patricio Sabadini, se prepara para solicitar la detención de Alfredo “Capi” Rodríguez, director regional de ANSES y presidente de La Libertad Avanza en Chaco, tras la feria judicial de agosto. La investigación llevada a cabo revela un esquema de afiliaciones fraudulentas al partido político que habría afectado a personas vulnerables, incluyendo adultos mayores y personas con discapacidades.
Los datos son contundentes, con más de 17 personas citadas aleatoriamente del padrón partidario, 15 negaron haberse afiliado voluntariamente al partido. La gravedad del caso se incrementa por el perfil de las víctimas: personas de edad avanzada, algunos analfabetos o con enfermedades como Parkinson.
La jueza federal, Zunilda Niremperger, delegó la causa al fiscal Sabadini, quien ha confirmado irregularidades en al menos 13 casos donde las personas no reconocieron sus firmas en las fichas de afiliación. Según trascendió, Rodríguez habría utilizado su acceso a las bases de datos de ANSES para obtener información personal de ciudadanos y afiliarlos al partido sin su consentimiento.
El escándalo ha generado tensiones internas de LLA en Chaco. Un grupo de 300 militantes envió una carta a Karina Milei, Secretaria General de la Presidencia, solicitando la pericia del partido debido al manejo “autoritario” de Rodríguez, quien está alineado con los primos Menem, Martín y Eduardo, dentro de la estructura libertaria. Para sostener las afiliaciones, el partido que dio los avales a LLA de Chaco fue el de La Rioja, confirmando esta vinculación.
En la carta, los militantes sostienen que “las personas que no responden al actual presidente provincial, que no simpatizan con él, no acatan ni avalan su autocracia, se les obstaculiza, ignora o rechaza la aceptación de su afiliación”.
Se lo acusa a Rodríguez principalmente por extorsión, delito tipificado en el artículo 168 del Código Penal , que establece una pena de reclusión o prisión de cinco a diez años, por “impedir la libre decisión de las personas”. La misma, consiste en obligar con violencia o intimidación a otra persona a realizar u omitir un acto en perjuicio de su patrimonio. En este caso, se investiga si Rodríguez exigía porcentajes de sueldos a empleados de ANSES como condición para mantener sus empleos.
La segunda imputación se refiere a falsedad documental agravada por su carácter de funcionario público. Este delito se configura cuando un funcionario público inserta declaraciones falsas en documentos públicos relativos a hechos que tales documentos deben probar. Se caracteriza por aprovechar el carácter auténtico de un documento para insertar declaraciones erróneas. El agravante por ser funcionario aumenta significativamente la pena, dado que vulnera la fe pública que el Estado deposita en sus funcionarios.
Fuentes judiciales indicaron que la medida cautelar realizada se basaría en la gravedad de los hechos conocidos y el riesgo de entorpecimiento en la indagación. Las afiliaciones fraudulentas habrían sido realizadas durante 2023 para cumplir con los requisitos de personería jurídica del partido en la provincia.
La calidad de afiliado se adquiere a partir de la resolución de los organismos partidarios competentes que aprueben la solicitud, o automáticamente si no se considera dentro de los 15 días hábiles. Crucialmente, la ley establece que no puede haber doble afiliación y que el registro de afiliados debe ser público.
Paralelamente, a comienzos del mes de julio, ANSES presentó una denuncia ante la Justicia Federal por una red de jubilaciones falsas que operaba a través de un estudio contable en Resistencia. La revisión, dirigida por el juez Ricardo Mianovich, reveló que se utilizaban declaraciones juradas rectificativas falsas para simular relaciones laborales inexistentes.
El mismo Rodríguez confirmó que se detectaron “unas treintena de jubilaciones truchas” y que el estudio involucrado cobraba 3 millones de pesos por los trámites fraudulentos. El análisis contó con el apoyo del Ministerio de Capital Humano dirigido por Sandra Pettovello.
En el marco de un nuevo encuentro de la Comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados de Entre Ríos, presidida por Marcelo López, se avanzó en el tratamiento del proyecto de ley que propone la creación del Colegio de Agentes de Propaganda Médica. La propuesta —de autoría del propio legislador— apunta a regular la actividad de los profesionales comúnmente conocidos como visitadores médicos, y ya cuenta con un amplio consenso dentro del cuerpo legislativo.
“El proyecto de ley que crea el Colegio de Agentes de Propaganda Médica es un reclamo que vienen haciendo los trabajadores, quienes quieren que su actividad se vea regulada”, explicó López durante la reunión. La iniciativa contempla que el futuro Colegio sea el encargado de otorgar la matrícula profesional y de ejercer el control sobre el correcto desempeño de la profesión en el ámbito provincial.
Según el legislador, actualmente se da la situación de que agentes provenientes de otras jurisdicciones llegan a trabajar en Entre Ríos sin control institucional. “El poder de policía que tienen los colegios profesionales evitaría esta práctica”, agregó López.
Luego de introducir algunas correcciones técnicas al texto original, la comisión acordó emitir dictamen favorable y aguardar el tratamiento del expediente por parte de la Comisión de Salud, presidida por el diputado Silvio Gallay.
El Plan Maestro del Río Salado nació en 1999 como instrumento de gestión integrada para atenuar inundaciones y sequías en una macrocuenca de 17 millones de hectáreas que aporta el 75% del rodeo bovino bonaerense, más del 70 % de los granos provinciales y cerca del 20% de la producción láctea nacional. Un cuarto de siglo después, la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP) advirtió que “solo se ha ejecutado la mitad de las obras” y que la inacción estatal ya generó “pérdidas productivas superiores a USD 5.000 millones”.
El proyecto, concebido por la consultora Halcrow & Partners y financiado inicialmente por el Banco Mundial, preveía un horizonte de finalización de 15 años y un presupuesto base de USD 2.000 millones (actualizado a USD 4.000 millones). No obstante, el avance efectivo se estancó en torno al 50% y dejó sin concluir el tramo 4‑2, entre Las Flores y Bragado, así como la etapa 5 (Bragado–Laguna de Junín), carente de recursos asignados. CARBAP subrayó que “el costo de la inacción —más de USD 40.000 millones entre pérdidas evitables y recursos no reinvertidos— exige una respuesta inmediata”.
La entidad recordó que los objetivos originales apuntaban a “reducir el impacto económico de eventos hídricos extremos, optimizar la sustentabilidad productiva de la cuenca y constituir un marco institucional para la administración planificada del recurso hídrico”. Las primeras obras comenzaron en 2003, tras un trienio de estancamiento vinculado a la crisis política y económica, y desde entonces avanzaron de manera discontinuada.
El año 2025 evidenció la vulnerabilidad estructural del sistema. Entre febrero y mayo, tres pulsos pluviométricos extraordinarios anegaron más de dos millones de hectáreas: en febrero‑marzo, las lagunas encadenadas y la subcuenca B3 del arroyo Vallimanca sufrieron pérdidas forrajeras y daños en cultivos de girasol; en marzo‑abril, un nuevo episodio afectó al corredor oeste (Carlos Casares, 9 de Julio, Henderson, Bolívar, Saladillo, 25 de Mayo, General Alvear, Roque Pérez) e impidió la recolección de soja y maíz; en mayo, precipitaciones superiores a 350 mm en el norte y centro bonaerense comprometieron la ventana de siembra de trigo y cebada.
Estas lluvias intensas pusieron de relieve las restricciones hidráulicas derivadas de un dragado inconcluso. Mientras las etapas 1 a 3 del canal principal muestran avances satisfactorios, la demora del tramo 4‑2 actúa como estrangulamiento y provoca desbordes reiterados. A ello se suma la readecuación pendiente de los arroyos Vallimanca y Saladillo, postergada desde hace más de tres décadas. La pendiente mínima y la escasez de drenajes naturales obligan a depender de la evapotranspiración estacional para el descenso de las aguas, con el consiguiente retraso en las labores agrícolas.
De acuerdo con CARBAP, “los productores han aportado al fisco, exclusivamente vía derechos de exportación, más de USD 35.000 millones”, cifra que permitiría financiar holgadamente el presupuesto actualizado del plan. “La paradoja es evidente: la región ha financiado reiteradamente las obras que se le siguen negando”, remarcó la organización.
La cuenca del Salado recibe aportes hídricos de Buenos Aires, La Pampa, Córdoba y Santa Fe, por lo que CARBAP consideró que “el financiamiento nacional resulta indispensable” y reclamó “liderazgo federal, asignaciones presupuestarias firmes y una gobernanza hídrica coordinada”.
“El caso del Plan Maestro del Río Salado es paradigmático: no se trata simplemente de una obra pública inconclusa, sino de una región neurálgica para la economía nacional que continúa expuesta a daños evitables, pese a haber generado —mediante su producción agropecuaria— los recursos fiscales suficientes para financiar integralmente su propia solución”, advirtió el comunicado.
En consecuencia, la entidad solicitó “culminar el tramo 4‑2, iniciar la etapa 5, materializar el nodo Bragado con sus canales de alivio y readecuar los arroyos Vallimanca y Saladillo”. Recordó, además, que “no existen argumentos técnicos, económicos ni éticos que justifiquen seguir dilatando una solución largamente planificada, parcialmente financiada y reclamada insistentemente por los productores”.
CARBAP concluyó: “El país no puede seguir perdiendo por no hacer”. Para la entidad, finalizar el Plan Maestro del Río Salado constituye “una inversión estratégica impostergable” destinada a salvaguardar el capital productivo, mitigar externalidades negativas sobre el ambiente y consolidar el desarrollo sustentable de una de las áreas agropecuarias más relevantes del país.
EL INFORME DE CARBAP: “El país no puede seguir perdiendo por no hacer”
Una auditoría oficial reveló que el gobierno de Llaryora destinó $900 mil a la compra de sildenafilo para cárceles. En la misma factura figuran shampoo anticaspa, anticonceptivos y cremas.
No tiene sentido lo que dice el Gobernador. El ingreso del sistema financiero son los intereses de los préstamos que pagan los que toman crédito. Al aumentar IIBB sobre los intereses, sube el costo del sistema productivo que es el que dice defender. https://t.co/JU7ZMccZtm