Causa Vialidad | El fiscal Luciani rechazó los pedidos de nulidad y el proceso se encamina al veredicto

Continúan los trámites judiciales previos a la posibilidad de que los acusados digan sus últimas palabras antes de la sentencia.
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El fiscal federal Diego Luciani volvió a hablar en el juicio oral por la obra pública en Santa Cruz en el que pidió 12 años de prisión para Cristina Fernández de Kirchner y pidió que se rechacen los planteos de nulidad de las defensas. El letrado sostuvo que “el alegato se sostiene por sí mismo” y rechazó ingresar a la etapa del juicio de réplicas y dúplicas.

“No tenemos nada que replicar, nada que contestar”, aseguró el funcionario judicial y así despegó la duda de si iba a habilitar esa etapa del proceso. Sin embargo, la defensa del empresario Lázaro Báez objetó a la Fiscalía. Dijo que sí hizo réplicas y pidió el derecho a contestarlas. Los jueces del Tribunal Oral Federal 2, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, aceptaron parcialmente el planteo y el abogado Martín Villanueva podrá responder el viernes.

La audiencia comenzó poco antes de las 10. Estaba destinada a que el fiscal conteste los planteos de nulidad que las defensas hicieron en sus alegatos. Pero iba a ser clave para saber si aceptaba que haya réplicas y dúplicas en el juicio. Luciani dijo que no usará esa etapa.

“No advertimos argumentos jurídicos que ameriten una replica a lo que se escuchó en los alegatos de las defensas. Estamos tan seguros del trabajo profesional que sinceramente no tenemos nada que replicar“, dijo Luciani al comienzo de su exposición ante el Tribunal Oral y las defensas.

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El fiscal federal Diego Luciani

La decisión del fiscal tiene impacto en el cronograma del juicio. Si aceptaba la etapa de réplicas y dúplicas se debían destinar algunas audiencias a ese momento. Pero así se pasa directamente a las últimas palabras de los acusados. La expectativa es que los jueces armen el cronograma de esa etapa porque cuando hable el último acusado deberán dar el veredicto. Los magistrados tiene la idea de darlo antes de fin de año.

Con la postura del fiscal parecía que todo se encaminaba hacia las últimas palabras y el armado del cronograma por parte del tribunal. Luego, Luciani comenzó a contestar las nulidades que hicieron las defensas durante sus alegatos. Son 5 y corresponden a las defensas de Báez, del ex secretario de Obras Públicas, José López, y del ex funcionario del Ministerio de Planificación Federal y primo del ex presidente Néstor Kirchner, Carlos Kirchner.

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La vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner

Al cierre de su presentación 2 defensas dijeron que en rigor la Fiscalía sí hizo réplicas y pidieron poder contestar. Fueron el abogado del empresario Lázaro Báez, Martín Villanueva, y el ex funcionario de Vialidad, Mariano Fragueiro Frías.

Tras un cuarto intermedio, los jueces dijeron que efectivamente la Fiscalía había introducido un tema que no se habían tratado en los alegatos. Se trata del acceso a la información pública o no de la defensa de Báez a documentación que expuso. El fiscal dijo que la defensa había anunciado que iba a aportar esa documentación a la causa y no lo hizo. Sobre ese punto contestará la defensa el viernes a las 9.30. Tras esa respuesta se espera que el Tribunal Oral de a conocer el cronograma de las últimas palabras y del veredicto.

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El empresario kirchnerista Lázaro Báez

En el juicio se juzgan las presuntas irregularidades en las 51 obras públicas que las empresas de Báez recibieron para Santa Cruz. “Néstor Kirchner y luego su esposa, Cristina Fernández, instalaron y mantuvieron en el seno de la administración nacional una de las matrices de corrupción más extraordinarias que se hayan desarrollado en el país”, dijo el fiscal Luciani en sus alegatos en los que consideró probadas las irregularidades y pidió condena para los 13 acusados.

Para la vicepresidente pidió 12 años de prisión y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por considerarla jefa de una asociación ilícita y por administración fraudulenta. Lo mismo para Báez. Y 10 años de prisión para López, para el ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido, y para el ex titular de la Dirección Nacional de Vilidad, Nelson Periotti, entre los principales acusados.

Ulises Catriel Cuenca

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Tras detectar irregularidades, se auditarán las indemnizaciones a víctimas de la dictadura

Tras haber detectado “irregularidades”, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, informó que el Estado dejará de pagar indemnizaciones a personas que aseguran ser víctimas de terrorismo durante la dictadura. Cesarán los pagos a las personas que “carezcan de la documentación necesaria”.

En diálogo con LN+, el ministro explicó que las anomalías se encontraron a través del descubrimiento de “distintos juicios con autoprocesamientos confirmados por la Cámara (Nacional de Apelación en los Criminal y Correccional Federal) de gente que, con documentos falsos, con testigos falsos y formularios falsos, inventaba y reclamaba ser víctimas y que percibieron más de 150 mil dólares por ese concepto”.

El proceso de control se aplicará sobre unas 8 mil indemnizaciones además del caso de 14400 personas exiliadas: “Ahí tengo mucha trampa de quién estuvo y quién no. Son 350 juicios de 100 mil dólares cada uno”.

“Hay otro juicio donde descubrimos otra maniobra fraudulenta por el cual se presentaban personas que habían cobrado y volvían a cobrar. Se presentaban personas que eran de Uruguay, estuvieron un breve lapso en Argentina, pero fueron detenidas en Uruguay y reclamaban todo el período como si hubieran estado detenidas en la Argentina”, detalló y agregó que “cuando leo los fallos y veo la entidad digo: acá debe haber muchísimos más hechos, más juicios e involucrados”.

En este contexto, “el Ministerio articulará medidas para no abonar las sumas económicas de los beneficios a quienes no correspondan”, señaló el comunicado, que agregó: “Asimismo, perseguirá la devolución de las sumas pagadas por el fraude y que han sido cobradas indebidamente para que se restituyan a las arcas del Estado”.

Redacción

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“LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN LE GANÓ AL PODER” | La justicia falló a favor de El Presto en la causa de Fabiola Yáñez

En febrero de 2022, la entonces concubina presidencial, Fabiola Yánez, llevó a la Justicia al periodista e influencer Eduardo Miguel Prestofelippo, más conocido como El Presto. La pareja del expresidente, Alberto Fernández, lo había denunciado por el supuesto delito de hostigamiento digital.

El periodista dedicó un informe en el que habló sobre los gastos millonarios de Yánez, acusándola por su ostentosa vida en Puerto Madero, pese a tener ingresos registrados por $5 mil.

Ahora, un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dejó sin efecto la condena a El Presto, lo absolvió e hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa del periodista, Marcelo Peña, en las acusaciones de hostigamiento digital y difusión no autorizada de imágenes íntimas (Prestofelippo utilizó fotografías de la primera dama que extrajo de entrevistas, pero que a ella le molestaron).

“Hice en su momento la denuncia oral —cuenta Marcelo Peña— sobre el abuso que se ejerció. El entonces Presidente maniobraba, de forma directa, con el juez de la causa a efectos de que, sí o sí, Prestofelippo tenía que terminar detenido”.

A Peña le llamó “poderosamente la atención” cómo el juzgado modificaba la situación procesal del periodista de manera permanente: “Se proyectaba todo a una contravención, y hasta ultísimo momento se iba maniobrando con cambios drásticos (en la causa). Incluso, se habría ordenado en que deje de trabajar, que abandone su actividad de periodista… un disparate”.

Además, detalla el abogado, el fallo sentó precedente al dar “preponderancia a la libertad de expresión por sobre el abuso de poder: Una persona, que manifiesta ser primera dama, buscaba inmunidad, buscaba una protección por encima de la Constitución. Parte de lo que considera el fallo es que, por más que vos me digas que tengas esta figura, la de primera dama, eso no puede tener más revestimiento que la libertad de expresión, que es una garantía constitucional“.

De tal manera, el documento emitido por el TSJ resuelve “hacer lugar a ese recurso de inconstitucionalidad en cuanto a las dos restantes infracciones, identificadas como difusión no autorizada de imágenes íntimas y hostigamiento digital, revocar la condena impuesta respecto de esas dos calificaciones y reenviar las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento a la luz del impacto que esta decisión supone en la medición de la sanción aplicada”.

“Ella pretendía que, por ser quien es, se le haga un borrón y cuenta nueva”, resumió Marcelo Peña.

Redacción

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