Bee Sellares busca reformar el Código Penal en la LEGÍTIMA DEFENSA

El precandidato a Senador Nacional por la lista SUMAR dentro de Juntos por el Cambio Javier Bee Sellare, apuntó a que "es necesario brindar seguridad jurídica al dueño u ocupante de su hogar que se encuentra con un ladrón dentro de su propiedad..."
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La actual redacción del Código Penal de la Nación, que si bien contempla la legítima defensa privilegiada del propietario u ocupante dentro de su domicilio solo lo hace, si existe “resistencia” del intruso, dando lugar a dobles interpretaciones judiciales ante hechos de inseguridad que ocurren dentro del hogar.

El proyecto de Bee Sellare propone, que la víctima del delito no se transforme en una víctima del propio sistema, que es lo que ocurre en la realidad, donde la víctima que sufre la inseguridad en carne propia dentro de su propio hogar, a la vez es víctima de un sistema en el cual, queda sometido a posiciones ideológicas entre aquellos magistrados que se consideran más o menos garantistas.

Bee Sellares:” Hay que reformar el Código Penal en la legítima defensa dentro del hogar”

“La seguridad en general y más en el hogar no es una cuestión ideológica, es un deber que tiene el Estado con todos los ciudadanos por nuestra Constitución…” declaró el pre candidato de la lista SUMAR

Lo que el proyecto busca como objetivo, es evitar dobles interpretaciones sobre la palabra que utiliza el Código Penal “resistencia”. En este sentido, Bee Sellares apuntó: “Proponemos ser más claros y taxativos en el texto de la norma e incluir un párrafo donde se señala: “que habrá resistencia, siempre que el intruso no se diera a la fuga inmediatamente después de verse descubierto por algún morador” “.

En síntesis, ejerce resistencia quien al verse descubierto por el dueño u ocupante dentro del hogar no se da a la fuga de manera inmediata en legítima defensa.


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Caso “Chocolate” Rigau: Piden la detención del concejal massista Facundo Albini y de su padre

Este martes, la ONG Poder Ciudadano, que está como querellante en la causa que está investigando el uso de más de 45 tarjetas de débito de la Legislatura provincial y por la que está detenido Julio “Chocolate” Rigau, pidió la detención del concejal massista Facundo Albini y de su padre Claudio Albini, subdirector del personal de la Cámara de Diputados bonaerensebajo la acusación de integrar una asociación ilícita. 

Este pedido de Poder Ciudadano se suma al de la fiscal Betina Lacki quien solicitó detener a los dos funcionarios y a los dueños de las 48 tarjetas de débitos utilizadas para sustraer fondos por Rigau. Ahora, ambas solicitudes aguardan la respuesta del juez Federico Atencio quien, a su vez, está a la espera de la resolución de la Cámara de La Plata que que confirme la validez de la causa o si la anula.

El escrito de Poder Ciudadano fue presentado hoy luego de que se conocieran los chats del teléfono de Rigau con Albini (h), donde especifican incluso los montos que se queda cada uno: “Te llevas 200 (mil) por mes hace tres años y cuanto te necesito no estás. Siento que me estás faltando el respeto a mí y a mi amistad. No quiero terminar mal con vos, pero tampoco quiero que me tomes de idiota”, dice uno de los mensajes que dio a conocer la Justicia. 

Los chats revelan que había empleados de la Legislatura provincial que no sabían lo que estaban percibiendo ni el trabajo que presuntamente prestaban. “Decime de qué mierda trabajo yo”. En algunos casos, reclamaban que le den de baja en la Cámara de Diputados porque el estar en blanco dificultaba percibir, por ejemplo, planes sociales.

Por lo revelado, Poder Ciudadano exigió “que se ordene la inmediata detención de los imputados Facundo Mario Albini y Claudio Gustavo Albini”. “Ambos funcionarios continúan ejerciendo elevadas actividades dentro del Estado, pudiendo en ese rol destruir documentos, modificarlos o incluso amedrentar a posibles testigos. Con lo cual su detención deviene absolutamente necesaria y no puede pender de tiempos políticos que exceden el objeto de este proceso”, agrega en otro párrafo.

Por último señala que corresponde pedir la detención para impedir que perjudiquen o entorpezcan la investigación. 

*Fuente: Periodismo y Punto

“LEY PETRI” | La CSJ ratificó la ley que prohíbe la salida transitoria de presos condenados por delitos sexuales y homicidios

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la libertad condicional otorgada a Rodrigo Martínez, condenado por el delito de comercialización de estupefacientes.

El organismo respaldó el recurso extraordinario presentado por el Procurador General, Eduardo Casal, anulando así la sentencia previa de la Cámara Federal de Casación Penal.

Procurador General, Eduardo Casal

Martínez había sido condenado a cinco años de prisión por el delito en cuestión, pero una declaración de inconstitucionalidad de ciertos artículos legales en febrero de 2022 permitió su inclusión en el régimen de libertad condicional. La Cámara Federal de Casación Penal había revertido esta decisión, declarando la constitucionalidad de los artículos relevantes y dejando al juez de ejecución la responsabilidad de decidir sobre la prisión domiciliaria de Martínez.

A pesar de los informes favorables sobre el progreso de Martínez durante su libertad condicional, la Corte Suprema ratificó la validez constitucional de las limitaciones impuestas por la ley 27.375, revocando así la libertad condicional concedida anteriormente.

¿Qué es la “ley Petri”?

La ley 27.375 sancionada en el 2017 en el Congreso de la Nación —impulsada por el Diputado Nacional, Luis Petri—, amplió la limitación del otorgamiento de los beneficios comprendidos en el periodo de prueba, la prisión discontinua o semidetención, la libertad asistida y condicional a los condenados por una amplia gama de delitos.

Así explicó Luis Petri el proyecto antes de que sea sancionado en el año 2017

Entre ellos, se destaca la ampliación de la limitación a todo homicidio agravado, delitos contra la integridad sexual (exceptuando el abuso simple, difusión de pornografía, sustracción de mayores para menoscabar su integridad sexual y grooming), secuestro coactivo si se causa intencionalmente la muerte, robo agravado, homicidio en ocasión de robo, secuestro extorsivo si se causa intencionalmente la muerte, infracciones a la ley de drogas, trata de personas, delitos económicos, condenas por ley antiterrorista, contrabando agravado, tortura seguida de muerte, corrupción y fraude contra la administración pública y delitos cometidos por asociaciones ilícitas.

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