26 julio, 2024

“LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN LE GANÓ AL PODER” | La justicia falló a favor de El Presto en la causa de Fabiola Yáñez

El Tribunal Superior de Justicia de CABA falló en favor del periodista: "Se dio importancia a la libertad de expresión por sobre el poder", explicó el abogado Marcelo Peña.
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En febrero de 2022, la entonces concubina presidencial, Fabiola Yánez, llevó a la Justicia al periodista e influencer Eduardo Miguel Prestofelippo, más conocido como El Presto. La pareja del expresidente, Alberto Fernández, lo había denunciado por el supuesto delito de hostigamiento digital.

El periodista dedicó un informe en el que habló sobre los gastos millonarios de Yánez, acusándola por su ostentosa vida en Puerto Madero, pese a tener ingresos registrados por $5 mil.

Ahora, un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dejó sin efecto la condena a El Presto, lo absolvió e hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa del periodista, Marcelo Peña, en las acusaciones de hostigamiento digital y difusión no autorizada de imágenes íntimas (Prestofelippo utilizó fotografías de la primera dama que extrajo de entrevistas, pero que a ella le molestaron).

“Hice en su momento la denuncia oral —cuenta Marcelo Peña— sobre el abuso que se ejerció. El entonces Presidente maniobraba, de forma directa, con el juez de la causa a efectos de que, sí o sí, Prestofelippo tenía que terminar detenido”.

A Peña le llamó “poderosamente la atención” cómo el juzgado modificaba la situación procesal del periodista de manera permanente: “Se proyectaba todo a una contravención, y hasta ultísimo momento se iba maniobrando con cambios drásticos (en la causa). Incluso, se habría ordenado en que deje de trabajar, que abandone su actividad de periodista… un disparate”.

Además, detalla el abogado, el fallo sentó precedente al dar “preponderancia a la libertad de expresión por sobre el abuso de poder: Una persona, que manifiesta ser primera dama, buscaba inmunidad, buscaba una protección por encima de la Constitución. Parte de lo que considera el fallo es que, por más que vos me digas que tengas esta figura, la de primera dama, eso no puede tener más revestimiento que la libertad de expresión, que es una garantía constitucional“.

De tal manera, el documento emitido por el TSJ resuelve “hacer lugar a ese recurso de inconstitucionalidad en cuanto a las dos restantes infracciones, identificadas como difusión no autorizada de imágenes íntimas y hostigamiento digital, revocar la condena impuesta respecto de esas dos calificaciones y reenviar las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento a la luz del impacto que esta decisión supone en la medición de la sanción aplicada”.

“Ella pretendía que, por ser quien es, se le haga un borrón y cuenta nueva”, resumió Marcelo Peña.

Redacción

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Capitanich y Aníbal en el banquillo de acusados | Arranca el juicio por corrupción en Fútbol Para Todos

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comenzó el juicio contra 14 personas, incluidos exfuncionarios y dirigentes del fútbol, por irregularidades y desvío de fondos en el programa “Fútbol Para Todos”. Este programa, impulsado por la Jefatura de Gabinete de Ministros y la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), buscaba televisar de manera pública y gratuita los partidos de fútbol entre 2009 y 2015. La próxima audiencia está fijada para el primero de julio.

En el banquillo de los acusados se encuentran figuras prominentes del kirchnerismo como los exjefes de Gabinete Aníbal Fernández y Jorge Capitanich, y el excoordinador del programa, Gabriel Mariotto. Junto a ellos, también están acusados varios exdirectivos de la AFA, como Luis Segura y Miguel Ángel Silva, así como directivos de Futbolistas Argentinos Agremiados y representantes de entidades crediticias involucradas en el escándalo financiero.

El Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Miguel Ángel Osorio y la fiscal de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Andrea Garmendia Orueta, acusa a los imputados de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública. En particular, se señala a Fernández y Segura como autores de estos delitos, mientras que Capitanich está imputado por violación de los deberes de funcionario público.

Durante la primera audiencia, el tribunal integrado por Ricardo Basílico, José Michilini y Adrián Grünberg, escuchó la acusación fiscal que detalla cómo los fondos públicos destinados al programa fueron desviados a cuevas financieras mediante maniobras fraudulentas. Según la fiscalía, estos desvíos resultaron en un significativo daño al patrimonio público, con fondos que debían fortalecer a los clubes de fútbol terminando en entidades crediticias.

El programa “Fútbol Para Todos” nació con la promesa de ofrecer acceso “libre y gratuito” a los partidos de fútbol y mejorar la situación económica de los clubes. Sin embargo, según la acusación, los objetivos no se cumplieron y los pasivos de los clubes aumentaron. Además, se cuestiona la legalidad de contratos de sponsoreo y la falta de auditorías en los clubes, lo que permitió maniobras de desvío de fondos a través del cobro de cheques en financieras.

Redacción

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Vivía amenazado: reveló la existencia de la mafia de Manzur en Mendoza y apareció muerto en Luján de Cuyo

*Por Christian Sanz, director periodístico de Diario Mendoza Today

“Hola Christian! Soy Osvaldo Rofrano presidente de Gases Aconcagua SA”. El mensaje me llegó por mensaje directo de Twitter el pasado 23 de mayo de 2024.

Acto seguido, el hombre me explicó: “Hoy está entrando a Mendoza una empresa Cascia S.A. que son testaferros de Juan Manzur, senador Nacional, líder narco del norte”.

A su vez, me reveló que se tuvo que ir del país “por amenazas que llegaron de Tucumán (…) Estoy a más de 10 mil km de Argentina”.

Le respondí al día siguiente, el 24 de mayo, y acordamos que me pasaría una serie de documentos y datos sobre aquella corrupción que juraba conocer.

En realidad, ya lo habíamos entrevistado en octubre del año pasado, lo cual derivó en un par de notas que fueron publicadas por Diario Mendoza Today. Esta fue una de ellas.

Pero ahora la cosa era diferente, más densa: Rofrano me aseguró que lo venían amenazando de muerte luego de tener una fuerte discusión con una tal Suárez, quien estaba instalando una empresa de gases medicinales en el parque industrial de Luján de Cuyo. En la trama aparecía el tópico del narcotráfico.

Le recomendé hacer una denuncia en el Ministerio Público Fiscal, incluso le expliqué que podía hacerla desde internet. Sin necesidad de concurrir a la Justicia de manera presencial. No al menos en un principio.

En esos días advirtió en sus redes sociales: “Ante las amenazas recibidas por tucumanos, aclaro: NO ME VOY A SUICIDAR. Cualquier daño que se produzca a nuestra familia y/o empresa, responsabilizo a los mafiosos líderes narco y trata que pretenden amedrentar a los que ponemos la vida para seguir generando trabajo y dignidad”.

Ello concluyó en el terrible hallazgo de este jueves: Rofrano apareció ahogado en la pileta de su vivienda, en Luján de Cuyo. Presuntamente con manos y pies atados con precintos.

Los investigadores persisten en decir que pudo haberse suicidado, ya que los mismos no estaban ajustados. Pero todo es muy extraño en estas horas. Demasiado.

Redacción

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VACUNATORIO VIP | Procesaron a Ginés González García por peculado y abuso de autoridad con embargo millonario

La jueza federal, María Eugenia Capuchetti, procesó al ex ministro de Salud, Ginés González García, en la causa conocida como “Vacunatorio VIP”, por los delitos de abuso de autoridad y peculado. La resolución incluye un embargo sobre sus bienes por la suma de $130 millones. El procesamiento no contempla prisión preventiva.

El escándalo estalló a principios de 2021, durante la gestión de González García como ministro de Salud del gobierno de Alberto Fernández. La investigación reveló que se habían destinado dosis de la vacuna contra el COVID-19 a personas que no cumplían con los criterios de prioridad establecidos por la normativa vigente. Entre los beneficiarios se encontraban el ex presidente Eduardo Duhalde y su familia, el operador K, Horacio Verbitsky, y los entonces legisladores Jorge Taiana y Eduardo Valdés, entre otros.

Según la jueza Capuchetti, la imputación contra González García se basa en dos hechos específicos. En primer lugar, se le acusa de haber ordenado el retiro de diez dosis de la vacuna asignadas al Hospital Nacional Profesor Alejandro Posadas, y su traslado al Ministerio de Salud para vacunar a personas que no estaban habilitadas para recibirlas. En segundo lugar, se le atribuye haber ordenado el retiro de cinco dosis de la vacuna asignadas al Ministerio de Salud, para su administración en el domicilio particular de Eduardo Duhalde y su familia.

A lo largo de la investigación, se comprobó la existencia de un sistema paralelo de vacunación que operaba bajo la dirección del exministro. Este esquema implicaba la organización y logística para el traslado de dosis desde el Hospital Posadas al Ministerio de Salud, y la inoculación irregular de individuos que no formaban parte de las categorías prioritarias establecidas por la Resolución MSAL 2883/2020.

María Eugenia Capuchetti

Además de González García, fueron procesados otros funcionarios involucrados en el escándalo. Alejandro Salvador Costa, subsecretario de estrategias sanitarias, Marcelo Ariel Guille, secretario privado del Ministro, Alberto Alejandro Maceira, director ejecutivo del Hospital Posadas, y María Elena Borda, jefa de medicina preventiva del mismo hospital, también enfrentan cargos. En contraste, se dictó la falta de mérito para otras médicas indagadas en el caso.

Capuchetti subrayó que las vacunas eran un bien escaso y de vital importancia durante la pandemia, y que su desvío implicó una violación de los deberes inherentes a los cargos públicos de los implicados. En su fallo, destacó que las dosis asignadas al Hospital Posadas debían destinarse exclusivamente al personal de salud y, en casos excepcionales, al personal estratégico, según lo estipulado en la normativa vigente.

Redacción

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Fiscalía pide cuatro años de prisión para Guillermo Moreno por manipular el INDEC: “Bajaba los índices a martillazos”

Los fiscales federales Diego Luciani y José Ipohorski solicitaron cuatro años de prisión y diez años de inhabilitación para ejercer cargos públicos para el exsecretario de Comercio Interior del kirchnerismo, Guillermo Moreno, acusado de manipular los índices del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) para ocultar los verdaderos niveles de inflación.

Moreno enfrenta cargos por abuso de autoridad, violación de secretos, destrucción de registros y documentos, y falsedad ideológica de documentos públicos. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de la Capital Federal —compuesto por los jueces Néstor Costabel, Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini— es el encargado de juzgar el caso.

La misma condena fue solicitada para Beatriz Paglieri, exdirectora del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, mientras que para las empleadas Marcela Filia y María Celeste Cámpora Avellaneda se pidieron dos años de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

La “intervención de facto” de Moreno: Bajar los índices “a martillazos”

La investigación se inició en 2007 a raíz de una denuncia presentada por la asociación civil “Asamblea por los Derechos Sociales”, basada en publicaciones periodísticas que denunciaban irregularidades en el desplazamiento de la entonces directora del IPC, Graciela Bevacqua. Según las acusaciones, Moreno habría ordenado a Bevacqua revelar datos confidenciales sobre los comercios utilizados para medir la inflación, y al negarse esta, fue reemplazada por Paglieri.

Fiscales que pidieron la condena para Moreno: Diego Luciani (medio) y José Ipohorski (izquierda)

El fiscal Luciani afirmó que Moreno llevó a cabo una “intervención de facto” del INDEC para bajar artificialmente la inflación, sosteniendo que “a martillazos bajaban los índices”. Según Luciani, desde la llegada de Paglieri, se extraían a diario copias de los formularios del índice que luego eran sacadas del organismo por Paglieri, con la colaboración de Filia y Cámpora Avellaneda.

Las anteriores condenas a Moreno

Los fiscales también solicitaron abrir una investigación contra la exministra de Economía, Felisa Miceli, argumentando que el INDEC dependía de su Ministerio, por lo que se debe evaluar su posible implicación en los delitos. Además, se describió un sistema de control y coerción dentro del INDEC, donde incluso se habría llegado a encerrar a empleados en oficinas y retirarles contraseñas o tareas.

Guillermo Moreno ya enfrentó otros juicios: En octubre de 2017 fue condenado a dos años y seis meses de prisión y a la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de peculado, y en julio de 2022 fue condenado a dos años de prisión en suspenso por amenazas coactivas.

Felisa Miceli, exministra de Economía

El juicio actual continuará con los alegatos de las defensas el próximo miércoles 10 de julio. Luego, los jueces determinarán la fecha para la audiencia en la que se dará a conocer el veredicto final. Moreno, por su parte, negó las acusaciones, argumentando que su gestión no dependía del INDEC y que simplemente utilizaba la “conversación de los precios” para su trabajo.

Redacción

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Río Negro: la Corte Suprema anuló la transferencia de tierras del Ejército a la comunidad mapuche

La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló la controversial cesión de 180 hectáreas de tierras de un cuartel del Ejército a una comunidad mapuche en Bariloche, impulsada por el kirchnerismo.

El fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, concluyó que la controversia legal no fue válida porque la provincia de Río Negro no fue consultada.

El conflicto judicial se originó cuando la jueza federal subrogante de Bariloche, Silvina Domínguez, jubilada desde entonces, dictaminó el 2 de febrero de 2022 a favor de un amparo presentado por la comunidad Millalonco Ranquehue. Este amparo solicitaba la entrega de 180 hectáreas del Batallón de Montaña del Ejército al Instituto de Asuntos Indígenas (INAI), para que sean transferidas a nombre de la comunidad mapuche.

El terreno en cuestión, ubicado en la ladera oeste del cerro Otto, está registrado a nombre del Ejército Argentino. La Corte Suprema determinó la anulación del caso debido a la omisión de citar a la provincia de Río Negro, la cual era necesaria para su participación en defensa en el juicio.

La comunidad mapuche había demandado al Estado Nacional para obtener el título de propiedad comunitaria sobre las tierras que afirmaba ocupar de manera “actual, tradicional y pública”, reconocidas por una resolución del INAI en 2012, basada en un relevamiento técnico, jurídico y catastral.

En primera instancia, se había ordenado al Poder Ejecutivo Nacional que, en 60 días desde la firmeza de la resolución, transfiriera gratuitamente el dominio de las tierras al INAI. El Ejército Argentino apeló la decisión fuera de plazo, y la Cámara Federal de General Roca rechazó el recurso por presentarse fuera de los términos procesales establecidos.

En 2023, tanto el Ejército Argentino como la fiscal general María Claudia Frezzini presentaron recursos extraordinarios contra la decisión judicial, los cuales fueron denegados, resultando en la presentación de quejas ante la Corte Suprema de Justicia. Este proceso también derivó en una causa penal contra los abogados estatales por presunto incumplimiento de sus deberes como funcionarios públicos, proceso en el cual la Cámara Federal de Casación Penal anuló los procesamientos. Esta decisión está actualmente recurrida ante la Corte Suprema.

Recientemente, la Corte Suprema declaró la nulidad del trámite judicial relacionado con la transferencia de las tierras, ordenando que la Provincia de Río Negro sea incluida en el proceso judicial.

El fallo se fundamentó en el artículo 75, inciso 17, de la Constitución Nacional, el cual establece competencias concurrentes entre la Nación y las provincias en materia de adjudicación de tierras a comunidades indígenas.

La Corte destacó que las normativas reglamentarias específicamente prevén la participación de las provincias en los procedimientos de adjudicación de tierras y criticó que, en este caso particular, el INAI había excluido inicialmente a la Provincia de Río Negro a petición de la comunidad mapuche, sin luego darle intervención en el proceso judicial para que pudiera ejercer sus derechos.

El caso ha tenido varias idas y vueltas, incluyendo decisiones previas de la Corte que suspendieron la entrega de las tierras con la intervención del procurador Eduardo Casal. Además, el fiscal Carlos Stornelli fue uno de los que impulsó las acciones legales contra los abogados que apelaron fuera de plazo, lo que impidió temporalmente la transferencia de parte del predio militar.


*FUENTE: Agencias

Redacción

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ABERRANTE | Senador de LLA justificó LA VENTA DE NIÑOS en el Congreso

En una sesión polémica y tensa, la Cámara Alta vivió un controversial momento cuando el senador de La Libertad Avanza (LLA), Juan Carlos Pagotto, introdujo modificaciones escandalosas en el proyecto de ley destinado a aumentar las penas por la compra y venta de niños.

Desde su banca, el legislador riojano —miembro informante de la Comisión de Justicia y Asuntos Penalespropuso que las familias que vendan a sus hijos por necesidad queden exentas de pena. Pagotto, conocido aliado de Lule Menem, leyó estas modificaciones como si fueran parte del dictamen aprobado por la mayoría, generando una inmediata y feroz reacción y confusión de la oposición.

Durante la sesión, Pagotto enunció: “Se impondrá prisión de 4 a 10 años a quien reciba o entregue un menor de edad mediando precio, promesa de retribución o cualquier tipo de contraprestación, si no resultare un delito más severamente penado”. Sin embargo, agregó: “Queda exento de esta pena el progenitor que entregare a su hijo cuando mediare estado de necesidad”.

La senadora Juliana Di Tullio, de Unión por la Patria, lo interrumpió inmediatamente: “No está leyendo el dictamen, ¿no, senador Pagotto? Usted no está leyendo el dictamen, está leyendo una propuesta que trajo y está en nuestras bancas pero no es el dictamen”. La aclaración de Di Tullio desató una ola de críticas hacia Pagotto, quien intentó excusarse diciendo que el dictamen de comisión era solo una “guía” y que la discusión debía darse en el pleno.

El debate giraba en torno a la modificación del artículo 139 bis del Código Penal, inicialmente impulsada por la senadora radical, Carolina Losada, y el peronista, Antonio Rodas. El proyecto buscaba endurecer las penas por la compra y venta de menores, aumentando las condenas de “4 a 10 años al que reciba y a quien entregue a un menor de edad mediando precio, promesa de retribución o cualquier otro tipo de contraprestación, si no resultare un delito más severamente penado”.

La “trampa” de Pagotto y la inclusión de la excepción para familias en estado de necesidad provocaron un escándalo mayúsculo: “Hay familias enteras que tienen ocho o nueve hijos, que alguna vez han dando, como quien dice, algún chico y si nosotros lo sancionamos, dejamos todo el resto de la familia sin protección”, expresó, intentando justificar su polémica modificación.

Pagotto junto al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem

La organización Militamos la Adopción denunció la maniobra del senador libertario a través de Twitter, señalando que los cambios propuestos hubieran implicado la aprobación de un código penal que legalizaba la venta de menores de edad. La reacción de los senadores y la presión de la sociedad civil lograron evitar la aprobación de esta modificación, devolviendo el proyecto a la comisión para un análisis más exhaustivo. “Los niños no son mercancía, ni puede equipararse la apropiación con adoptar. No existe la adopción ilegal, si no es legal es apropiación”, puede leerse en el texto.

El proyecto original de Losada y Galaretto contemplaba la eximición de la pena a los progenitores en “situación de vulnerabilidad, ignorancia o facultades mentales alteradas”, exceptuando aquellos casos donde se denoten antecedentes relacionados a los artículos comprendidos en el Capítulo. Esta redacción más cuidadosa buscaba evitar la criminalización de las familias más vulnerables sin abrir la puerta a la legalización de la venta de niños.

Finalmente, el Senado aprobó la ley en general por unanimidad, pero la intervención —señalada como “maliciosa”— de Pagotto, y la necesidad de un debate más profundo sobre el articulado, obligaron a los legisladores a regresar el expediente a comisión. La votación final, sin embargo, reafirmó el compromiso del Senado con la protección de los menores y el endurecimiento de las penas por su comercialización.


Redacción

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