“LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN LE GANÓ AL PODER” | La justicia falló a favor de El Presto en la causa de Fabiola Yáñez

El Tribunal Superior de Justicia de CABA falló en favor del periodista: "Se dio importancia a la libertad de expresión por sobre el poder", explicó el abogado Marcelo Peña.
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En febrero de 2022, la entonces concubina presidencial, Fabiola Yánez, llevó a la Justicia al periodista e influencer Eduardo Miguel Prestofelippo, más conocido como El Presto. La pareja del expresidente, Alberto Fernández, lo había denunciado por el supuesto delito de hostigamiento digital.

El periodista dedicó un informe en el que habló sobre los gastos millonarios de Yánez, acusándola por su ostentosa vida en Puerto Madero, pese a tener ingresos registrados por $5 mil.

Ahora, un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dejó sin efecto la condena a El Presto, lo absolvió e hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa del periodista, Marcelo Peña, en las acusaciones de hostigamiento digital y difusión no autorizada de imágenes íntimas (Prestofelippo utilizó fotografías de la primera dama que extrajo de entrevistas, pero que a ella le molestaron).

“Hice en su momento la denuncia oral —cuenta Marcelo Peña— sobre el abuso que se ejerció. El entonces Presidente maniobraba, de forma directa, con el juez de la causa a efectos de que, sí o sí, Prestofelippo tenía que terminar detenido”.

A Peña le llamó “poderosamente la atención” cómo el juzgado modificaba la situación procesal del periodista de manera permanente: “Se proyectaba todo a una contravención, y hasta ultísimo momento se iba maniobrando con cambios drásticos (en la causa). Incluso, se habría ordenado en que deje de trabajar, que abandone su actividad de periodista… un disparate”.

Además, detalla el abogado, el fallo sentó precedente al dar “preponderancia a la libertad de expresión por sobre el abuso de poder: Una persona, que manifiesta ser primera dama, buscaba inmunidad, buscaba una protección por encima de la Constitución. Parte de lo que considera el fallo es que, por más que vos me digas que tengas esta figura, la de primera dama, eso no puede tener más revestimiento que la libertad de expresión, que es una garantía constitucional“.

De tal manera, el documento emitido por el TSJ resuelve “hacer lugar a ese recurso de inconstitucionalidad en cuanto a las dos restantes infracciones, identificadas como difusión no autorizada de imágenes íntimas y hostigamiento digital, revocar la condena impuesta respecto de esas dos calificaciones y reenviar las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento a la luz del impacto que esta decisión supone en la medición de la sanción aplicada”.

“Ella pretendía que, por ser quien es, se le haga un borrón y cuenta nueva”, resumió Marcelo Peña.

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El hijo de la diputada libertaria Lorena Villaverde fue denunciado por amenazar a sus compañeros: “Los voy a matar a todos”

El hecho ocurrió en el colegio secundario Estación Limay de Cipolletti, Río Negro, cuando un alumno de segundo año, hijo de la diputada nacional de La Libertad Avanza, Lorena Villaverde, amenazó de muerte a sus compañeros, declarando que iría al colegio con un arma para matarlos.

“Los voy a matar a todos”, afirmó el menor advirtiendo a sus compañeros, según fuentes vinculadas a la acción preventiva. La amenaza generó pánico inmediato entre estudiantes y familias, muchas de las cuales se presentaron masivamente al colegio para retirar a sus hijos.

La directora del establecimiento radicó de inmediato una denuncia formal en la Comisaría Cuarta, lo que desencadenó un operativo judicial, policial y de protección de menores. En las próximas horas se definirán los pasos a seguir respecto a la escolaridad del menor y el acompañamiento psicológico para el grupo afectado.

Según relató la madre de uno de los estudiantes amenazados, el episodio tuvo lugar durante el recreo, cuando el adolescente intimidó a varios compañeros, incluso señalándolos individualmente. También habría mostrado previamente una imagen del arma de fuego que supuestamente llevaría.

Ante la gravedad de la situación, se activó el protocolo preventivo institucional y la Fiscalía N°1, a cargo de la fiscal subrogante Eugenia Vallejos, ordenó medidas urgentes.

Las instituciones que intervinieron fueron la Policía de Río Negro, que desplegó patrullajes en los alrededores del colegio, ubicado en la calle Ingeniero Krause 450; la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), que actuó en el marco del protocolo para menores de edad; y la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes, que se incorporó al seguimiento del caso.

A pesar de la amenaza, el colegio mantuvo sus clases con custodia policial permanente en el edificio, aunque el alumno involucrado no asistió a clases mientras dura la investigación.

– La escuela Limay de Cipolleti

Este episodio se produce en un momento de fuerte alarma social en Argentina por la violencia en las escuelas. El caso más grave ocurrió el 24 de marzo de 2026 en San Cristóbal, Santa Fe, donde un alumno de 15 años ingresó con una escopeta a su colegio y mató a un compañero de 13 años (Ian Cabrera), hiriendo a otros.

Tras esa masacre, proliferaron en varios puntos del país amenazas de ataques similares. En Lanús, el Federal Bureau of Investigation (FBI) alertó sobre un menor que planeaba un tiroteo. En Sunchales, fue detenido otro adolescente con amenazas por redes sociales y un revólver en su casa. La amenaza en Cipolletti se inscribe en este clima de tensión e imitación que recorre las aulas argentinas.

Por consiguiente, un grupo de madres y padres se autoconvocó frente al establecimiento para exigir respuestas y una intervención de fondo ante lo que consideran un síntoma de violencia creciente. El Colegio Estación Limay es una institución privada de gestión pública con décadas de historia en Cipolletti, que ya había vivido episodios de conflictividad interna en años anteriores.

El menor es inimputable por su edad

Un dato central del caso es que el adolescente tiene 13 años, por lo cual bajo la legislación vigente es no punible, es decir, no puede ser sometido a proceso penal ni recibir condena como un adulto. Esto se da en un contexto de debate nacional muy caliente.

“Se dio intervención inmediata a los organismos de protección para salvaguardar tanto al menor como al resto de la comunidad educativa”, destacaron desde la Justica.

El Congreso aprobó en marzo de 2026 un nuevo Régimen Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años, pero esa norma no entrará en vigencia hasta 180 días después de su publicación oficial, por lo que todavía no es aplicable. El menor quedó bajo la tutela y monitoreo de organismos de niñez, no del sistema penal.

Lore Villaverde on X (formerly Twitter): “Gracias, Sebastián.Cuando hay un menor en el medio, no hay grises: hay límites.Lo que algunos hacen no es periodismo.Es exponer, vulnerar y usar el dolor para construir un relato.Con los chicos no se juega.Y eso no se negocia. https://t.co/tG8QDBmiHV / X”

Gracias, Sebastián.Cuando hay un menor en el medio, no hay grises: hay límites.Lo que algunos hacen no es periodismo.Es exponer, vulnerar y usar el dolor para construir un relato.Con los chicos no se juega.Y eso no se negocia. https://t.co/tG8QDBmiHV

Según trascendió a medios locales, la amenaza no surgió de la nada, sino que habría sido el punto culminante de una relación agresiva que comenzó en 2025, cuando el grupo cursaba primer año. El acoso escolar aparece como el contexto que habría precipitado la amenaza.

La propia madre del adolescente (la funcionaria Villaverde) emitió un comunicado en el que afirmó que su hijo fue “víctima de hostigamiento y agresiones verbales reiteradas” desde el año pasado, y que había solicitado previamente reuniones con las autoridades del colegio para que se interviniera. Aclaró que lo ocurrido “no está justificado”, pero enmarcó el hecho en ese historial de maltrato. Las autoridades del colegio realizarán un trabajo interdisciplinario sobre la convivencia del grupo.

¿Quién es Lorena Villaverde?

La diputada es una de las figuras más polémicas dentro del espacio libertario. Llegó a la Cámara baja en diciembre de 2023 como representante de LLA por Río Negro y, aunque fue electa senadora nacional en las legislativas de 2025, decidió no asumir esa banca en medio de un escándalo por sus vínculos con el narcotráfico, por lo que permanece en Diputados hasta 2027.

A ello se suma una causa judicial en Estados Unidos por tráfico de cocaína, que ella misma habría admitido en sede judicial argentina en 2012, además de embargos por más de 31 y 40 millones de pesos en causas vinculadas con la venta fraudulenta de terrenos en Las Grutas. En los últimos meses también fue señalada por haber accedido a un crédito hipotecario del Banco Nación en circunstancias que legisladores opositores consideran irregulares.

Santa Fe | Jueces garantistas aflojaron controles en cárceles y un condenado a 37 años estuvo ocho meses prófugo sin que nadie lo buscara

La provincia de Santa Fe quedó atravesada por dos decisiones judiciales vinculadas al sistema penitenciario. Un fallo hizo lugar parcialmente a un habeas corpus y determinó que no se podrá obligar a los abogados a utilizar teléfonos en las entrevistas con presos alojados en cárceles de alto perfil. En Rosario, la jueza de Ejecución Penal Luciana Prunotto defendió las salidas transitorias otorgadas a Ricardo Albertengo, condenado a 37 años de prisión en 2010, y afirmó que “nada se hizo por fuera de la ley”, pese a que el hombre quedó prófugo desde 2015.

En el primero de los casos, el planteo lo impulsó el abogado José Nanni, quien cuestionó las nuevas condiciones para entrevistar a sus defendidos. Según explicó, el problema surgió cuando acudió a una entrevista y se encontró con un sistema que obligaba a comunicarse mediante un teléfono detrás de un blindex. “Lo que nosotros planteamos es que la comunicación entre el abogado y su defendido debe ser privada y no debe tener injerencias del Estado”, sostuvo.

Nanni rechazó la obligatoriedad del dispositivo y afirmó: “No nos pueden obligar a utilizar un teléfono que se haya puesto en los locutorios porque no teníamos la garantía de que esos teléfonos estén escuchados”. También precisó que la pretensión original buscó que “se destine un habitáculo para uso exclusivo de los abogados”, aunque ese punto no prosperó. De todos modos, destacó el aspecto central de la resolución: “Lo que resolvió la jueza es que no sea obligatorio el uso de los teléfonos”.

A partir del fallo, explicó, la decisión quedó en manos del profesional. “Si el abogado quiere utilizar el teléfono, lo puede utilizar, si no lo quiere utilizar, no lo utiliza”, señaló. Nanni también aclaró que no se opuso al endurecimiento de medidas dentro de las cárceles. “Uno entiende las cuestiones de inteligencia criminal y penitenciaria que se vienen realizando”, dijo. Sin embargo, marcó un límite: “Cuando las medidas empiezan a pasar otros límites, ahí es donde uno interpone este tipo de acciones constitucionales”. Sobre el alcance de la resolución, agregó: “Creo que va a tener una extensión para el resto de los presos que están en ese pabellón”.

El testimonio de Nanni

La segunda situación se conoció después de que Albertengo se presentó en la cárcel de Rosario y trascendió que era el hombre que la policía buscaba por el crimen del policía Mauro Martín Mansilla. A partir de ese dato, surgió en la ciudad la pregunta sobre cómo un condenado a 37 años de prisión podía estar en la calle. La respuesta llegó cuando Prunotto, a cargo de controlar el cumplimiento de las condenas, explicó su actuación y sostuvo que “nada se hizo por fuera de la ley”.

La jueza detalló que al principio se le concedió a Albertengo una salida transitoria “con una modalidad más acotada”, con un régimen de tres horas por cada salida y acompañado por personal de custodia. También indicó que a los cinco meses se revisaron esos egresos y que se pidieron numerosos informes para controlar cómo había cumplido el beneficio y la veracidad de esos reportes. Según dijo, “se tomaron más recaudos de los que la ley prevé”.

Prunotto explicó que en julio de 2015 se flexibilizó ese régimen, se le agregaron horas y se habilitó a Albertengo a salir con un tercero responsable. “Fue en aquel momento cuando no regresó a prisión. Desde entonces había un pedido de captura vigente”, afirmó. Luego agregó un dato central sobre el tiempo en que el condenado estuvo fuera de la cárcel: “ninguna fuerza me requirió una orden de allanamiento para detener a Albertengo”.

Sobre las críticas al sistema, la magistrada sostuvo: “Si la ley tiene fallas o no, yo no soy quién para decirlo. Esas son cuestiones que tendrían que analizar los legisladores. Lo que nosotros hicimos fue, dentro del marco de la ley, tomar muchos más recaudos de los que marcaba la norma. Nosotros fuimos muy rigurosos en la forma de dejarlo salir y después hay un margen que tiene que ver con el albedrío de cada persona, que por supuesto llevó a una detención en una situación muy nefasta, eso uno lo entiende, pero se hizo bajo los regímenes que la ley habilita”.

La jueza también precisó que Albertengo “se encontraba prófugo desde julio de 2015”, cuando ella había ordenado su detención por no regresar de una salida transitoria. Sobre la condición de reincidente del condenado, explicó: “La ley no establece ninguna diferencia para las salidas transitorias para un reincidente. No hay una diferenciación entre primario o reincidente. No es una traba ser reincidente como para otras medidas que se pueden solicitar y están regladas por la misma ley”. También recordó que Albertengo cumplió los requisitos legales en agosto de 2012, aunque rechazó en ese momento el pedido por entender que debía esperar más tiempo para volver a evaluar esas salidas.

Prunotto añadió que “la función del juez de Ejecución Penal es evaluar conforme la ley nacional y los requisitos que ésta pide” y remarcó que la ley habilitó ese egreso “mucho antes de lo que fue acordado”. Según reconstruyó, Albertengo obtuvo el beneficio el 1º de octubre de 2013

El 28 de mayo de 2014 lo incumplió y recibió una sanción. En noviembre de ese año obtuvo un visto favorable para nuevas salidas, acompañado primero por efectivos del Servicio Penitenciario. El 11 de mayo de 2015 volvió a acceder al beneficio y el 29 de junio de ese año el régimen se amplió para que saliera 12 horas cada 15 días acompañado por un tercero responsable, en ese caso su pareja. “Era en la faz de afianzar los lazos familiares”, explicó la jueza. Desde entonces, Albertengo no volvió a prisión hasta el día en que se entregó al verse cercado por el crimen del oficial Mauro Martín Mansilla.

Escándalo: Denuncian a tres psicólogas por elaborar falsos informes de abuso para desvincular a padres de sus hijos

Una denuncia penal fue presentada ante la Justicia de La Plata contra el ex juez federal Carlos Rozanski y las licenciadas en psicología P.B.A., G.R.S. y N.V.A. por la presunta comisión del delito de asociación ilícita.

La presentación quedó registrada bajo el número 06-00-015906-26/00 y tuvo intervención de la UFI 1 Departamental y del Juzgado de Garantías 6.

De acuerdo con la denuncia, la presunta organización tuvo como finalidad la elaboración de “informes psicológicos falsos de menores cuyos progenitores hayan sido denunciados por abuso, a fin de sostener acusaciones infundadas y evitar el contacto entre los niños y el otro progenitor”.

La nueva presentación fue impulsada en La Plata por el abogado penalista Lucas Bianco, quien formalizó la denuncia para que se investigara la posible existencia de informes elaborados por las profesionales en distintos juzgados de familia del Departamento Judicial La Plata. “El caso abre un fuerte interrogante sobre el uso de pericias psicológicas en conflictos familiares y el riesgo de que herramientas diseñadas para proteger a los niños terminen siendo utilizadas en su perjuicio”, advirtió el letrado.

Según lo expuesto en la presentación, los hechos denunciados no constituyeron episodios aislados. En la ciudad de Rosario, un grupo de padres y progenitores que fueron falsamente acusados de abuso y que continuaron impedidos de mantener vínculo con sus hijos promovió una denuncia penal contra las mismas profesionales. Esa situación derivó en la intervención de la Corte Suprema de Santa Fe y en la conformación de una mesa de trabajo con fiscales y el Colegio de Abogados.

En esa jurisdicción, un grupo de abogados denunció penalmente a las tres psicólogas por la presunta elaboración de informes falsos de abuso infantil para desvincular a niños de sus padres.

La presentación por falso testimonio agravado fue realizada en septiembre del año pasado y llevó las firmas de Viviana Cosentino, el ex ministro de Justicia provincial Juan Lewis, la ex camarista Carina Lurati, Froilán Ravena, Ramiro Coso, José Nanni, Estela Marelli y Adriana Torchio. La causa recayó en la fiscal Guillermina Aiello, quien comenzó a relevar cada uno de los datos aportados, según indicaron desde el Ministerio Público de la Acusación.

De acuerdo con el escrito presentado en la ciudad santafesina, las profesionales integraron una organización dedicada a estudios de violencias y abuso sexual. Allí también se solicitó que se investigara si las conductas de P.B.A., G.R.S. y N.V.A. se dieron en el marco de una presunta asociación ilícita que tuvo por objeto emitir “falsos informes de menores cuyos progenitores hayan realizado denuncias por abuso, a fin de poder sostener falsas acusaciones y evitar de esta manera que el otro progenitor pueda tener contacto con sus hijos”.

Los representantes de los padres denunciados señalaron que, en los procesos iniciados contra sus clientes, detectaron “patrones en común, que se repiten, donde se advierten numerosas irregularidades tanto en sede penal como en el fuero de Familia, causando un grave perjuicio”. En tal sentido sostuvieron: “Lo más grave es que, en este derrotero procesal, existen personas que estarían lucrando con esta situación, emitiendo informes donde se repiten supuestos indicios de abusos sexuales sin ningún rigor técnico y que se asemejan más a formularios pre armados, que a un análisis profundo y serio de cada problemática”.

Los denunciantes agregaron que “estos informes, que en ocasiones defienden en las declaraciones testimoniales brindadas en juicio o ante la fiscalía, contienen llamativas coincidencias en las conductas descriptas como realizadas por nuestros hijos, que parten en todos los casos del relato de sus madres, sin que antes de comenzar a tratarlos se haya requerido nuestro consentimiento o se nos haya entrevistado para conocernos y escucharnos”.

También afirmaron: “En todos los casos, los tratamientos comienzan, según surge de los propios informes, y del relato que en algunos casos efectuaron las profesionales en las declaraciones testimoniales antes mencionadas, desde un supuesto abuso sexual ya denunciado previamente, y es esta la única hipótesis con la que se trabaja, en tanto no se advierte en ninguno de los informes que se hayan considerado otras posibles causas generadoras de las conductas o reacciones que se afirma advierten en los niños, tales como irritabilidad, temores, pesadillas, retraimiento. No se profundiza, como señalamos, en declaraciones o entrevistas de docentes, directivos de establecimientos escolares o pediatras, ni se indaga en situaciones de contexto”.

En el mismo sentido, sostuvieron que “todo siempre se reduce al supuesto abuso y a las supuestas expresiones” que los nenes hacen “durante la técnica que denominan como ‘La hora del juego’ que, por supuesto, no registran en soporte de audio y video, lo que impide cualquier posibilidad de poder conocer la veracidad de los dichos que se atribuyen a los niños y mucho menos la manera en que tal supuesta información es obtenida”.

La presentación también remarcó que en distintos casos de abuso sexual infantil se incorporaron informes elevados por las tres psicólogas que exhibieron coincidencias en las observaciones asentadas por escrito sobre los menores. Según los abogados, las profesionales llegaron a utilizar observaciones textualmente idénticas para distintos pacientes, lo que sugirió la utilización de “formularios pre armados”. Sobre ese punto, concluyeron: “Las coincidencias son tantas, incluso con frases textuales en un informe y otro, que si se suprimieran los nombres de los niños (sobre quienes se hace la evaluación) podría pensarse que se trata de informes referidos a un único paciente”.

Los denunciantes también señalaron que, pese a lo sugerido por esas psicólogas, sus hijos no dijeron en Cámara Gesell “una sola conducta de nuestra parte que implicara un menoscabo a su integridad sexual”.

Entre los antecedentes expuestos, los abogados comenzaron por el caso de Pablo B., denunciado en junio de 2018. La causa fue archivada en febrero de 2020, pero tras un informe de la psicóloga P.B. fue desarchivada y posteriormente el legajo llegó a juicio, donde el hombre resultó absuelto. En uno de los casos reseñados en la presentación, un hombre perdió el contacto con su hija durante siete años y tres meses y luego fue absuelto.

LOS CASOS:

Los abogados señalaron que, en todos los casos, pese a contar con resoluciones judiciales favorables en el fuero penal, la pérdida de contacto con los hijos continuó porque en paralelo existieron actuaciones en los juzgados de Familia.

Otro de los casos fue el de Mario L., denunciado en febrero de 2022. La acusación fue desestimada en septiembre de ese año, pero en mayo de 2024 la medida fue revocada, la causa fue reabierta y se realizó la Cámara Gesell. El 2 de enero de 2025 fue imputado, aunque dos semanas después fue sobreseído por un fallo de primera instancia y luego por otro de segunda, en los que se formularon críticas a las actuaciones.

A Javier J. lo denunciaron en agosto de 2021. En junio de 2022, la fiscal desestimó la denuncia, pero desde la Fiscalía General revocaron esa resolución en noviembre de 2022 para ordenar nuevas medidas. En octubre de 2023 se realizó la Cámara Gesell a la hija. En junio de 2024 la acusación volvió a ser desestimada, situación que fue confirmada por las máximas autoridades del Ministerio Público de la Acusación en octubre de 2024 y abril de 2025.

A Gerardo V. lo denunciaron en diciembre de 2020. Nueve meses después se realizó la Cámara Gesell con su hija. En octubre de 2021, la fiscal desestimó la causa, pero su par regional revocó esa medida. En abril de 2024 volvió a ser archivada, situación que recién quedó firme en marzo de 2025.

Román V. fue denunciado en noviembre de 2021 y la niña realizó la Cámara Gesell en marzo de 2023. El caso fue archivado en mayo de 2023, pero se reabrió por criterios del fiscal regional de Rosario. Actualmente, se encontró en trámite.

Una situación similar atravesó Sebastián L. P., quien comenzó con el derrotero judicial en agosto de 2023. Cuatro meses después, su hijo realizó la Cámara Gesell. En abril de 2025 el fiscal desestimó las actuaciones y ahora el legajo quedó bajo revisión del fiscal regional.

Por último, Mariano D. fue denunciado en enero de 2019. En octubre de 2021, la causa fue archivada, decisión que quedó firme por el fiscal regional en diciembre de 2021 y por la fiscal general en mayo de 2022. No obstante, permaneció desvinculado de su hijo durante seis años y nueve meses.

El Gobierno porteño prohíbe la entrada de materiales de construcción para frenar el crecimiento sin control de la Villa 31

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, liderado por el jefe de Gobierno Jorge Macri, implementó un plan de ordenamiento en la Villa 31 (oficialmente Barrio Padre Carlos Mugica) que incluye retenes policiales en los accesos, peatonalización de calles y la prohibición del ingreso de materiales de construcción.

“Orden en la Villa 31. Acá no hay zonas liberadas. No hay excepciones. No hay lugares donde la ley es opcional. Se terminó el ingreso de material para seguir agrandando esto. La ley y el orden rigen en cada metro cuadrado de la Ciudad”, sintetizó Jorge Macri.

La medida busca frenar el crecimiento edilicio informal de un asentamiento que alberga aproximadamente 45.000 personas en 72 hectáreas, ubicado entre los barrios de Retiro y Recoleta. Esta no es la primera vez que se intenta esta estrategia. El mismo recurso fue aplicado al menos en 2009 y en 2013, con resultados limitados.

La estrategia lanzada por el Gobierno porteño contempla una serie de intervenciones coordinadas por la Jefatura de Gabinete y los ministerios de Seguridad, Espacio Público, Desarrollo Humano y Hábitat, junto con la Secretaría Legal y Técnica. Entre las medidas más relevantes se encuentran el control de accesos al barrio, donde de los 13 ingresos existentes cinco fueron transformados en calles peatonales, tres quedaron bajo vigilancia permanente de la Policía de la Ciudad, sumándose a otros tres ya instalados, y dos pasaron a tener sentido contramano.

También se desplegaron retenes policiales en puntos considerados críticos, como las intersecciones de Colibrí y Ramos Mejía, junto a la terminal de ómnibus, y de Yaguareté e Islas Galápagos. A eso se agrega la clausura de corralones de materiales de construcción que funcionaban dentro del barrio y no estaban habilitados por la ley de urbanización, además de la fiscalización de obras en curso y el desalojo de unidades y terrenos usurpados.

Las construcciones en altura sin planificación profesional ni materiales adecuados representan riesgos concretos. Los edificios de hasta seis pisos construidos sin asistencia técnica presentan problemas de filtraciones en el 73,8% de los casos y provisión de agua insuficiente en el 81,4% de los hogares, según relevamientos de organismos académicos. La prohibición de corralones y la restricción de materiales apuntan también a eliminar estos riesgos estructurales.

Las autoridades sostienen que la urbanización diseñada desde 2016 “no logró evitar un crecimiento urbano sin control ni consolidar un ordenamiento territorial”, objetivos expresamente establecidos por la Ley 6.129. Según el Ejecutivo porteño, desde 1930 hasta 2016 el barrio creció “sin ningún tipo de control y regulación”, lo que favoreció la apropiación del espacio público tanto para uso habitacional como comercial.

Un fenómeno central que justifica la preocupación oficial —y que tiene sustento real en datos— es el mercado inmobiliario informal que opera dentro del barrio. Los alquileres en la Villa 31 oscilan entre 300.000 y 1 millón de pesos mensuales para viviendas, mientras que los locales comerciales pueden alcanzar entre 1,5 y 1,8 millones de pesos por mes.

Una práctica especialmente extendida es la venta de “espacios aéreos”. Los dueños de una vivienda venden el techo de su casa para que otro construya un piso más encima, sin ningún tipo de control estructural ni de seguridad. Consultoras especializadas como Reporte Inmobiliario señalaron que en las villas de emergencia se obtienen algunas de las rentabilidades más altas por alquiler de toda Argentina.

El problema afecta especialmente a quienes menos poder tienen. Muchos inquilinos de la Villa 31 son inmigrantes sin documentación o personas que no pueden cumplir los requisitos del mercado formal, lo que los deja expuestos a alquileres abusivos y sin protección legal.

La historia de los intentos de urbanización de la villa

En diciembre de 2009, la Legislatura porteña aprobó la Ley 3.343, impulsada por el legislador Facundo Di Filippo de la Coalición Cívica ARI, que disponía la urbanización obligatoria de la Villa 31 y 31 bis y establecía la creación de una mesa multidisciplinaria con la Universidad de Buenos Aires (UBA), el Gobierno nacional y el de la Ciudad.

El mismo año, los gobiernos nacional y porteño acordaron también la prohibición del ingreso de materiales de construcción, con retenes en los cinco accesos al asentamiento. Los inspectores fueron capacitados para distinguir entre materiales para nuevas construcciones y los destinados a reparaciones ya existentes.

Pese a esa medida, para 2013 la población había crecido un 48% respecto a 2009, llegando a estimarse en 40.000 personas. Se detuvieron 269 camiones que intentaron ingresar materiales ilegalmente, pero las construcciones continuaron mediante el “contrabando hormiga” con carretillas.

En 2014, los gobiernos nacional y porteño avanzaron con muros y cercos perimetrales —uno de hasta tres metros de altura sobre las vías del ferrocarril San Martín— para delimitar físicamente el barrio y frenar su expansión. Sin embargo, el crecimiento en altura continúa, con edificios que ya alcanzaban los seis pisos.

En 2016 comenzó un proceso de urbanización más sistemático, con obras de infraestructura, escuelas y centros de salud, y en 2018 se sancionó la Ley 6.129, que amplió y reglamentó la urbanización del barrio. Esta ley dispone la reurbanización, zonificación e integración del Barrio Padre Carlos Mugica a la ciudad formal. No obstante, como señalan investigadores y legisladores de la oposición, la ley también eliminó ciertas protecciones para los vecinos, como la restricción de que las hipotecas sólo podían venderse con fines comunitarios.

¿Frenar el crecimiento o abandonar la urbanización?

La principal crítica que formulan organizaciones sociales y legisladores opositores es que el plan de “ordenamiento” llega en un contexto de claro abandono de la política de urbanización. El propio Jorge Macri anunció que el Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC) dejaría de destinar recursos a la urbanización de barrios populares. A su vez, en la Legislatura porteña, el bloque de La Libertad Avanza (LLA) presentó en marzo de 2026 un proyecto de ley para directamente eliminar el IVC, que emplea a alrededor de 1.300 trabajadores estatales.

La legisladora Claudia Neira respondió a Macri señalando que su gestión “hoy no ponés nada en vivienda para las villas y tampoco ponés nada para la vivienda de la clase media”. El Observatorio del Derecho a la Ciudad argumenta que la narrativa del “orden” encubre una política de “urbanismo de mercado” que abandona el rol del Estado como garante del derecho a la vivienda.

La historia muestra que la restricción de materiales sola no detiene el crecimiento. En 2009, cuando se aplicó una medida similar con retenes en los cinco accesos, la población igualmente creció un 48% en los cuatro años siguientes. Como señala el portal 9deJulio TV, “el efecto inmediato fue el encarecimiento del cemento, arena y piedras, pero las construcciones siguieron”. El “contrabando hormiga” —personas que ingresan materiales a pie o en carretilla— demostró ser difícil de controlar.

Un dato revelador es que ninguno de los más de 1.500 comercios del Barrio Mugica cumple con la normativa vigente en materia de seguridad, higiene y ordenamiento. Aún así, los vecinos señalan que esto no se debe a una decisión de evadir las reglas, sino a que la falta de urbanización completa hace imposible cumplirlas. Sin títulos de propiedad formales, sin conexiones legales a servicios públicos, no hay forma de obtener las habilitaciones requeridas.

Kicillof gastó más de USD 150 mil para asistir a una cumbre progresista en España

El gobernador de la provincia de Buenos Aires viajó a España para participar de la Movilización Progresista Mundial (MPM), organizada por el presidente español Pedro Sánchez.

“Las consecuencias de las decisiones de la ultraderecha en Argentina solo pueden abordarse internacionalmente. Necesitamos respuestas conjuntas de Latinoamérica y Europa para construir un mundo más multipolar y evitar la subordinación a grandes monopolios y poderes externos”, afirmó Kicillof, buscando justificar de alguna manera su viaje.

Lo que generó controversia pública fue el conocimiento del nivel de gasto que implicó el viaje por más de USD$150.000 en pasajes, viáticos y estadía para una comitiva de al menos 20 personas, financiados en su mayoría por el Consejo Federal de Inversiones (CFI). A esto se sumó una segunda delegación del Partido Justicialista (PJ), encabezada por Eduardo “Wado” de Pedro, con costos aún no revelados.

La delegación oficial encabezada por Kicillof exhibió un núcleo político claramente identificado, con la presencia de Carlos Bianco, ministro de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, Jesica Rey, ministra de Comunicación Pública y Cecilia Nicolini, diputada del Parlasur y asesora en Asuntos Internacionales. También formaron parte de la comitiva otros funcionarios del gobierno bonaerense, además de cónyuges, secretarios y personal técnico.

– Kicillof junto al alcalde de Barcelona, Jaume Collboni

El monto reportado corresponde únicamente a tres rubros, ya sean pasajes aéreos, viáticos y estadía. El promedio por individuo ronda los USD$6.000. Aún no sé esclareció los otros costos adicionales que supuestamente habrían sido afrontados por los propios funcionarios y consortes.

Un vuelo en clase ejecutiva (business) ida y vuelta entre Buenos Aires y Barcelona tenía un costo aproximado de USD$13.500 en la fecha del viaje. En clase económica, los precios rondan entre USD$1.000 y USD$1.600 ida y vuelta.

– La viepresidente II de España, Yolanda Díaz Pérez

Para una comitiva de 20 personas en ejecutiva, solo en pasajes el gasto podría quedar en USD$270.000.

La delegación se alojaría en el Mandarin Oriental Ritz de Madrid, uno de los hoteles más lujosos de España, ubicado en la Plaza de la Lealtad. La cifra de USD$12.000 por noche corresponde al costo de varias habitaciones del establecimiento, que en cotizaciones actuales de plataformas como Expedia muestra precios que parten desde USD$1.100 por habitación por noche para fechas similares. Dado que la delegación permaneció varias noches y en múltiples habitaciones, el gasto en alojamiento acumula rápidamente cifras elevadas.

Los viáticos incluyen gastos diarios de movilidad, alimentación y otros gastos personales. Para una comitiva numerosa, estos suman fácilmente decenas de miles de dólares en pocos días.

Al mismo evento viajó una segunda delegación impulsada institucionalmente por el PJ y convocada por su propia presidenta, Cristina Kirchner. La encabezó el senador Eduardo “Wado” de Pedro, histórico referente de La Cámpora y quien concentra el control político del CFI en los últimos años.

Junto a él viajaron Jorge Taiana, exministro de Defensa y diputado, Eduardo Valdés, también diputado, Nicolás Trotta, exministro de Educación y legislador, Lucía Cámpora, diputada y nieta de Héctor Cámpora, además de Roxana Monzón, Lorena Pokoik, Delfina Rossi, Franco Metaza, Gustavo Menéndez, Soledad Magno y Valentina Morán.

Por su parte, el viaje tuvo una clara carga de posicionamiento político de Kicillof de cara al escenario electoral de 2027, año en el que se elegirá presidente.

Lago Escondido | Un acuerdo secreto archivó la demanda para recuperar 12 mil hectáreas en manos de Joe Lewis

El presidente Javier Milei ordenó homologar un acuerdo con el empresario británico Joe Lewis y la empresa Hidden Lake S.A. para poner fin a una acción de lesividad iniciada por el Estado argentino en 2023, que buscaba anular la compra de más de 12.000 hectáreas en zona de seguridad de frontera donde se ubica la estancia de Lago Escondido.

Patagonia, provincia de Río Negro, cerca de El Bolsón, en una zona de seguridad fronteriza… Desde la década del ’90, el magnate británico, conocido por su participación en fondos de inversión globales, se hizo propietario de dichas tierras bloqueando el acceso público al lago pese a existir fallos judiciales desde 2005 que garantizan ese derecho.

La adquisición de las tierras se realizó mediante maniobras con empresas “cáscara” y testaferros para eludir la legislación vigente que prohíbe a extranjeros adquirir tierras en zonas de frontera (decretos 411/80 y 1265/87).

La Procuración del Tesoro (ya en 2016, bajo Carlos Balbín) y la Procuraduría de Investigaciones Administrativas habían dictaminado que la operación fue fraudulenta.

Ricardo Nissen fue el titular de la Inspección General de Justicia (IGJ) durante el gobierno del exmandatario Alberto Fernández (2020–2023), el organismo del Estado encargado de controlar y fiscalizar las sociedades comerciales que operan en Argentina. En mayo de 2022 tomó una decisión que lo metería en la mira del poder, al pedir la intervención judicial de Hidden Lake S.A.

El argumento de Nissen era que “Hidden Lake no era una empresa real”. No tenía actividad comercial registrada, no producía bienes ni servicios, no justificaba sus ingresos ni los gastos de construcción de una lujosa mansión en el predio, y se sostenía con aportes de accionistas y sociedades offshore no declaradas en Argentina.

La empresa fue representada ante la Justicia por allegados al expresidente Mauricio Macri, como Jaime Cibils Robirosa, presidente del Correo Argentino.

En octubre de 2023, durante la gestión kirchnerista del Frente de Todos, el Ministerio del Interior —vía la Resolución 1603— declaró las autorizaciones de compra como lesivas al interés nacional e instruyó a iniciar una acción judicial para anular definitivamente la transferencia de dominio. Una “acción de lesividad” es el mecanismo legal mediante el cual el propio Estado demanda la nulidad de un acto administrativo suyo anterior que considera dañino para el interés público. Es decir, el Estado reconocía que él mismo había cometido un error al aprobar esa compra y quería revertirlo.

El acuerdo secreto

El 15 de enero de este año, la administración libertaria presentó un convenio conciliatorio con Lewis, que fue homologado secretamente el 28 de enero en plena feria judicial por el juez federal Walter Lara Correa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 4. Con eso, el expediente 4511/2023 quedó cerrado sin avanzar en la nulidad de la transferencia de dominio. El acuerdo se mantuvo en reserva, hasta diciembre de 2025 el expediente era de acceso público, pero luego pasó a “acceso reservado” en el sistema del Poder Judicial, y hasta ahora no se conoce la letra chica del convenio.

El acuerdo se cerró dos meses antes de que Milei designara a Juan Bautista Mahiques como ministro de Justicia (marzo de 2026) y enviara al Senado el pliego de su padre, Carlos Mahiques, para que continúe como juez en la Cámara de Casación Penal. El dato que enciende todas las alarmas sería que ambos Mahiques participaron del famoso viaje a Lago Escondido en octubre de 2022, el escándalo conocido como “Los huemules del lawfare”, donde jueces, fiscales y funcionarios viajaron con todos los gastos pagos —financiados por el Grupo Clarín— a la mansión de Lewis.

Hidden Lake S.A. denunció penalmente a Nissen por presunto abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Sin embargo, la causa tuvo un derrotero particularmente elocuente. En cuatro oportunidades, dos veces a través del juez Daniel Rafecas y otras dos mediante el juez Sebastián Casanello, Nissen fue sobreseído en la etapa de instrucción.

En todos los casos, ambos magistrados coincidieron en que el entonces funcionario de la IGJ se había limitado a cumplir con sus atribuciones legales, al fiscalizar sociedades, requerir documentación e impulsar acciones judiciales ante eventuales irregularidades. No obstante, cada uno de esos fallos fue revocado por la Sala II de la Cámara Federal, con los votos de Martín Irurzun y Eduardo Farah, que ordenó reencauzar la investigación.

Finalmente, en abril de 2026, luego del cuarto sobreseimiento, la Cámara decidió avanzar por su cuenta y dictó el procesamiento de Nissen, a quien le atribuyó haber “enarbolado el falso argumento” de que Hidden Lake incumplía sentencias firmes.

– Ricardo Nissen

El voto de Farah sostuvo que Nissen “abusó de las facultades que le confería su puesto” para labrar de oficio el expediente administrativo. El caso pasará ahora al juez Ariel Lijo —el mismo nominado por Milei para la Corte Suprema— para dictar los embargos y formalizar el procesamiento.

Beneficios adicionales

El acuerdo se inscribe en una serie de decisiones gubernamentales previas que ya evidenciaban un alineamiento favorable. En julio de 2025, la Secretaría de Energía autorizó el traspaso de la Central Hidroeléctrica Río Escondido a la firma Hidden Lake S.A., lo que consolidó aún más el control de Lewis sobre la zona. La construcción de esa represa, sin embargo, había sido previamente cuestionada por organismos de control, que la consideraban ilegal.

Las zonas de seguridad de frontera tienen una protección especial en la legislación argentina porque se consideran estratégicas para la defensa nacional. Que un ciudadano extranjero controle miles de hectáreas en esa zona —incluyendo el acceso a un lago y una central hidroeléctrica— representa una cesión de facto de territorio soberano. Al abandonar la demanda sin que se conozcan los términos del acuerdo, el Estado renunció a recuperar esas tierras sin ninguna explicación pública.

El expediente sobre el acceso público al lago por el camino Tacuifí, impulsado por la exsenadora Magdalena Odarda, todavía tramita ante la Corte Suprema, por lo que el conflicto judicial no está del todo cerrado.

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