“LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN LE GANÓ AL PODER” | La justicia falló a favor de El Presto en la causa de Fabiola Yáñez
El Tribunal Superior de Justicia de CABA falló en favor del periodista: "Se dio importancia a la libertad de expresión por sobre el poder", explicó el abogado Marcelo Peña.
10 Years Experiences
Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.
En febrero de 2022, la entonces concubina presidencial, Fabiola Yánez, llevó a la Justicia al periodista e influencer Eduardo Miguel Prestofelippo, más conocido como El Presto. La pareja del expresidente, Alberto Fernández, lo había denunciado por el supuesto delito de hostigamiento digital.
El periodista dedicó un informe en el que habló sobre los gastos millonarios de Yánez, acusándola por su ostentosa vida en Puerto Madero, pese a tener ingresos registrados por $5 mil.
Ahora, un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dejó sin efecto la condena a El Presto, lo absolvió e hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa del periodista, Marcelo Peña, en las acusaciones de hostigamiento digital y difusión no autorizada de imágenes íntimas (Prestofelippo utilizó fotografías de la primera dama que extrajo de entrevistas, pero que a ella le molestaron).
“Hice en su momento la denuncia oral —cuenta Marcelo Peña— sobre el abuso que se ejerció. El entonces Presidente maniobraba, de forma directa, con el juez de la causa a efectos de que, sí o sí, Prestofelippo tenía que terminar detenido”.
A Peña le llamó “poderosamente la atención” cómo el juzgado modificaba la situación procesal del periodista de manera permanente: “Se proyectaba todo a una contravención, y hasta ultísimo momento se iba maniobrando con cambios drásticos (en la causa). Incluso, se habría ordenado en que deje de trabajar, que abandone su actividad de periodista… un disparate”.
Además, detalla el abogado, el fallo sentó precedente al dar “preponderancia a la libertad de expresión por sobre el abuso de poder: Una persona, que manifiesta ser primera dama, buscaba inmunidad, buscaba una protección por encima de la Constitución. Parte de lo que considera el fallo es que, por más que vos me digas que tengas esta figura, la de primera dama, eso no puede tener más revestimiento que la libertad de expresión, que es una garantía constitucional“.
De tal manera, el documento emitido por el TSJ resuelve “hacer lugar a ese recurso de inconstitucionalidad en cuanto a las dos restantes infracciones, identificadas como difusión no autorizada de imágenes íntimas y hostigamiento digital, revocar la condena impuesta respecto de esas dos calificaciones y reenviar las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento a la luz del impacto que esta decisión supone en la medición de la sanción aplicada”.
“Ella pretendía que, por ser quien es, se le haga un borrón y cuenta nueva”, resumió Marcelo Peña.
Unite a nuestro grupo de Telegram, donde te compartimos las noticias más importantes.
La acusación formal, presentada por la fiscalía Federal de Resistencia, pidió recientemente llevar a juicio a ocho agentes de la Policía del Chaco que habrían integrado una organización criminal para sustraer parte de estupefacientes que debían ser incinerados en una quema judicial en Colonia Benítez.
Los fiscales federales Patricio Sabadini y Ruth Hilgenberg sostienen que existió un plan previo para apartar 9,5 kilos de cocaína (valuado en aproximadamente $225 millones) que estaban bajo custodia estatal en ese momento, teniendo como idea ocultarlos en un vehículo oficial y destinarlos luego a su comercialización en el mercado negro.
“Este manejo del procedimiento se observó en los mismos hechos, pues sabían y conocían a la perfección el procedimiento de la quema y destrucción del estupefaciente y aprovecharon el momento oportuno para sustraer la cocaína en presencia incluso de las autoridades judiciales”, sostuvieron los fiscales.
La particular gravedad del caso no radica únicamente en la cantidad de droga. La acusación afirma que quienes debían custodiar, trasladar y destruir cocaína secuestrada habrían utilizado esa misma posición institucional para sustraerla, lo que convierte el episodio paralelamente en un presunto delito de narcotráfico y en una presunta apropiación de bienes confiados a funcionarios públicos.
El hecho, determinado como FRE 10726/2025, habría ocurrido el 18 de diciembre de 2025 mientras se realizaba dicha quema judicial de estupefacientes en el Polígono de Tiro de la Policía del Chaco, en la zona de Colonia Benítez. El procedimiento incluía droga como marihuana incautada en causas federales y contaba con presencia de funcionarios judiciales, autoridades policiales y representantes del Poder Ejecutivo provincial.
La cocaína debía pasar por una mesa de pesaje y luego ser trasladada en cajas hasta una Toyota Hilux policial, identificada como móvil PT-308, para continuar el circuito de destrucción. Según la acusación, un secretario penal del Juzgado Federal N.º 2 observó gestos e intercambios sospechosos entre los uniformados Gustavo Andrés Quizama y Franco Andrés Ramírez, además de la apertura de una puerta trasera del vehículo mientras la caja quedaba momentáneamente fuera de su vista.
El funcionario ordenó que la caja regresara a la balanza. El primer control había indicado 8,700 kilos y el segundo 7,585, una diferencia de 1,115 kilos. Luego de detener y requisar el vehículo se encontraron nueve panes de cocaína ocultos debajo de los asientos y en pertenencias de los policías, con un peso total de 9,490 kilos.
La diferencia inicial de 1,115 kilos no sería contradictoria con el hallazgo total de 9,490. El primer faltante permitió descubrir una maniobra que, de acuerdo con la hipótesis fiscal y la reconstrucción del procedimiento, ya venía acumulando paquetes apartados durante distintos movimientos o viajes.
En la mochila de Néstor Ariel Urne Canterosse encontró un ladrillo de aparente yeso preparado para simular un paquete de droga, mientras que los mensajes recuperados mencionan expresamente la posibilidad de cambiar panes reales por bloques falsos, siendo que el yeso funcionaria como una réplica física, con un bloque de apariencia y peso semejantes al pan de cocaína que se pretendía retirar.
Esto no significa necesariamente que todos los paquetes ya hubieran sido reemplazados con éxito. La evidencia publicada permite afirmar que se halló al menos una réplica y que la Fiscalía interpreta los chats como prueba de planificación, solo será materia del juicio establecer quién la preparó, cómo pensaban emplearla y si llegó a introducirse efectivamente en alguna caja oficial.
Por parte del Ministerio de Seguridad del Chaco, publicó rápidamente un comunicado oficial desligando lo acontecido de la administración del gobernador chaqueño Leandro Zdero, subrayando que la gestión “no encubre” a los delincuentes. “Los hechos aislados no representan a la totalidad de la institución”, al tiempo que reafirmó el objetivo de “recuperar la confianza de la ciudadanía”.
Lo que muestran los chats
Las comunicaciones entre los efectivos en ese momento en particular son relevantes porque permiten a la Fiscalía intentar probar algo más que una sustracción improvisada. En los intercambios atribuidos a los acusados aparecen referencias anticipadas a “manotear” droga, conseguir un “conector” para colocarla rápidamente, llevar cinta para los paquetes y usar yeso para realizar el cambio.
De ahí surgió el descubrimiento de un grupo de WhatsApp denominado “Los laaaaaru laaaaaru”, integrado por Juan Nicolás Almirón Núñez, Gastón Ezequiel Villalba, Urne Canteros y otro usuario cuya identidad no pudo ser determinada. Además, se reveló otro titulado “DIV. TRANSPORTE”, integrado por demás policías de esa dependencia policial.
“Indudablemente iban agregando droga en cada viaje y bajando algún paquete”, destacó el juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich.
“Salgo de todas mis deudas con una cajita de esas”, afirmó Francisco Lucas Leonel García, apodado “Black”, en una conversación sobre la posibilidad de “rescatar algo” de cocaína durante la quema. Para la acusación, expresiones como esa, sumadas a la búsqueda de compradores, respaldarían la tesis de que el destino no era consumo personal sino la reinserción de la droga en la venta clandestina.
La Fiscalía solicitó penas de entre ocho y quince años de prisión para los ocho acusados, a quienes atribuyó distintos grados de participación, ya que no identifica a todos bajo la misma conducta ni el mismo grado en el esquema ilícito.
Para Rubén Héctor César Alegre, identificado por los fiscales como presunto organizador de la operación, con conocimiento pleno en el circuito de secuestros y capacidad para seleccionar personal (por su cargo como comisario de la División Operaciones Metropolitana y de la cual depende la Dirección General de Consumos Problemáticos), se pidió una pena de 15 años de prisión. En el caso de Franco Ramírez, señalado por una presunta intervención directa y por haber conducido la camioneta involucrada, la pena solicitada asciende a 12 años.
Gustavo Quizama enfrenta un pedido de 11 años de prisión, acusado de haber participado en la ejecución material del apartamiento de la droga. Para Urne Canteros, también se solicitaron 11 años, por una presunta intervención directa y su vinculación con la réplica de yeso utilizada en el procedimiento.
Almirón Núñez recibió un pedido de 11 años de prisión. La Fiscalía le atribuyó el presunto traslado de un paquete en su mochila y contactos destinados a concretar su salida comercial. Para Gustavo Jesús Acosta, la acusación contempla una pena de ocho años por su presunta participación en el operativo y la custodia del vehículo.
En tanto, Gastón Villalba quedó alcanzado por un pedido de ocho años de prisión. Conforme a la Fiscalía, habría tenido una intervención coordinada en la tenencia y en el apoyo previo, aunque no habría estado presente en el predio al momento en que la droga fue sustraída. En los mensajes, hizo hincapié que Almirón Núñez junto a Urne Canteros, llevasen cinta para trasladar la droga hacia el predio de incineración.
Finalmente, para Francisco García también se solicitaron ocho años de prisión. Los fiscales le atribuyeron una presunta búsqueda de comprador y participación en el destino comercial de la droga, pese a que tampoco habría estado presente en el predio al momento de la sustracción.
Delitos atribuidos
En diciembre de 2025 la investigación inicial comprendía a siete policías y entre ellos figuraba Lucas Exequiel Martínez. La acusación presentada a comienzos de septiembre de 2026, en cambio, se dirige contra ocho personas, excluyendo a Martínez e incorporando a Villalba y García. Lo trascendido no explica con precisión procesal por qué Martínez quedó fuera de este requerimiento, por lo que no corresponde inferir si fue sobreseído, separado para otro trámite o alcanzado por una decisión diferente.
El artículo 5, inciso c, de la Ley 23.737 castiga con 4 a 15 años de prisión a quien tenga, almacene, transporte, distribuya o comercialice estupefacientes con destino ilegítimo.
— César Alegre hizo un llamativo y sospechoso gesto durante la quema judicial
La Fiscalía agrega dos agravantes del artículo 11, que serían la intervención organizada de tres o más personas y la condición de funcionarios públicos encargados de prevenir o perseguir delitos de narcotráfico. La ley ordena en esos supuestos aumentar la escala penal, porque el hecho combina organización y abuso de una función estatal especialmente destinada a combatir la conducta cometida.
Para Alegre se utiliza además la figura de organización de actividades de narcotráfico, prevista en el artículo 7 de la Ley 23.737, cuya escala general es de 8 a 20 años. La pena pedida de 15 años no es el máximo abstracto posible de esa figura, sino la pretensión concreta de los fiscales para este acusado.
El segundo eje es el peculado. El artículo 261 del Código Penal sanciona con 2 a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua al funcionario que sustrae caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada por razón del cargo; el “efecto” sería la cocaína secuestrada y puesta bajo custodia estatal para su destrucción.
Villalba y García no son acusados de peculado porque, para la presentación, no estaban físicamente en el predio en el momento de la sustracción. Sí se les atribuye coautoría en la tenencia de droga con finalidad comercial, basada en la presunta coordinación previa y posterior del destino del cargamento.
— Muestra fotográfica de siete de los ocho efectivos detenidos e imputados de la Policía de la Provincia del Chaco
La Ley 23.737 dispone que, antes de destruir droga, debe practicarse una pericia para determinar naturaleza, calidad y cantidad, conservando muestras para el proceso. También exige que la destrucción se realice en un acto público, con presencia del juez o secretario, dos testigos y autoridades invitadas, y que todo quede documentado en un acta. En este caso, esos mecanismos funcionaron parcialmente, porque quedó expuesta una vulnerabilidad grave.
El control judicial no permite confirmar con exactitud la identidad de los dos testigos exigidos por la ley ni exhiben el acta completa, pero se especula que estuvo encabezado originalmente por juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich y el secretario penal Martín Innocente, sumado a las autoridades invitadas identificadas como Hugo Matkovich y el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero; la presunta maniobra se habría realizado a pocos metros de él, del ministro y del juez federal.
El suicidio se convirtió en la principal causa de muerte entre los adolescentes y jóvenes de la Argentina y desplazó a los accidentes de tránsito, que históricamente habían ocupado ese lugar en la franja de 15 a 34 años. La conclusión surgió de un informe del Observatorio de Política Criminal que analizó estadísticas oficiales desde 2017 hasta 2025 y detectó un crecimiento sostenido del fenómeno.
Según el último reporte del Sistema Nacional de Información Criminal (SNIC), que depende del Ministerio de Seguridad, 5.209 personas se quitaron la vida en 2025. La cifra representó un aumento del 22,6% respecto de 2024 y llevó la tasa a 11,8 víctimas cada 100.000 habitantes, un registro sin precedentes en la historia argentina. El año pasado se dio, además, el mayor salto interanual de la serie, al menos desde 2017: la tasa venía de 9,7 en 2024.
El director del Observatorio, el abogado Ariel Larroude, tradujo la magnitud del número durante la presentación del informe: “El año pasado, se quitaron la vida 5209 personas. Esto equivale a 14 casos por día o uno cada dos horas. Es muchísima gente que optó por quitarse la vida, lo que es un problema social y de salud pública mayúsculo. Entre los 20 y 34 años, una franja etaria económicamente productiva, es en la que se está viendo un fuerte impacto. ¿Qué está pasando en ese grupo que está optando por quitarse la vida?”.
[Ayuda] Cuando matarse aparece como una opción en la Argentina tiene 20 páginas y se presentó en la sede de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH). Larroude, además de dirigir la ONG, es director del posgrado en Política Criminal y Delitos Complejos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA).
— (IZQUIERDA) Ariel Larroude, director del Observatorio de Política Criminal junto a Guillermo Torremare, presidente de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos
Nuestro país padece la crisis de salud mental “más grave de su historia. Es de tal magnitud que en 2025 se dio la mayor tasa de suicidios desde que se tiene registro”, sostuvo Larroude.
El informe tomó como punto de partida 2017, cuando se registraron 3.304 suicidios, con una tasa de 8,2 cada 100.000 habitantes. El cotejo con los 5.209 de 2025 arrojó un aumento del 57,6% en la cantidad de casos, o del 43,9% si se contempla el crecimiento poblacional de esos años.
Los jóvenes, el grupo que más crece
El reporte más reciente del SNIC no incluye el desagregado por edad, pero los datos de 2024 permiten dimensionar el peso de los más jóvenes. Ese año, sobre un total de 4.249 víctimas, 561 personas de entre 20 y 24 años se quitaron la vida; 567 de entre 25 y 29, y 486 de entre 30 y 34. A ellas se sumaron las víctimas adolescentes, de 15 a 19 años. La sumatoria arrojó que el 45,3% del total nacional de 2024 correspondió a adolescentes y personas en su juventud temprana.
Entre los adolescentes de 15 a 19 años la tendencia se mantuvo pareja a lo largo de los años —con un pico de 432 casos en 2018 y un promedio cercano a los 380 anuales— e incluso bajó un 20% en 2024. Los datos de 2025 separados por edad todavía no están disponibles.
Consultado sobre el rol de los jóvenes entre las víctimas, Larroude fue categórico: “La franja de 20 a 34 es la más complicada”.
La “transmutación” de la violencia
El informe planteó un contrapunto entre dos formas de violencia letal. Mientras la tasa de homicidios dolosos bajó de 5,2 cada 100.000 habitantes en 2017 a 3,6 en 2025, la de suicidios siguió el camino inverso hasta ubicarse en 11,8, más de tres veces por encima. El equipo del Observatorio describió el proceso como una “transmutación de la violencia letal” hacia la autoinfligida, aunque aclaró que no se trata de las mismas personas ni de que un fenómeno reemplace al otro.
“Lo que tratamos de mostrar es que, si bien se puede ‘celebrar’ que Argentina bajó mucho los homicidios, hay una trasmutación de la violencia, que pasó de ser interpersonal a personal”, explicó. Y amplió: “Si bien no se cruzan esas variables, en el sentido de que de ninguna manera son las mismas personas las que cometían homicidio y ahora deciden quitarse la vida, es una fotografía del arquetipo de cómo está configurada la violencia en América Latina y en el país. Esto te obliga a intervenir como Estado”.
Para dimensionar la comparación, el autor recordó que el pico de homicidios dolosos asociados a la narcocriminalidad en Rosario a lo largo de una década fue de 24 muertes cada 100.000 habitantes, apenas por encima de la tasa provincial de suicidios más alta del país. También señaló que la cifra actual supera a la de otros momentos críticos: durante la crisis socioeconómica de 2001 se registraron 8,4 suicidios cada 100.000 habitantes. La comparación regional ubicó a la Argentina en el segundo lugar entre las tasas más altas, detrás de Uruguay y por delante de Chile.
“Estar frente a la tasa nacional de suicidios registrada más alta de la historia argentina, que esta tasa esté cuadruplicando la tasa de homicidios dolosos, que haya jurisdicciones tan comprometidas y que, para este año, tengamos el presupuesto de salud mental más bajo de los últimos años nos da una pauta de que este fenómeno social no está siendo observado”, afirmó.
El mapa provincial, (muy) dispar
Detrás del promedio nacional se esconden realidades muy distintas. La tasa de 11,8 cada 100.000 habitantes quedó casi emparejada con la de la provincia de Buenos Aires (11,9), donde reside cerca del 40% de la población. Pero varias jurisdicciones treparon muy por encima.
Entre Ríos encabezó el ranking con 20,8 suicidios cada 100.000 habitantes y una variación del 81,1% entre 2017 y 2025. La siguieron San Luis (18,9, con un salto del 152,6% en el período), Salta (17,4, con 26,6%), Santa Cruz (16, con 24,4%) y Catamarca (14,2, con 55,3%). En el extremo opuesto, las tasas más bajas correspondieron a Río Negro (6,5), Neuquén (7,8), Corrientes (8), la Ciudad de Buenos Aires (8) y Misiones (8,7). De ese grupo, solo Neuquén redujo su número de casos.
Un caso aparte fue el de La Rioja, la provincia con mayor contraste del período: pasó de 13 víctimas en 2017 a 50 en 2025, un aumento del 284,6% en nueve años.
El autor insistió en leer las tasas junto con los números absolutos. “Las tasas permiten comparar poblaciones de distinto tamaño, pero deben leerse junto con los casos absolutos”, planteó. En esa clave, la provincia de Buenos Aires concentró 1.977 hechos en 2025, el 38% del total nacional, seguida por Santa Fe (461), Córdoba (371) y Entre Ríos (288). En conjunto, esas cuatro jurisdicciones reunieron cerca de 6 de cada 10 casos del país. El propio SNIC advirtió, de todos modos, que el fuerte aumento bonaerense —del 55,4% respecto de 2024— respondió en parte a mejoras en los sistemas de carga provinciales y al cruce con registros de defunciones, por lo que no recomendó comparaciones interanuales para esa jurisdicción.
Un subregistro enorme
Una particularidad argentina es que las cifras de suicidio no provienen del Ministerio de Salud, sino del de Seguridad. Los datos surgen del SNIC y de la base pública del Sistema de Alerta Temprana de Suicidios (SAT-SS), que administra la cartera de Seguridad y que cargan las policías provinciales y las fuerzas federales.
La brecha con el registro sanitario es enorme. El Boletín Epidemiológico Nacional (BEN), del Ministerio de Salud que conduce Mario Lugones, informó 748 suicidios entre las semanas epidemiológicas 1 y 52 de 2025. Los reportes provinciales que recoge el SNIC, en cambio, superaron los 5.200. En Salud reconocen que se trata de cifras “en construcción”: el suicidio se incorporó a la lista de eventos de notificación obligatoria recién en 2023, lo que todavía provoca demoras en los reportes provinciales. Para Larroude, la información del SNIC es “más robusta” por el cotejo policial y judicial al momento de la carga.
En la Argentina, aunque el suicidio no constituye un delito, se registra en las estadísticas criminales desde la década del 60.
El reclamo por la emergencia en salud mental
El informe remarcó que 2025 fue uno de los años con más bajo porcentaje de ejecución del presupuesto de salud mental: 31,2%, incluso por debajo del 36% de 2017.
“Estamos pidiendo que se declare la emergencia en salud mental para que estas jurisdicciones tengan intervención del estado nacional y se les asignen más recursos: más psicólogos, más expertos en salud mental”, planteó Larroude, que subrayó la necesidad de instalar el tema en la agenda pública.
Entre los factores que, a su criterio, inciden en el fenómeno, mencionó lo que definió como “el triángulo histórico estudiado por la psicología. La ansiedad, la depresión y el aislamiento. Pero lo que también se ve en los jóvenes es un fuerte problema de consumo elevado de estupefacientes”. En ese punto aportó datos de la Sedronar: “Argentina tiene una tasa elevada de consumo de marihuana y cocaína en su población económicamente activa: 28 y 5 personas cada 100.000, respectivamente, las consumieron alguna vez en el último año. Es un montón y se ha triplicado en los últimos años”.
A ello sumó “la ludopatía, otro factor importante”, y vinculó el cuadro con la coyuntura económica: la falta de empleo formal y, sobre todo, la crisis de endeudamiento, que golpea con dureza a los jóvenes y a los adultos mayores, los primeros y los últimos estratos de la sociedad.
La crisis económica actual afecta seriamente el acceso a medicamentos. Diversos informes alertan que los pacientes postergan tratamientos (especialmente no urgentes), buscan opciones más baratas, e incluso abandonan terapias crónicas.
Una parte de los pacientes ya no puede comprarlo en la cantidad, la marca o en el momento indicados. Según Vania Ilchuk, presidente del Colegio de Farmacéuticos de Misiones en diálogo con LT17 Radio Provincia de Misiones, señaló que bajaron las ventas, se compra solo lo urgente, quienes tienen obra social buscan marcas con menor coste y algunas personas endeudadas están abandonando incluso tratamientos crónicos.
“Estamos en una situación complicada que nos atraviesa a todos. En nuestro sector han caído mucho las ventas, los medios de pago también han cambiado, y hay muchos intentos desregulatorios a nivel nacional que hacen mella con mucha circulación por fuera de las farmacias”, afirmó Ilchuk.
A nivel nacional el escenario es similar, con la pobreza alcanzando a más del 30% de la población, el desempleo rondando el 8%, y la inflación –aunque volvió a niveles moderados en 2024– sigue disminuyendo ingresos. Esto se refleja en una fuerte caída del consumo de medicamentos, ya que en 2025 se vendieron millones de unidades menos que en 2023.
En este contexto, los farmacéuticos misioneros han denunciado demoras en pagos de PAMI y aumentos continuos de costos operativos, amenazando con interrumpir la provisión de medicamentos a jubilados. Las consecuencias en salud pública incluyen riesgo de agravamiento de enfermedades crónicas, más consultas de urgencia y mayores costos futuros.
“Antes, la gente se armaba su botiquín o una bolsa de reserva de medicamentos, pero ahora solamente se compra lo que necesita en el momento. Se está dejando de lado todo lo que no sea de urgencia”, sostuvo Ilchuk, haciendo hincapié en que los medicamentos están compitiendo directamente con otros gastos indispensables, como alimentos, servicios, transporte y vivienda, por lo que algunas compras vinculadas a la salud comienzan a postergarse o reducirse.
— Vania Ilchuk, presidenta del Colegio de Farmacéuticos de Misiones
Argentina vendría teniendo una seguidilla de años de inflación muy alta y ajuste económico. De acuerdo a fuentes oficiales, la pobreza nacional fue del 32.3% en el primer semestre de 2026 y el desempleo trepó a 7.9% en el segundo trimestre. Estos indicadores son peores en regiones del Noreste argentino como Misiones, una provincia de 1.3 millones de habitantes tradicionalmente con altos niveles de pobreza e informalidad laboral.
La combinación de alta inflación de años anteriores y ajustes a subsidios ha dejado a muchos hogares con menor poder adquisitivo. Por ejemplo, el gobierno de turno del presidente Javier Milei aplicó recortes salariales y quitó subsidios a servicios básicos, mientras que liberalizó el comercio de importaciones. Todo esto castiga especialmente a los jubilados, trabajadores informales y pacientes crónicos de bajos recursos.
En Misiones, se observa una situación similar. La provincia, gobernada por Hugo Mario Passalacqua desde 2023, tiene un PIB de unos U$S17.000 millones aproximados solo en 2018, y dependería en parte de programas sociales nacionales (como el PAMI). Los pronósticos de organismos independientes hablan de que la pobreza podría rondar el 35% a fin de 2026. Aunque no hay estadísticas públicas provinciales actualizadas de consumo farmacéutico, los datos nacionales sirven de referencia.
— La sede del Colegio de Farmacéuticos y Químicos de Misiones, ubicado en Posadas
En 2025 las farmacias de todo el país vendieron 5.4 millones de unidades de medicamento menos que en 2023. Esa caída (8.2% menos en el tercer trimestre de 2025 respecto a igual período de 2023) indica que la demanda se retrae ante la pérdida de ingresos.
Argentina tiene un sistema de salud fragmentado, con obras sociales sindicales, el PAMI (para jubilados), prepagas privadas, y un sistema público gratuito. Se estima que decenas de millones de argentinos cuentan con cobertura de alguna obra social o prepaga, pero esa cobertura está debilitándose.
El ministro de Salud de Buenos Aires, el Dr. Fernán González Bernaldo de Quirós reportó que unos 1.2 millones de personas perdieron su obra social o prepaga en 2024 y pasaron al sistema público. En Misiones, además de PAMI (que cubre jubilados nacionales) existe el IPS/Salud Pública Provincial para empleados públicos y las prepagas locales muy restringidas. En general, las obras sociales cubren un porcentaje (a veces el 100%) de ciertos medicamentos, pero pueden aplicar coseguro (co-pago) sobre otros. En PAMI, por ejemplo, muchos medicamentos crónicos tienen cobertura total (sin coseguro) o coseguros reducidos, pero eso varía según cada tratamiento.
Impacto en Farmacias
“Hay muchos clientes que están con muchas deudas y van dejando sus tratamientos que, en algunos casos, son de patología crónica, porque no pueden comprar los medicamentos que necesitan”, subrayó Ilchuk, añadiendo que “mucha gente está con las tarjetas colapsadas por sus gastos generales”.
Las farmacias misionesas vienen alertando sobre un deterioro grave de la cadena de suministro de medicamentos. Un comunicado oficial del Colegio de Farmacéuticos de Misiones ya había señalado su “hartazgo” ante los pagos incumplidos por PAMI. Desde 2025 los establecimientos afrontan aumentos constantes de costos operativos (insumos, alquileres, servicios, remuneraciones) y no reciben a tiempo la compensación de medicamentos entregados a jubilados. Como describen algunos gremiales, la inflación acumulada y los incrementos reiterados en los precios de los medicamentos “están asfixiando la cadena de financiamiento del sector”.
Cuando alimentos, vivienda, transporte, servicios y deudas absorben una proporción mayor del presupuesto, el hogar elimina primero cosméticos, productos de cuidado personal, medicamentos de reserva y otras compras postergables; después compra solamente la dosis inmediata, busca una presentación más barata o paga con crédito; en los casos más graves, espacia dosis o suspende el tratamiento.
El problema no comenzó con esta declaración. En agosto de 2025, el Colegio ya informaba una retracción interanual superior al 20%, compras de dosis mínimas y búsqueda de genéricos. Durante 2026, otras referencias del sector situaron la caída local de ventas aproximadamente entre 20% y 25%, aunque esos porcentajes son estimaciones sectoriales y no una estadística oficial exhaustiva de todas las farmacias misioneras.
El coseguro es la parte del precio que queda a cargo del paciente después de aplicar la cobertura de la obra social o prepaga. Es decir, una cobertura nominal del 40% no garantiza que el usuario pague exactamente el 60% de cualquier marca, ya que suele intervenir un precio de referencia, el vademécum y las condiciones particulares del plan, por eso una marca con descuento puede terminar costando más que otra alternativa equivalente.
Buscar una opción más económica no es, por sí mismo, una mala decisión sanitaria. La normativa argentina establece la prescripción por nombre genérico y permite que, a pedido del consumidor, el farmacéutico sustituya la marca sugerida por otra de menor precio que mantenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y cantidad similar de unidades.
La diferencia clave es entre sustitución segura y ajuste improvisado. Cambiar de marca con asesoramiento farmacéutico puede mantener el tratamiento y reducir el gasto. Ahora reducir la dosis, alternar días, partir comprimidos sin indicación, mezclar productos o suspender el medicamento modifica el tratamiento y puede hacerlo ineficaz o peligroso.
El dato económico regional ayuda a entender por qué una reducción moderada de ingresos puede afectar rápidamente la compra de remedios. En el primer semestre de 2026, el INDEC estimó que el 41.5% de las personas de los aglomerados urbanos del Nordeste estaban bajo la línea de pobreza, frente al 32.3% del total de los 31 aglomerados relevados.
Eso no prueba por sí solo que una persona pobre abandone medicamentos, ni permite medir cuántos misioneros lo hicieron. Sí muestra que en el NEA hay una proporción elevada de hogares con ingresos insuficientes para cubrir la canasta básica total, lo cual vuelve verosímil que alimentos, servicios y medicamentos compitan dentro de presupuestos muy restringidos.
Las farmacias enfrentan un problema distinto pero conectado, siendo que entregan medicamentos con cobertura, pagan a las droguerías para reponerlos y cobran de obras sociales o convenios semanas más tarde. Ilchuk explicó que plazos que estaban entre 45 y 60 días volvieron a ubicarse entre 60 y 90 días, con una brecha financiera que solo aumenta los costos fijos y dificulta sostener stock.
¿Por qué preocupa lo crónico?
Una enfermedad crónica —como hipertensión, diabetes, epilepsia, asma o ciertos trastornos de salud mental— necesita continuidad durante meses o años. Como el beneficio del medicamento suele consistir en mantener estable al paciente y prevenir una complicación futura, la falta de dinero puede inducir una falsa sensación de que “se puede esperar” cuando todavía no existen síntomas intensos.
— Informe del INDEC sobre los indicadores seleccionados de la industria farmacéutica en Argentina para el segundo trimestre de 2026
La Organización Mundial de la Salud advierte que la baja adherencia impide obtener el beneficio completo de los medicamentos, empeora la calidad de vida y puede llevar a intervenciones más costosas, como consultas de urgencia e internaciones. Por eso, el ahorro inmediato de no comprar una caja puede convertirse después en un costo sanitario, familiar y público mucho mayor.
El efecto tampoco es igual para todos. Están más expuestos los adultos mayores, las personas con varias enfermedades simultáneas, quienes toman numerosos medicamentos, los hogares sin cobertura de obra social y quienes viven lejos de centros urbanos, porque acumulan gasto farmacéutico, consultas y transporte.
A esto se suma el debilitamiento de vías públicas de acceso. El programa Remediar tiene como función distribuir medicamentos esenciales directamente a centros de salud, pero un análisis del IECS señaló una fuerte reducción nacional de tratamientos dispensados entre 2022 y 2025 y ubicó a Misiones entre las jurisdicciones particularmente afectadas.
Así aparecen dos crisis simultáneas. Del lado de la demanda, el paciente compra menos porque no puede pagar. Mientras que del lado de la oferta, la farmacia vende menos y cobra tarde, pero debe reponer mercadería y sostener salarios, alquileres e impuestos. Si esa cadena se deteriora, una dificultad económica individual puede transformarse en menor disponibilidad o menor capacidad de atención del sistema local.
La búsqueda desesperada de precios bajos también puede empujar medicamentos hacia redes sociales, kioscos, supermercados o intercambios entre particulares. El Colegio misionero advirtió que esos circuitos impiden garantizar origen, conservación, vencimiento y trazabilidad, y recordó que la regulación provincial mantiene la venta de medicamentos dentro de farmacias habilitadas.
Para Florencia De Sensi no hay margen para las medias tintas: Axel Kicillof dejó de gobernar. La diputada nacional del PRO por la provincia de Buenos Aires sostiene que, desde que arrancó su segundo mandato, el gobernador se dedicó casi con exclusividad a construir su candidatura presidencial dentro del justicialismo y “se olvidó de gestionar”. El diagnóstico lo dejó en una recorrida por La Plata, donde acompañó a dirigentes jóvenes del partido amarillo.
El eje de sus reproches es la seguridad. De Sensi considera un fracaso político que, a esta altura de 2026, el delito siga encabezando las inquietudes de los bonaerenses en lugar de que la agenda discuta avance tecnológico o inversión. Remarca que la conclusión la sacan tanto de las encuestas que recorren semana a semana. Los números la acompañan. Un relevamiento de la consultora Afiches, de julio de este año, detectó que más de un tercio de los hogares provinciales sufrió algún hecho de inseguridad en los últimos doce meses y que más de la mitad de la población se siente poco o nada segura en su propio barrio. Estudios previos, como los de Giacobbe, ya ubicaban a la inseguridad como la palabra que mejor define la preocupación del distrito.
Para la diputada, el gobernador tiene los recursos y “elige no usarlos”. En la entrevista que dio a El Día, enumeró herramientas que, asegura, Kicillof tiene a mano y deja guardadas. La más repetida es la ley de reincidencia y reiterancia, pensada para terminar con “la puerta giratoria de los delincuentes”. El mandatario kirchnerista, asegura, ni siquiera envió el proyecto a la Legislatura bonaerense. Algo parecido plantea con el RIGI, el régimen de incentivos a las grandes inversiones que se aprobó en el Congreso y al que la provincia sigue sin adherir, pese a que podría darle oxígeno a la economía local.
De Sensi lleva ese análisis al plano ideológico. Está convencida de que el gobernador no combate el delito porque, sencillamente, no quiere: lo ve atrapado en una matriz de pensamiento que invierte los roles y termina colocando a la víctima en el lugar del culpable y al delincuente en el de víctima. Kicillof tiene “el cerebro envenenado de zaffaronismo”, disparó.
La legisladora también cuestionó la presión impositiva que crece sin que el vecino la vea reflejada en obra pública ni en servicios.En este marco, desempolvó dos capítulos que el peronismo bonaerense prefiere no recordar: las escuelas que permanecieron cerradas durante los dos años de pandemia y la devolución de celulares a los presos, una medida que les permitió seguir manejando sus negocios delictivos desde adentro de la cárcel.
El sobreseimiento de Alfredo Coto, uno de los principales supermercadistas del país, y de su hijo Germán en la causa por el arsenal hallado en instalaciones de la empresa en 2016 todavía no está firme. La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal declaró admisible, en una resolución dictada el martes 16 de septiembre, el recurso de casación que presentó el fiscal José Luis Agüero Iturbe contra la decisión del propio tribunal que, un mes atrás, revocó los procesamientos y dispuso el sobreseimiento de los directivos de la cadena y de otros imputados.
La decisión salió por mayoría. Los camaristas Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola votaron a favor de habilitar el recurso, mientras que Mariano Llorens se pronunció en disidencia. Con ese resultado, el expediente quedó en condiciones de llegar a la Cámara Federal de Casación Penal, la máxima instancia penal antes de la Corte Suprema y el mismo tribunal que ya había anulado un sobreseimiento anterior en esta causa.
La revisión estará a cargo de la Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo.
La resolución no reabre los procesamientos ni modifica, por ahora, el sobreseimiento dictado en agosto. Su efecto es exclusivamente procesal: permite que el expediente sea remitido a Casación, donde la fiscalía tendrá tres días desde el ingreso de las actuaciones para comparecer y mantener el recurso. Recién en esa instancia se resolverá si los argumentos del Ministerio Público Fiscal alcanzan para revertir el sobreseimiento o si la decisión de la Cámara queda firme.
Bertuzzi y Yadarola consideraron que el recurso fue presentado en tiempo y forma por quien tenía interés para hacerlo y que la resolución cuestionada resultaba equiparable a una sentencia definitiva. También entendieron que el planteo de la fiscalía sobre una posible contradicción en los fundamentos del fallo, a la luz de la Constitución, involucraba una cuestión federal que debía pasar primero por un tribunal superior antes de que el caso pudiera eventualmente llegar a la Corte Suprema. Los dos jueces, de todos modos, marcaron un límite y aclararon que no advertían que la fiscalía hubiera demostrado un supuesto de arbitrariedad en el fallo, sino más bien una disconformidad con lo resuelto. Aun así, sostuvieron que el planteo sobre la cuestión federal bastaba para habilitar la vía recursiva.
Llorens fue más lejos en su rechazo y apuntó contra el uso extendido de la casación en el proceso penal en general. Según su voto, esa herramienta fue pensada para casos específicos y, en la práctica, “ha visto incrementado su caudal con asuntos a los que debiera ser extraña”. Para el camarista, los argumentos de la fiscalía no satisfacían las exigencias necesarias para abrir la intervención de Casación, y la invocación de arbitrariedad tampoco alcanzaba. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema para recordar que esa doctrina tiene carácter excepcional y no sirve para corregir sentencias con las que una de las partes simplemente discrepa.
La resolución que la fiscalía busca revertir fue dictada el 18 de agosto por la misma Sala I, entonces integrada por Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Llorens. En aquella ocasión, el tribunal sobreseyó a la totalidad de los imputados que habían llegado a esa instancia: Alfredo Coto y Germán Coto, presidente y vicepresidente de la empresa; dos gerentes de la compañía; el exjefe de seguridad; y un oficial de la Agrupación Albatros de la Prefectura Naval Argentina.
El eje de aquel fallo fue la posición de los directivos dentro de la firma. Los camaristas concluyeron que no existía prueba que vinculara a padre e hijo con el manejo operativo de las armas y que, por las dimensiones de la compañía, resultaba inverosímil que sus máximas autoridades se ocuparan personalmente de esas tareas.
Los jueces también tuvieron en cuenta que la propia empresa inició ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) el trámite para regularizar la tenencia del armamento mediante el permiso de usuario colectivo, que estaba vencido. Nadie discutió, sin embargo, la presencia de las armas ni las irregularidades que rodeaban su tenencia: en el expediente constan armas con identificaciones que no correspondían al usuario Coto, pedidos de secuestro sobre algunas de ellas, numeraciones borradas en otras y material vinculado a fuerzas armadas.
Al declarar en la causa Coto padre atribuyó a la Gerencia de Operaciones el control de la recepción de mercadería, la logística, la seguridad tercerizada y la maestranza. Sobre el porqué del armamento, lo justificó por razones de seguridad, a raíz de “los graves y reiterados hechos de violencia que se generaron contra locales y dependencias de la empresa, en particular, en los últimos 20 años”.
La Cámara ya había reconocido esa circunstancia en pronunciamientos anteriores. En 2018, cuando Bruglia, Llorens y Bertuzzi dictaron la falta de mérito de padre e hijo, dejaron asentado que no podían soslayarse las “tensiones producidas por los reclamos de distintas organizaciones sociales en diversos momentos críticos atravesados en el país”, que obligaron a montar operativos de seguridad “con el objeto de contrarrestar las consecuencias perjudiciales que los actos de tal naturaleza podrían acarrear”. En esa misma resolución concluyeron que “esas circunstancias, la intervención de distintas fuerzas de seguridad y, con ella, la necesidad de permanecer en los distintos predios de la firma a fin de cumplimentar acabadamente la misión aludida, generó la necesidad de utilización de varios de sus depósitos para el adecuado resguardo del armamento utilizado”.
La investigación comenzó en agosto de 2016, cuando una inspección de la Anmac solicitada por la propia empresa derivó en el hallazgo de armas, granadas, municiones y material explosivo en situación irregular. El material apareció en un depósito de la calle Paysandú al 1800, en la Ciudad de Buenos Aires, donde funcionan la casa central y la administración del supermercado, y también en un centro de distribución bonaerense.
En una primera etapa intervinieron el fallecido fiscal Jorge Di Lello y su par Franco Picardi, en el ámbito de la Unidad Fiscal Especializada en Armas de Fuego (Ufiarm). Luego el expediente quedó en manos del juez Sebastián Ramos y la fiscal Paloma Ochoa, con Alfredo y Germán Coto como principales imputados por la presunta tenencia ilegítima de material explosivo, inflamable o tóxico sin la debida autorización y por acopio de armas de fuego. Desde entonces, la causa atravesó varias idas y vueltas entre procesamientos, faltas de mérito y sobreseimientos, y ahora volverá a Casación.
La Sala I de la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri y de los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa que investigó la recopilación de correos electrónicos privados de políticos, periodistas, dirigentes y miembros de las fuerzas de seguridad.
Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi ratificaron el fallo de primera instancia del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi y cerraron el expediente para todos los imputados.
Además de Macri y de quienes condujeron el área de inteligencia durante su gobierno, el sobreseimiento alcanzó a dos agentes cuya identidad se mantuvo reservada.
El eje de la decisión fue la prueba. Para la Cámara, el material que dio origen a la investigación quedó afectado por fallas en su “preservación, trazabilidad e integridad”, en la misma línea que había resuelto Martínez De Giorgi. Los jueces recordaron que el magistrado de primera instancia descartó por falta de resguardo los dos discos rígidos sobre los que se apoyó todo el expediente, y remarcaron que la querella no logró probar que el contenido de esos soportes “hubiera sido resguardado de modo tal que permitiera garantizar su autenticidad e integridad”.
“No ha logrado sortear el principal escollo que afectó a la prueba que dio origen a la presente causa: la forma en que fue obtenida”, sostuvo el tribunal en la resolución. Los camaristas apuntaron que no accedieron “a documentación alguna que permita inferir la utilización de protocolo o metodología alguna que asegure la integridad de la prueba”.
Cómo llegaron los discos al expediente
La causa se abrió el 26 de mayo de 2020, a partir de una denuncia de Cristina Caamaño, entonces interventora de la AFI durante la gestión de Alberto Fernández. Según relató, un análisis de rutina sobre los soportes tecnológicos del organismo permitió hallar un disco rígido marca Western Digital en las dependencias de la agencia, con rastros de la conexión de varios pendrives utilizados para almacenar información de inteligencia sobre numerosas personas del ámbito político, periodístico y policial.
Los técnicos recuperaron información que había sido borrada de manera no segura y reconstruyeron con ese material una recolección de correos electrónicos privados obtenida, de acuerdo con la denuncia, sin orden ni autorización judicial. En su presentación la intervención de la AFI habló de una “recolección sistemática de correos electrónicos privados”.
El informe adjunto a la denuncia permitió identificar, mediante el sistema de credenciales, a los dos agentes que habrían accedido al contenido del disco. No fue posible, en cambio, establecer con precisión en qué área de la agencia se produjo ese acceso, porque el personal involucrado rotaba entre distintas dependencias.
Semanas más tarde se sumó una segunda presentación, vinculada a la agrupación política Kolina. Su denunciante afirmó que tomó conocimiento del caso primero por una nota periodística que la incluía entre las víctimas del espionaje ilegal y luego por un informe emitido en el programa “GPS” el 7 de junio de 2020, según el cual la AFI habría infiltrado a “una agente encubierta” dentro de esa agrupación. Ese tramo del expediente no fue apelado por la querella.
Los agujeros que detectaron los peritos: “la imputación queda desprovista de sustento”
Los magistrados detallaron las irregularidades que restaron valor probatorio a los soportes. Uno de los discos llegó cerrado y precintado, pero sin documentación de adquisición ni registro de su trazabilidad; el otro no contaba con una planilla que diera cuenta de su preservación. A eso se sumó un dato que el tribunal consideró determinante: “No se registró ni documentó el lugar en el que fueron hallados los discos rígidos”, una omisión que impidió reconstruir con certeza el origen del material y las condiciones en que fue incautado.
El peritaje oficial concluyó que “resultaba factible adulterar el contenido de un disco rígido, así como las fechas de creación, acceso o modificación” de sus archivos, sin dejar rastro. Los expertos explicaron que alcanza con cambiar el horario del equipo utilizado para alterar la marca temporal de los archivos.
Los peritos determinaron también que los correos electrónicos hallados no ingresaron por la vía natural que prevé el programa Outlook. Los archivos en formato.PSThabrían sido modificados en 2017 mediante la incorporación manual de correos desde medios externos, es decir, cargados a mano en la casilla en lugar de recibidos por el sistema.
Otro obstáculo apareció al momento de ponerle nombre y apellido a quienes manipularon los equipos: el acceso al sistema se realizó mediante un usuario genérico llamado “User”, lo que impidió identificar qué personas físicas los operaron. Las conclusiones periciales tampoco lograron establecer si los discos formaban parte de la red informática oficial de la AFI.
Con ese cuadro, el fallo desestimó el argumento de la querella según el cual la extracción del material había cumplido con los protocolos. La Cámara consideró decisivo que “no existe un curso de investigación independiente que permita acreditar los hechos denunciados con prescindencia de los elementos digitales impugnados” y cerró el razonamiento con una fórmula tajante: “Excluida la aptitud probatoria de los discos rígidos, la imputación queda desprovista de sustento”.
Una seguidilla de fallos
La resolución llegó pocos días después de otras dos decisiones de la misma Sala I, que la semana pasada sobreseyó a Macri por la toma del crédito con el Fondo Monetario Internacional y a Javier Milei y a Luis “Toto” Caputo por su declaración jurada de bienes.
El tribunal se integró con Llorens y con Bertuzzi, quien recibió un nuevo acuerdo del Senado y fue reconfirmado en el cargo. Junto a él llegó el camarista Pablo Yadarola, que integra otra sala y no votó en estos casos.
Con la confirmación total de la decisión de primera instancia la causa por la recolección de correos electrónicos a partir de los discos hallados en la AFI quedó cerrada para Macri, Arribas, Majdalani y el resto de los beneficiados por el sobreseimiento.
En un festejo popular en La Colina, Buenos Aires, los organizadores usaron bidones de un herbicida prohibido para trasladar chorizos, verduras y líquidos destinados a la comida comunitaria. Tras la viralización, la comuna admitió la falta de controles y la oposición evalúa una denuncia penal.
Los fondos van a una fundación civil cuyo presidente designa el propio Estado Mayor. En 2026 salió una sola edición, y el caso se conoce semanas después de la denuncia por sobresueldos en la Armada.
Resulta inaceptable que, mediante una medida cautelar dictada por un juzgado provincial, se haya impedido la aplicación de una ley nacional en la Provincia de Buenos Aires.
La magistrada reconoce que su decisión se basa únicamente en sus presunciones: “El Poder Judicial no…