El Gobierno decretó que los salones de fiestas dejen de pagarle a SADAIC por pasar música en eventos privados

La realidad actual generó la necesidad de actualizar el marco legal para garantizar una protección efectiva de los derechos de los autores.
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El gobierno nacional introdujo importantes modificaciones en la normativa que regula la propiedad intelectual en Argentina, adaptándola a las necesidades y realidades del siglo XXI. A través del Decreto 765/2024, el cual actualiza y redefine varios aspectos clave sobre la ejecución pública de obras artísticas, basándose en la Ley N° 11.723, que es la base legal del derecho de autor en el país.

La Ley N° 11.723, sancionada en 1933, establece el régimen legal de la propiedad intelectual en Argentina, protegiendo el derecho de autor sobre diversas expresiones artísticas y culturales. Esta ley asegura que los autores de obras literarias, musicales, dramáticas y cinematográficas, entre otras, tengan el control sobre la utilización de sus creaciones, permitiéndoles autorizar o prohibir la reproducción, distribución y ejecución pública de las mismas.

Sin embargo, con el paso de los años, la evolución de las tecnologías y las nuevas formas de consumir contenido hicieron que algunas de las definiciones y regulaciones de la ley queden obsoletas. Este desajuste entre la normativa vigente y la realidad actual generó la necesidad de actualizar el marco legal para garantizar una protección efectiva de los derechos de los autores.


Uno de los puntos centrales que plantea la norma es la redefinición del concepto de “ejecución pública”. Hasta ahora, la última modificación significativa en esta área se había realizado en 1945, cuando se ajustó el Decreto N° 41.223/34. No obstante, la definición de ejecución pública en ese momento respondía a una realidad muy distinta a la que enfrentamos hoy en día, donde el acceso a obras artísticas y culturales se democratizó y diversificó considerablemente gracias a las tecnologías digitales.

El objetivo de esta actualización es proporcionar una definición más clara y actualizada del término “ejecución pública” que refleje mejor la realidad del siglo XXI. Esto implica reconocer los nuevos medios a través de los cuales las obras pueden ser compartidas y consumidas por el público, como el streaming en Internet y otras plataformas digitales, así como garantizar que los derechos de los autores sean respetados y adecuadamente compensados.


Modificaciones claves en dos artículos fundamentales del Decreto N° 41.223/34, que reglamenta la Ley N° 11.723.

1- Redefinición de la ejecución pública

El nuevo artículo 33 establece que la ejecución pública se refiere a cualquier representación de una obra en un espacio de acceso público, dirigida a una pluralidad de personas, independientemente de los fines que persiga dicha representación. Esta definición amplia incluye tanto las ejecuciones realizadas en vivo por artistas, como aquellas que se realizan a través de medios mecánicos, electrónicos o digitales, como es el caso de las transmisiones por radio, televisión, altavoces e Internet.

Lo que resulta novedoso es la exclusión explícita de las representaciones o ejecuciones que se realicen en ámbitos privados. Es decir, si una obra es interpretada en un lugar de acceso restringido y no está abierta al público general, no se considerará una ejecución pública bajo esta normativa. Esto busca aclarar situaciones donde, por ejemplo, una obra es compartida en reuniones familiares o eventos privados.

2 – Derechos de los autores en la era digital

El artículo 35 también fue revisado para adaptarse a las nuevas realidades tecnológicas. Según esta modificación, las obras musicales, cinematográficas y los fonogramas no pueden ser objeto de ejecución pública sin la autorización expresa de los titulares de los derechos. Esta autorización puede ser gestionada directamente por los autores o a través de sociedades de gestión colectiva que los representen.

Además, se establece que cualquier persona que obtenga un beneficio económico, ya sea directo o indirecto, a través de la ejecución pública de una obra, debe proporcionar una compensación justa a los titulares de los derechos. Esto incluye a quienes utilizan la obra de manera ocasional o permanente en actividades comerciales, como bares, restaurantes, gimnasios y otros establecimientos similares.

Un aspecto importante de este artículo es que no será necesario abonar una compensación cuando las obras se utilicen con fines didácticos en establecimientos educativos o durante conmemoraciones patrióticas en instituciones oficiales. Esta excepción reconoce el valor social y educativo de la difusión cultural, permitiendo un acceso más amplio a las obras artísticas en contextos que no buscan un beneficio económico.

IMPACTO EN EL SECTOR ARTÍSTICO Y CULTURAL

La idea de la actualización es equilibrar el derecho de los autores a ser remunerados por su trabajo con la necesidad de adaptarse a un entorno tecnológico en constante evolución. La clarificación del concepto de ejecución pública y la incorporación de las nuevas formas de consumo digital son pasos significativos hacia una protección más efectiva de la propiedad intelectual.

Para los artistas, músicos, cineastas y otros creadores, esta actualización representa un reconocimiento de la importancia de su trabajo y un esfuerzo por proteger sus derechos en un contexto donde la tecnología cambió las reglas del juego. Sin embargo, también plantea desafíos, especialmente en la implementación y monitoreo de estas normativas en el vasto y dinámico espacio digital.

Por otro lado, para los establecimientos que utilizan obras protegidas, como bares, restaurantes y gimnasios, el decreto subraya la importancia de contar con las licencias adecuadas para la ejecución pública de obras. De no hacerlo, se arriesgan a enfrentar sanciones por el uso no autorizado de material protegido por derechos de autor.


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El emotivo homenaje de Chano a Jorge Lanata en el nuevo videoclip de Tan Biónica

Tras diez años sin publicar nueva música, Tan Biónica está de vuelta. La banda liderada por “Chano” Moreno Charpentier anunció su próximo álbum, El Regreso, que llegará a todas las plataformas el 4 de noviembre. Con diez temas inéditos y colaboraciones de artistas como Nicki Nicole, Andrés Calamaro y Airbag, el disco promete unir generaciones del pop y el rock argentino bajo la característica melodía “biónica”. Recientemente, la banda lanzó uno de los temas y sorprendió a sus seguidores con un inesperado homenaje a Jorge Lanata.

En el nuevo sencillo, titulado “El Problema Del Amor”, Tan Biónica sorprendió al incluir una referencia a Jorge Lanata. En el videoclip, Chano aparece con un bastón mientras mira hacia arriba, un guiño directo al periodista, quien fue su amigo y falleció el 30 de diciembre de 2024. Sin duda, este detalle se convirtió en un homenaje inesperado y muy llamativo dentro del video.

Tan Bionica – El Problema Del Amor (Video Oficial)

Tan Bionica – El Problema Del Amor (Video Oficial) Escuchá “El Problema Del Amor” acá: https://orcd.co/elproblemadelamor Suscribite al canal: https://www.youtube.com/channel/UCC2c2apix6TAX4ScSKSTjVA Instagram: https://www.instagram.com/tanbionica/?hl=es-la Facebook: https://www.facebook.com/tanbionica.ok X: https://x.com/tanbionica?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor Letra Hola, mi caramelito ácido, Mi sueño problemático, Mi lindo lado B. Sé mi sol insólito y dramático, Mi Buenos Aires trágico Que nunca recordé.

Mediante X, Chano fue consultado sobre la creación de la canción y su respuesta fue contundente: “Pensaba que la matemática, la música y el amor tienen casi todo en común. Bambi me mandó la música y empecé a soñar. Y el bastón es un homenaje a un amigo que perdí el año pasado, sostuvo, con lo que confirmó la referencia que notaron los fans.




*Fuente: Diario La Nación

Un estudio advierte que la IA ya está “envenenando” las encuestas de opinión pública

Un estudio publicado en la revista académica Proceedings of the National Academy of Sciences realizado por Sean Westwood, profesor en Ciencias Políticas de la Universidad de Dartmouth, Estados Unidos, reveló que la inteligencia artificial puede infiltrarse en las encuestas de opinión pública en línea sin ser detectada prácticamente en ningún caso.

“Con datos de encuestas contaminados por bots, la IA puede envenenar todo el ecosistema de conocimiento”, afirmó Westwood.

“Con datos de encuestas contaminados por bots, la IA p

El investigador construyó un sistema de IA programado mediante un simple prompt de 500 palabras. Este sistema fue diseñado para imitar completamente el comportamiento humano en las encuestas. Los resultados fueron devastadores, siendo que en más de 43,000 pruebas, la herramienta de IA pasó el 99.8% de todos los controles de atención diseñados específicamente para detectar respuestas automatizadas. Resolvió sin errores acertijos de lógica y burló las salvaguardas tradicionales como reCAPTCHA, la herramienta de verificación que está presente en millones de sitios web.

El sistema de IA funciona a través de dos capas altamente sofisticadas. En primer lugar, construye un perfil demográfico coherente y verosímil, asignando de manera aleatoria una edad, un género, una raza, un nivel educativo, un ingreso promedio y un estado de residencia, y mantiene la coherencia de ese personaje a lo largo de todas sus respuestas. En segundo lugar, simula el comportamiento humano con un nivel extraordinario de detalle. Para ello genera tiempos de lectura ajustados al nivel educativo del personaje, reproduce movimientos de ratón que imitan los de una persona real y redacta respuestas a preguntas abiertas letra por letra, incluyendo errores tipográficos plausibles y las correcciones que un usuario humano haría de manera natural.

Lo más perturbador es que el sistema puede ser programado para “pensar a través de cada pregunta” y “actuar como personas reales y cuidadosas”, haciendo que los datos parecen completamente legítimos. No son bots crudos, sino imitadores sofisticados del razonamiento humano.

La magnitud del riesgo se vuelve evidente cuando examinamos los números. En las siete encuestas nacionales más importantes realizadas antes de las elecciones presidenciales estadounidenses de 2024, añadir simplemente entre 10 y 52 respuestas falsas generadas por IA habría sido suficiente para cambiar completamente el resultado predicho.

Para ponerlo en perspectiva, a cinco centavos por respuesta, esto hubiera costado entre cinco dólares y dos dólares y sesenta centavos. El costo de sabotaje es ínfimo.

Westwood demostró esto experimentalmente, cuando el sistema de IA fue programado para favorecer a demócratas, la aprobación presidencial saltó del 34% al 98%. Cuando fue programado para favorecer a republicanos, cayó a 0%. El apoyo genérico pasó del 38% republicano al 97% o al 1%, dependiendo de cómo fue programado el sistema de IA. Esto es manipulación total de la percepción pública.

Los participantes humanos típicamente ganan 1.50 dólares por completar una encuesta. Los bots de IA pueden completar la misma tarea prácticamente gratis o por aproximadamente cinco centavos.

Lo más preocupante es que ya está ocurriendo. Un estudio de 2024 encontró que el 34% de los encuestados habrían utilizado IA para responder preguntas de respuesta abierta en encuestas.

HUMOR por Argüelles​

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