El ajuste fiscal sobre los ingresos de la población contrasta con la vigencia ininterrumpida de un esquema de excepción diseñado por y para la clase política. Las asignaciones vitalicias no constituyen un beneficio previsional ordinario, sino un régimen regulado por la Ley 24.018 que no exige años de aportes ni una edad mínima para su cobro. Concebidas formalmente como un reconocimiento al mérito y al honor, estas liquidaciones garantizan haberes equivalentes a las remuneraciones de la cúpula del Poder Judicial de la Nación.
La distancia entre estos ingresos y la realidad del ciudadano común expone una brecha insalvable. Un solo haber mensual de la nómina de exmandatarios equivale a varias decenas de jubilaciones mínimas del sistema general y supera por multiplicadores de dos dígitos al Salario Mínimo, Vital y Móvil de un trabajador formal. Se trata de un nivel de ingresos blindado ante la inflación que se financia de manera directa con los recursos del Tesoro Nacional.
A esta asimetría se suma la paradoja que atraviesa a la propia administración pública en funciones. Mientras los salarios del presidente Javier Milei y de la vicepresidenta Victoria Villarruel se encuentran congelados en torno a los 4 y 5 millones de pesos brutos por decisión política, los exmandatarios percibientes de este régimen duplican, triplican y hasta quintuplican esos montos sin ejercer función alguna.

La nómina de la abundancia
El Estado nacional liquida un total bruto de $219.926.637 mensuales para sostener 12 asignaciones vitalicias vigentes. La cifra equivale a más de 387 jubilaciones mínimas abonadas en un solo mes a este reducido grupo de 12 personas.
Expresidentes
· Alberto Fernández: $26.092.447 (46 jubilaciones mínimas).
· Mauricio Macri: $25.043.153 (44 jubilaciones mínimas).
· Adolfo Rodríguez Saá: $23.999.253 (42 jubilaciones mínimas).
· María Estela Martínez de Perón: $12.936.493 (23 jubilaciones mínimas).
Exvicepresidentes
· Marta Gabriela Michetti: $18.192.138 (32 jubilaciones mínimas).
· Julio César Cleto Cobos: $17.999.446 (32 jubilaciones mínimas).
· Daniel Osvaldo Scioli: $12.486.621 (22 jubilaciones mínimas).
Familiares
· Zulema Yoma (viuda de Carlos Menem): $20.618.733 (36 jubilaciones mínimas)
· Inés Pertiné (viuda de Fernando de la Rúa): $17.561.990 (31 jubilaciones mínimas).
· Bety Nelly Andrés (viuda de Roberto Levingston): $16.214.248 (29 jubilaciones mínimas).
· Cristina Fernández (pensión percibida por Néstor Kirchner): $16.090.877 (28 jubilaciones mínimas).
· Amalia Carmen Guido (hija de José María Guido): $12.691.238 (22 jubilaciones mínimas).

Expedientes bajo la lupa
Detrás de la nómina millonaria se esconden particularidades operativas y giros judiciales que pintan la discrecionalidad del sistema. En el caso de Alberto Fernández, ANSES le retiene mensualmente el 30% de su haber bruto por una orden judicial destinada al pago de la cuota alimentaria de su hijo menor, Francisco. Por su parte, Mauricio Macri sostiene públicamente la donación parcial de su asignación a la fundación Margarita Barrientos, mientras que Adolfo Rodríguez Saá cobra varios millones de pesos al mes por un mandato interino de apenas siete días en diciembre de 2001, a diferencia de sus sucesores Ramón Puerta y Eduardo Camaño, quienes renunciaron formalmente a tramitar el beneficio.
El apartado de los exvicepresidentes expone irregularidades institucionales y amparos de largo alcance. Daniel Scioli percibe su jubilación como exvicepresidente mientras ejerce simultáneamente como secretario de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación, una acumulación permitida únicamente por desempeñarse en el cargo actual de forma ad honorem, por el que cobraría mucho menos si no hubiera renunciado a ese sueldo. A su vez, María Estela Martínez de Perón (95 años) radica en Madrid desde hace décadas y continúa percibiendo su asignación desde el exterior sin condicionamiento alguno.

El listado consolida también anacronismos históricos y concesiones extraordinarias. Bety Nelly Andrés, viuda de Roberto Marcelo Levingston, cobra su pensión por un presidente de facto designado por la junta militar de la dictadura de 1970. El caso más insólito lo protagoniza Amalia Carmen Guido, hija de José María Guido —quien no fue electo por voto popular—, que cobra su haber tras una transferencia excepcional del beneficio efectuada en la década de 1990 que extendió la pensión a una hija mayor de edad por fuera de las reglas del régimen general.
El panorama previsional se completa con la reciente actualización del frente judicial. Tras las resoluciones de la ANSES dictadas en noviembre de 2024 que revocaron los beneficios de Cristina Kirchner y Amado Boudou por “indignidad sobreviniente” tras sus condenas penales, la justicia previsional otorgó una medida cautelar a favor de la expresidenta. Con ese fallo se ordenó la restitución inmediata de la pensión derivativa por Néstor Kirchner, manteniendo a Boudou como el único exmandatario con la asignación completamente dada de baja.

El pacto con el menemismo
La embestida contra estas asignaciones constituye una de las banderas centrales del discurso oficialista. La Libertad Avanza promueve la eliminación de las jubilaciones de privilegio como un eje de su política de ajuste a la “casta”, respaldándose en informes técnicos como el de la Oficina de Presupuesto del Congreso. Sin embargo, la cruzada moral del Gobierno encuentra un límite difuso al chocar con sus propias alianzas y simpatías políticas.
El origen de este régimen excepcional se remonta a la Ley 24.018, sancionada en 1991 bajo la presidencia de Carlos Saúl Menem. El proyecto original en el Senado llevó la firma de un entendimiento bipartidista entre el menemismo —con Juan Carlos Romero, Oraldo Norvel Britos y Felipe Ernesto Ludueña— y el radicalismo —a través de Adolfo Gass, Luis Agustín Brasesco y Eduardo Pósleman—. La norma llevó además la firma de Eduardo Menem —hermano de Carlos Saúl— como presidente del Senado en ejercicio del Poder Legislativo, el mismo dirimiente político que promovió y blindó la norma de privilegio que hoy, tres décadas después, aparentemente cuestiona su propio hijo, Martín Menem, desde la presidencia de la Cámara de Diputados.

Es la misma normativa que hoy sostiene la caja millonaria de Zulema Yoma, viuda de Carlos Menem. La vigencia de este privilegio contrasta con la prédica anticasta del Ejecutivo, que al mismo tiempo reivindica la figura del expresidente riojano y cobija a su entorno directo en los puestos de mayor jerarquía del Estado, con Martín Menem al frente de la Cámara de Diputados y Eduardo “Lule” Menem instalado en la cúpula del Poder Ejecutivo.
Esta convivencia política expone una marcada selectividad en la aplicación de los criterios éticos del Estado. Dependiente del poder Ejecutivo, ANSES actuó con celeridad para disponer la quita de beneficios a Cristina Kirchner y Amado Boudou invocando la “indignidad sobreviniente” tras sus condenas penales, pero no aplicó la misma vara con el beneficio derivado de Carlos Menem, quien falleció con condenas firmes ratificadas por la Justicia por delitos contra la administración pública, como el tráfico ilegal de armas a Ecuador y Croacia. La cercanía y la afinidad personal de la conducción oficial con la familia Menem dejó intacto el haber que mensualmente se liquida a su viuda.

El blindaje en el Congreso
Pese al impacto mediático del discurso oficial y los intentos legislativos por dar de baja estas asignaciones, la eliminación del régimen se encuentra trabada en el laberinto parlamentario. En junio de 2024, durante la discusión de la Ley Bases en el Congreso, la Cámara de Diputados votó por mantener las jubilaciones de privilegio tras una ajustada definición donde sectores de la oposición colaboraron para sostener el esquema.
Ante ese revés, los diputados nacionales del MID, Oscar Zago y Eduardo Falcone, redactaron un proyecto específico para desmantelar este entramado. La iniciativa propone derogar no sólo la Ley 24.018 de expresidentes y exvices, sino también la 21.540 de dignatarios eclesiásticos, la 22.430 de legisladores mandato cumplido y la 22.731 del servicio exterior (embajadores, cónsules, etc.), sumando además un mecanismo para que el Ejecutivo invite formalmente a los exmandatarios a renunciar voluntariamente a sus cobranzas. Sin embargo, si bien tuvo un apoyo inicial del gobierno, el por entonces presidente de la Comisión de Previsión y Presupuesto, José Luis Espert, optó por cajonear el proyecto.

A la falta de consenso político se le suma una infranqueable valla jurídica: el principio de irretroactividad de las leyes. Diversos constitucionalistas y especialistas en derecho previsional coinciden en que, incluso si el Congreso lograra sancionar la derogación de la Ley 24.018 para los futuros mandatarios, la medida difícilmente pueda aplicarse a los 12 beneficiarios actuales. Al tratarse de derechos adquiridos bajo el amparo de una legislación vigente al momento de su otorgamiento, cualquier intento de quitar el haber por vía administrativa choca de frente con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia.
Esta combinación de cálculo político y cerrojo judicial garantiza que la erogación mensual superior a los $219 millones continúe saliendo de las arcas del Estado. De este modo, mientras la sociedad asimila la pauta de austeridad y las jubilaciones del régimen general se actualizan a ritmo goteado, el ecosistema de privilegio de la política argentina mantiene intacto su blindaje, exponiendo la distancia entre la narrativa electoral y la dura realidad de las cajas del poder.
*Por Augusto Grinner
































