02 septiembre, 2025

El Gobierno decretó que los salones de fiestas dejen de pagarle a SADAIC por pasar música en eventos privados

La realidad actual generó la necesidad de actualizar el marco legal para garantizar una protección efectiva de los derechos de los autores.
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El gobierno nacional introdujo importantes modificaciones en la normativa que regula la propiedad intelectual en Argentina, adaptándola a las necesidades y realidades del siglo XXI. A través del Decreto 765/2024, el cual actualiza y redefine varios aspectos clave sobre la ejecución pública de obras artísticas, basándose en la Ley N° 11.723, que es la base legal del derecho de autor en el país.

La Ley N° 11.723, sancionada en 1933, establece el régimen legal de la propiedad intelectual en Argentina, protegiendo el derecho de autor sobre diversas expresiones artísticas y culturales. Esta ley asegura que los autores de obras literarias, musicales, dramáticas y cinematográficas, entre otras, tengan el control sobre la utilización de sus creaciones, permitiéndoles autorizar o prohibir la reproducción, distribución y ejecución pública de las mismas.

Sin embargo, con el paso de los años, la evolución de las tecnologías y las nuevas formas de consumir contenido hicieron que algunas de las definiciones y regulaciones de la ley queden obsoletas. Este desajuste entre la normativa vigente y la realidad actual generó la necesidad de actualizar el marco legal para garantizar una protección efectiva de los derechos de los autores.


Uno de los puntos centrales que plantea la norma es la redefinición del concepto de “ejecución pública”. Hasta ahora, la última modificación significativa en esta área se había realizado en 1945, cuando se ajustó el Decreto N° 41.223/34. No obstante, la definición de ejecución pública en ese momento respondía a una realidad muy distinta a la que enfrentamos hoy en día, donde el acceso a obras artísticas y culturales se democratizó y diversificó considerablemente gracias a las tecnologías digitales.

El objetivo de esta actualización es proporcionar una definición más clara y actualizada del término “ejecución pública” que refleje mejor la realidad del siglo XXI. Esto implica reconocer los nuevos medios a través de los cuales las obras pueden ser compartidas y consumidas por el público, como el streaming en Internet y otras plataformas digitales, así como garantizar que los derechos de los autores sean respetados y adecuadamente compensados.


Modificaciones claves en dos artículos fundamentales del Decreto N° 41.223/34, que reglamenta la Ley N° 11.723.

1- Redefinición de la ejecución pública

El nuevo artículo 33 establece que la ejecución pública se refiere a cualquier representación de una obra en un espacio de acceso público, dirigida a una pluralidad de personas, independientemente de los fines que persiga dicha representación. Esta definición amplia incluye tanto las ejecuciones realizadas en vivo por artistas, como aquellas que se realizan a través de medios mecánicos, electrónicos o digitales, como es el caso de las transmisiones por radio, televisión, altavoces e Internet.

Lo que resulta novedoso es la exclusión explícita de las representaciones o ejecuciones que se realicen en ámbitos privados. Es decir, si una obra es interpretada en un lugar de acceso restringido y no está abierta al público general, no se considerará una ejecución pública bajo esta normativa. Esto busca aclarar situaciones donde, por ejemplo, una obra es compartida en reuniones familiares o eventos privados.

2 – Derechos de los autores en la era digital

El artículo 35 también fue revisado para adaptarse a las nuevas realidades tecnológicas. Según esta modificación, las obras musicales, cinematográficas y los fonogramas no pueden ser objeto de ejecución pública sin la autorización expresa de los titulares de los derechos. Esta autorización puede ser gestionada directamente por los autores o a través de sociedades de gestión colectiva que los representen.

Además, se establece que cualquier persona que obtenga un beneficio económico, ya sea directo o indirecto, a través de la ejecución pública de una obra, debe proporcionar una compensación justa a los titulares de los derechos. Esto incluye a quienes utilizan la obra de manera ocasional o permanente en actividades comerciales, como bares, restaurantes, gimnasios y otros establecimientos similares.

Un aspecto importante de este artículo es que no será necesario abonar una compensación cuando las obras se utilicen con fines didácticos en establecimientos educativos o durante conmemoraciones patrióticas en instituciones oficiales. Esta excepción reconoce el valor social y educativo de la difusión cultural, permitiendo un acceso más amplio a las obras artísticas en contextos que no buscan un beneficio económico.

IMPACTO EN EL SECTOR ARTÍSTICO Y CULTURAL

La idea de la actualización es equilibrar el derecho de los autores a ser remunerados por su trabajo con la necesidad de adaptarse a un entorno tecnológico en constante evolución. La clarificación del concepto de ejecución pública y la incorporación de las nuevas formas de consumo digital son pasos significativos hacia una protección más efectiva de la propiedad intelectual.

Para los artistas, músicos, cineastas y otros creadores, esta actualización representa un reconocimiento de la importancia de su trabajo y un esfuerzo por proteger sus derechos en un contexto donde la tecnología cambió las reglas del juego. Sin embargo, también plantea desafíos, especialmente en la implementación y monitoreo de estas normativas en el vasto y dinámico espacio digital.

Por otro lado, para los establecimientos que utilizan obras protegidas, como bares, restaurantes y gimnasios, el decreto subraya la importancia de contar con las licencias adecuadas para la ejecución pública de obras. De no hacerlo, se arriesgan a enfrentar sanciones por el uso no autorizado de material protegido por derechos de autor.


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La pesca cayó 74% en un año y puso en riesgo 5.000 empleos

La pesca registró en junio una caída interanual de 74,1% y fue el rubro de mayor incidencia negativa sobre el Estimador Mensual de Actividad Económica del INDEC. 

Desde que Javier Milei asumió la presidencia, los principales efectos negativos se observaron en la industria manufacturera y en la construcción por su peso en PBI y empleo. Sin embargo, desde marzo la pesca fue el sector con mayores contracciones, fundamentalmente por la paralización en el segmento de crustáceos.

En el último Índice de Producción Industrial (IPI) pesquero, el INDEC aclaró que los resultados estuvieron “afectados por un conflicto gremial extendido”. Dado el patrón estacional cambiante y la irregularidad de la actividad, el organismo sugirió analizar la tendencia‑ciclo junto con la serie desestacionalizada; ambas series exhibieron los niveles de producción más bajos desde mediados de 2016.

En 2024 el complejo pesquero exportó más de u$s2.000 millones y fue el octavo en relevancia exportadora a nivel nacional. En 2025 incidió el derrumbe de precios internacionales: el valor por kilo del langostino salvaje cayó cerca de 60% (de u$s12 a u$s5) por sobrecaptura y por la irrupción del langostino vannamei, de menor calidad y más barato. 

“En comercio exterior somos un importante actor en la región pero en lo que va del año ya se perdieron por no salir a faena más de u$s200 millones en exportaciones”, señaló Sebastián Pérez, industrial naval del sector servicios. Pérez añadió que otras especies (el calamar Illex y la merluza negra) compensaron parcialmente la baja de ventas.

“Alrededor de 113 buques tangoneros congeladores estuvieron cuatro meses amarrados en distintos puertos de Mar del Plata, Puerto Deseado y Puerto Madryn porque la actividad no era rentable, debido a varios motivos”, agregó Pérez.

Los empresarios solicitaron adecuar el convenio colectivo a la nueva realidad del sector, mientras que los sindicatos denunciaron intentos de rebajar más de 20% los salarios. Finalmente, se firmó un acuerdo con un descuento en los sueldos por viaje: “Por la crisis que argumenta el sector empresario, la cual tiene parada toda la flota tangonera langostinera, a nuestros afiliados con muchos meses sin trabajar y a las familias pasando necesidades: se descontará un 9% del salario bruto por cada viaje. PARA QUE LES QUEDE CLARO, EL DESCUENTO ACORDADO SERÁ SOLO POR ESTA TEMPORADA”, publicó a comienzos de agosto el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos.

En Mar del Plata, entre suspensiones y despidos se calcularon cerca de 200 trabajadores; los sindicatos hablaron de más de 600. “Pero en realidad la crisis afecta a 5.000 trabajadores”, afirmó Pérez. Los asalariados registrados pasaron de 15.100 en febrero a 14.400 en mayo, según el SIPA. El consumo interno de pescados y mariscos fue de 7 kilos anuales por persona, el más bajo de la región, por lo que no compensó la caída exportadora.

Los industriales señalaron costos de producción elevados y solicitaron una reforma laboral y la quita de retenciones. Además, el sector afrontó el pago de cuotas del derecho único de extracción de especies clave, como la merluza y la vieira, que aportaron más de u$s26 millones al Fondo Nacional Pesquero (FONAPE) en lo que va del año, frente a u$s2,67 millones en todo 2023.

En respuesta, el Gobierno nacional analizó reducir o eliminar retenciones a las exportaciones pesqueras como parte de una estrategia para disminuir impuestos distorsivos. El Ministerio de Economía confirmó que la pesca quedó incluida en la agenda de revisión, en línea con el Informe 144 de la Jefatura de Gabinete. Ante una consulta legislativa, dicho informe consignó: “El Ministerio de Economía por intermedio de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, indica que se continuarán disminuyendo y/o eliminando los impuestos distorsivos, entre ellos, los derechos de exportación, y la pesca es uno de los productos en análisis”. Y añadió: “Es importante agregar que no se puede asimilar al sector agrícola ganadero con el pesquero, por ende, merecen un tratamiento distinto. El agro es una actividad netamente productiva que se desarrolla vinculada a un bien directa o indirectamente propio. La pesca, por el contrario, es una actividad mayormente extractiva vinculada a un recurso que pertenece a los argentinos en su conjunto”.

El Gobierno arremete contra Kicillof tras el crimen de Rita Suárez: “PBA es un baño de sangre”

El brutal asesinato de Rita Mabel Suárez el jueves 15 de agosto en Villa Luzuriaga ha reavivado el intenso debate sobre la inseguridad en la provincia de Buenos Aires, convirtiéndose en el nuevo epicentro de una polémica entre el gobierno nacional y el provincial del gobernador, Axel Kicillof.

El subsecretario de Medios, Javier Lanari, expresó contundentemente que “La Provincia es un baño de sangre” y acusó a la administración bonaerense de “proteger delincuentes y fomentar la violencia”. Por otro lado, Kicillof reclama que el gobierno nacional “quitó 750 mil millones de pesos de un fondo que estaba destinado a seguridad”, equivalente según él a “la compra de 10.000 patrulleros”. El gobernador habría creado un programa provincial de $170.000 millones con recursos propios para fortalecer el despliegue policial. “Sí salis, no sabes sí volvés”, declaró una vecina sobre el violento hecho.

Kicillof ha intentado despolitizar el debate, señalando que “algunos usan esto para ganar un voto y lucrar con el dolor” y criticando que “se caranchea con el dolor y se explota la angustia de la gente para sacar ventajas políticas”. Sin embargo, el funcionario reconoció la gravedad de la situación: “Asumo una responsabilidad sobre la seguridad de 17 millones de bonaerenses”.

Rita Suárez, una preceptora de 47 años y madre de dos hijos, fue asesinada a tiros mientras esperaba en su automóvil que su hija saliera de una clase de canto en Villa Luzuriaga, partido de La Matanza.

Según fuentes e imágenes de cámaras de seguridad, tres delincuentes —un mayor de 19 años y dos menores— intentaron robarle el Renault Sandero Stepway. Uno de los asaltantes, sin mediar palabra, abrió fuego a corta distancia a través del vidrio del conductor. Rita recibió el disparo mientras permanecía en el vehículo.

El hijo adolescente de la víctima, de 15 años, presenció la escena. En las grabaciones se lo escucha gritar desesperado: “Mamá, no”, mientras veía cómo disparaban contra su madre a solo unos centímetros. La mujer agonizó alrededor de 20 minutos hasta que un vecino la trasladó a la clínica Cruz Celeste de San Justo, donde finalmente falleció.

El crimen se produjo apenas 24 horas después de otro atroz suceso en el mismo partido, cuando motochorros asesinaron a una joven de 23 años en González Catán. En lo que va de 2024, La Matanza contabilizó 155 homicidios, once víctimas más que en 2023. Por su parte, 128.477 robos denunciados en 2024, representando un incremento del 18% respecto a 2023, junto con un aumento del 56% en homicidios en ocasión de robo en 2023 y el aproximado de 15 robos por hora (un robo cada cinco minutos), alimentando el reclamo de vecinos y autoridades por más medidas de seguridad.

Rita Suárez era una persona conocida y querida en su comunidad: trabajadora de la educación, fanática de la banda La Renga y responsable de un emprendimiento llamado “Bordando Rock”. Su muerte, frente a su hijo adolescente, movilizó tanto a los vecinos como a las autoridades educativas de la zona.

La investigación, a cargo del fiscal Adrián Arribas de la UFI de Homicidios de La Matanza, logró un rápido esclarecimiento del caso gracias a un detalle insólito. Los delincuentes habrían pagado sus compras con billeteras virtuales. Tras cometer el crimen, los tres sospechosos compraron agua en un supermercado chino ubicado a seis cuadras del lugar del asesinato, donde Máximo José Leguizamón (17 años) pagó con una aplicación a su nombre.

Posteriormente, tomaron un remis que abonaron con otra billetera virtual perteneciente a Alex Uriel Muñoz (19 años), quien fue detenido en su domicilio de Rafael Castillo vistiendo la misma ropa del momento del crimen. En el allanamiento se secuestró una pistola Bersa calibre .380 con ocho balas en el cargador, cincuenta municiones y prendas manchadas con sangre. Un menor continúa prófugo.

HISTÓRICO: Comenzó el primer juicio por matar a un yaguareté

El juicio oral y público comenzó el martes y se programó para tres jornadas, hasta el jueves, fecha en la que el tribunal anunció que daría a conocer la sentencia. Se trató de un proceso sin precedentes: nunca antes en la Argentina un grupo de personas enfrentó un debate oral por la caza de un yaguareté. “Es la primera vez que logramos llegar a esta instancia judicial en 75 causas en más de 20 años”, destacó Nicolás Lodeiro Ocampo, fundador y director de la Fundación Red Yaguareté.

El caso se originó a fines de julio de 2024, entre Ibarreta y Estanislao del Campo, en el oeste formoseño. La desaparición de una vaca lechera motivó que el dueño del campo, Máximo Cisneros (61), pidiera ayuda a los changarines Walter Hugo Ponce De León (45), Viterman Ponce De León (38) y Claudio Cisneros (30) para hallarla. Salieron armados y con perros, encontraron a la vaca muerta y, cerca de los restos, vieron al yaguareté. Según relataron, los perros se abalanzaron y la situación se descontroló. “Nos empezó a atacar. Mató dos perros. Los trituró”, contó Viterman. De acuerdo con el expediente, Claudio ejecutó el disparo de escopeta que mató al animal, “aunque eso no mengua la responsabilidad de quienes lo acompañaban”.

Poco después, los cuatro lo carnearon, cocinaron y comieron mientras se fotografiaban sonrientes junto al cadáver. Las imágenes mostraron al animal maniatado, colgado y despellejado. La piel nunca apareció; se especuló con que pudo haber sido vendida. El 27 de julio de 2024, las fotos llegaron al celular de Ana Magdalena Gutiérrez, representante de la Subcomisión Chaqueña para la Conservación del Yaguareté y representante titular ante el Comité General de Gestión Yaguareté del Plan Nacional de Conservación del Monumento Natural Yaguareté (PNCMNY), quien denunció el hecho. Los acusados indicaron luego que las fotos “fueron tomadas por unos vecinos”.

Dos días después de la denuncia, la policía allanó el domicilio de Máximo Cisneros en el Paraje “Las Antolas”, a 15 kilómetros de Ibarreta. El dueño del campo intentó darse a la fuga, pero fue interceptado por las fuerzas provinciales. El 2 de septiembre, 36 días más tarde, los otros tres acusados —sobre quienes pesaba una orden de captura nacional— se presentaron ante la Justicia con sus abogados. Pasaron casi dos meses detenidos, primero en el Escuadrón 15 “Bajo Paraguay” de Formosa y luego en una dependencia de Pirané, a 110 kilómetros de la capital provincial. El 7 de noviembre obtuvieron prisión domiciliaria con salidas laborales entre las 7 y las 15; sus defensores solicitaron la ampliación de ese horario y la respuesta quedó pendiente. Máximo Cisneros llegó al juicio en libertad.

El viernes 25 de julio a las 9 de la mañana, Walter Hugo Ponce De León, Claudio Cisneros y Viterman Ponce De León se conectaron a un Zoom para ser entrevistados por Infobae desde Ibarreta, bajo arresto domiciliario y en presencia de sus abogados, Pablo Adrián Cardozo y Ramón Eduardo Cristaldo. Durante la entrevista hablaron por primera vez del caso: “Nosotros no somos cazadores. Matamos al bicho y después nos lo comimos: no fue un trofeo como se dijo”, dijeron. “Nunca supimos que (el yaguareté) era tan protegido. No teníamos idea… Pero tuvimos que decidir, era la vida del bicho o la nuestra”, sostuvo Claudio. “Nos defendimos como pudimos”, agregó Viterman.

Los tres se definieron como trabajadores rurales sin estudios formales y describieron su situación económica. “Nosotros vivíamos de ese campo. Ahora no tenemos nada”, explicó Hugo. “Fue una cosa fea lo que nos pasó. Primero, porque somos pobres. Segundo, porque dentro de todo antes teníamos cómo vivir, cómo alimentar a la familia. Ahora ni eso”, agregó.

El yaguareté está protegido como Monumento Natural Nacional por la Ley 25.463, la máxima categoría de protección. La causa se calificó como caza de animales silvestres cuya captura estuvo prohibida, agravada por la participación de tres o más personas. Lodeiro Ocampo cuestionó la supuesta legítima defensa: “Estaban en una actitud de caza, iban con armas y perros. El yaguareté no estaba buscando personas para comer. Además, matarlos está prohibido por ley: si alguien decide hacerlo, tiene consecuencias penales y económicas”. Sobre la respuesta de los hombres, añadió: “No hay una definición de qué hacer, pero con unos disparos el yaguareté se va”.

Según la Fundación Red Yaguareté, las manchas del ejemplar funcionaron como huellas digitales y permitieron identificarlo como uno de los cinco registrados en Formosa; ahora quedaron cuatro. En 2023, en Clorinda, también en Formosa, otro hombre fue procesado por matar un ejemplar y debió pagar una caución de 3.770.000 pesos.

El yaguareté, el felino más grande de América, se encontró en peligro crítico de extinción en la Argentina. Se estimó alrededor de 250 ejemplares en todo el país, divididos en tres poblaciones: las yungas de Salta y Jujuy, la región chaqueña (casi exclusivamente en el Chaco seco) y porciones de la selva misionera. En el norte del país se calculó entre 200 y 300 individuos; en el Gran Chaco argentino apenas quedaron 20. La caza furtiva y la degradación de ambientes por acción humana, con escasez de presas, figuraron como las principales amenazas. “Estamos al límite de perder al yaguareté. Si queremos salvar esta especie emblemática y lo que significa para la diversidad, debemos proteger los bosques y terminar con la deforestación”, advirtió Noemí Cruz, coordinadora de la campaña de bosques de Greenpeace Argentina.

Para la Red Yaguareté, el debate oral que comenzó el 12 de agosto representó “el mayor logro hasta el presente en relación con la persecución y búsqueda de castigos ejemplares a cazadores de yaguaretés. Nunca antes se había dictado prisión domiciliaria por un hecho así”. La organización remarcó que, históricamente, “ninguno de los planes nacionales o regionales para conservar al yaguareté contempló la convivencia del animal y las personas en zonas rurales, especialmente con la ganadería”. Lodeiro Ocampo sostuvo: “La Ley Nacional de Faunas tiene 45 años, está obsoleta. Para esa ley una liebre y un yaguareté es lo mismo. Estamos intentando modificarla para cambiar las penas para las especies que están declaradas Monumento Natural Nacional, es decir, las de mayor nivel de protección, que tengan pena de prisión efectiva”. También señaló que el humano no formó parte de la dieta del felino y que los ataques a personas se produjeron solo cuando el animal se sintió atacado o atrapado.

Denunciaron a un diputado de LLA por falsificar la firma de su abuela para apropiarse de una herencia

Lisandro Almirón, diputado nacional por La Libertad Avanza y candidato a gobernador de Corrientes respaldado por Karina Milei, enfrenta denuncia penal y civil que lo acusa de falsificar la firma de su abuela fallecida para apropiarse de su única propiedad.

La denuncia penal fue radicada ante la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas (UFIC) Nº 5 por los delitos de Falsificación de Instrumento Público (artículo 292 del Código Penal) y Estafa (artículo 172 del Código Penal). Paralelamente, la causa civil se tramita ante el Juzgado Civil y Comercial N.º 12, Secretaría N.º 25, bajo el expediente 219675/21.

El escándalo involucra la propiedad de Priscila Brizuela, abuela tanto de Almirón como del denunciante Eduardo Gómez, quien asegura tener en su poder la escritura original de la casa y que la firma usada para la venta no coincide con la real. Según su relato, se trató de una maniobra para “apoderarse del único bien familiar y dejar afuera al resto de los herederos legítimos.”

“Se aprovecharon de la situación de vulnerabilidad de mi abuela. Cuando uno confía en la familia y en los profesionales, nunca espera una traición de este tipo”, declaró Gómez.

– La supuesta firma trucha de Pricila Brizuela

La anciana falleció el 16 de marzo de 2013, pero antes de su muerte, mientras se encontraba internada en terapia intensiva en la Clínica Sagrado Corazón, supuestamente otorgó un “poder especial irrevocable” para transferir su única propiedad.

La polémica gira en torno a la Escritura Nº 4 del 28 de febrero de 2013, fechada apenas “un día antes” del fallecimiento de Priscila Brizuela. Según la denuncia presentada por Gómez, primo hermano del diputado, la casa ubicada en el barrio Bañado Norte de la capital correntina, fue transferida directamente a nombre de Lisandro Almirón y sus hermanos Carlos Hernán y Cinthia Elizabeth Almirón.

La transferencia se realizó mediante un poder que habría sido otorgado mientras la abuela estaba internada en terapia intensiva. Un perito caligráfico determinó que la firma sería una “imitación burda” que no coincide con la rúbrica real de la mujer.

La operación fue ejecutada con la participación de varios profesionales del entorno familiar, entre ellos Marta Susana Marcoré, abogada y suegra de Lisandro Almirón, quien actuó como apoderada mediante el presunto poder falsificado para concretar la transferencia. María Alicia Gamba Landi, también estuvo presente y actuó como la escribana que legalizó la escritura de compraventa, ya contando entonces con antecedentes disciplinarios. Fue suspendida un año por el Colegio de Escribanos por su participación en la causa “Boston”, una conocida estafa inmobiliaria de gran escala en Corrientes.

– Documento de la abuela con la respectiva firma

La defensa de los denunciados presentó un certificado psiquiátrico firmado el mismo día en que supuestamente se habría otorgado el poder. Sin embargo, este documento presenta serias inconsistencias, al ser emitido por el Hospital San Francisco de Asís, establecimiento donde la anciana nunca estuvo internada ni fue atendida, y el profesional firmante no trabajaba ese día en el hospital, según confirmó oficialmente el nosocomio.

El caso de la herencia fraudulenta no es el único señalamiento que enfrenta Lisandro Almirón. También ha sido cuestionado por contratos municipales en Gobernador Virasoro que beneficiaron a su esposa Laura Romina Peralta Marcoré y a su suegra para servicios de “alquiler de maquinarias viales” y “servicios profesionales”. Además, donaciones de bienes incautados de la Dirección General de Aduanas a una fundación vinculada a su entorno familiar, la Fundación GEA – Madre Tierra Mitología Griega.

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