Cúneo Libarona busca bajar la edad de imputabilidad: “En 1980 el joven de 13 años no era el mismo de hoy”

“Hoy tiene conciencia, actúa con dolo, tiene intención”, comentó Cúneo Libarona en referencia a los adolescentes de 13 años que matan.
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10 Years Experiences

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A raíz del aumento de la inseguridad por los delitos graves cometidos por menores en la Argentina, el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, ha reafirmado su postura a favor de bajar la edad de imputabilidad a 13 años. Esta propuesta, según Cúneo Libarona, responde a un cambio en el desarrollo y comportamiento de los jóvenes en la actualidad que no se condice con los buenos valores y costumbres que practicaban en 1980.

“El artículo 34 del Código Penal dice que no es punible quien no tenga conciencia de la criminalidad del acto y no pueda dirigir sus acciones. En 1980, cuando se dictó la ley, el joven de 13 años no era el mismo de hoy. Hoy tiene conciencia, actúa con dolo, tiene intención”, declaró Cúneo Libarona en una entrevista con Jonatan Viale. El ministro sostiene que los adolescentes de hoy son plenamente conscientes de sus acciones y deben ser responsables por ellas.

El funcionario nacional argumentó que, si un joven de 13 años comprende que usar un arma y matar constituye homicidio, es indudable que tiene la capacidad de entender la criminalidad de sus actos. “¿Qué le decimos al padre al que le mató un hijo un chico de 13 años? ¿Qué son inimputables, que quedan en libertad? No hay límites”, añadió con preocupación.

“La cantidad de delitos cometidos por chicos de 13 años nos sorprendería. Hubo un incremento del 20% de un año a otro, con lo cual no cabe duda de que el chico de 13 años de 2024 no es el mismo de antes”, detalló el abogado. Este enfoque integral del proyecto de ley busca no solo reducir la delincuencia juvenil, sino también ofrecer un marco legal que permita tratar a los menores con la seriedad que la situación amerita, sin descuidar su rehabilitación y reintegración social.

¿DÓNDE IRÁ EL MENOR DE 13 AÑOS QUE COMETE UN DELITO? | EL PLAN DE CUNEO LIBARONA

El proyecto de ley propuesto por La Libertad Avanza establece que los menores privados de libertad serían internados en establecimientos especiales o en secciones separadas dentro de las penitenciarías, bajo la supervisión de personal especializado. Los padres de los menores recibirían notificación tanto de la imputación como de los actos procesales subsiguientes, y se garantizaría la protección de los derechos de las víctimas en todo momento.

Además, la propuesta incluye medidas complementarias para las condenas condicionales, como la asistencia a programas educativos, formación ciudadana, capacitación laboral, y tratamiento médico o psicológico, entre otros. Estas medidas buscan no solo castigar sino también rehabilitar y reintegrar al menor en la sociedad de manera constructiva.

Las penas propuestas varían entre tres y seis años, con alternativas a la prisión en ciertos casos. La implementación de estas penas será supervisada por un juez o fiscal, y también por la víctima si así lo desea. “El máximo de las penas será de 20 años. Al cumplir dos tercios, el tribunal podrá disponer que se continúe con algunas de las medidas alternativas”, explicó Cúneo Libarona. Además, se establece que ante el incumplimiento injustificado de una pena alternativa, el juez la sustituirá por otra más severa.

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Santa Fe | Jueces garantistas aflojaron controles en cárceles y un condenado a 37 años estuvo ocho meses prófugo sin que nadie lo buscara

La provincia de Santa Fe quedó atravesada por dos decisiones judiciales vinculadas al sistema penitenciario. Un fallo hizo lugar parcialmente a un habeas corpus y determinó que no se podrá obligar a los abogados a utilizar teléfonos en las entrevistas con presos alojados en cárceles de alto perfil. En Rosario, la jueza de Ejecución Penal Luciana Prunotto defendió las salidas transitorias otorgadas a Ricardo Albertengo, condenado a 37 años de prisión en 2010, y afirmó que “nada se hizo por fuera de la ley”, pese a que el hombre quedó prófugo desde 2015.

En el primero de los casos, el planteo lo impulsó el abogado José Nanni, quien cuestionó las nuevas condiciones para entrevistar a sus defendidos. Según explicó, el problema surgió cuando acudió a una entrevista y se encontró con un sistema que obligaba a comunicarse mediante un teléfono detrás de un blindex. “Lo que nosotros planteamos es que la comunicación entre el abogado y su defendido debe ser privada y no debe tener injerencias del Estado”, sostuvo.

Nanni rechazó la obligatoriedad del dispositivo y afirmó: “No nos pueden obligar a utilizar un teléfono que se haya puesto en los locutorios porque no teníamos la garantía de que esos teléfonos estén escuchados”. También precisó que la pretensión original buscó que “se destine un habitáculo para uso exclusivo de los abogados”, aunque ese punto no prosperó. De todos modos, destacó el aspecto central de la resolución: “Lo que resolvió la jueza es que no sea obligatorio el uso de los teléfonos”.

A partir del fallo, explicó, la decisión quedó en manos del profesional. “Si el abogado quiere utilizar el teléfono, lo puede utilizar, si no lo quiere utilizar, no lo utiliza”, señaló. Nanni también aclaró que no se opuso al endurecimiento de medidas dentro de las cárceles. “Uno entiende las cuestiones de inteligencia criminal y penitenciaria que se vienen realizando”, dijo. Sin embargo, marcó un límite: “Cuando las medidas empiezan a pasar otros límites, ahí es donde uno interpone este tipo de acciones constitucionales”. Sobre el alcance de la resolución, agregó: “Creo que va a tener una extensión para el resto de los presos que están en ese pabellón”.

El testimonio de Nanni

La segunda situación se conoció después de que Albertengo se presentó en la cárcel de Rosario y trascendió que era el hombre que la policía buscaba por el crimen del policía Mauro Martín Mansilla. A partir de ese dato, surgió en la ciudad la pregunta sobre cómo un condenado a 37 años de prisión podía estar en la calle. La respuesta llegó cuando Prunotto, a cargo de controlar el cumplimiento de las condenas, explicó su actuación y sostuvo que “nada se hizo por fuera de la ley”.

La jueza detalló que al principio se le concedió a Albertengo una salida transitoria “con una modalidad más acotada”, con un régimen de tres horas por cada salida y acompañado por personal de custodia. También indicó que a los cinco meses se revisaron esos egresos y que se pidieron numerosos informes para controlar cómo había cumplido el beneficio y la veracidad de esos reportes. Según dijo, “se tomaron más recaudos de los que la ley prevé”.

Prunotto explicó que en julio de 2015 se flexibilizó ese régimen, se le agregaron horas y se habilitó a Albertengo a salir con un tercero responsable. “Fue en aquel momento cuando no regresó a prisión. Desde entonces había un pedido de captura vigente”, afirmó. Luego agregó un dato central sobre el tiempo en que el condenado estuvo fuera de la cárcel: “ninguna fuerza me requirió una orden de allanamiento para detener a Albertengo”.

Sobre las críticas al sistema, la magistrada sostuvo: “Si la ley tiene fallas o no, yo no soy quién para decirlo. Esas son cuestiones que tendrían que analizar los legisladores. Lo que nosotros hicimos fue, dentro del marco de la ley, tomar muchos más recaudos de los que marcaba la norma. Nosotros fuimos muy rigurosos en la forma de dejarlo salir y después hay un margen que tiene que ver con el albedrío de cada persona, que por supuesto llevó a una detención en una situación muy nefasta, eso uno lo entiende, pero se hizo bajo los regímenes que la ley habilita”.

La jueza también precisó que Albertengo “se encontraba prófugo desde julio de 2015”, cuando ella había ordenado su detención por no regresar de una salida transitoria. Sobre la condición de reincidente del condenado, explicó: “La ley no establece ninguna diferencia para las salidas transitorias para un reincidente. No hay una diferenciación entre primario o reincidente. No es una traba ser reincidente como para otras medidas que se pueden solicitar y están regladas por la misma ley”. También recordó que Albertengo cumplió los requisitos legales en agosto de 2012, aunque rechazó en ese momento el pedido por entender que debía esperar más tiempo para volver a evaluar esas salidas.

Prunotto añadió que “la función del juez de Ejecución Penal es evaluar conforme la ley nacional y los requisitos que ésta pide” y remarcó que la ley habilitó ese egreso “mucho antes de lo que fue acordado”. Según reconstruyó, Albertengo obtuvo el beneficio el 1º de octubre de 2013

El 28 de mayo de 2014 lo incumplió y recibió una sanción. En noviembre de ese año obtuvo un visto favorable para nuevas salidas, acompañado primero por efectivos del Servicio Penitenciario. El 11 de mayo de 2015 volvió a acceder al beneficio y el 29 de junio de ese año el régimen se amplió para que saliera 12 horas cada 15 días acompañado por un tercero responsable, en ese caso su pareja. “Era en la faz de afianzar los lazos familiares”, explicó la jueza. Desde entonces, Albertengo no volvió a prisión hasta el día en que se entregó al verse cercado por el crimen del oficial Mauro Martín Mansilla.

Santa Fe | Padres de un menor deberán pagar más de $6 millones tras una amenaza escolar

El gobierno de Santa Fe pasó de la advertencia a la acción y entregó la primera intimación de pago a la familia de una persona menor de edad identificada como autora de una amenaza contra su propia escuela. Los padres, en calidad de responsables solidarios, deberán abonar $6.024.944: costo exacto del operativo policial desplegado ante la intimidación.

Al recibir la carta, el padre reaccionó con una frase contundente: “Cara la jodita”.

La intimación forma parte del reclamo global que la provincia ya calcula en más de $250 millones, a partir de los hechos identificados hasta el momento. Según explicó el ministro de Justicia y Seguridad de Santa Fe, Pablo Cococcioni, el cobro fue definido como una deuda civil destinada a recuperar el dinero del Estado.

El procedimiento judicial “se ejecuta conforme al Código Civil y Comercial y al Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe, lo que permite, por ejemplo, embargar sueldos o inhibir bienes”, precisó el funcionario.

El monto se calcula en función de los recursos policiales afectados en cada operativo: combustible, vehículos, brigadas especializadas en explosivos y horas de servicio. “No es ni un peso más ni un peso menos que el costo exacto que el operativo tuvo para los santafesinos. Hay que ser muy conscientes y cuidar los recursos”, subrayó Cococcioni.

Los responsables tienen un plazo de cinco días para abonar voluntariamente. Vencido ese término, los antecedentes se giran a la Fiscalía de Estado.

– El ministro de Justicia y Seguridad santafesino, Pablo Cococcioni

Hasta el momento, el gobierno santafesino identificó a los responsables de 58 hechos, lo que involucra a “más de 70 personas”, dado que en algunos casos hay más de un autor o más de un adulto responsable.

El gobierno también trascendió que cuenta con “más de 15 expedientes iniciados para avanzar con notificaciones en otras localidades” de la Santa Fé. “A medida que la Fiscalía valida las identidades —sean mayores o menores, punibles o no— se identifica a los responsables y automáticamente se emiten las intimaciones”, explicaron desde el Ministerio de Justicia y Seguridad.

La vocera provincial, Virginia Coudannes, atribuyó a estas medidas la fuerte caída en el número de amenazas registradas: de entre 70 y 80 casos diarios, ayer lunes se contabilizaron apenas 15.

“La amenaza no es broma, es un delito y el delito se paga”, afirmó.

Un juicio por usurpación destapó que 20 mil hectáreas protegidas de la Patagonia fueron compradas ilegalmente con dinero de Emiratos Árabes

Un juicio por usurpación en Bariloche, provincia de Río Negro, derivó en una de las revelaciones más explosivas sobre la extranjerización de tierras en Argentina en años recientes. El empresario santafesino Hugo Alberto Barabucci admitió ante la Justicia haber comprado casi 20.000 hectáreas en la Patagonia con una “donación” no restituible de USD$2.050.175 del gobierno de los Emiratos Árabes Unidos (EAU).

El caso no solo expone un presunto esquema para eludir la Ley de Tierras vigente, sino que coincide con el debate en el Congreso sobre un proyecto del gobierno del presidente Javier Milei que busca eliminar los límites a la compra de tierras por parte de extranjeros.

El detonante fue aparentemente sencillo. Barabucci inició una causa judicial contra Soledad Cayunao, integrante de la comunidad mapuche Lof Cayunao, acusándola de haber usurpado un predio en el paraje Alto Río Chubut, en la zona cordillerana de Río Negro.

El juicio oral se realizó el 7 de abril de 2026 en el Auditorium de Bariloche.

Sin embargo, el proceso tomó un giro inesperado cuando el abogado defensor Juan Martín Palumbo interrogó a Barabucci sobre el origen de los fondos con los que había comprado el campo. En ese momento, el magnate confesó con total naturalidad que había adquirido las tierras en 2017 con vínculos de otro país, lo que, según relataron los presentes, “heló la sala”.

El juicio terminó con la absolución de Cayunao. El juez Marcelo Álvarez Melinger dictó su veredicto de no culpabilidad por falta de pruebas, al no poder acreditarse el delito de usurpación. El tribunal determinó que no hubo un despojo efectivo del predio.

Según las escrituras originales, Barabucci pagó por tres fracciones de campo que suman 19.269 hectáreas en Cerro Carreras, al sureste de Bariloche. El territorio incluye bosques nativos, glaciares, lagunas, ríos, nacientes de agua dulce y fauna silvestre.

El precio pagado equivale a poco más de USD$100 por hectárea, un valor considerado extraordinariamente bajo para tierras con esos recursos naturales estratégicos. Dado que la Patagonia concentra una parte significativa de las reservas de agua dulce del continente y tiene enorme potencial energético y turístico, los analistas señalan que el precio de la transacción dista mucho del valor de mercado real.

– Hugo Alberto Barabucci

El vendedor fue Marcos Marcelo Mindlin, CEO de Grupo Erge y Pampa Energía, dos de las principales industrias del sector energético argentino. Mindlin había adquirido esas mismas tierras años antes en operaciones que también generaron controversias judiciales en Río Negro.

De acuerdo con la declaración del juicio y las investigaciones posteriores, el dinero habría sido transferido desde el First Gulf Bank de Abu Dhabi hasta una cuenta en JP Morgan Chase de Nueva York, sin pasar por los controles aduaneros, fiscales ni penales exigidos por la legislación argentina. Es decir que los fondos nunca ingresaron al sistema financiero argentino bajo los mecanismos de contralor establecidos por ley.

El pedido de instrucción

Tras la repercusión nacional del asunto en cuestión, la legisladora provincial de Río Negro Magdalena Odarda (del bloque opositor peronista Vamos con Todos) presentó un pedido formal ante el Ministerio Público Fiscal para que se investigue la legalidad de la operación.

“Estamos poniendo el foco en la ruta del dinero, porque no se puede permitir que operaciones de esta magnitud se realicen sin controles, especialmente en territorios sensibles vinculados al agua y a la soberanía”, declaró Odarda, en su presentación.

El pedido solicita estudiar si hubo participación de la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), así como de verificar si se utilizaron personas interpuestas, esclarecer la titularidad real del terreno y averiguar posibles falsos testimonios.

Los abogados defensores de Cayunao, Martín Palumbo y Milton Díaz, anunciaron que recurrirán al Ministerio Público Fiscal y a la Comisión Nacional de Fronteras para que investiguen si hubo fraude en la adquisición. También solicitaron durante la audiencia que el juicio remita los antecedentes al fiscal para analizar la posible violación de la Ley 26.737.

El territorio en disputa incluye nacientes de cursos de agua esenciales para toda la región, como el Alto Río Chubut nace allí y abastece a poblaciones de toda la provincia de Chubut.

– Soledad Cayunao junto a sus abogados

Tal como señalan estadísticas oficiales actualizadas en agosto de 2025, Argentina tiene una superficie rural de 266.643.212 hectáreas, de las cuales 13.262.725 están en manos extranjeras, equivalente al 4.97% del total nacional. Ninguna provincia supera el límite legal del 15% establecido por la Ley 26.737. Sin embargo, la preocupación de investigadores del CONICET y la UBA es que “la búsqueda por la derogación de la Ley de Tierras ocurre en un escenario internacional de creciente disputa por recursos estratégicos”.

El acontecimiento estalló públicamente el mismo día en que el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger se presentaba ante el Senado para defender el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsado por el oficialismo.

En su exposición ante la Cámara Alta, Sturzenegger argumentó que las restricciones a la compra por extranjeros constituyen “una flagrante violación a la Constitución”.

El proyecto propone, entre otras cosas, eliminar los topes de la Ley 26.737 que restringen la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. El único límite que se mantendría es para compras de Estados soberanos extranjeros y personas jurídicas con participación estatal. Dicho de otro modo, inversores privados de cualquier país podrían comprar tierra sin restricciones, aunque —paradójicamente— el caso Barabucci involucra precisamente fondos provenientes de EAU.

Fideicomisos y personas involucradas

Uno de los puntos más llamativos del caso es la contradicción en la titularidad formal del predio. Mientras Barabucci se presentó como legítimo propietario, los informes de compra muestran que el campo no está a su nombre, sino vinculado a un fideicomiso con capitales de EAU. Además, pesquisas anteriores publicadas en 2018 identificaron como propietario final a Matar Suhail Ali Alyabhouni Aldhaheri, de Dubai. Aparece la figura de Mohamed bin Zayed Al Nahyan, presidente de EAU, cuyo entorno económico ha incrementado su presencia en la Patagonia.

Esta estructura —un ciudadano argentino como titular formal de activos financiados por un Estado extranjero— es precisamente la figura del testaferro o “persona interpuesta”, prohibida expresamente por la Ley de Tierras Rurales (Ley 26.737) sancionada el 22 de diciembre de 2011 y que establece el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.

Sus disposiciones centrales, relevantes para este hecho, establecen que ninguna provincia puede superar el 15% de tierras rurales en manos extranjeras. Del mismo modo, un mismo titular extranjero no puede poseer más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o su equivalente según la región.

La norma jurídica prohíbe la compra de tierras ubicadas a menos de 100 kilómetros del límite internacional, ya sea de manera directa o a través de personas interpuestas. A ello se añade la prohibición de recurrir a testaferros, figura mediante la cual un intermediario argentino actuaría por cuenta de un extranjero. Por último, tampoco pueden venderse a extranjeros tierras que contengan cuerpos de agua dulce.

El predio en cuestión —ubicado a 45 kilómetros de la frontera con Chile, con nacientes del río Chubut, dentro de un Área Natural Protegida— potencialmente viola al menos cuatro de estas restricciones simultáneamente.

La legislación argentina establece zonas de seguridad de frontera precisamente para preservar la soberanía nacional sobre territorios estratégicos. La Patagonia limítrofe con Chile es especialmente sensible por su acceso a recursos hídricos, potencial energético y valor geopolítico. La Comisión Nacional de Fronteras tiene atribuciones específicas para controlar estas adquisiciones.

Histórica protesta de las Fuerzas de Seguridad por los bajos sueldos: “es una migaja” el bono de $40.000 y denuncian espionaje interno

La concentración frente al Edificio Centinela, sede de la Gendarmería Nacional, comenzó pasadas las 11:00 hs con una columna de 300 personas que, en menos de una hora, se duplicó hasta alcanzar los 700 asistentes.

La convocatoria logró una unidad inédita al congregar a efectivos y retirados de las cinco fuerzas federales: Gendarmería Nacional, Prefectura Naval, Policía Federal, Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y el Servicio Penitenciario Federal (SPF), elevando el conflicto a una crisis de seguridad nacional.

La prensa fotografiando a algunos de los asistentes con carteles.

A pesar de que el edificio fue blindado con vallas preventivas, la jornada transcurrió íntegramente sobre la vereda, bajo la supervisión de un comisario seccional de la Policía de la Ciudad que confirmó la legalidad y el carácter pacífico de la marcha. El “abrazo simbólico” se transformó rápidamente en un foco de resistencia contra el desfasaje económico que asfixia a la familia policial.

La magnitud del conflicto quedó reflejada en una cobertura mediática masiva que incluyó móviles en vivo de Telefé, El Destape, Crónica, C5N, Canal 26, TN y A24, con la presencia de la reconocida periodista Mercedes Ninci.

La prensa fotografiando a dos de los oradores, frente al Edificio Centinela.

Sin embargo, el dato político más crudo fue la ausencia casi total de efectivos. Los familiares y retirados presentes denunciaron que el personal operativo fue obligado a quedarse en las sombras por un miedo real a represalias institucionales, bajo la sospecha de que agentes de inteligencia se infiltraron en la manifestación para identificar y marcar a cualquier integrante de la fuerza que alzara la voz.

Esta atmósfera de persecución coincide con la estrategia del Ministerio de Seguridad que conduce Alejandra Monteoliva, desde donde se intentó minimizar la jornada calificándola como una movilización compuesta sólo por “retirados”, ignorando el quiebre interno de los agentes en actividad.

La movilización tuvo su punto de máximo interés desde el momento en que los asistentes entonaron el Himno Nacional, dando luego paso a una serie de cuatro oradores que hablaron a quienes asistieron y a la prensa.

Miguel Montiel junto a manifestantes, ante el Edificio Centinela.

La humillación del uniforme frente a la góndola

El cabo Miguel Montiel, de la Policía Federal Argentina —quien cobró notoriedad por encadenarse recientemente a Casa Rosada—, fue el único efectivo que rompió el cerco de silencio al presentarse uniformado y tomar la palabra como orador. Explicó que sabe que es probable que quieran sancionarlo por asistir a la manifestación y hablar, pero destacó que la situación es de emergencia.

Con nueve años de servicio más su formación, Montiel expuso la cifra que despoja de toda épica al discurso oficial: un sueldo de $800.000 pesos. Esta cifra es la consecuencia directa del último acuerdo salarial del 8% otorgado por el Gobierno, un porcentaje que quedó pulverizado frente a la inflación y que profundizó la brecha con otros sectores productivos.

Entrevista exclusiva para Data 24 de Miguel Montiel, cabo de la PFA.

La comparación con el sector privado vuelve el dato un agravio institucional. Mientras un efectivo con casi una década de antigüedad y riesgo de vida percibe esa cifra, un empleado de comercio inicialun joven de 18 años recién egresado de la secundaria que vende ropa en un local— percibe un básico de $1.170.000.

Esta brecha del 45% refleja la degradación de una fuerza que, según denunciaron los presentes, hoy se ve obligada a realizar “changas” de transporte o seguridad informal para que sus familias no caigan bajo la línea de indigencia.

Manifestantes ante el Edificio Centinela. En el centro: Passamonti, Montiel y Danann.

Voces de la familia policial y el compromiso exigido

El carácter de la movilización fue ratificado por Manuel Berro, retirado de Gendarmería Nacional y referente del “Frente Patriótico Patoruzú”, quien enfatizó que no se trataba de un acto político ni partidario, sino de una respuesta de supervivencia. Además, asistió Analía Zabala, referente de la Asociación de Suboficiales Argentinos y viuda de un oficial fallecido.

Entrevista exclusiva para Data 24 de Emmanuel Danann.

Acompañado por agrupaciones como el “Movimiento Fuerzas Argentinas Unidas” y “Azules Siempre”, Berro invitó a Emmanuel Danann (cuyo nombre real es Manuel Gorostiaga, descendiente del prócer del S. XIX) a tomar la palabra para visibilizar el pliego de condiciones que las cúpulas oficiales callan.

Danann, quien aclaró que su presencia buscaba apoyar y no apropiarse del reclamo, leyó los puntos centrales: salarios de indigencia y el abandono absoluto de las obras sociales, que ha dejado a miles de familias sin coberturas básicas.

Danann y Berro junto a manifestantes, ante el Edificio Centinela.

Durante su intervención, Danann interpeló directamente al Poder Ejecutivo al recordar que el mandato de cambio votado por los argentinos incluía la promesa de reivindicar a quienes cuidan a la ciudadanía. En un pedido explícito a Javier Milei, exigió el compromiso de no aplicar sanciones ni persecuciones contra los efectivos que, de diversas formas, apoyaron la visibilización de este estado de emergencia.

Otro de los que hicieron acto de presencia fue Andrés Passamonti, expresidente de la UCeDe de CABA, actual presidente de Alternativa Republicana, y antiguo Director Ejecutivo de la Dirección de Política Criminal de la Provincia de Buenos Aires.

El cierre del bloque de oradores, marcado suceder durante el 2 de Abril, cerró con la reivindicación de la gesta de Malvinas y la defensa de la Patria, reafirmando que el reclamo trasciende cualquier bandera política.

Entrevista exclusiva para Data 24 de Andrés Passamonti, presidente de Alternativa Republicana.

Bonos de miseria y oportunismo al cierre

El estallido no es un hecho aislado, sino el pico de un malestar que viene escalando desde la falta de respuestas a la equiparación salarial que ya se había manifestado meses atrás. La respuesta oficial, materializada en el Decreto 216/2026, fue recibida con indignación. El bono de $40.000 otorgado por el Gobierno fue calificado por Berro como “el vuelto de los banquetes de los políticos”, una cifra insignificante frente a una canasta básica que ya roza los $1.400.000.

Ante el riesgo de sanciones que pesa sobre los efectivos en actividad, fueron las familias quienes actuaron como escudo; figuras como Victoria Laura Sueldo, esposa de Facundo Romero, prefecto y referente de un reclamo por hostigamiento, falta de tratamiento y expulsión, asistieron a la protesta para visibilizar el colapso de la obra social y la falta de cobertura en tratamientos críticos.

Entrevista exclusiva para Data 24 de Victoria Laura Sueldo, esposa del prefecto expulsado por Frederic.

Hacia las 12:20 hs, cuando más de la mitad de los asistentes ya se había retirado, se registró la presencia de Sabrina Frederic. La exministra de Seguridad de la gestión de Alberto Fernández apareció en escena con un marcado perfil bajo y sin realizar declaraciones públicas.

Su llegada tardía no alteró el espíritu del acto, que concluyó con la advertencia de que la emergencia de las fuerzas federales no se resuelve con parches económicos, sino con la reivindicación real de quienes hoy eligen el silencio para no perder su fuente de trabajo.

*Por Augusto Grinner

Piden la indagatoria del titular de ARCA por ocultar propiedades en Miami valuadas en más de USD 2 millones

El fiscal nacional de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Sergio Rodríguez, pidió la indagatoria del titular de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Andrés Vázquez, tras concluir que el funcionario ocultó ante la Oficina Anticorrupción (OA) y ante el propio organismo fiscal que conduce su vínculo con sociedades offshore que registran tres propiedades en Estados Unidos valuadas en más de US$2,1 millones. El pedido deberá ser resuelto por el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi.

En su dictamen de 54 carillas Rodríguez afirmó que “sin duda alguna, Andrés Edgardo Vázquez incurrió en el delito de omisión de insertar datos en la declaración jurada patrimonial por cuanto maliciosamente obvió insertar el real vínculo que tenía con las sociedades que registran bienes en el exterior, inmuebles que él y su familia usufructúan”. 

En paralelo, Rodríguez le solicitó al fiscal federal Guillermo Marijuán que amplíe la investigación a los presuntos delitos de evasión tributaria, lavado de activos y enriquecimiento ilícito.

– Marcelo Martínez de Giorgi

Las tres propiedades señaladas son las unidades 3504 y 2811 del complejo Icon Brickell, en Miami, adquiridas en enero de 2013 por US$710.000 y US$400.000, respectivamente, mediante la sociedad panameña Alcorta Corp., y la suite 904 del condominio Chateau Beach Residences, en Sunny Isles, comprada en julio de 2015 por US$980.000 a través de Pompeya Group Corp.

Ambas firmas panameñas pasaron en 2016 a manos de Galanthus Capital Limited, una sociedad constituida en las Islas Vírgenes Británicas donde Vázquez figura como beneficiario final y único director, según formularios internos del estudio Trident Trust a los que accedieron el diario La Nación y el Centro Latinoamericano de Investigación Periodística (CLIP), con el apoyo del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ). En esos documentos, Vázquez fue catalogado como Persona Políticamente Expuesta (PEP).

– El acta de la reunión de accionistas en Panamá donde las hijas de Vázquez junto a Galanthus, la empresa creada en Islas Vírgenes Británicas, se quedan con el control de una de las sociedades dueña de un departamento en Miami

La PIA sostuvo que “obran sobradas pruebas que dan por sentado que el imputado Andrés Edgardo Vázquez incurrió en el delito” de omisión maliciosa, con base en las declaraciones juradas que el funcionario presentó ante la OA y la AFIP entre 2011 y 2015, y en 2023. En ninguna de ellas aludió a las sociedades offshore ni a los inmuebles de Miami. Tampoco declaró a Galanthus Capital Limited, pese a figurar como único director y beneficiario final.

Para la PIA, la hipótesis de enriquecimiento ilícito se apoya en una marcada desproporción patrimonial. Vázquez declaró contar con US$40.000 en activos líquidos al cierre de 2012 y US$44.000 al cierre de 2013, pero adquirió inmuebles por US$1,1 millón en enero de 2013 y por otros US$980.000 en julio de 2015.

A esa brecha se suma otro dato señalado por el fiscal. En sus declaraciones juradas del impuesto a las ganancias ante ARCA, Vázquez reconoció haber percibido ingresos de cuarta categoría provenientes de Estados Unidos por $28,7 millones en 2023 y por $99,4 millones en 2024, montos declarados en pesos ante el fisco argentino. Es decir, declaró en la Argentina los flujos que recibió desde el exterior, pero no los activos que los habrían generado.

– Las firmas de Vázquez y su entonces mujer en un acta de la sociedad Panchy Ventures que forma parte de los Pandora Papers

Rodríguez verificó además que Vázquez y su exesposa, Silvia Ivone Rodríguez, también empleada de ARCA, pagaron impuestos municipales en el condado de Miami por esos inmuebles por un total de US$136.761 entre 2014 y 2018. También se registraron reintegros de impuestos enviados a nombre de ambos, mientras que sus hijas residen allí desde 2022, según ellas mismas dejaron asentado como domicilio real ante el Registro Nacional de las Personas (Renaper).

Para la PIA estos elementos permiten inferir el “animus domini”, es decir, el control efectivo de los bienes más allá de su titularidad formal.

A la hipótesis de enriquecimiento ilícito la fiscalía sumó la del lavado de activos. El dictamen detalló el uso de sociedades pantalla, autopréstamos, compras y ventas sucesivas de inmuebles y la subvaluación de escrituras.

Entre los casos documentados figura la compra, en diciembre de 2018, de un triplex de 318 metros cuadrados en la calle Juana Manso 1124, en Puerto Madero, ubicado en el edificio Los Molinos Building, un emprendimiento de Faena Properties. La operación se realizó mediante la firma Acontec SRL, por un valor escriturado de $8.720.000, equivalentes a apenas US$225.906 al tipo de cambio de entonces, muy por debajo del valor de mercado estimado por la PIA en unos US$2,1 millones, a partir del relevamiento del sitio Reporte Inmobiliario.

– Los edificios de Miami donde están los departamentos adquiridos por las sociedades panameñas vinculadas a Vázquez

La PIA documentó la presunta subvaluación con publicaciones de Zonaprop rescatadas del archivo web. En febrero y noviembre de 2018, unidades del mismo edificio de entre 96 y 98 metros cuadrados se ofrecían entre US$460.000 y US$500.000. Vázquez pagó el equivalente a US$709 por cada uno de los 318 metros cuadrados del triplex. Según el dictamen, la operación habría generado una pérdida de entre US$235.000 y US$551.000 para la vendedora Acontec SRL, que había adquirido el inmueble tres años antes por $7.332.000.

La PIA también detalló el rol de otra firma, Consultora San Andrés SA, a la que describió como una sociedad pantalla por carecer de empleados, tener domicilio en un inmueble del propio Vázquez (quien percibe de ella un canon locativo) y figurar como controlante de cinco automóviles. Según el dictamen esa sociedad también le habría otorgado al funcionario un “préstamo” para comprar el 50% de un departamento en el Chateau de Puerto Madero en 2010, un punto que refuerza la hipótesis de autopréstamos y confusión patrimonial.

– Sergio Rodríguez, fiscal, titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA)

Entre los vehículos vinculados a Consultora San Andrés SA aparece un BMW X6 blindado en julio de 2015, utilizado por el funcionario y su entorno. Entre 2024 y 2025, la firma se desprendió de sus automóviles. La Ford EcoSport quedó a nombre del propio Vázquez; el Volkswagen Vento, a nombre de su expareja Silvia Ivone Rodríguez; y el Mini Cooper John Cooper Works fue adquirido, en septiembre de 2025, por Oscar Mario Abalo, accionista de Acontec SRL, la misma empresa que siete años antes le había vendido a Vázquez el departamento presuntamente subvaluado de Puerto Madero.

El fiscal Rodríguez también aludió a una posible simulación de prestaciones y a una confusión patrimonial deliberada, vinculada a la facturación que Consultora San Andrés SA emitió a favor de Casino Buenos Aires SA y Loddin SA, dos empresas donde Vázquez habría intervenido como funcionario de la ex AFIP en 2007. La PIA detectó que ambas “le efectuaron retenciones del impuesto a las ganancias en dichos años, lo que implica que la sociedad [Consultora San Andrés SA] le prestó servicios”.

Además de pedir la citación indagatoria, la PIA solicitó al juez Martínez de Giorgi que libre exhortos internacionales al Bank of America, al PNC Bank y al Wells Fargo, donde Vázquez y su grupo familiar tendrían cuentas, y que se reitere el pedido de información a las autoridades judiciales de las Islas Vírgenes Británicas. También requirió información a la Embajada de Estados Unidos sobre los movimientos migratorios de Vázquez, su exesposa y sus dos hijas en territorio norteamericano desde 2012.

*Con información de La Nación (Hugo Alconada Mon)

Un municipio bonaerense desvió fondos de la tasa vial y dejó el 96% de los caminos rurales en mal estado

El Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de Trenque Lauquen, a cargo del juez Pablo Cristián Germain, declaró inválido el cobro de la tasa por conservación y mantenimiento de la red vial rural en casos de productores del partido bonaerense de Daireaux y ordenó la devolución de sumas abonadas cuando no existió una contraprestación efectiva. En otros expedientes dispuso reducciones proporcionales del tributo según el estado de los caminos y el uso que el municipio dio a los fondos recaudados.

La sentencia surgió de una demanda iniciada por cuatro productores y empresas contra la Municipalidad de Daireaux, luego de que agotaran la vía administrativa y cuestionaran los decretos municipales que rechazaron sus reclamos por los períodos 2022-2024

El planteo sostuvo desde el inicio que no se negaban a pagar, pero sí a hacerlo sin recibir el servicio correspondiente.

Sobre ese punto, el magistrado remarcó que las tasas son tributos vinculados a una prestación concreta del Estado. “La organización y puesta a disposición del servicio al contribuyente es condición indispensable; de lo contrario el cobro carecería de causa”, sostuvo la sentencia. El fallo recordó que la tasa no es un impuesto, sino que exige una contraprestación concreta, individualizada y efectiva, y advirtió que el cobro sin prestación del servicio afectó el derecho de propiedad. 

La decisión se apoyó en dos informes técnicos que resultaron centrales. Por un lado, una pericia contable detectó desvíos en el uso de los fondos recaudados por la tasa vial. Por otro, un informe de ingeniería evaluó el estado de los caminos rurales vinculados a los establecimientos reclamantes. Según explicó al medio especializado Bichos de Campo el abogado de los productores, Jorge Moroni, los peritajes permitieron acreditar tanto el desvío de fondos hacia otros gastos municipales como el deterioro de los caminos relevados, donde el 96% presentó un estado malo o regular.

El expediente registró que, pese a que el municipio contaba con recursos suficientes para conservar en estado “muy bueno” cerca del 70% de la red, en los hechos solo el 4% se encontró en esa condición. Los informes también señalaron que el parque de maquinaria municipal resultó obsoleto e insuficiente para cumplir las tareas exigidas. A la vez, los peritos concluyeron que solo el 41% de la red reunió condiciones aceptables, mientras que el 59% restante no cumplió requisitos mínimos para la circulación.

– Esteban Alejandro Acerbo (PJ)

En los tramos específicamente relevados para la causa, el deterioro fue todavía más marcado. El informe técnico describió acumulación de agua, ahuellamientos y otras deficiencias que impedían la circulación normal. Moroni resumió el alcance del fallo: “El juez dijo dos cosas muy claras: los recursos que tiene la municipalidad por tasa vial hay que aplicarlos a tasa vial. Y sin caminos en condiciones, la tasa deviene carente de sustento y por lo tanto es nula”.

La pericia contable confirmó además que parte de la recaudación se destinó a rentas generales y a otros gastos municipales, en contradicción con el principio de afectación específica. En 2022, el desvío alcanzó el 22,95% de la obligación fiscal devengada. En 2023, ese porcentaje subió al 27,88%. El juez ordenó descontar esos montos de las liquidaciones fiscales y declaró ilegítimo el cobro en esas proporciones.

El fallo también consignó que en 2022 apenas el 10% del presupuesto de la tasa vial se tradujo en servicios concretos y que en 2023 ese nivel llegó solo al 17%. Con esos elementos, declaró la nulidad de los actos administrativos dictados por el entonces intendente Esteban Alejandro Acerbo (PJ), hoy legislador provincial, en relación con las liquidaciones reclamadas.

La sentencia aplicó criterios diferenciados según cada caso. En uno de los expedientes, el magistrado determinó que directamente no existió camino transitable desde 2022, por lo que eximió al productor del pago de la tasa desde ese momento y ordenó la devolución íntegra de lo abonado. En los otros tres casos, donde verificó una prestación parcial, mantuvo el tributo solo en la proporción efectivamente aplicada al servicio y dedujo los fondos desviados a otros fines.

Moroni explicó además que el impacto alcanzó situaciones anteriores al fallo. “En algunos casos, la municipalidad había embargado cuentas y esa plata quedó depositada hasta que se resolviera si la tasa era aplicable o no. Si el fallo queda firme, esa plata se tiene que devolver. Y en otros casos, a los que no pagaron, no se las van a poder cobrar”, señaló.

El abogado insistió en que el reclamo de los productores no apuntó a dejar de pagar, sino a exigir la prestación efectiva del servicio. El productor no quiere no pagar. Le cuesta mucho no pagar. No le gusta estar en juicio. Lo que quiere es pagar, pero tener caminos. Porque si no tengo caminos, ¿de qué me sirve no pagar la tasa si tampoco puedo sacar la producción?”.

El conflicto en Daireaux arrastró años de reclamos por el mal estado de los caminos rurales. Según la información incorporada a la causa, los trabajadores documentaron la situación con relevamientos y registros en el territorio, en un contexto en el que, en algunas zonas del partido, sacar la producción se volvió inviable. 

En sus declaraciones, Moroni también planteó que la discusión excedió el caso puntual de los demandantes y apuntó al modo en que se administraron los recursos de la tasa vial. “Esto es un primer peldaño para hacerle entender a los intendentes que tienen que cambiar el paradigma de cómo se administran los recursos de la tasa vial, señaló. 

También cuestionó que, en distintos partidos, se cargaran sobre el sector rural tasas ajenas a la actividad: “En muchos partidos le terminan cargando al productor tasas de todo tipo, hasta para financiar cuestiones que no tienen nada que ver con la actividad rural. Eso no tiene sustento”.

Como alternativa, mencionó esquemas de administración compartida. “La solución es cambiar el paradigma. En algunos lugares ya existe: consorcios donde los productores participan en la administración de los recursos. Ahí los caminos funcionan y no hay juicios”, explicó. Según su relato, antes del conflicto hubo propuestas concretas en Daireaux para avanzar en ese sentido: “Los productores le dijeron al intendente: si hace falta, traemos maquinaria, traemos piedras, pero hagamos un esquema transparente, con participación. Y la respuesta fue negativa”.

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