Las cifras sobre la pobreza en Corrientes vuelven a poner contra las cuerdas a Gustavo Valdés
La tasa de indigencia en la provincia de Corrientes está en el 7,6 por ciento, según los datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INdEC).
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Los datos de la pobreza indigencia plasmados por el informe del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INdEC) correspondiente al primer semestre del año en Corrientes, volvieron a generar dudas.
El organismo nacional dio a conocer el índice de pobreza, que se ubicó en 36,5 por ciento al cierre del primer semestre de 2022. Por otra parte, la indigencia se ubicó en 8,8. Es decir, hay 17,3 millones de personas en situación de pobreza y 4,2 millones de personas en situación de indigencia.
Datos difundidos sobre la pobreza e indigencia en la Argentina por el INdEC
Las mayores incidencias de la pobreza se observaron en las regiones Capital Federal y el Gran Buenos Aires, junto con Cuyo, ambas con el 37 por ciento, seguida por el Noreste (NEA), con el 36,7. Por su parte, se registraron menores porcentajes en la Patagonia, 31,4 y Noroeste (NOA), 36, según informó el instituto.
Sin embargo, el informe del organismo en la región Noreste llamó la atención por la reducción en más de 20 puntos de la pobreza en Formosa que registró el 24,4 por ciento, ya que en Corrientes, que expuso un 38,5 (creció un 11,2) y la cifra más alta se dio en Resistencia, Chaco, con el 49,9.
Las cifras del ente subidas en las redes sociales oficiales
En tanto que los especialistas coincidieron en lo irracional de la disparidad que el informe muestra en la región NEA. “En el actual contexto, no hay explicación razonable para un fenómeno de este tipo”, planteó Víctor Beker, director del Centro de Estudios Nueva Economía de la Universidad de Belgrano (CENE).
Sobre el mismo tema, la directora del Instituto de Investigación Social, Económica y Política Ciudadana (ISEPCI) en Corrientes, Silvana Lagraña expuso que: “En los barrios populares vemos que cada vez se dificulta más llegar a fin de mes y superar la línea de la indigencia; se deteriora la calidad de vida de las familias y se vuelve cada vez más difícil acceder a un trabajo formal, mientras la pobreza estructural sigue presente y se agravó con la pandemia”.
Los números por región que ofreció el INdEC
En la última medición de 2021, el INdEC informó que, en Corrientes, la pobreza alcanzaba al 27,3 por ciento de su población, pero en la provincia afirmaban que la cifra real era del 41. “Puede haber un error censal porque según nuestros números estamos en 41 de pobreza”, dijo en aquel entonces el gobernador Gustavo Valdés. Y agregó: “No puede ser que bajemos 15 puntos en este difícil contexto económico y de inflación”.
Tanto es así, que según los datos del INdEC, en la ciudad de Corrientes, de una población estimada en 385.704 personas, la tasa de pobreza registrada fue del 38,5 por ciento (148.676 personas) y la de la indigencia del 7,6 (29.188 ciudadanos).
El gobernador de Corrientes, Gustavo Valdés, se encuentra contra las cuerdas por los resultados del INdEC
En ese sentido, es de destacar que el coeficiente de la pobreza de la primera mitad del año de esta capital es un 11,2 por ciento más alto que el del cierre del 2021 (27,3). La medición aquella que, por tan baja, fue cuestionada por las autoridades de la provincia y generó que el INdEC realice una auditoría para ver si no hubo errores en el muestreo.
En esta línea, el encarecimiento del costo de vida se hizo sentir en agosto, ya que cerró con variaciones de entre el 76 y 103 por ciento de alimentos básicos. Esto surge de acuerdo al Índice Barrial de Precios (IBP), que según el relevamiento realizado, en ese mes, los precios en Corrientes cerraron en verdulería con un aumento de 103,65 por ciento equivalente a 8.839,52 de pesos, en almacén de 89,47 equivalente a 11.179,32, y en carnicería de 76,81 a 7137,83, con respecto al mismo mes en 2021.
Corrientes sigue siendo de las provincias más atacadas por la pobreza e indigencia
Durante el mes de agosto, una familia tipo de dos adultos y dos niños necesitó de 111.973,97 pesos para acceder a la Canasta Básica Total (CBT) y no encontrarse por debajo de la línea de pobreza. Mientras que para cubrir la alimentación básica durante el mes precisó de 49.766,21 para la Canasta Básica Alimentaria (CBA) y superar la indigencia.
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Lourdes Parache, la periodista tucumana que en marzo de 2024 denunció por violación a cuatro jugadores de Vélez, publicó en los últimas días un video de casi cinco minutos en TikTok en el que lloró porque ya no puede trabajar de lo que estudió. La Justicia sobreseyó en dos instancias a los futbolistas y estableció que aquella noche hubo sexo consentido. Ahora, ella eligió mostrarse ante la cámara como la damnificada de la historia.
“Este video no va a ser alegre, pero siento que es necesario ponerlo en palabras”, arrancó Parache. Hincha de Atlético Tucumán desde chica, contó que había cumplido el sueño de cubrir al club de sus amores y que hoy va a la cancha como una espectadora más: “me queda el sabor amargo a la salida (del partido) de decir ‘yo tendría que estar trabajando como periodista’. Estudié cuatro años Ciencias de la Comunicación, estoy capacitada”, reclamó, y atribuyó su presente a “una situación externa de la que no soy responsable”.
El lamento siguió por el mismo carril. Le pareció “muy injusto” que su sueño, su carrera y su vida hayan dado “un giro tan drástico”, admitió que no puede ser periodista “por razones obvias” y relató que cada vez que vuelve del estadio llega angustiada y necesita llorar. También mencionó, al pasar, que hace terapia y que salió de una depresión. Para el año próximo pidió dos cosas: “una gran oportunidad como periodista” y “que la gente frene el odio y el acoso para que eso sea posible”. Tras la catarata de críticas puso su cuenta en privado.
La situación externa tiene fecha y lugar. En la madrugada del 3 de marzo de 2024, después de un partido entre Vélez Sarsfield y Atlético Tucumán, Parache fue a la habitación 407 del hotel Hilton de San Miguel de Tucumán, donde estaban Sebastián Sosa, Braian Cufré, Abiel Osorio y José Florentín. El 6 de marzo los denunció por una violación grupal. Vélez les rescindió los contratos y tres de ellos pasaron casi tres meses con prisión domiciliaria.
— Sosa, Florentín, Osorio y Cufré
El 30 de diciembre de 2025, el juez Augusto Paz Almonacid sobreseyó a los cuatro. El 9 de junio de 2026, la vocal Patricia Carugatti, del Tribunal de Impugnación, confirmó esa decisión y rechazó todos los planteos de los abogados de la denunciante.
Los propios mensajes de Parache derrumbaron la acusación. A la 1:35, ya dentro de la habitación, le escribió a una amiga: “Adivina donde estoy. Con los de Vélez, sola”. A las 6:18, recién salida del hotel, le mandó a Sosa un emoji de un ratoncito que entrega un corazón. Horas después les contó a sus amigas que había dormido con la chomba que le regaló un jugador porque “tenía su perfume”, y en audios describió la noche como “la adrenalina que necesitaba”.
La pericia psicológica oficial concluyó que el hecho fue “inicialmente consentido” y que ella lo resignificó más tarde como traumático, permeable a presiones externas.
— Captura del fallo: la pericia psicológica oficial concluyó que la denunciante resignificó como traumático un encuentro “inicialmente consentido” y que es susceptible a presiones externas
El fallo habló de una reinterpretación “fabricada ex post facto, inducida por terceros”, y citó otro chat de la joven: “En un momento dije que no me habían tocado… La abogada me hizo dar cuenta que había sido abusada”. Sobre Sosa, de quien repitió varias veces que dormía, escribió que le daba lástima pero que no lo iba a dejar afuera “porque es el que más plata tiene”.
— Captura del fallo: los chats de la denunciante con sus amigas, en los que admitió que una abogada la “hizo dar cuenta” de que había sido abusada, y la conclusión de la jueza sobre un relato “inducido por terceros”
Ante la jueza, el arquero contó que no hay cancha donde no le griten “violador” y definió lo vivido como “un daño irreversible y una pérdida de dos años y medio de vida”.
El juez Alejandro López absolvió al exdirigente del Sindicato de Camioneros, Maximiliano Cabaleyro, y a otros seis acusados al considerar que los bloqueos de 2021 fueron una protesta sindical legítima, constituyendo un “legítimo ejercicio de un derecho”, clasificando las acciones como conductas “atípicas” y, por tanto, no delictivas.
Ariel Rey, dueño de la pyme afectada, cuestionó duramente el fallo calificándolo de justificación de un delito y calificó la sentencia como un “cheque en blanco a la mafia sindical”, argumentando que el fallo desprotege a los comerciantes frente a prácticas extorsivas y presiones indebidas por parte de dirigentes gremiales.
“Sabemos que esto para nosotros es una piedra en el camino, sabemos que es una corporación mafiosa muy poderosa, pero nosotros tenemos las convicciones firmes, vamos con la verdad, la vamos a sostener y vamos a ir hasta las últimas instancias necesarias, porque acá tenemos el fallo de un juez que justificó el delito, y eso hay que decirlo con todas las letras”, afirmó Rey en una entrevista a Radio Mitre, junto al reconocido locutor y conductor de radio Fernando Bravo.
Ante la resolución del tribunal, las fiscales María del Valle Viviani y Verónica Marcantonio anticiparon que recurrirán el fallo para así apelar la sentencia mediante un recurso de casación presentado por la empresa Rey Distribución, buscando revertir la decisión del Tribunal Oral Criminal N° 2 de San Nicolás.
“¿Para qué existen las normas? ¿Para qué hay una norma vigente la cual ampara el derecho a huelga, el derecho a reclamo laboral? ¿Para qué hacemos esas normas si viene un patotero, un mafioso, se te instala, te impide trabajar, te bloquea, te extorsionas, y después tenés que acatar todas y cada una de las cosas que te diga?”, planteó Rey, agregando que “fue un fallo netamente proteccionista a la mafia sindical, nosotros vamos a luchar con todas las herramientas legales para demostrarlo porque yo defiendo la propiedad privada con uñas y dientes.”
— La familia Rey (el empresario Ricardo Rey, sus familiares y allegados), conocida por su conflicto judicial tras el bloqueo a su pyme distribuidora en San Pedro
“Todavía estamos un poco sorprendidos, pero eso no hace que bajemos los brazos, te repito, porque ¿qué significa este fallo? ¿Qué significa si mañana Maximiliano Cabaleyro se vuelve a aparecer con 15 o 20 patoteros en mi negocio y no me deja trabajar y me bloquea?”, se preguntó Rey, finalizando que esa “es una pregunta que nos hacemos todos como argentinos, como personas que vivimos bajo un estado de derecho. ¿Qué tiene que hacer la pyme que es extorsionada por la mafia sindical de acuerdo a este juez?”
El empresario sostiene que durante años su familia sufrió presiones económicas, amenazas y bloqueos de su establecimiento por parte de representantes del Sindicato de Camioneros. Según su denuncia, los dirigentes utilizaron los reclamos laborales como mecanismo para exigir dinero y condicionar el funcionamiento de la empresa.
— Alejandro Gabriel López, juez del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de San Nicolás, en la provincia de Buenos Aires, Argentina
No obstante, hay una distinción fundamental para comprender el caso. El juez no negó que existieran obstáculos para el ingreso y la salida de camiones. Lo que rechazó fue que esos hechos, en las circunstancias examinadas, configuraran los delitos imputados. A su vez descartó que se hubiera demostrado la participación de Cabaleyro en las presuntas exigencias extorsivas de dinero.
“Estos eventos acreditados, por constituir legítimo ejercicio de un derecho, resultan atípicos”, sostuvo el juez López, en su resolución al analizar los bloqueos. En ese sentido, fue categórico al señalar que “todos los imputados abarcados por esta decisión, han obrado en el ejercicio de un derecho, cual es el de huelga, y por tal motivo sus acciones —verificadas y coincidentes con la acusación fiscal— son atípicas”. De esta manera, concluyó que, aun cuando los hechos denunciados coincidían con los descriptos por la Fiscalía, no podían ser considerados penalmente punibles al encontrarse comprendidos dentro del ejercicio de “un conflicto laboral”.
El origen del conflicto
Para comprender el conflicto, cabe mencionar que Rey Distribución SRL es una distribuidora de productos alimenticios radicada en San Pedro, en el norte de la provincia de Buenos Aires. Fue impulsada por Ricardo Rey y continuada por sus hijos Ariel y Gustavo. Su actividad depende del movimiento de vehículos para distribuir mercadería.
En Argentina, distintas actividades laborales se encuentran reguladas por convenios colectivos que establecen salarios, categorías profesionales, adicionales y condiciones de trabajo. Por ejemplo, una persona que realiza tareas administrativas en una distribuidora puede estar comprendida en un convenio diferente del correspondiente a un conductor de camiones. Determinar qué convenio corresponde depende de la actividad y las tareas efectivamente desarrolladas, además de las reglas legales aplicables.
— Operativo policial frente a la planta de Distribuidora Rey en San Pedro, en el marco de la causa por los bloqueos de Camioneros en 2021
Esta distinción explica el primer enfrentamiento entre la familia Rey y el Sindicato de Camioneros. De acuerdo con los empresarios, el gremio pretendía incorporar bajo su convenio a trabajadores que ellos consideraban correctamente encuadrados en Comercio. La familia sostuvo que terminó aceptando cambios ante la presión sindical.
El sindicato, por su parte, argumentaba que determinados empleados debían estar comprendidos en el convenio camionero y que existían obligaciones laborales incumplidas.
“Las medidas de fuerza llevadas a cabo por la organización sindical reconocida (…) no debieron razonablemente ser judicializadas en el contexto de una causa penal”, subrayó López, siendo que la conducta no encuadra en una figura penal cuando se la analiza dentro de su contexto y tildando de un “despropósito” la posibilidad de castigar con prisión a trabajadores y dirigentes por acciones desarrolladas en una protesta sindical.
El enfrentamiento no se reducía, por lo tanto, a quién representaba a los trabajadores. También involucraba diferencias salariales, aportes a la obra social, contribuciones sindicales y condiciones de seguridad en el establecimiento.
— Una de las audiencias del juicio oral en el Palacio de Tribunales de San Nicolás contra Maximiliano Cabaleyro y seis extrabajadores, imputados por el conflicto y bloqueo a la empresa
En su interpretación, no eran contribuciones laborales legítimas, sino exigencias económicas que debían satisfacer para seguir trabajando. La familia señaló particularmente a Fernando Espíndola, dirigente camionero de San Pedro, como receptor de esos pagos. También acusó a Cabaleyro de integrar o dirigir el presunto mecanismo de presión.
La defensa sindical negó la existencia de una extorsión. Afirmó que parte de los montos reclamados respondía a obligaciones laborales y sindicales pendientes.
El magistrado remarcó que hubo un bloqueo en los accesos y que los camiones no pudieron circular normalmente, algo que distinguió esa afectación de la comisión de delitos contra la propiedad o de coacciones: “La participación en una barrera humana o colocación de obstáculos en los ingresos de la planta fabril no importa el despliegue de violencia sobre las cosas o corpus posesorio, sino molestias para el poseedor”.
Esta distinción fue fundamental en el juicio, ya que una obligación económica legalmente exigible no es equivalente a un pago obtenido mediante intimidación, pero incluso una deuda verdadera puede dar lugar a un delito si se utilizan amenazas penalmente relevantes para cobrarla.
Los incidentes en enero y febrero de 2021
Los hechos que dieron origen a la investigación judicial se concentraron en dos episodios ocurridos durante enero y febrero de 2021, cuando trabajadores y representantes del Sindicato de Camioneros llevaron adelante medidas de fuerza frente a las instalaciones de Distribuidora Rey, en la localidad bonaerense de San Pedro.
— Pablo Moyano (en primer plano a la derecha, con campera blanca y verde del Sindicato de Camioneros) acompañado por Maximiliano Cabaleyro
El primer episodio tuvo lugar el 15 de enero de ese año, cuando un grupo de empleados y dirigentes sindicales se concentró en el acceso al establecimiento. Conforme a la denuncia presentada por la familia Rey, los manifestantes formaron un cordón humano que obstaculizó la salida de los vehículos utilizados para distribuir mercadería, lo que afectó el normal desarrollo de las actividades comerciales.
La segunda protesta se desarrolló entre el 22 y el 25 de febrero de 2021, cuando los manifestantes ubicaron un colectivo perteneciente al sindicato frente al ingreso de la distribuidora, dificultando nuevamente la circulación de los camiones. Durante el juicio, el juez Alejandro López consideró acreditada la existencia de estas restricciones y su impacto sobre el funcionamiento de la empresa, aunque sostuvo que las conductas investigadas se produjeron en el marco de un conflicto laboral y no reunían los elementos necesarios para configurar los delitos atribuidos a los acusados.
— Maximiliano Cabaleyro, en el bloqueo a la Distribuidora Rey
De acuerdo con Rey, la protesta de enero ocurrió después de que Espíndola advirtiera que habría consecuencias si la empresa no continuaba efectuando determinados pagos. Los propietarios denunciaron que se les impedía distribuir mercadería y cumplir con sus clientes. Para una distribuidora, no poder sacar los camiones representa una alteración directa de su actividad económica.
La familia atribuyó a las protestas importantes pérdidas comerciales. El juez reconoció las restricciones sobre la circulación y el funcionamiento, pero sostuvo que durante esos episodios no se había demostrado que los imputados ejercieran violencia sobre personas, causaran daños o formularan amenazas directas de las características necesarias para los delitos atribuidos.
La acusación comprendió hechos de 2021 y presuntos pagos exigidos desde años anteriores. En abril de 2022 fueron detenidos Cabaleyro y Espíndola. Ambos atravesaron un extenso período sometidos a medidas de coerción, incluida la prisión preventiva; Cabaleyro pasó parte de ese tiempo bajo arresto domiciliario.
— Fernando Espíndola, dirigente gremial de Camioneros y exconcejal de San Pedro, previamente a su detención en 2022
En septiembre de 2026 comenzó el juicio oral contra Cabaleyro y seis exempleados de la distribuidora. Los representantes del Ministerio Público Fiscal pidieron diez años de prisión efectiva para el principal acusado y la querella solicitó quince años. Las defensas reclamaron la absolución. El 14 de octubre de 2026, los siete acusados fueron absueltos y se ordenó la inmediata libertad de Cabaleyro.
Hay un detalle procesal importante que no debe confundirse. Fernando Espíndola no fue uno de los seis coacusados absueltos junto con Cabaleyro. Su situación se separó mediante un procedimiento de juicio abreviado, ratificado en octubre ante otra jueza. Según la información publicada, el acuerdo todavía requería resolución judicial y podía derivar en una pena de hasta seis años.
El hecho ocurrió durante los festejos por el 115º aniversario de La Colina, una localidad perteneciente al partido bonaerense de General La Madrid. La celebración comunitaria estuvo organizada conjuntamente por instituciones de la zona y el municipio. Para agasajar a los vecinos, se prepararon mil chorizos a la pomarola en un enorme paellero instalado sobre la plaza José Hernández.
Pero detrás de los preparativos se registró una postal gravísima que dejó al descubierto una falta total de controles bromatológicos. Las imágenes capturadas en el lugar muestran con claridad el momento en que se utilizaba un balde plástico, rotulado con las letras visibles de un potente herbicida a base de glifosato, para volcar los ingredientes directamente sobre el paellero destinado a todo el público.
Uno de los videos que sirvieron como evidencia.
Ausencia de controles
Desde la comuna de la 6ª sección electoral, conducida por el intendente radical Martín Randazzo, reconocieron la veracidad de las imágenes y los hechos.El Ejecutivo municipal asumió la responsabilidad absoluta por la falta de supervisión y control en la organización del evento gastronómico.
Pese al reconocimiento oficial, la justificación de los organizadores encendió aún más la polémica entre los vecinos. Intentaron minimizar el peligro al argumentar que el recipiente había sido sometido a un triple lavado y que se recurrió a él por una supuesta falta de otros envases disponibles para acarrear agua y verduras.
El comunicado oficial del municipio.
Peligro sanitario y respuesta opositora
La utilización de un recipiente que contuvo agrotóxicos desató una profunda preocupación debido a las normativas vigentes que prohíben terminantemente reutilizar estos envases para fines domésticos o alimentarios. La Ley Nacional 27.279 y las reglamentaciones provinciales establecen que los recipientes de fitosanitarios no pueden volver a usarse bajo ninguna circunstancia, ya que los plásticos de alta densidad absorben las moléculas de los químicos y ningún lavado casero garantiza la eliminación de la toxicidad residual.
Ante esta situación, el bloque de concejales opositores presentó un pedido de informes en el Concejo Deliberante para exigir respuestas urgentes al Departamento Ejecutivo. Los ediles advirtieron que la salud pública exige absoluta transparencia y adelantaron que evaluarán el inicio de acciones legales de tipo penal para determinar si existió un riesgo sanitario real contra los asistentes y establecer las responsabilidades penales correspondientes.
Un grupo de policías salteños fue detenido tras quedar bajo sospecha de montar falsos controles de tránsito con el objetivo de exigir coimas a los conductores. La investigación puso bajo la lupa un presunto mecanismo mediante el cual los efectivos instalaban operativos irregulares y aprovechaban su condición para reclamar dinero a cambio de permitir que los automovilistas continuaran circulando.
Pero el caso no terminaría allí. Marina Torres, periodista de Apolinario Saravia, denunció públicamente haber recibido fuertes amenazas y presiones para que no difundiera lo ocurrido. Conforme al relató, los aprietes comenzaron después de que informara sobre las detenciones y las presuntas maniobras de corrupción policial.
“Pasa que al ser pueblos chicos nos conocemos todos, entonces es como que molesta que se diga el nombre de quien comete un delito y es una constante”, afirmó Torres, a lo que agregó que “una de las personas ya condenadas, me mandó un mensaje diciéndome que baje la nota porque si no me iban a denunciar a mí”.
No se trató simplemente de policías que “aceptaban coimas” en un operativo legítimo. Según el fiscal penal 2 de Anta, César Arturo Saravia, a través de la delegación Las Lajitas y representando al Ministerio Público Fiscal de Salta, destacó que eran efectivos en funciones que “simulaban un control oficial no autorizado” y utilizaban uniforme, armas, credenciales, chalecos, conos y un móvil policial para exigir dinero a cambio de no revisar o secuestrar mercadería. La maniobra resulta institucionalmente grave porque el poder estatal destinado a hacer cumplir la ley fue convertido en una herramienta de recaudación clandestina.
El episodio ocurrió el 19 de agosto de 2026 en el kilómetro 60 de la ruta provincial 5, jurisdicción de Las Lajitas, cerca del acceso al Parque Nacional El Rey. Conductores alertaron a la Policía de que tres personas uniformadas estaban exigiendo pagos para permitirles continuar sin controlar o retener la carga que transportaban.
Cuando llegó otro personal policial, comprobó que quienes realizaban el procedimiento eran policías en actividad y que el operativo carecía de autorización. En el rastrillaje apareció una bolsa con dinero escondida dentro de un neumático en desuso. También se halló efectivo en el móvil policial y entre las pertenencias de los agentes. El total superaba el millón de pesos.
“No pueden ser tan sinvergüenzas. Yo que ellos me estaría escondiendo, metiendo la cabeza en el hoyo más profundo porque todos los vecinos nos conocemos, nos conocemos y sabemos quienes son”, sostuvo Torres. “Aparte de una vergüenza también la condena. Les dieron un año y van a estar en libertad. Por eso andan haciendo estas amenazas, porque si no, no estarían haciéndolo”, añadió.
La Fiscalía informó además el secuestro de tres teléfonos, tres armas reglamentarias, chalecos tácticos, credenciales y conos de señalización. Esos elementos no demuestran por sí solos cada cobro, pero sí son consistentes con la reconstrucción de un retén presentado ante los conductores como un procedimiento estatal verdadero.
Los condenados fueron Emiliano Alberto Cabrera, Doris Cristina del Milagro Lucena y María Fernanda Sosa Navarro. El fiscal penal 2 de Anta, Arturo Saravia, intervino mediante la delegación Las Lajitas, y el juez Sebastián Guzmán dictó sentencia después de que los acusados admitieran su participación y acordaran el procedimiento abreviado.
La resolución condenó a cada uno de los efectivos a un año de prisión de ejecución condicional y dispuso, además, un año de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos.También les impuso reglas de conducta y la prohibición de acercarse a testigos e informantes, así como de ejercer cualquier tipo de violencia o intimidación contra ellos.
La figura aplicada fue exacciones ilegales en perjuicio de la Administración Pública, con referencia a los artículos 266 y 55 del Código Penal. El artículo 266 castiga al funcionario que, abusando de su cargo, solicita, exige o hace entregar indebidamente una contribución, un derecho o una dádiva. Mientras que el artículo 55 regula la pena cuando concurren varios hechos independientes.
En lenguaje jurídicamente importa el modo y la posición del autor. Aquí la acusación no describe solamente un acuerdo clandestino entre dos particulares: describe a funcionarios que utilizaron la autoridad aparente de su cargo para exigir un pago indebido. El conductor no se encontraba negociando en condiciones de igualdad, sino que estaba frente a personas armadas y uniformadas que aparentaban poder revisar la carga, labrar actuaciones o secuestrar mercadería.
El caso de Marina Torres
Marina Torres es una periodista de Apolinario Saravia que cubre hechos locales del departamento Anta. Medios salteños la han citado previamente como fuente en noticias de Las Lajitas y de la zona. De acuerdo al relato trascendido, Torres denunció presuntas amenazas y “aprietes” destinados a que no difundiera el caso de los policías.
“Es importante que se hable de esto, que se diga que no queremos acá este tipo de cosas porque somos del interior. Que no quede este tipo de situaciones en el anonimato, o que con el paso de los días se vaya olvidando. Ya tenemos antecedentes de otros pueblos acá de la zona donde han pasado y justamente porque se quedó todo calladito no se hizo nada”, subrayó Torres.
Si se comprobara que alguien amenazó a Torres para obligarla a retirar, omitir o modificar información, la conducta podría analizarse —según las palabras utilizadas, el medio, la capacidad intimidatoria y la finalidad— bajo las figuras de amenazas o coacción. El artículo 149 bis del Código Penal sanciona las amenazas dirigidas a alarmar o amedrentar y agrava el supuesto en que se emplean para obligar a otra persona a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad.
Cada soldado que entra al Ejército Argentino empieza a pagar una revista que casi nunca recibe. El descuento aparece en el recibo de sueldo bajo el concepto “Periódico Soldados” y hoy es de $2.060 por mes. En lo que va del año, esa publicación se imprimió una sola vez.
Según fuentes castrenses, la fuerza ya retuvo al menos mil millones de pesos de los haberes de su personal, mientras que el costo de esa edición no superaría los $100 millones. Hasta ahora nadie explicó dónde está la diferencia.
La sospecha aparece poco después del escándalo de la Armada, que denunció ante la Justicia Federal 645 acreditaciones indebidas de haberes por $981.148.567,88, realizadas entre julio de 2022 y enero de 2026. En esa causa, el juez federal Sebastián Ramos ordenó el secuestro de computadoras y dispositivos resguardados en el edificio Libertad, y el Ministerio de Defensa, a cargo de Carlos Presti, ordenó formalizar la denuncia.
Las publicaciones del Ejército bajo la lupa son dos, Soldados y El Soldado Argentino, y ambas las edita la Fundación Soldados (FUNDASOL). En los papeles es una entidad civil, pero su consejo de administración está integrado por militares y su estatuto establece que el presidente lo designa el Estado Mayor General del Ejército. Tiene sede en avenida Santa Fe 4815, maneja la FM Soldados y figura como responsable de la Revista del Suboficial, un portal digital y el programa televisivo Nuestro Ejército.
El descuento es automático. También lo pagan los voluntarios que pasan pocos meses en la fuerza y se van sin haber tenido un ejemplar en la mano. El recibo de un soldado voluntario de segunda, fechado el 30 de agosto de 2026, muestra dos retenciones a favor de FUNDASOL, una de $2.060,51 por Soldados y otra de $1.236,30 por El Soldado Argentino. Un coronel y un cabo registraron en agosto el mismo monto por la primera. Un año antes, un cabo primero pagaba $1.638,60.
“Nadie la conoce”, dijo un jefe militar sobre El Soldado Argentino. Sobre Soldados, admitió que dejó de llegar hace meses. “Te descuentan por un servicio que no se da”, resumió. Cualquier uniformado puede darse de baja de la suscripción, aunque en la práctica nadie lo hace porque desconoce el trámite.
Los números muestran la caída. En sus 29 años, Soldados promedió unas diez ediciones anuales. En 2025 salieron cinco, y en 2026 solo la n.º 289, con una tirada de 57 mil ejemplares de 44 páginas. Una fuente castrense señaló otro detalle: “Adrede, las ediciones no indican en qué mes fueron impresas, para no levantar sospechas”. El período, agregó, solo puede reconstruirse a partir de las noticias que publica cada número.
El Ejército rechaza cualquier irregularidad. Su vocería sostiene que Soldados no tiene una periodicidad fija y que sale según las actividades principales de la fuerza, que El Soldado Argentino difunde contenidos de instrucción técnica y que a fin de año se enviará en papel un calendario 2027 dedicado a los 45 años de Malvinas. La demora del número actual, según esa explicación, se debe a que esperan incluir la entrega del segundo escuadrón de tanques modernizados TAM 2C A2 y un ejercicio anfibio en Rosario.
La fuente castrense no aceptó esa explicación. “¿Qué tiene que ver el ejercicio militar del fin de semana en Rosario? Acaso no hubo otras actividades antes o es que solo se imprime cuando hay algo”, respondió. También negó que la versión digital se envíe por mail a los uniformados, como sostiene la fuerza.
Virginia Aparicio, ingeniera agrónoma, doctora en Ciencias Agrarias e investigadora del INTA y del Conicet, sostuvo que los plaguicidas que su equipo encontró en la sangre de vecinos del sudeste bonaerense constituyen un problema de salud pública. Lo afirmó en una entrevista con El Presto en Perdón por la Vehemencia, el programa que Canal Ey! emite los miércoles de 16 a 18. “Como se silencia y como se saca al mensajero de la ecuación, parece que los datos no existieran. Y sí existen y son graves”, advirtió.
Los datos surgieron de SPRINT, un proyecto aprobado por la Comisión Europea que midió más de 200 plaguicidas en suelo, agua, sedimentos, cultivos, animales y personas de once países, con un mismo protocolo. Argentina fue el único participante no europeo. A los 73 voluntarios argentinos les extrajeron sangre, les tomaron muestras de orina y materia fecal, les hicieron un hisopado nasal y les dieron una pulsera que, durante una semana, retuvo todo aquello con lo que estuvieron en contacto.
Los químicos aparecieron en productores rurales, en habitantes de pueblos fumigados y también en periodistas, enfermeras, contadores o plomeros de Mar del Plata, Tandil, Necochea, Lobería, Balcarce y Tres Arroyos. Según Aparicio, el plaguicida “termina en tu mesa, termina en el polvo de tu casa, termina en tu pulsera, termina en tu sangre”.
La ingeniera agrónoma y doctora en Ciencias Agrarias Virginia Aparicio, investigadora del INTA y CONICET, explica los resultados del proyecto SPRINT, financiado por la Unión Europea, que estudió la exposición a más de 200 plaguicidas.
En la región pampeana predominó el glifosato, un herbicida que el país usa de manera intensiva desde la aprobación de la soja transgénica, hace 30 años. La variedad de productos resultó menor que en Europa, pero las concentraciones “son muchas veces más elevadas que las europeas”. La Argentina usa alrededor de cinco kilos de ingrediente activo por hectárea por año, contra uno en Europa, donde además existe una política pública para reducir esa cifra a la mitad hacia 2030. “Nosotros todavía no tenemos una política pública usando cinco veces más”, lamentó.
En el agua, el hallazgo más frecuente fue la atrazina, un herbicida del maíz que funciona como disruptor endócrino, provoca desbalances hormonales y está prohibido en Europa y en Uruguay. Apareció en casi todas las muestras de agua subterránea, principal fuente de consumo en la región pampeana, junto con glifosato, metsulfurón y metolaclor. Aparicio también estudia cómo los residuos de una campaña anterior pasan del suelo a la planta por las raíces, de modo que una lechuga puede contener un producto que no le aplicaron en esa campaña. Lavar los alimentos quita lo que queda en la superficie, pero lo que está adentro “no se puede sacar”.
La científica rechazó que su trabajo implique estar en contra del campo, donde el agroquímico funciona como una herramienta. Sí cuestionó la idea de que resulta imposible producir sin plaguicidas, a la que calificó de “argumento de venta”, y comparó al Estado con un árbitro que debe advertir si unos almohadones bonitos rompen la espalda. A su entender, la ecuación económica del agro omite el costo de descontaminar suelos y agua y de atender a las personas enfermas.
El proyecto nació en 2018 desde la oficina de enlace que el propio INTA tenía en Montpellier, Francia. Cuando llegaron los resultados, en 2023, Aparicio preparó los informes individuales y organizó una reunión para explicárselos a los voluntarios. “El INTA no me la deja hacer”, contó. Después vinieron la suspensión de actividades, la salida del proyecto en diciembre de 2023 y un sumario con ocho imputaciones, entre ellas un supuesto perjuicio económico al Estado, aunque el financiamiento llegó de Europa. Según relató, el organismo rechazó a todos sus testigos y en agosto de 2026 el Consejo Directivo ratificó su exoneración y la suspensión de dos colegas. “Exonerarte significa sacarte la identidad laboral”, definió.
Sobre lo personal, habló de impotencia. Mencionó el respaldo de su marido, su hija, su madre y su hermana, y el de científicos y legisladores que pidieron explicaciones. “Un sumario significa una duda”, planteó, y reclamó que el Estado aproveche mientras tanto la información para resolver lo que considera un problema de salud global. “Si no nos lo compran, los comemos nosotros”, graficó sobre los alimentos con residuos que el mercado externo rechaza.
“Me siento profundamente servidora pública. No me arrepiento de haber trabajado en este proyecto, todo lo contrario”, aseguró.
Un informe de la televisión chilena registró placas, rosarios y cintas arrojados detrás de la cruz mayor del cementerio, entre ellos un tributo de Comodoro Rivadavia de abril de 2026, y una retroexcavadora que removía tierra al ras de las tumbas.
Luis María Viaut cumple cinco años en Bouwer por una condena sin escuchas ni testigos directos, que Casación confirmó con el voto de la pareja de la jueza que lo sentenció. Domingo Benso, el cooperativista al que había mandado detener por la usina de facturas truchas, fue sobreseído en septiembre.
El legislador relanzó Proyecto C con un programa dedicado a la obsecuencia en el poder, en el que también apuntó contra el kirchnerismo y habló del peso de Karina Milei en el Gobierno.
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