04 julio, 2025

Suspendieron a la abogada del vicegobernador de Santa Cruz, denunciado por abuso

Las abogadas de Eugenio Quiroga, obstruyeron a la Justicia queriendo ser las representantes del denunciado y la denunciante.
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“Suspensión por 15 días de la matricula de las Dras. Pamela Pérez y Paula Ayala”, quienes son integrantes del estudio que defiende a Eugenio Quiroga en el expediente penal que contiene la denuncia contra el vicegobernador por presunto abuso. Así obra el dictamen firmado por los cuatro miembros del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz en relación al expediente 1581/21 al que tuvo acceso el medio OPI Santa Cruz.

CRONOLOGÍA: Probable caso de abuso hacia uno de sus hijos

El 17 de abril del 2021, a través OPI, se tomó conocimiento de la licencia por 45 días solicitada por el vicegobernador Eugenio Quiroga ante una denuncia de abuso en su contra.

En menos de 48 horas se dio a conocer una resolución de la Jueza González de Caleta Olivia, que colocaba un bozal judicial a los medios de comunicación, a las víctimas y familiares prohibiendo manifestarse públicamente del caso.

En pocas horas se conoció de manera extraoficial que la denuncia contra Eugenio Quiroga, Vicegobernador, había sido realizada por allegados a la familia sobre un probable caso de abuso del mismo hacia uno de sus hijos.

Como es costumbre en Santa Cruz, rápidamente el poder político, secundado con medios de comunicación militantes y una justicia cerrada herméticamente, dejaron de hablar del tema.

La licencia del Vicegobernador le fue comunicada al mismo el viernes a las 19 horas por parte de allegados a la gobernadora, ya que el titular de la Legislatura había estado esa misma tarde del viernes en actos políticos en la ciudad de Caleta Olivia acompañado de la Presidenta del Consejo de Educación, la Profesora Cecilia Velásquez.

La “licencia” forzosa rápidamente emitida por Alicia Kirchner hacia su compañero de fórmula, fue un baldazo de agua fría para el propio Quiroga quien tuvo que aceptar las órdenes de la casa de calle Alcorta en la capital provincial.

Pamela Pérez, representante legal del Vicegobernador

La Dra. Pamela Pérez, una de las abogadas suspendidas por el Tribunal Superior de Justicia, es una militante del Frente de Todos, quien de la mano del ascenso de Eugenio Quiroga a la vicegobernación, pasó a ser asesora, un cargo político, en la Legislatura provincial, denominada “Cámara del Pueblo” de Santa Cruz.

La abogada es militante del denominado “Ateneo Feminista” y responsable en nombre del Vicegobernador de dictar capacitaciones de la Ley Micaela hacia funcionarios provinciales y municipales. Esto lo hace doblemente grave, teniendo en cuenta el caso donde involucra a menores, al poder y a una abogada dedicada a impartir capacitaciones, sin que haya recibido una sanción por parte del Ministerio Público.

La Abogada militante, fue protagonista principal en las denuncias en contra del Concejal Cristian Bazán de la ciudad de Caleta Olivia, por supuesta violencia de género contra su pareja. Un hecho que si bien llevó al edil a estar separado casi 6 meses de su cargo sin goce de haberes, tuvo que ser reestablecido en su cargo luego que la justicia dictaminó que no existía una sola prueba sobre las acusaciones que se realizaban en contra de Bazán.

La misma letrada fue criticada en diferentes medios y redes sociales por no tratar con la misma vara los temas de violencia de género cuando los involucrados son de “el partido al que pertenece”, como si lo hicieron con el concejal Bazán.

Para dar un par de ejemplos más podemos mencionar el silencio sobre el caso de Macarena Barrionuevo, quien denunció al comisionado de fomento de Cañadón Seco, Jorge Soloaga. El silencio sobre la acusación por abuso del contador de la ciudad del Gorosito Claudio Pagano y recientemente la denuncia pública y en la justicia, contra el Presidente del Partido Peronista de Caleta Olivia, Juan Carlos Gómez, por su violencia hacia trabajadoras municipales.

En resumen, la abogada militante es criticada por ejercer su feminismo solo cuando los protagonistas no pertenecen a su sector político.

La gravedad del dictamen

La Resolución emitida por los miembros del Tribunal Superior de Justicia deja en claro la “jugada” de la Dra. Pérez y su socia la Dra. Ayala, en su intento por ser representantes del acusado y de la denunciante, respectivamente, algo incompatible no solo en lo moral y ético, sino normado en el Artículo 18 de la Ley 1600.

No se puede ser juez y parte, más allá del alto nivel de impunidad del que las letradas creen ser beneficiarias por su cercanía al poder político santacruceño.

En síntesis, las abogadas de Eugenio Quiroga, obstruyeron la justicia queriendo ser las representantes del denunciado y la denunciante.

Ahora, ante este panorama legal, con el papelón de las abogadas de Eugenio Quiroga, la grave situación generada no pasa inadvertida, ya que Pamela Pérez Ovalle es funcionaria provincial y además dicta capacitaciones citando una ley que respeta solo a veces y de manera selectiva.

¿Está la gobernadora de Santa Cruz, Alicia Kirchner en pleno conocimiento de tan desprolijo desempeño legal y de cómo se profana al aparato judicial en beneficio de un compañero político? ¿Acaso se avanzará en responder a la urgente necesidad de un Colegio Profesional de Abogados para, no sólo salvaguardar la profesión y a quienes la ejercen en respeto de la Ley, sino también a los miles de vecinos que acuden a los servicios letrados?

*Fuente: Agencia OPI Santa Cruz

Redacción

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Alperovich cumplirá domiciliaria en el lujoso departamento de Puerto Madero donde comenzaron los abusos a su sobrina

La Justicia otorgó este miércoles el arresto domiciliario a José Jorge Alperovich, exsenador nacional y tres veces gobernador de Tucumán, sentenciado el 18 de junio de 2024 a 16 años de prisión por nueve hechos de abuso sexual cometidos contra su sobrina segunda —seis con acceso carnal y tres simples en grado de tentativa— ocurridos entre diciembre de 2017 y marzo de 2018.  La resolución de Juan María Ramos Padilla llegó después de poco más de un año de detención efectiva en el Complejo Penitenciario de Ezeiza.

El magistrado dispuso que el condenado de 70 años permanezca en uno de sus inmuebles del complejo Zencity de Puerto Madero, escenario de uno de los ataques acreditados en el debate oral. Para garantizar la medida impuso monitoreo electrónico permanente y fijó una caución real de 400 millones de pesos. Además, prohibió cualquier tipo de contacto, directo o indirecto, con la denunciante y su entorno, así como referencias públicas que pudieran afectarla.

El lugar fijado es uno de los departamentos del imputado en Puerto Madero, precisamente uno de los lugares donde se cometieron los primeros abusos por los que fue condenado.

– TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 86.765/2019/TO1

“Debe quedar claro que no voy a conceder el arresto domiciliario solicitado como un privilegio ni por compasión, sino como ejercicio legítimo de una atribución legal fundada en condiciones de estricto control, neutralizando los riesgos de entorpecimiento y fuga, y asegurando la protección” de la víctima, sostuvo Ramos Padilla. 

El juez advirtió que “cualquier omisión o intento de evasión —por mínimo que sea— habilitará la revocación inmediata del beneficio y el reingreso al establecimiento penitenciario”.

Entre los fundamentos aparecieron la edad de Alperovich y un agudo dolor de columna que, según informes médicos del Servicio Penitenciario Federal, limitaba su movilidad, junto con hipertensión y un cuadro depresivo diagnosticado en marzo de 2025. Durante su estadía en Ezeiza recibió atención en el Hospital Penitenciario Central y fue trasladado en varias ocasiones al Hospital Italiano.

La familia ya había intentado morigerar la detención tres meses después de la condena. Gabriel, Mariana, Sara y Daniel Alperovich se ofrecieron entonces como “fiadores”, prometieron acompañar a su padre las 24 horas y entregaron sus pasaportes “para demostrar que no existiría riesgo de fuga”. La Justicia rechazó aquella petición en dos oportunidades, pero ahora el juez consideró que mantener al exmandatario en prisión preventiva sería “arbitrario” frente a las condiciones carcelarias y a su estado de salud, aunque la condena y la inhabilitación perpetua para cargos públicos siguen vigentes.

Durante el juicio oral iniciado en febrero de 2024 ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 29 declararon más de 80 testigos, incluido el exgobernador Juan Manzur. En su sentencia, Ramos Padilla subrayó: “Los indicios son graves, precisos, concordantes y basados en hechos comprobados que, relacionados entre sí, nos llevan a un único resultado”. El tribunal entendió que Alperovich aprovechó “un contexto de confianza, afecto familiar, dependencia laboral y asimetría de poder” para perpetrar los abusos.

Alperovich negó siempre las acusaciones y las atribuyó a motivaciones “políticas y económicas”. Su entonces pareja, la exganadora de Gran Hermano Marianela Mirra, difundió en mayo último una fotografía del exsenador internado que reavivó críticas a las condiciones de detención. El expediente continúa en trámite de apelación y revisión. Mientras se define la instancia superior, el exgobernador permanecerá bajo arresto domiciliario, controlado electrónicamente y sujeto a supervisión judicial periódica.

Redacción

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Cristina Kirchner deberá devolver $84 mil millones al Estado

La Corte Suprema de Justicia confirmó este martes la condena contra la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner en la causa Vialidad, y con ello dejó firme una de las sanciones económicas más relevantes de la historia judicial argentina: la devolución de aproximadamente 84.000 millones de pesos al Estado Nacional, dinero que, según la sentencia, fue desviado en una maniobra de corrupción mediante contratos de obra pública adjudicados de manera irregular.

El máximo tribunal rechazó por unanimidad las apelaciones de la defensa de la ex mandataria y de otros ocho condenados, dejando sin efecto cualquier posibilidad de revisión de la sentencia dictada en 2022 por el Tribunal Oral Federal N°2 y ratificada en noviembre pasado por la Cámara de Casación Penal. La condena incluye seis años de prisión, inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y, como eje central, el decomiso millonario.

Este decomiso, que había sido homologado previamente por la Cámara de Casación, representa el monto que la Justicia determinó como perjuicio directo contra la administración pública tras años de maniobras fraudulentas en la adjudicación de obras viales en la provincia de Santa Cruz. La cifra multimillonaria deberá ser reintegrada a las arcas estatales, ya sea mediante bienes, activos o sumas de dinero embargadas y posteriormente liquidadas.

El fallo de la Corte Suprema, firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó los planteos de Cristina Kirchner y dejó firme la condena que la responsabiliza como coautora de administración fraudulenta agravada en perjuicio del Estado. Según la Justicia, durante su mandato se instrumentaron decisiones administrativas y decretos presidenciales que facilitaron el desvío de fondos públicos a empresas vinculadas a Lázaro Báez, principal beneficiario del esquema de corrupción.

Entre los puntos clave del fallo se destaca la intervención de Cristina Kirchner a través del Decreto PEN N° 54/2009, que modificó el manejo de fondos del fideicomiso vial y permitió la adjudicación directa y sin control de contratos millonarios. La Justicia determinó que estas modificaciones permitieron la maniobra defraudatoria y que la entonces presidente estaba al tanto del perjuicio que estas acciones causarían a las finanzas estatales.

El monto del decomiso se calculó en base a las obras públicas adjudicadas de manera irregular, las licitaciones direccionadas y los pagos anticipados a Austral Construcciones y otras empresas controladas por Báez, aún cuando estas presentaban notorias irregularidades y, en muchos casos, abandonaron las obras sin finalizarlas.

Cristina Kirchner no podrá participar de futuras elecciones por la inhabilitación perpetua y enfrenta además la posibilidad de cumplir su condena bajo arresto domiciliario por su edad. Pero más allá de lo político y lo penal, lo económico marca un precedente: la ex presidenta deberá afrontar la obligación de resarcir al Estado con una cifra histórica que busca recuperar parte del dinero perdido en la maniobra de corrupción.

La Corte, en su fallo, remarcó que la sentencia se apoyó en pruebas sólidas, que el debido proceso fue respetado y que los argumentos de la defensa no lograron desacreditar la evidencia. También quedó firme la responsabilidad de los demás condenados, incluido Lázaro Báez, y el decomiso millonario que los alcanza a todos como parte del perjuicio calculado.

Este fallo no sólo consolida la primera condena firme de cumplimiento efectivo contra Cristina Kirchner, sino que pone en marcha el proceso para la recuperación de los fondos públicos, en una decisión que impacta tanto en lo judicial como en las finanzas del Estado.


*Fuente: AGENCIAS

Redacción

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Detuvieron en El Bolsón al terrorista Facundo Jones Huala

El extremista, Facundo Jones Huala, fue detenido el domingo 8 de junio de 2025 en El Bolsón, provincia de Río Negro, por orden de la Justicia. Los cargos que se le imputan son intimidación pública, incitación a la violencia, apología del crimen y asociación criminal terrorista.

La detención del líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), fue ejecutada por personal de la Policía Federal Argentina (PFA) en un domicilio de El Bolsón durante horas de la madrugada. El operativo fue comunicado públicamente por la ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, quien utilizó sus redes sociales para anunciar el arresto del líder mapuche.

La RAM es una organización violenta y terrorista. Con nosotros no hay impunidad. Los argentinos del sur merecen vivir en paz y que esta vez no lo suelten, afirmó el anuncio público por parte de la ministra Bullrich, en su cuenta oficial de X.

La Sede Fiscal Descentralizada de San Carlos de Bariloche, a cargo de la investigación, deberá demostrar que las declaraciones del activista configuran efectivamente los ilícitos. El delito de apología del crimen, específicamente tipificado en el artículo 213 del Código Penal argentino, establece que “será reprimido con prisión de un mes a un año, el que hiciere públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por delito”.

Según fuentes oficiales, las autoridades lograron ubicarlo mediante el seguimiento de las actividades de su madre, Isabel Huala, quien figuraba como oradora en una feria artesanal programada para ese domingo en Bariloche, así como a través del monitoreo de su expareja, Andrea Yanina Millañanco, residente en El Bolsón.

El gobierno nacional y las autoridades chilenas han clasificado a la RAM como una organización terrorista. Los cargos atribuidos se originaron en declaraciones públicas realizadas por su exmandatario a comienzos de 2025, durante la presentación de un libro de su autoría, donde reivindicó la lucha armada y hechos atribuidos a la RAM. Las denuncias fueron impulsadas por el Ministerio de Seguridad Nacional y el gobierno de Chubut, quienes sostienen que sus declaraciones podrían acarrear “delitos federales al alentar públicamente la violencia como método de acción política”.

– Isabel Huala, madre de Facundo Jones Huala

La organización en cuestión, se define como un movimiento político y organización paramilitar que busca la “reivindicación y ocupación de territorios que consideran pertenecientes al pueblo mapuche dentro de Argentina”, que opera principalmente en las provincias de Neuquén, Río Negro y Mendoza, utilizando métodos de ocupaciones territoriales, sabotajes y ataques incendiarios como formas de protesta.

La trayectoria judicial de Jones Huala incluye condenas tanto en Argentina como en Chile. En 2018, fue condenado por la justicia chilena a nueve años de prisión por su participación en un ataque incendiario ocurrido en 2013 en la localidad de Río Bueno, región de Los Ríos, además de cargos por portación de armas de fuego.

En 2022, Jones Huala obtuvo la libertad condicional en Chile, beneficio que posteriormente fue revocado por la Corte Suprema chilena, generando una orden de búsqueda internacional. Tras esta revocación, permaneció prófugo hasta enero de 2023, cuando fue detenido en El Bolsón por fuerzas argentinas. Durante su detención en Argentina, el activista realizó diversas manifestaciones, incluyendo una huelga de hambre, para evitar su extradición a Chile y poder cumplir la condena en territorio argentino. Sin embargo, en enero de 2024, fue efectivamente extraditado a Chile, donde completó el cumplimiento de su condena, siendo liberado en agosto de 2023 al computarse los años ya cumplidos.

Redacción

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