15 enero, 2025

Encontraron 19 kg de marihuana en un camión que transportaba vacunas

Ocurrió en San Antonio Oeste, Rio Negro. La droga se encontraba en la cabina del conductor.
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Más de 19 Kg de marihuana fueron encontrados en un camión que transportaba vacunas contra el coronavirus. Esto ocurrió durante un control vehicular de la policía federal Argentina en San Antonio Oeste provincia de Río Negro.

Fuentes al caso, indicaron que el camión viajaba desde Buenos Aires y llevaba las inscripciones sanitas. El mismo fue secuestrado y el conductor quedó detenido por el cargamento que trasladaba en la cabina. El hecho tuvo lugar en la noche del miércoles en la ruta 3 a la altura del ingreso a la localidad de San Antonio Oeste, a muy pocos kilómetros del balneario Las Grutas.

La prensa de la policía detalla que en el operativo de rutina detuvieron la marcha de un camión del Correo Argentino, acondicionado para el transporte de vacunas contra el coronavirus. Al revisar el vehículo, el perro detector de drogas llamado “Kira” marcó una caja cerrada que estaba en la cabían del conductor y contenía varios paquetes rectangulares. Los mismos se abrieron y se encontraron 19 panes de marihuana con un peso total de 19 kg y 653 gr.

Desde Correo Argentino informaron que el camión se uso tiempo atrás para distribuir las vacunas contra el coronavirus, aunque actualmente no estaba asignada al operativo. “Cuando la llegada de vacunas era muy fluida, se amplió la cantidad de camiones con la inscripción. Pero ahora también hacen viajes comunes de carga general y esa unidad no transportaba vacunas”, indicaron desde la empresa.


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Redacción

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Un informe de la Fiscalía ratifica que Nisman fue asesinado

A pocos días de cumplirse el décimo aniversario de la muerte del fiscal Alberto Nisman, la Fiscalía Federal Nº 3, dirigida por Eduardo Taiano, presentó un informe exhaustivo que confirma la hipótesis del homicidio. 

El documento, compuesto por 52 páginas y dividido en siete capítulos, detalla los avances de la investigación, las irregularidades en el tratamiento inicial del caso y el impacto político y social de su muerte. Además, señala que el asesinato estuvo relacionado con su rol como fiscal de la Unidad Fiscal de Investigación del Atentado a la AMIA (UFI-AMIA) y, en particular, con la denuncia presentada contra Cristina Kirchner y otros funcionarios por presunto encubrimiento.

“Luego de años de tareas de investigación se arribó a una serie de conclusiones que hoy permiten afirmar que el fiscal federal Natalio Alberto Nisman fue víctima de un homicidio y que su muerte estuvo motivada en su labor en la UFI-AMIA y, concretamente, con su accionar vinculado al Memorándum de Entendimiento con la República de Irán. A la fecha, en esta etapa de la investigación, se encuentran en curso la producción de medidas tendientes a determinar la identidad de aquellos que ejecutaron el hecho y de quiénes lo ordenaron, conforme a la hipótesis de la fiscalía”.

El informe destaca que la muerte de Nisman ocurrió en un contexto de creciente presión y amenazas hacia él y su equipo, las cuales se intensificaron tras la presentación de su denuncia el 14 de enero de 2015. Este documento apuntó directamente al Memorándum de Entendimiento con Irán como una herramienta para garantizar la impunidad de los responsables del atentado terrorista a la AMIA de 1994. La fiscalía enfatiza que las pruebas recabadas hasta la fecha refuerzan la tesis de que el homicidio fue planeado con la intención de silenciarlo.

En el análisis de las primeras horas tras el hallazgo del cuerpo de Nisman en su departamento en el complejo Le Parc de Puerto Madero, el informe denuncia graves irregularidades. Se registró la presencia de más de 80 personas en la escena del crimen, incluyendo funcionarios de alto rango de la Prefectura Naval, la Policía Federal y el Ministerio de Seguridad. Estas acciones comprometieron la preservación de evidencias cruciales y han generado sospechas de encubrimiento. Además, se identificaron fallas significativas en la cadena de custodia, con elementos probatorios manipulados sin protocolos adecuados, como el arma utilizada en el homicidio. Este tipo de falencias, además de retrasar los avances en la investigación, abrieron la puerta a teorías de “conspiración” que, hasta el día de hoy, no han sido completamente descartadas.

“En ese dictamen se corroboró la participación activa de terceras personas en la muerte del Dr. Nisman, las cuales ingresaron al departamento y, luego de reducirlo, lo trasladaron hasta el baño ubicado en el cuarto principal de la vivienda. Allí, con la intención de simular un suicidio, lo obligaron a colocarse de rodillas y le dispararon en la cabeza, en el horario comprendido entre las últimas horas del 17 y la madrugada del 18 de enero de 2015″

Otro aspecto clave del informe es la ineficacia de la custodia policial asignada a proteger al fiscal. Durante el fin de semana en que ocurrió el crimen, los custodios abandonaron su puesto en varias ocasiones, dejando a Nisman completamente desprotegido por más de 12 horas. Según la fiscalía, esta negligencia facilitó el accionar de los perpetradores y la posterior manipulación de la escena. A la fecha, se está investigando a los agentes responsables de su seguridad para determinar su nivel de participación o negligencia. 

– Eduardo Taiano

La investigación también pone el foco en los servicios de inteligencia. Se identificó la participación de agentes de la ex SIDE en el entorno de Nisman antes y después de su muerte. La fiscalía acusa a estos organismos de retener información relevante y, en algunos casos, destruir documentos clave que podrían haber arrojado luz sobre los hechos. Esta obstrucción no solo ha ralentizado el avance de la investigación, sino que también alimentaron las sospechas de un encubrimiento sistemático. Las conexiones entre estos agentes y sectores políticos vinculados al gobierno de ese entonces han sido un tema central en las hipótesis del caso, evidenciando un entramado de intereses cruzados que complican aún más el esclarecimiento del crimen.

“Del informe final también se desprende la presencia de ketamina en las vísceras, afirmándose que Nisman se encontraba al momento de su muerte con anestesia disociativa, siendo su voluntad abolida pero con conservación de su tono muscular”​

En una medida reciente, el gobierno actual, bajo la administración de Javier Milei, desclasificó una serie de documentos de inteligencia vinculados a la causa. Sin embargo, fuentes oficiales señalaron que algunos de estos archivos habrían sido destruidos durante gestiones anteriores, dejando vacíos importantes en la investigación. Esta desclasificación busca aclarar las redes de contactos entre espías y actores políticos en las horas previas y posteriores a la muerte de Nisman. La fiscalía sostiene que estos documentos podrían ser clave para identificar tanto a los responsables materiales como intelectuales del crimen. A pesar de los esfuerzos recientes, la falta de documentación completa genera nuevos interrogantes sobre el grado de colaboración institucional en el caso.

El informe también subraya las nuevas líneas de investigación que se han abierto, incluyendo el análisis de más de 600 líneas telefónicas relacionadas con el caso y el entrecruzamiento de datos que podrían revelar patrones de comunicación sospechosos. Asimismo, se están impulsando nuevas imputaciones contra figuras vinculadas a los servicios de inteligencia y al entorno gubernamental de aquel momento. Estas medidas incluyen la convocatoria a declarar como testigos a agentes de inteligencia que habrían estado activos en las fechas críticas, así como el análisis de movimientos financieros relacionados con el uso de fondos reservados.

Redacción

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Gonzalo Montiel demandó a la abogada ultra feminista Raquel Hermida por falsa denuncia

Tras el fallo internacional por el caso Theo Hernández, el futbolista inició una millonaria demanda contra la abogada feminista Raquel Hermida, acusándola de haber promovido una falsa denuncia y de difundir información falsa en los medios.

Montiel, recientemente absuelto por “inexistencia de delito” en una denuncia de abuso sexual presentada en su contra, busca justicia no solo para limpiar su imagen, sino también para sentar un precedente contra lo que considera un uso malintencionado del sistema judicial y mediático.

Según fuentes cercanas al futbolista y a su equipo legal, la demanda no incluirá a la mujer denunciante. Montiel y sus abogados entienden que esta persona fue utilizada por Hermida en una operación mediática con presuntos fines extorsivos y económicos.

Además, consideran que la denuncia fue promovida de manera falaz con el objetivo de desviar la atención pública tras el escándalo que involucró a Hermida cuando fue despedida por Nahir Galarza, otra de sus conocidas expatrocinadas.

Este caso podría tener implicancias significativas en el debate sobre la responsabilidad ética de los abogados y la lucha contra las noticias falsas en el ámbito judicial y mediático.

Redacción

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Fernando Espinoza, a un paso del juicio oral por abuso sexual y desobediencia

El 20 de diciembre de 2024, la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional rechazó los últimos recursos presentados por la defensa del intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, quien cuenta con el apoyo político del gobernador Axel Kicillof.

Este fallo marca un punto de inflexión en la causa iniciada por Melody Rakauskas, quien denunció al imputado por abuso sexual y desobediencia. Con esta decisión, el expediente queda a un paso del debate oral, que podría realizarse antes del cierre del año, siempre y cuando la fiscal interviniente, Mónica Cuñarro, finalice la etapa procesal pendiente.

Uno de los ejes centrales del litigio fue la impugnación de la defensa de Espinoza respecto a las actas del 14 y 15 de octubre de 2024, donde se registró la presentación de una memoria Micro SD de 32 GB aportada por Rakauskas como evidencia clave. La defensa argumentó supuestas irregularidades en la cadena de custodia y en la intervención de los funcionarios judiciales, solicitando la nulidad de las pruebas. Sin embargo, tanto el juez de grado como la Cámara desestimaron esos planteos, avalando que las grabaciones y audios presentados fueron resguardados correctamente y sin manipulación maliciosa.

La resolución de la fiscalía general, encabezada por Mauricio Viera, fue contundente: “No se advierte perjuicio concreto ni vulneración al derecho de defensa del imputado”. Este respaldo a las pruebas consolida la posición de la querella, que ahora cuenta con un elemento probatorio fundamental para el juicio oral que podría tener lugar más temprano que tarde.

Tal y como lo viene dando a conocer este medio, Melody Rakauskas ha enfrentado un proceso judicial lleno de obstáculos. Durante casi cuatro años, la fiscal Cuñarro ha sido acusada de demorar injustificadamente el cierre de la investigación, generando frustración en la víctima y su entorno. “Es hora de que se haga justicia y que el juez Luis Schlegel le brinde un alivio después de tanto ataque”, comentó una fuente cercana a Rakauskas.

En los últimos meses, la víctima sumó a su equipo legal al abogado Yamil Castro Bianchi, quien ya ha comenzado a contribuir activamente al pedido de justicia. Mientras tanto, fuentes del municipio aseguran que Espinoza se encuentra aterrado ante la posibilidad de enfrentar el juicio oral, un proceso que podría definir su futuro legal y político.

¿QUÉ SIGUE?

Con todas las pericias realizadas, los testigos entrevistados -incluida la madre de Melody Rakauskas- y las pruebas validadas, el camino al juicio oral parece inevitable. La decisión final recaerá en el juez Schlegel, quien deberá garantizar que la causa avance hacia una resolución justa.

Este caso no solo pone en juego la responsabilidad penal de Fernando Espinoza, sino también la credibilidad de un sistema judicial que ha sido duramente cuestionado. La sociedad espera que, tras años de lucha, se haga justicia para Melody Rakauskas y que el juicio oral sea un ejemplo de transparencia y reparación para las víctimas de violencia de género.

*Fuente: REALPOLITIK – Santiago Sautel

Redacción

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Condenaron al líder de ultraizquierda Alejandro Bodart por promover el antisemitismo

La Cámara Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires condenó al dirigente del Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST), Alejandro Bodart, a seis meses de prisión en suspenso por incitar a la discriminación contra la comunidad judía. El fallo, que revocó una absolución en primera instancia, se produjo por una serie de publicaciones realizadas por Bodart en la red social Twitter en mayo de 2022, donde comparó al “sionismo” con el nazismo y calificó a Israel como un “estado genocida”. 

El tribunal, compuesto por los jueces Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larroca, dictó el fallo por mayoría. Mientras que Larroca sostuvo que las expresiones de Bodart se encontraban amparadas por la libertad de expresión, Mahiques y Franza concluyeron que los mensajes constituían incitación al odio y discriminación. “Bajo el ropaje de críticas legítimas, despliega un arsenal discursivo discriminatorio que contiene una comparación del movimiento político sionista con el nazismo”, afirmó el juez Mahiques en su voto.

La decisión también destacó que las publicaciones de Bodart “niegan el derecho del Estado de Israel a existir y postulan que la comunidad judía ocupa un territorio que le pertenece a otro pueblo”, lo que adquiere “la cualidad discriminatoria por el modo en que se expresan las palabras”. Estas declaraciones, según los jueces, “proporcionan las bases para deslegitimar la existencia de Israel y promueven la afectación de derechos de un grupo vulnerado”.

El fallo de 150 páginas incluye también referencias a la definición de antisemitismo adoptada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA), la cual fue incorporada por Argentina en 2020. Esta definición señala que negar el derecho del pueblo judío a la autodeterminación, como sucedió en las publicaciones de Bodart, puede constituir antisemitismo.

Los mensajes que motivaron la denuncia fueron publicados por Bodart en mayo de 2022. En uno de ellos, escribió: “Sionistas=Nazis”, acompañado de un emoticón ofensivo. Días después, publicó: “74 años de la catástrofe que vive el pueblo palestino a manos del Estado racista y genocida de Israel. La llave, símbolo de sus casas y tierras robadas, está presente en cada lucha. Por una Palestina laica y democrática, del río al mar”. La DAIA denunció estas expresiones y solicitó su retractación, algo que Bodart rechazó, acusando a la organización de intentar acallar críticas.

El dirigente también publicó: “El pueblo palestino resiste. Apoyar su heroica lucha es también desnudar las mentiras del sionismo, el imperialismo y sus voceros. Los ataques a quienes defendemos la causa palestina no nos silencian: nos confirman que estamos en lo correcto. El Estado de Israel es genocida”. Estas declaraciones fueron interpretadas por el tribunal como un llamado a la violencia y la hostilidad.

Durante el juicio, testigos de ambas partes aportaron visiones contrapuestas. Representantes de la DAIA y del Centro Simon Wiesenthal calificaron las expresiones como antisemitas y como parte de un discurso de odio. Ariel Gelblung, director del Centro Wiesenthal para América Latina, declaró que “la comparación de sionismo con nazismo es perversa en extremo” y argumentó que dicha analogía distorsiona la historia y banaliza el Holocausto. Según Gelblung, “poner en pie de igualdad a un movimiento de autodeterminación nacional con un proyecto racista de aniquilación es un acto que fomenta el odio”.

En contraste, figuras como Myriam Bregman, Adolfo Pérez Esquivel y Naum Briski defendieron a Bodart, argumentando que sus dichos constituían una crítica política y no un ataque a la comunidad judía.

Bodart anunció que apelárá el fallo hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia, calificándolo como un acto de “autoritarismo”. Según sus abogados, la condena aún no tiene carácter definitivo, ya que falta cumplir el doble conforme. “El aparato sionista ha domesticado parte de la justicia para acallar toda crítica al Estado de Israel”, declaró el dirigente en un comunicado.

Por su parte, Ariel Gelblung, del Centro Wiesenthal, sostuvo que el fallo establece un precedente significativo. “Este caso marca un límite claro: la libertad de expresión no puede ser excusa para discursos de odio”, afirmó. Además, subrayó la importancia de incorporar la definición de la IHRA como interpretativa de la Ley Antidiscriminatoria, algo que consideró como un avance clave para prevenir futuros casos similares.

En los próximos meses, se espera que la apelación presentada por los abogados de Bodart, entre ellos María del Carmen Verdú e Ismael Jalil, abra nuevos debates en instancias superiores. Entretanto, el dirigente continúa defendiendo su postura y cuestionando lo que considera una “persecución política y judicial”.

Redacción

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Condenaron al militante K Ezequiel Guazzora a más de 10 años de prisión por abuso sexual de una menor

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°24 de la Capital Federal condenó este viernes a Ezequiel Guazzora a 10 años y 6 meses de prisión por el abuso sexual de una adolescente en 2023, en un domicilio del barrio porteño de Caballito. Además, la madre de la menor fue sentenciada a 10 años de prisión como cómplice necesaria en los hechos. Ambos fueron declarados culpables de uno de los casos más conmocionantes de los últimos años en el ámbito judicial argentino.

El tribunal, compuesto por los jueces Maximiliano Dialeva Balmaceda, Marcelo Roberto Alvero y Javier Esteban de la Fuente, declaró a Guazzora culpable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, lesiones leves y resistencia a la autoridad. La pena fue unificada con una condena previa de 3 años dictada por el Tribunal Oral Federal N°3 en 2021, resultando en una sentencia única de 12 años de prisión.

En consonancia con lo solicitado por la fiscalía, el tribunal dispuso que, una vez que la sentencia quede firme, se obtenga y registre el perfil genético de Guazzora en el Banco Nacional de Datos Genéticos, en cumplimiento de la Ley N°26.879, que regula el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual. Este procedimiento busca garantizar que individuos condenados por delitos sexuales sean adecuadamente identificados en el futuro.

La investigación se originó tras una denuncia de la Organización No Gubernamental Red Alto al Tráfico y la Trata (RATT) de Argentina ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX). Según los detalles revelados en el juicio, Guazzora ofrecía dinero, drogas u otros bienes a la madre de la adolescente a cambio de permitirle mantener relaciones sexuales con la menor. La gravedad del caso se incrementa al considerar que los actos fueron planificados y ejecutados con frialdad y premeditación.

La madre fue detenida el 13 de agosto de 2023 en una escuela de la avenida Belgrano al 1300, durante las elecciones PASO, mientras que Guazzora estuvo prófugo por más de dos meses. Fue localizado en octubre por la Secretaría de Captura de Prófugos (SeCaP) en una vivienda del partido bonaerense de Merlo. La captura de Guazzora marcó el fin de una intensa búsqueda liderada por la Unidad Fiscal Especializada en Investigación Criminal Compleja (UFECRI), a cargo del fiscal José María Campagnoli.

El juicio oral comenzó el 11 de septiembre y estuvo a cargo de la Fiscalía N°15, representada por la fiscal general Ana Helena Díaz Cano y el auxiliar fiscal Leandro D’Ascenzo. Durante el proceso, se presentaron pruebas clave, como mensajes en los que Guazzora solicitaba menores para mantener relaciones sexuales y transferencias bancarias realizadas a la madre de la víctima. Estos mensajes incluyeron también detalles sobre el pago de 100 mil pesos por un “encuentro íntimo” con la adolescente. Además, se ponderó el testimonio de la adolescente y su identificación del lugar del abuso, que resultaron determinantes para la condena.

Según la acusación, entre marzo y abril de 2023, la madre llevó a su hija a la casa de Guazzora, donde éste le habría administrado una sustancia en su bebida que la dejó adormecida, mientras la madre consumía estupefacientes provistos por el condenado. En ese contexto, se produjo el abuso sexual. La fiscalía había solicitado 18 años de prisión para ambos acusados, incluyendo cargos por corrupción de menores, pero el tribunal determinó penas menores.

“Tengo la tranquilidad de que soy inocente de lo que se me está causando. Creo en la Justicia”, declaró Guazzora en sus últimas palabras antes de la sentencia. Sin embargo, los jueces dictaron su condena por unanimidad. Los fundamentos del fallo serán publicados el próximo 6 de febrero. Por otro lado, la defensa de Guazzora ya ha anunciado su intención de apelar la sentencia, argumentando que las pruebas presentadas “no son concluyentes y que existe un sesgo en la interpretación de los hechos”.

Redacción

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Una inmigrante boliviana abusó a una niña argentina en Mar del Plata

La Unidad Funcional de Instrucción (UFi) 7 de Mar del Plata, en el marco de la IPP 49.852-24, inició una investigación contra Andrea Calderon Chosgo, una inmigrante boliviana acusada de cometer el delito de abuso sexual agravado contra una niña de 10 años. El caso es representado por el abogado penalista Julio Razona, quien actúa como particular damnificado de la menor afectada.

Los hechos, que ocurrieron hace aproximadamente un mes en la zona de quintas de Sierra de los Padres, provocaron un notable cambio en el comportamiento de la niña.

Según allegados, la víctima dejó de jugar con sus amigos y hermanos, evitó la socialización, y se mostraba extremadamente temerosa y escondida. La hermana mayor de la niña, de 20 años, fue quien primero notó una lesión en el hombro de la menor, inicialmente atribuida a un posible golpe, pero que se reveló como una agresión física perpetrada por la acusada.

La madre de la niña, al revisar el teléfono celular de su hija, descubrió un inquietante intercambio de mensajes y audios a través de WhatsApp entre Andrea Calderon Chosgo, quien trabajaba en la quinta, y la menor.

– El abogado de la víctima, Julio Razona

En estos mensajes, Chosgo no solo reconocía haber tenido un primer contacto sexual con la niña, sino que también manifestaba un “amor” enfermizo, exigía fotos de contenido sexual y amenazaba con suicidarse si no era correspondida. Uno de estos mensajes incluía la frase: “Soy la primera marca en tu vida”.

El doctor Razona presentó estos mensajes a la fiscalía para su incorporación en la investigación, solicitando, además, la detención inmediata de Calderon Chosgo o, al menos, una orden de restricción de acercamiento para proteger a la menor de cualquier posible contacto con su abusadora.

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Actualmente, la niña víctima está bajo el cuidado de profesionales especializados en el Hospital Materno Infantil de Mar del Plata, donde ha sido trasladada por seguridad desde su hogar familiar.

La comunidad de Mar del Plata y la opinión pública siguen de cerca este caso, esperando justicia para la menor y una resolución pronta y efectiva por parte de las autoridades judiciales.

Redacción

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