26 julio, 2024

Mendoza multará el acoso callejero con montos que podrían llegar a los 200 mil pesos

El programa "Ciudad libre de acoso" comenzará a implementarse a pedido del intendente radical Ulpiano Suárez. ¿Qué conductas serán consideradas como acoso?
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El Concejo Deliberante de la ciudad de Mendoza aprobó por unanimidad una ordenanza mediante la cual se estableció la creación de un programa “anti acoso callejero”. La normativa se enfoca en realizar acciones para generar conciencia, prevenir, sancionar y erradicar esta conducta.

Bajo el nombre “Ciudad libre de acoso”, el proyecto impulsado por el intendente Ulpiano Suárez tiene como base fundamental el seguimiento de datos mediante la realización de encuestas sobre la percepción del acoso callejero. Con este relevamiento podrán señalar qué conductas serán consideradas acoso a raíz de quienes las sufren.

En cuanto a las multas, las mismas serían desde $50.000 y podrían ascender a $200.000 dependiendo el grado de la ofensa contra la víctima que pueden ser hombres o mujeres.
En cuanto a las multas, las mismas serían desde $50.000 y podrían ascender a $200.000 dependiendo el grado de la ofensa contra la víctima que pueden ser hombres o mujeres

Además, impulsa el conocimiento sobre la problemática de la ciudadanía en general, la realización de capacitaciones y campañas de concientización; la disposición de un formulario para exponer casos y denuncias, así como también para realizar convenios con organizaciones civiles y organismos públicos, según informaron desde la agencia Télam.

“No hay que dar por sentado que todas las personas conocen qué es o de qué se trata el acoso callejero. La idea es informar, educar, concientizar y llamar a la corresponsabilidad ciudadana, para saber qué hacer si soy testigo de una situación así“, precisó Bárbara Pizzarro, coordinadora del Área de Género y Diversidad de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza.

Filmar y/o fotografiar a una persona sin su consentimiento también se considerará como acoso.
Filmar y/o fotografiar a una persona sin su consentimiento también se considerará como acoso

Con la implementación de esta ordenanza, quedará prohibido y será multado todo aquel que acose a un tercero mediante: actos verbales o ejecutados por medio de gestos obscenos o de connotación sexual ocurridas en espacios públicos, tales como silbidos, bocinazos o comentarios sobre la apariencia física. Así como también, la persecución, el arrinconamiento, exhibicionismo y fotografiar o filmar a un tercero sin su consentimiento.

Con la aprobación de la ordenanza, la Municipalidad de la ciudad de Mendoza habilitó un cuestionario vía internet donde se podrá denunciar dichas conductas y exponer diversas situaciones de acoso callejero. “Son las prácticas de connotación sexual (entendiendo a la sexualidad desde un marco integral) ejercidas por una o más personas desconocidas, en espacios públicos como la calle, el transporte o espacios semi públicos (negocios, universidad, plazas); que suelen generar malestar en la víctima. Estas acciones son unidireccionales, no consentidas por la víctima y quien acosa no tiene interés en entablar una comunicación real con la persona agredida“, detalla el formulario que podrá realizarse de manera anónima.

En cuanto a las multas, las mismas serían desde $50.000 y podrían ascender a $200.000 dependiendo el grado de la ofensa contra la víctima que pueden ser hombres o mujeres. Además de la multa, el infractor deberá realizar -previo al pago- una jornada de capacitación obligatoria contra el acoso sexual.

*Fuente: Periodismo y Punto

Redacción

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