La diputada K que responsabilizó a Cecilia de su propio asesinato tenía fotos con los Sena y las borró

Claudia Panzardi, la diputada que reprodujo una brutal frase contra Cecilia Strzyzowski, conocía a la familia Sena y se mostró junto a ellos en varias imágenes.
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En el día de ayer, Claudia Panzardi, diputada K del Chaco, comentó que Cecilia Strzyzowski nunca presentó una denuncia por violencia de género por lo que es responsable de su propio femicidio.

“Dicen que Cecilia fue víctima de violencia de género… Sin embargo, Cecilia fue la que eligió -erróneamente, seguramente- a esa familia“, fue la frase que generó polémica y terminó por viralizarse en todas las redes sociales. Debido al impacto que generó, varios usuarios comenzaron a teorizar sobre la posible relación que la diputada pudiera tener con el Clan Sena

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Seguidamente, las imágenes en donde se ve a Panzardi junto a Marcela AcuñaEmerenciano y un joven César Sena comenzaron a trascender. 

“Fuimos recibidos por Emerenciano  y su compañera, Marcela Acuña, además de los trabajadores y trabajadoras del movimiento y sus instituciones”, inicia una publicación que data del año 2019. “Agradezco de corazón cada palabra y su amistad, pronto volveré a alguna de sus charlas que prometieron invitarme. Muchas gracias Emerenciano y Marcela”, cierra.

Rápidamente las imagenes invadieron las redes sociales y Panzardi debió salir a pronunciarse. “Están publicando fotos de una visita al Barrio Emerenciano de hace cuatro años. Fui invitada por mi ex esposo y vecinos de su pueblo”, luego detalló que nunca compartió lista con Sena y que hecho competió “contra él”.

Por último cerró asegurando que no hay “nada” que la vincule con al Clan Sena. Sin embargo, varios se permitieron disentir. ¿Habrá realmente un conflicto de intereses partidistas por los cuales la diputada reprodujo esas polémicas palabras?

LAS IMÁGENES

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*Fuente: Periodismo y Punto

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Presti avaló el ataque ordenado por Thatcher al ARA General Belgrano: “Fue un acto de guerra”

El ministro de Defensa, Carlos Presti, quedó envuelto en una fuerte polémica tras referirse al hundimiento del ARA General Belgrano durante una entrevista brindada el 2 de abril en los estudios de A24. Consultado por Eduardo Feinmann acerca del ataque contra el crucero de la Armada Argentina ocurrido el 2 de mayo de 1982

“Estaban en combate y fue un acto de guerra”, respondió el funcionario que reemplazó a Luis Petri en esa cartera a mediados de diciembre del año pasado. 

La declaración del ministro ocupó poco más de diez segundos de aire televisivo, pero generó una ola de cuestionamientos. En la Argentina persiste una interpretación jurídica y política que considera el ataque un crimen de guerra, dado que el buque navegaba a 231 millas marinas fuera de la Zona de Exclusión Total (ZET) fijada unilateralmente por Londres cuando fue bombardeado por el submarino nuclear británico HMS Conqueror

La orden de impactar el buque fue impartida por la entonces primera ministra Margaret Thatcher

El hundimiento constituyó la mayor tragedia naval de la Armada Argentina y la mayor pérdida de vidas para las fuerzas en toda la guerra: 323 muertos, una cifra que representó casi la mitad de las bajas totales que tuvieron las fuerzas de nuestra nación durante el conflicto.

Las declaraciones se produjeron en una fecha especialmente sensible. Sus palabras adquirieron una dimensión política mayor y derivaron en un reclamo opositor para que el Ministerio de Defensa revisara públicamente lo expresado por su titular.

“Una lectura funcional a la versión británica”

Lejos de limitarse a una diferencia de encuadre jurídico, Agenda Malvinas, portal especializado en la cuestión del Atlántico Sur, leyó las palabras de Carlos Presti como un gesto político de fondo. 

El lapidario artículo sostuvo que el ministro constituyó “una afrenta directa a los 323 héroes que perdieron la vida” y describió sus dichos como una ruptura con una línea histórica sostenida durante décadas en la Argentina. Así, para el medio, Presti incurrió en una validación de la versión británica sobre el hundimiento del ARA General Belgrano.

También advirtió que la definición de Presti recortó un antecedente central para entender el hundimiento del Belgrano: el Informe Rattenbach, el documento oficial elaborado tras la guerra para examinar las responsabilidades políticas y militares del conflicto. En ese trabajo, el Estado argentino atribuyó a la conducción de la guerra una preparación insuficiente, un planeamiento “apresurado, incompleto y defectuoso” y decisiones de mando que agravaron el escenario en el Atlántico Sur. Entre ellas, cuestionó con dureza el repliegue naval que dejó a Gran Bretaña con el “dominio absoluto del mar”. Desde esa lectura, Agenda Malvinas sostuvo que reducir el ataque a un simple “acto de guerra” dejó afuera el principal antecedente institucional producido por la propia Argentina sobre la conducción de Malvinas.

En esa misma línea, el medio avanzó sobre otro punto sensible de la secuencia militar de 1982: mientras el Belgrano se hundía, el entonces jefe de la Armada, Jorge Isaac Anaya, ordenó el repliegue de la flota de mar hacia “puertos seguros” de la costa patagónica. 

Un juicio por usurpación destapó que 20 mil hectáreas protegidas de la Patagonia fueron compradas ilegalmente con dinero de Emiratos Árabes

Un juicio por usurpación en Bariloche, provincia de Río Negro, derivó en una de las revelaciones más explosivas sobre la extranjerización de tierras en Argentina en años recientes. El empresario santafesino Hugo Alberto Barabucci admitió ante la Justicia haber comprado casi 20.000 hectáreas en la Patagonia con una “donación” no restituible de USD$2.050.175 del gobierno de los Emiratos Árabes Unidos (EAU).

El caso no solo expone un presunto esquema para eludir la Ley de Tierras vigente, sino que coincide con el debate en el Congreso sobre un proyecto del gobierno del presidente Javier Milei que busca eliminar los límites a la compra de tierras por parte de extranjeros.

El detonante fue aparentemente sencillo. Barabucci inició una causa judicial contra Soledad Cayunao, integrante de la comunidad mapuche Lof Cayunao, acusándola de haber usurpado un predio en el paraje Alto Río Chubut, en la zona cordillerana de Río Negro.

El juicio oral se realizó el 7 de abril de 2026 en el Auditorium de Bariloche.

Sin embargo, el proceso tomó un giro inesperado cuando el abogado defensor Juan Martín Palumbo interrogó a Barabucci sobre el origen de los fondos con los que había comprado el campo. En ese momento, el magnate confesó con total naturalidad que había adquirido las tierras en 2017 con vínculos de otro país, lo que, según relataron los presentes, “heló la sala”.

El juicio terminó con la absolución de Cayunao. El juez Marcelo Álvarez Melinger dictó su veredicto de no culpabilidad por falta de pruebas, al no poder acreditarse el delito de usurpación. El tribunal determinó que no hubo un despojo efectivo del predio.

Según las escrituras originales, Barabucci pagó por tres fracciones de campo que suman 19.269 hectáreas en Cerro Carreras, al sureste de Bariloche. El territorio incluye bosques nativos, glaciares, lagunas, ríos, nacientes de agua dulce y fauna silvestre.

El precio pagado equivale a poco más de USD$100 por hectárea, un valor considerado extraordinariamente bajo para tierras con esos recursos naturales estratégicos. Dado que la Patagonia concentra una parte significativa de las reservas de agua dulce del continente y tiene enorme potencial energético y turístico, los analistas señalan que el precio de la transacción dista mucho del valor de mercado real.

– Hugo Alberto Barabucci

El vendedor fue Marcos Marcelo Mindlin, CEO de Grupo Erge y Pampa Energía, dos de las principales industrias del sector energético argentino. Mindlin había adquirido esas mismas tierras años antes en operaciones que también generaron controversias judiciales en Río Negro.

De acuerdo con la declaración del juicio y las investigaciones posteriores, el dinero habría sido transferido desde el First Gulf Bank de Abu Dhabi hasta una cuenta en JP Morgan Chase de Nueva York, sin pasar por los controles aduaneros, fiscales ni penales exigidos por la legislación argentina. Es decir que los fondos nunca ingresaron al sistema financiero argentino bajo los mecanismos de contralor establecidos por ley.

El pedido de instrucción

Tras la repercusión nacional del asunto en cuestión, la legisladora provincial de Río Negro Magdalena Odarda (del bloque opositor peronista Vamos con Todos) presentó un pedido formal ante el Ministerio Público Fiscal para que se investigue la legalidad de la operación.

“Estamos poniendo el foco en la ruta del dinero, porque no se puede permitir que operaciones de esta magnitud se realicen sin controles, especialmente en territorios sensibles vinculados al agua y a la soberanía”, declaró Odarda, en su presentación.

El pedido solicita estudiar si hubo participación de la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), así como de verificar si se utilizaron personas interpuestas, esclarecer la titularidad real del terreno y averiguar posibles falsos testimonios.

Los abogados defensores de Cayunao, Martín Palumbo y Milton Díaz, anunciaron que recurrirán al Ministerio Público Fiscal y a la Comisión Nacional de Fronteras para que investiguen si hubo fraude en la adquisición. También solicitaron durante la audiencia que el juicio remita los antecedentes al fiscal para analizar la posible violación de la Ley 26.737.

El territorio en disputa incluye nacientes de cursos de agua esenciales para toda la región, como el Alto Río Chubut nace allí y abastece a poblaciones de toda la provincia de Chubut.

– Soledad Cayunao junto a sus abogados

Tal como señalan estadísticas oficiales actualizadas en agosto de 2025, Argentina tiene una superficie rural de 266.643.212 hectáreas, de las cuales 13.262.725 están en manos extranjeras, equivalente al 4.97% del total nacional. Ninguna provincia supera el límite legal del 15% establecido por la Ley 26.737. Sin embargo, la preocupación de investigadores del CONICET y la UBA es que “la búsqueda por la derogación de la Ley de Tierras ocurre en un escenario internacional de creciente disputa por recursos estratégicos”.

El acontecimiento estalló públicamente el mismo día en que el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger se presentaba ante el Senado para defender el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsado por el oficialismo.

En su exposición ante la Cámara Alta, Sturzenegger argumentó que las restricciones a la compra por extranjeros constituyen “una flagrante violación a la Constitución”.

El proyecto propone, entre otras cosas, eliminar los topes de la Ley 26.737 que restringen la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. El único límite que se mantendría es para compras de Estados soberanos extranjeros y personas jurídicas con participación estatal. Dicho de otro modo, inversores privados de cualquier país podrían comprar tierra sin restricciones, aunque —paradójicamente— el caso Barabucci involucra precisamente fondos provenientes de EAU.

Fideicomisos y personas involucradas

Uno de los puntos más llamativos del caso es la contradicción en la titularidad formal del predio. Mientras Barabucci se presentó como legítimo propietario, los informes de compra muestran que el campo no está a su nombre, sino vinculado a un fideicomiso con capitales de EAU. Además, pesquisas anteriores publicadas en 2018 identificaron como propietario final a Matar Suhail Ali Alyabhouni Aldhaheri, de Dubai. Aparece la figura de Mohamed bin Zayed Al Nahyan, presidente de EAU, cuyo entorno económico ha incrementado su presencia en la Patagonia.

Esta estructura —un ciudadano argentino como titular formal de activos financiados por un Estado extranjero— es precisamente la figura del testaferro o “persona interpuesta”, prohibida expresamente por la Ley de Tierras Rurales (Ley 26.737) sancionada el 22 de diciembre de 2011 y que establece el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.

Sus disposiciones centrales, relevantes para este hecho, establecen que ninguna provincia puede superar el 15% de tierras rurales en manos extranjeras. Del mismo modo, un mismo titular extranjero no puede poseer más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o su equivalente según la región.

La norma jurídica prohíbe la compra de tierras ubicadas a menos de 100 kilómetros del límite internacional, ya sea de manera directa o a través de personas interpuestas. A ello se añade la prohibición de recurrir a testaferros, figura mediante la cual un intermediario argentino actuaría por cuenta de un extranjero. Por último, tampoco pueden venderse a extranjeros tierras que contengan cuerpos de agua dulce.

El predio en cuestión —ubicado a 45 kilómetros de la frontera con Chile, con nacientes del río Chubut, dentro de un Área Natural Protegida— potencialmente viola al menos cuatro de estas restricciones simultáneamente.

La legislación argentina establece zonas de seguridad de frontera precisamente para preservar la soberanía nacional sobre territorios estratégicos. La Patagonia limítrofe con Chile es especialmente sensible por su acceso a recursos hídricos, potencial energético y valor geopolítico. La Comisión Nacional de Fronteras tiene atribuciones específicas para controlar estas adquisiciones.

El padre de Martín Menem cobra una jubilación de $41 millones tras ganarle un juicio al Estado

Eduardo Menem, ex Senador padre del actual presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, logró una victoria judicial definitiva que le garantiza un haber mensual de 41 millones de pesos. La cifra es escandalosa no sólo por su magnitud, sino por el mecanismo que la permitió: una sospechosa inacción de la ANSES que, bajo la actual gestión, dejó vencer los plazos de apelación.

Este beneficio representa casi cuatro veces el sueldo de un Senador en actividad, los mismos $11 millones que el oficialismo utiliza para fustigar a la oposición. Gracias a la falta de impugnación de ANSES, el ex legislador también se aseguró un retroactivo de 1.500 millones de pesos. Esta suma equivale a 136 dietas legislativas actuales, pagaderas por el Estado en un solo desembolso.

La maniobra se originó en una “notificación nocturna” en el portal oficial. La ANSES de Milei dejó pasar el plazo legal para apelar, permitiendo que el fallo de la Corte quedara firme en el primer trimestre de 2024. Mientras el Ejecutivo concentra sus ataques mediáticos en el Senado, bajo su propia órbita se habilitaba el drenaje de fondos más importante hacia una de las familias que hoy detenta el poder.

Javier Milei, “Lule” Menem (mano derecha de Karina Milei) y Eduardo Menem.

La promesa que nunca llegó

La inacción de la ANSES no es la única contradicción en este tablero: durante la campaña de 2021, Javier Milei sostenía que el “principio de revelación” expondría a quienes se aferraran a sus dietas. En enero de 2022, el propio Javier Milei aseguró en una entrevista en YouTube con quien suscribe —Augusto Grinner—, que ya tenía preparado el proyecto de ley para permitir la renuncia voluntaria a los haberes legislativos, prometiendo su presentación para marzo de ese mismo año.

Cuatro años después de aquel anuncio, y transitando ya el primer semestre de 2026, el proyecto nunca fue ingresado al Congreso. Ni el Presidente cuando fue Diputado, ni ninguno de los legisladores que integran hoy su bloque, han formalizado la iniciativa. Esta omisión legislativa adquiere una gravedad institucional distinta cuando se analiza el trato diferencial que recibe la cúpula del poder oficialista frente a los haberes de la seguridad social.

Mientras la “motosierra” se detiene frente al beneficio de $41 millones mensuales más el retroactivo de casi $1.500 millones del clan Menem, el Ejecutivo utiliza la retórica de la austeridad para fustigar a la presidencia del Senado. El contraste es total: un silencio administrativo que favorece al entorno familiar del presidente de la Cámara de Diputados, frente a un ataque mediático constante contra Villarruel, quien irónicamente fue la única que habilitó un mecanismo administrativo real para que cada Senador pudiera renunciar voluntariamente a cobrar su aumento; esto sucedió en abril de 2024 mediante una resolución de presidencia del Senado, luego de la votación de aumento de dietas fijado por los Senadores.

Jubilados en protestas por cobrar cien veces menos que Eduardo Menem.

El blindaje de la Constitución frente al ataque coordinado

La ofensiva mediática contra Victoria Villarruel ignora deliberadamente la arquitectura legal del país. Según los artículos 56 y 57 de la Constitución Nacional —cuyo espíritu liberal fue moldeado por el propio Juan Bautista Alberdi—, la Vicepresidente no tiene la potestad de anular por decreto una votación soberana del cuerpo de Senadores. Haberlo intentado habría configurado un abuso de autoridad, dándole al kirchnerismo la excusa perfecta para iniciarle un juicio político inmediato.

Incluso la sugerencia oficialista de que debería haberse ausentado de la sesión carece de sustento práctico: la Constitución prevé el reemplazo automático por el Presidente Provisional del Senado (art. 58 de la CNA), por lo que el resultado habría sido idéntico. Villarruel optó por la vía institucional y, como se mencionó, dictó una resolución que habilitó un formulario de renuncia voluntaria al aumento. Fue la única funcionaria que ofreció una salida ética y legal a los legisladores sin romper el orden constitucional.

Este respeto a las formas republicanas es lo que hoy se le recrimina, mientras se guarda un silencio absoluto sobre la falta de apelación en el caso Menem.

Victoria Villarruel y Javier Milei ya en una época de tensión entre ambos.

El triunfo de la genealogía sobre el mérito

El escenario actual deja al descubierto una grieta profunda en la narrativa de La Libertad Avanza. Por un lado, se utiliza la figura de la Vicepresidente como blanco de ataques para canalizar el descontento social por las dietas legislativas; por el otro, el círculo más cercano al poder central se beneficia de una estructura estatal que, lejos de ser “ajustada”, funciona con una precisión quirúrgica cuando se trata de favorecer al linaje propio.

La diferencia de trato es obscena: mientras un Senador que trabaja debe enfrentar el escarnio público por $11 millones, la inacción de la ANSES permite que, quien no ejerce cargos públicos desde hace años, perciba casi cuatro veces más que un Senador activo.

En definitiva, el anunciado “principio de revelación” terminó operando sobre el propio Ejecutivo. Se reveló un gobierno que castiga el respeto a las formas constitucionales de Villarruel, pero premia con $1.500 millones el reclamo de un Menem contra el Estado.

Para dimensionar el impacto: los $41 millones mensuales de Eduardo Menem equivalen a 107 jubilaciones mínimas. Por su parte, el retroactivo de $1.500 millones representa el pago de un mes entero para 3.944 jubilados de la mínima. En un contexto de ajuste severo, la vigencia de esta jubilación de privilegio demuestra que el Estado sigue priorizando los beneficios de la casta por sobre el resto de los argentinos.

La casta no parece haber desaparecido; simplemente ha cambiado de nombre. O más bien, ha recuperado sus nombres históricos.

* Por Augusto Grinner

La Justicia multó a LLA de Corrientes por no rendir cuentas sobre gastos de campaña

El Juzgado Federal N°1 de la provincia de Corrientes sancionó a La Libertad Avanza (LLA) por no haber presentado el informe final de los gastos de campaña de las elecciones del 26 de octubre de 2025. La resolución impone una pena económica y congela los fondos que el Estado le transfiere al partido, un sacudón político en plena arena electoral.

La decisión fue comunicada formalmente tanto a la Cámara Nacional Electoral como a la Dirección Nacional Electoral (DINE), lo que la elevó de una cuestión distrital a un expediente con seguimiento federal.

La resolución judicial contempla tres medidas especialmente severas. Por un lado, impone una multa económica equivalente al 20% de los aportes públicos destinados al funcionamiento del partido en el distrito, una sanción que recae sobre los recursos del Fondo Partidario Permanente que el gobierno distribuye mensualmente para el sostenimiento de las actividades ordinarias.

Además, establece la suspensión cautelar de todo tipo de financiamiento estatal mientras persista la transgresión, una disposición de carácter provisional pero de efecto inmediato que puede ser levantada si la situación se regulariza.

A esto se suma una intimación de 15 días para que los apoderados presenten el informe adeudado, bajo apercibimiento de perder de manera definitiva el acceso a los fondos públicos en caso de no cumplir dentro del plazo fijado.

– Lisandro Almirón

Si el partido no regulariza la situación dentro del plazo fijado desde el 8 de abril, la ley habilita al juez a declarar “no acreditados” el origen y destino de los fondos de campaña. Se trata de una sanción con consecuencias graves, ya que significa que la Justicia Electoral considera que LLA no puede justificar cómo obtuvo o en qué gastó el dinero de su campaña. En casos más graves, la ley también prevé la pérdida del derecho a recibir financiamiento público por hasta cuatro años, según el artículo 62 de la norma.

La Ley 26.215 estipula un régimen escalonado de sanciones en función del tiempo que el partido lleve sin presentar el reporte. Si la mora es de hasta 30 días, corresponde una multa equivalente al 10% de los aportes públicos electorales.

Cuando el incumplimiento se extiende entre 31 y 90 días, la sanción se duplica y pasa al 20%. En los casos en que la demora supera los 90 días, la norma dispone la suspensión cautelar de todos los aportes públicos y una intimación de dos semanas para que la situación sea regularizada.

¿Qué candidatos estaban en juego?

En las elecciones del 26 de octubre de 2025 en Corrientes se renovaron tres bancas de diputados nacionales. La lista de LLA fue encabezada por Virginia Gallardo, acompañada por Isidro Gapel Redcozub. LLA obtuvo el 32,68% de los votos, muy cerca del oficialismo provincial “Vamos Corrientes” con 33,91%, y se llevó una de las tres bancas en disputa. Fue considerado un resultado sorprendente, dado el fuerte crecimiento del partido en la provincia respecto a las PASO del 31 de agosto.

Las elecciones fueron el 26 de octubre de 2025. La resolución se firmó el 8 de abril de 2026, es decir, unos cinco meses y medio después. Eso ubica el incumplimiento claramente en la franja de “más de 90 días”, lo que explica la multa del 20% y la suspensión simultánea de los fondos. En síntesis, LLA de Corrientes no solo llegó tarde, sino que directamente no presentó el balance económico.

– Lisandro Almirón e Isidoro Gapel Redcozub

La decisión judicial no cae en el vacío. Corrientes tuvo dos elecciones en 2025, con las provinciales del 31 de agosto (donde el armado del exgobernador Gustavo Valdés ganó cómodamente la gobernación con más del 51%, y LLA con Lisandro Almirón apenas obtuvo alrededor del 9.5%) y las nacionales del 26 de octubre, donde LLA se recuperó notoriamente. La sanción se conoce en un momento en que el espacio libertario sigue construyendo su estructura orgánica en la región norte.

Este tipo de sanciones no es exclusivo de LLA, debido a que desde 2013 hasta 2021, la Justicia Electoral aplicó más de 1.500 sanciones a distintas agrupaciones por irregularidades en los informes de campaña, con un récord de 479 sanciones solo en 2021. Lo que llama la atención en este caso es que afecta al oficialismo, cuya imagen pública se construyó en parte sobre la bandera de la transparencia y el recorte.

La medida se enmarca en una estructura donde todo partido político que compita por cargos nacionales está obligado por la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos a rendir ante la Justicia Electoral dos presentaciones contables. Uno previo (antes de la elección) y uno final (después), detallando todos los ingresos recibidos y los gastos realizados durante el proceso electoral.

Esta rendición debe presentarse utilizando una plataforma oficial de INFIPP, provista por la Cámara Nacional Electoral, debe incluir también los gastos en redes sociales y plataformas digitales. La legislación obliga a identificar el origen de cada peso, ya fuera en concepto de donaciones, aportes públicos u otros ingresos específicos.

Chubut prohibió los celulares en las cárceles: "Se terminaron los call centers del delito"

Chubut prohibió los celulares en las cárceles: “Se terminaron los call centers del delito”

La Legislatura de Chubut sancionó la semana pasada la ley que prohíbe el uso de teléfonos celulares y dispositivos con acceso a internet por parte de personas presas en cárceles, alcaidías y comisarías de la provincia. El Proyecto de Ley General N° 017/2026, que recibió dictamen previo de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia, y de Legislación General, Cultura y Educación, obtuvo un respaldo amplio y sin diferencias partidarias.

Nacho Torres on X (formerly Twitter): “SE TERMINARON LOS “CALL CENTERS” DEL DELITOAprobamos la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías de toda la provincia.Se terminó la época de las estafas, las extorsiones y las “oficinas remotas” del delito manejadas desde una cárcel.Hoy Chubut… https://t.co/ugWokRHCEo / X”

SE TERMINARON LOS “CALL CENTERS” DEL DELITOAprobamos la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías de toda la provincia.Se terminó la época de las estafas, las extorsiones y las “oficinas remotas” del delito manejadas desde una cárcel.Hoy Chubut… https://t.co/ugWokRHCEo

El gobernador Ignacio Torres celebró la sanción con una publicación en su cuenta oficial de X: “Se terminaron los call centers del delito. Aprobamos la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías de toda la provincia. Se terminó la época de las estafas, las extorsiones y las ‘oficinas remotas’ del delito manejadas desde una cárcel”. Torres también destacó que “este es un proyecto que se trató sin banderas partidarias, con una premisa común: garantizar la seguridad de los chubutenses”.

Extorsiones por más de $80 millones y víctimas que se suicidaron

La diputada Andrea Aguilera, una de las principales defensoras de la norma, explicó que la ley alcanza a celulares, tablets, laptops, notebooks, consolas de juego y a cualquier equipo que permita acceder a redes sociales, mensajería o internet. La legisladora fundamentó el amplio respaldo con datos concretos: en Chubut se registraron extorsiones que superaron los 80 millones de pesos y hubo casos de personas hostigadas que terminaron suicidándose por la presión sufrida.

La nueva directiva no implica una interrupción absoluta del contacto de los detenidos con el exterior. Aguilera fue enfática al respecto: “No es una ley de prohibición. Es una ley que ordena y es una ley que establece cómo y de qué manera debe regularse la comunicación”. El texto garantiza el derecho a comunicarse con familiares, defensores, y para tratamientos de salud o trayectorias educativas, pero bajo un esquema controlado y sin acceso a dispositivos que permitan navegar por internet.

Chubut prohibió los celulares en las cárceles: "Se terminaron los call centers del delito"

Las terminales institucionales habilitadas deberán configurarse exclusivamente para llamadas de voz. Quedaron expresamente prohibidos el acceso a internet, las redes sociales, las aplicaciones de mensajería, el correo electrónico, las videollamadas y el intercambio de archivos. Además, las comunicaciones se realizarán únicamente hacia números previamente autorizados e incorporados a un registro de destinatarios habilitados, y se llevará un registro de cada comunicación con datos de fecha, hora, duración, interno solicitante, terminal utilizada y número de destino.

Qué establece la ley

El texto prohíbe el “ingreso, tenencia, facilitación y uso de equipos o terminales móviles por parte de personas privadas de libertad en los lugares de detención de jurisdicción provincial”. La norma tendrá vigencia en establecimientos penitenciarios, unidades, institutos, alcaidías, comisarías, centros de detención transitoria y cualquier lugar de alojamiento de personas privadas de libertad dentro de la provincia. También alcanzará a quienes estén alojados en unidades del Servicio Penitenciario Federal cuando su detención haya sido dispuesta por sentencia o resolución judicial de jueces o tribunales provinciales.

La ley también faculta a la autoridad de aplicación a instalar sistemas de inhibición o gestión controlada de señal para impedir el cursado clandestino de comunicaciones móviles dentro de los establecimientos, y establece como obligación permanente de las autoridades el control para evitar el ingreso de dispositivos.

Daniel Hollmann on X (formerly Twitter): “UN PASO FIRME CONTRA EL DELITO ORGANIZADOEn Chubut dejamos atrás una práctica que durante años permitió que el delito se siga gestionando desde adentro de los lugares de detención.Con la aprobación de la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías,… pic.twitter.com/KgJOEQbY6v / X”

UN PASO FIRME CONTRA EL DELITO ORGANIZADOEn Chubut dejamos atrás una práctica que durante años permitió que el delito se siga gestionando desde adentro de los lugares de detención.Con la aprobación de la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías,… pic.twitter.com/KgJOEQbY6v

El Ministerio de Seguridad de la provincia contará con 180 días para reglamentar la ley y adaptar cada unidad de detención, tarea que incluye la definición de protocolos, el equipamiento permitido y las modalidades de comunicación legal.

Aguilera reconoció, sin embargo, que la norma tiene un límite: alcanza a cárceles y lugares de detención bajo órbita provincial, pero no modifica la situación en unidades federales, donde también operan casos resonantes de criminalidad organizada. Por eso, el oficialismo apuesta a que la sanción provincial funcione como antecedente político y normativo para otras jurisdicciones. Torres, en ese sentido, instó a extender la iniciativa al resto del país.

Chubut: El gobernador Torres exigió aplicar la Ley Antimafia tras el asesinato de un testigo clave en Comodoro Rivadavia

Ayer, el mandatario provincial Ignacio Torres reclamó la inmediata aplicación de la Ley Nacional N° 27.786 de Organizaciones Criminales (popularmente conocida como “Ley Antimafia”) tras el asesinato de una persona que iba a declarar como testigo en una causa judicial que involucra a las familias Vera y Nieves, dos de los grupos con mayor historial delictivo en Comodoro Rivadavia. 

“La solución es que definitivamente tengan una condena ejemplar y que estén donde tienen que estar: en la cárcel”, señaló.

Torres rechazó cualquier postergación procesal y subrayó que la provincia ya cuenta con las herramientas legales necesarias para actuar: “La solución no es suspender ningún juicio. La solución es que haya condenas ejemplares. Hoy tenemos la Ley Antimafia, que nos da una herramienta fundamental para avanzar contra estas organizaciones que vienen atemorizando a los comodorenses desde hace años”.

El hecho que motivó el reclamo del gobernador ocurrió durante la madrugada del miércoles, cuando dos personas fueron asesinadas en Comodoro Rivadavia. Según se desprende de la investigación judicial, una de las víctimas tenía previsto declarar como testigo en la causa que investiga el homicidio de un integrante de la familia Nieves, crimen que habría sido cometido por Agustín Vera. La otra víctima registraba antecedentes propios: había sido condenada en 2019 por el homicidio de un mecánico y, tras una reducción de su pena inicial de 14 años, recuperó la libertad en menos de seis.

Acompañado por el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz; el procurador general, Jorge Miquelarena; el jefe de la Policía del Chubut, Andrés García; el subjefe de la Policía, Mauricio Zabala; e integrantes de la fuerza provincial, Torres anunció la conformación de una mesa de trabajo integrada por fuerzas de seguridad, fiscales y el Poder Judicial. El objetivo será coordinar acciones de manera conjunta para avanzar en la investigación y sanción de los hechos. “Vamos a ir a fondo para garantizar la seguridad de los comodorenses y terminar con la impunidad”, sostuvo el mandatario.

La Ley Nacional N° 27.786 de Organizaciones Criminales entró en vigencia en Argentina en marzo de 2025 y permite juzgar a la totalidad de la estructura de una organización criminal y no solo a sus ejecutores directos. La normativa prevé penas de hasta 20 años de prisión por pertenencia a este tipo de organizaciones. Chubut adhirió a la ley tras su sanción, a principios de 2025.

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