13 diciembre, 2024

El vicepresidente del INAI a juicio oral por malversación de fondos y por usurpar tierras

El funcionario del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas fue detenido durante la cuarentena cuando trasladaba, en un vehículo oficial, hasta una usurpación de supuestos mapuches en Villa Mascardi. Ahora también es señalado por los delitos de malversación de fondos públicos.
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El vicepresidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Luis Pilquimán, y su hijo Lucas, deberán rendir cuentas frente a la Justicia Federal de Bariloche. El juicio, que iniciará el 21 de noviembre, gira en torno al uso indebido de recursos del Estado y por su rol en las tomas de tierras por parte de la agrupación Resistencia Ancestral Mapuche (RAM).

Durante el confinamiento, Pilquimán fue detenido trasladando personas a un terreno usurpado en Villa Mascardi con una camioneta Toyota Hilux del Ministerio de Gobierno de Río Negro. Además, Durante el operativo, el funcionario ostentó su cargo —el cual mantiene— intentando evitar el arresto.

La camioneta oficial que conducía Luis Pilquimán cuando trasladaba a una familia a una usurpación mapuche de terrenos en Villa Mascardi
La camioneta del gobierno que conducía Luis Pilquimán

En el expediente se consigna sobre el vehículo que hubo un “exclusivo provecho propio, afectando negativamente los relevamientos territoriales que se debían realizar y para el cual estaba destinado”. En el momento del hecho, la función de la camioneta era la de realizar relevamientos territoriales en las comunidades mapuches de Buenuleo, Maliqueo, Quijada y demás en la zona.

Por otra parte, el hijo de Luis, Lucas Pilquimán, también ira a juicio por incidentes en la Ruta 40 durante 2018 mientras se conmemoraba un año de la muerte de Rafael Nahuel. Si bien no fue arrestado en las manifestaciones, ya que las autoridades no lo pudieron identificar en el momento, al conocido como el “testigo E” en el caso de Santiago Maldonado se le detuvo en julio, cuando visitó al referente de la RAM Facundo Jones Huala en la Unidad 14 de Esquel.

Redacción

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Fernando Espinoza y una insólita contradicción en su pericia psicológica

La causa por abuso sexual que enfrenta el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, sigue sumando episodios de indignación. En el marco del juicio, plagado de dilaciones y maniobras políticas, se reveló un sutil pero increíble comportamiento del jefe comunal, quien había asegurado en la pericia judicial que lo investiga por abuso sexual haber dejado de fumar hace quince años. Sin embargo, en la asunción de Cristina Fernández de Kirchner como presidenta del Partido Justicialista, Espinoza reapareció en escena fumando en público y hasta fue fotografíado portando un paquete de cigarrillos en la mano.

La incongruencia entre sus dichos ante la Justicia y su comportamiento público es sólo un detalle en un caso que escandaliza por su gravedad. Melody Rakauskas, la denunciante, sigue esperando que la Justicia avance en un juicio que parece empantanado por intereses políticos. La figura de Espinoza, acusado de un delito tan aberrante como el abuso sexual, contrasta sobremanera tanto con su libertad para pasearse por actos políticos de alto perfil como por su apoyo a la exvicepresidenta de la Nación.

La situación adquiere una dimensión aún más escandalosa en el contexto de otro caso que sacude la moralina peronista: el del senador nacional por Entre Ríos, Edgardo Kueider. Vale recordar que este fue detenido cruzando la frontera con 200 mil dólares sin declarar, y aunque ascendió a su banca de la mano de Unión por la Patria, ahora Cristina intenta desvincularlo de su espacio y asociarlo al gobierno de Javier Milei.

La doble moral exhibida resulta, a todas luces, indignante. Mientras por un lado se repudia el accionar de Milei y se enarbolan banderas de ética y justicia, por el otro se ampara a figuras como Espinoza, cuyo prontuario judicial es una mancha para cualquier fuerza política que lo respalde.

LA PERICIA

En el marco de la causa (CCC 24074/2021), las pericias judiciales revelaron un detallado informe sobre la vida personal y antecedentes de Espinoza. Entre los puntos destacados, se evaluó si presenta trastornos de personalidad, conductas violentas o inmadurez psicosexual. Sin embargo, el dato que ha trascendido y encendido las críticas es su declaración de no haber fumado en quince años, desmentida por su reciente aparición pública.

La pregunta que queda flotando en el aire es cómo una figura con semejantes acusaciones puede seguir caminando libremente y, aún más, representar al municipio más poblado del país con la anuencia de figuras como Cristina Kirchner y Axel Kicillof. La denuncia de Melody Rakauskas no sólo señala un supuesto delito sexual, sino también pone bajo la lupa las estructuras de poder que lo protegen. La Justicia, mientras tanto, parece no estar a la altura de las circunstancias, dejando a la víctima en un estado de vulnerabilidad y al acusado en una posición de privilegio.

El caso de Fernando Espinoza es un reflejo de las contradicciones que carcomen a la política argentina, donde la moral se convierte en una herramienta de conveniencia y los ciudadanos son testigos de un sistema que prioriza los intereses partidarios por sobre la verdad y la justicia.

*Fuente: REALPOLITIK – Santiago Sautel

Redacción

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TUCUMÁN: Secuestraron 40 mil kilos de alimentos de Desarrollo Social en una vivienda durante allanamiento por violencia de género

Un escándalo con olor a arroz, yerba y corrupción sacude nuevamente al Ministerio de Desarrollo Social de Tucumán, liderado por Federico Masso. Todo comenzó cuando en un allanamiento por una denuncia de violencia de género dejó al descubierto algo más que pruebas del esta denuncia inicial: pilas de mercadería destinada a programas sociales, cuidadosamente almacenadas en un domicilio que no parecía, digamos, un comedor comunitario.

El escenario del descubrimiento fue el Barrio 2500 Viviendas, en Manantial Sur. Allí, la policía encontró no solo al acusado de violencia de género, JALC, sino también fardos de alimentos con el inconfundible sello de “Prohibida su venta”. Lo que debía alimentar a las familias más necesitadas de Tucumán aparentemente estaba tomando otro rumbo, y no precisamente solidario.

Entre los productos incautados había arroz, fideos, puré de tomate, leche en polvo y yerba, todo prolijamente etiquetado como parte de la asistencia social. Además, cuadernos con sospechosas anotaciones apuntaban a una posible comercialización ilegal de los alimentos en negocios locales.

Federico Masso, el ministro de Desarrollo Social, salió rápidamente a ofrecer explicaciones. Según él, la mercadería había sido entregada legalmente a una organización social con personería jurídica, y no al detenido en cuestión. “El detenido no tiene relación con la orden de entrega. Lo que debemos investigar es cómo y por qué esta mercadería fue encontrada fuera de su destino”, declaró, con un tono que oscilaba entre la indignación y el desconcierto.

Sin embargo, este no es el primer incidente que salpica a la gestión de Masso. A principios de año, ya se había denunciado la venta de productos de planes sociales en mercados negros. Al parecer, la fiscalización de la que tanto presume el ministro no está siendo suficiente para evitar que los recursos destinados a los sectores más vulnerables terminen como moneda de cambio en redes de corrupción.

Masso aseguró que “el sistema no falló” y que la mercadería fue retirada por el padre del detenido, quien dirige la organización social beneficiaria. Según él, todo está documentado con remitos y declaraciones juradas. Incluso enfatizó su compromiso con la transparencia y prometió colaborar con la fiscalía. “No vamos a permitir que un gramo de arroz que destinamos a miles de tucumanos sea utilizado inescrupulosamente”, sentenció.

Pero las palabras del ministro no logran disipar las dudas. Si el sistema funciona tan perfectamente como afirma… ¿Cómo es posible que alimentos etiquetados como “Prohibida su venta” terminen en una vivienda particular? ¿Cuántas veces más veremos estas “excepciones” que ponen en evidencia un patrón alarmante?

La causa, que empezó como una investigación por violencia de género, ahora suma un capítulo económico y político. La Unidad Fiscal de Delitos Complejos está detrás de las pistas para esclarecer el desvío de los alimentos y su posible venta ilegal.

Mientras tanto, Masso intenta calmar las aguas reuniéndose con el gobernador y prometiendo investigar “hasta las últimas consecuencias”. Sin embargo, su gestión está bajo la lupa, y cada nuevo escándalo debilita la confianza en la transparencia que tanto pregona.

Tucumán: la lista de productos que encontraron

  • 66 fardos de puré de tomate
  • 41 fardos de aceite
  • 90 fardos de arroz
  • 117 fardos de yerba mate
  • 63 fardos de fideos
  • 122 fardos de harina
  • 101 fardos de lenteja
  • 79 fardos de azúcar
  • 4 fardos de cajas de leche en polvo

*Fuente: La Postal de Mar del Plata

Redacción

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El abogado Marcelo Peña logró que se archive una FALSA DENUNCIA por abuso, y ahora irá contra la mujer que mintió

Luego de que un funcionario público de La Plata fuera denunciado por el supuesto abuso sexual a sus dos hijos, el abogado Marcelo Peña logró que se archive la causa por “FALSEDAD” y ahora buscará ir contra la mujer y el abogado que la asesoró por llevarse a los hijos a vivir a Brasil.

Según contó Peña en diálogo con medio local El Editor Platense, “este tema es una problemática que viene desde hace tiempo”, y detalló que su representado “hace más de un año que no puede ver a sus hijos por la interposición de denuncias falsas”, y ahora “esta señora, que es la madre de los nenes, se los terminó llevando ilegalmente a Brasil”.

“Nosotros hicimos la denuncia penal, primero una averiguación de paradero, porque nos enteramos por un mail, un mensaje que manda la mamá al colegio de que ellos ya querían radicarlos en Brasil y querían haber comunicado el cese de las actividades escolares y que los niños iban a continuar su desarrollo el año que viene en Brasil”, agregó.

En ese aspecto detalló que “entonces esto puso alerta en el padre, no los encontró por ningún lado, y ahí continuamos con la denuncia penal de sustracción de menores porque con la doctora Cecilia Corfield logramos identificar el uso de WhatsApp desde Brasil”.

De esta forma, para finalizar, Peña señaló: “En esto, es lo que vengo trabajando hace mucho tiempo, que es justamente un proyecto de ley para ampliar las penas o los delitos de falsa denuncia y contexto de género, porque justamente yo voy a la protección de la verdadera víctima”.

“Pero hay que empezar, justamente, a ser persuasivos con quienes asesoran con el fin y el norte de buscar una mentira, una falsedad de los hechos. Esto tiene que dejar de ser un juego, sentenció


Redacción

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Casal dictaminó que la reelección indefinida de Insfrán en Formosa es inconstitucional

El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, emitió un dictamen contundente: la cláusula de la Constitución de Formosa que permite la reelección indefinida del gobernador es inconstitucional. Este pronunciamiento, no vinculante pero altamente influyente, abre el camino para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva si el artículo 132 de la carta magna provincial vulnera los principios republicanos establecidos por la Constitución Nacional.

Gildo Insfrán, gobernador de Formosa desde 1995, enfrenta un desafío sin precedentes a su permanencia en el poder, tras haber ganado su octavo mandato consecutivo en 2023 con más del 70% de los votos. La oposición, liderada por figuras como los legisladores Gabriela Neme, Fernando Carbajal y el senador Francisco Paoltroni, presentó amparos que cuestionan la constitucionalidad de la norma provincial que habilita reelecciones indefinidas.

En su dictamen, Casal argumentó que “la perpetuación en el poder erosiona el principio de separación de poderes y conspira contra la finalidad propia del Estado de Derecho”. Citando jurisprudencia de la Corte Suprema y a figuras históricas como Juan Bautista Alberdi, quien advirtió que permitir la reelección indefinida es “una revolución sin ruido”, el procurador concluyó que la periodicidad y renovación de los mandatos son esenciales para garantizar un sistema republicano.

El artículo 132 de la Constitución de Formosa, introducido en una reforma en 2003, permite que el gobernador y vicegobernador sean reelegidos sin limitaciones. Casal explicó que esta disposición contradice el artículo 5° de la Constitución Nacional, que exige que las provincias respeten el sistema representativo y republicano. Además, recordó el precedente de otros fallos de la Corte que limitaron reelecciones en provincias como San Juan, Tucumán y Río Negro.

Insfrán, de 73 años de edad, respondió estratégicamente al escenario adverso que le plantea la Justicia. En octubre pasado, presentó un proyecto de ley para reformar la Constitución provincial, lo que podría incluir una revisión del artículo 132. Si la reforma es aprobada por la legislatura oficialista, una Convención Constituyente tendría hasta 12 meses para convocarse y modificar la carta magna, aunque el procurador desestimó que esto convierta el caso en abstracto.

La Corte Suprema de Justicia tiene ahora la palabra final. Su decisión no solo determinará el futuro político de Insfrán, sino también sentará un precedente sobre los límites al poder en las provincias.

Redacción

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La Corte Suprema anuló la destitución de la fiscal de Entre Ríos que investigó a Uribarri por corrupción

La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló la destitución de Cecilia Goyeneche, fiscal anticorrupción de Entre Ríos, quien había investigado al exgobernador Sergio Urribarri, condenado a ocho años de prisión por corrupción. En una decisión unánime, el máximo tribunal consideró que el proceso que culminó con la exoneración de la fiscal en 2022 estuvo plagado de irregularidades que vulneraron el debido proceso y la garantía de defensa.

El fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, determinó la nulidad de todas las actuaciones desde que se conformó el jurado que destituyó a Goyeneche. Según la Corte, hubo graves defectos en la integración del Jurado de Enjuiciamiento y en la designación del acusador, lo que afectó la imparcialidad del procedimiento. El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos también fue cuestionado por no abordar de manera adecuada los planteos sobre la falta de objetividad en el caso.  

Cecilia Goyeneche, quien era procuradora adjunta de Entre Ríos, se destacó por investigar casos de corrupción de alto impacto, incluido el entramado de desvío de fondos públicos conocido como el caso de los “Contratos de la Legislatura”. Sin embargo, en 2021 fue acusada de “mal desempeño” por no haberse excusado en una causa donde mantenía vínculos personales con uno de los imputados. Tras un proceso calificado como “venganza política” por la propia fiscal, fue destituida en mayo de 2022.

En ese momento, Goyeneche denunció públicamente la falta de garantías en el proceso y la motivación política detrás de su destitución. “Lo que hicieron da asco”, expresó entonces, señalando que su remoción buscaba desactivar investigaciones futuras sobre corrupción en la provincia.  

El fallo de la Corte no implica una evaluación sobre los hechos que originaron el juicio político, pero sí establece que las irregularidades procesales descalificaron todo lo actuado. Ricardo Lorenzetti, en un fundamento adicional, enfatizó la importancia de que las sentencias sean claras y fundadas para garantizar la legitimidad del Poder Judicial. “Los jueces y juezas no solo deben dar resultados, sino argumentos que constituyan una guía para que la sociedad comprenda los principios del Estado de Derecho”, escribió.  

La resolución ordena que la causa regrese a Entre Ríos para un nuevo pronunciamiento, aunque las irregularidades detectadas podrían dificultar una eventual ratificación del proceso. Goyeneche, en tanto, recupera su lugar en un caso que marca un precedente en la defensa de los principios constitucionales frente a la arbitrariedad institucional. 

Redacción

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La Fiscalía pidió el sobreseimiento de Gonzalo Montiel en la causa por abuso sexual

La Fiscalía solicitó el sobreseimiento definitivo del futbolista Gonzalo Montiel en la causa judicial que lo investiga por presunto abuso sexual ocurrido el 1 de enero de 2019 en la casa de su familia, ubicada en González Catán. El fiscal Luis Alberto Brogna, a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Especializada en Delitos contra la Integridad Sexual, argumentó que las pruebas recopiladas no permiten sostener la acusación.

En un extenso escrito de 122 páginas, Brogna afirmó: “Aparece aconsejable el dictado de un pronunciamiento que desvincule al imputado de manera definitiva del presente proceso”. Además, destacó que, tras una exhaustiva investigación que incluyó declaraciones de 15 testigos, pericias psicológicas y revisión de los hechos, no se encontraron elementos que vinculen al jugador con el hecho denunciado. “En lo esencial, los testigos coinciden en describir ciertos hechos que permiten afirmar que el imputado Montiel no podría haber cometido el hecho que se le atribuye”, agregó.

La denunciante, una joven que había tenido un vínculo sentimental con el futbolista, declaró haber sido drogada y abusada sexualmente en una fiesta de Año Nuevo en la residencia familiar de Montiel. Según su abogada, Raquel Hermida, los gritos de la víctima durante el episodio fueron corroborados en la investigación, aunque el fiscal consideró que los testimonios y pericias no sostienen la hipótesis del abuso.

El fiscal señaló “inconsistencias” en el relato de la denunciante, incluyendo su incapacidad para recordar detalles esenciales que otros testigos afirmaron haber observado. En sus primeras declaraciones, la joven había afirmado no recordar lo sucedido, pero más adelante, tras un tratamiento psicológico, declaró haber sido abusada. “La recuperación tardía de los supuestos recuerdos y su incapacidad para recordar detalles esenciales arrojan sombras de duda sobre la credibilidad de su versión de los acontecimientos”, explicó Brogna.

LA DEFENSA DE MONTIEL Y LOS ELEMENTOS A SU FAVOR

Un mes atrás, los abogados defensores de Montiel, Daniel Rubinovich y Rafael San Lari, habían solicitado el sobreseimiento del jugador argumentando que la denuncia presentaba “múltiples inconsistencias”. Según la investigación, Montiel no estuvo presente durante el presunto hecho, ya que habría salido de la fiesta para trasladar a un amigo en su vehículo. Además, el fiscal mencionó que otro de los involucrados, Alexis Acosta, también fue acusado, pero su participación tampoco pudo ser probada de manera concluyente.

Brogna concluyó que “la Fiscalía debe actuar de acuerdo a un criterio objetivo, aun a favor del imputado, y no convertirse en un acusador ciego y parcial”. En este sentido, consideró que la falta de pruebas impide avanzar hacia una instancia de juicio oral.

LA POSTURA DE LA QUERELLA

Por su parte, Hermida solicitó a la Fiscal General que se rechace el pedido de sobreseimiento y se designe a otro fiscal para continuar la investigación. La abogada argumentó que existieron “incumplimientos” en el proceso y que el juicio oral sería la “instancia donde los imputados podrán desarrollar ampliamente su defensa”.

El caso, que desde un principio generó repercusión mediática por la fama del futbolista, plantea un desafío en la aplicación de principios de garantía como la presunción de inocencia y el análisis bajo perspectiva de género. La decisión final sobre el pedido de sobreseimiento quedará en manos del juez a cargo del caso.

Redacción

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